Presentación Pizarra Magnética
uziel lozada chima
Created on July 12, 2024
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Transcript
Lic. Uziel Lozada Chima
reglamento de las condiciones generales de trabajo del personal de la secretaria de educacion publica
Capitulo IX Licencias.
Introduccion
Los trabajadores de la educacion cuentan con el reglamento de las concidiones generales de trabajo que publicado en el diario oficial de la federacion el 29 de enero de 1946 y entrando en vigor el 13 de febrero del mismo año como un relamento en el cual se debe de cumplir con todo lo mencionado. En esta presentacion se aboradaraprincipalmente el capitulo IX que nos informa sobre las licencias o permisos con los que los trabajadores cuentan y el por qye de su importancia dado que en algunos casos no se les permite tener acceso a ellos.
Son aquellos permisos otorgados al personal para ausentarse legalmente de sus labores por tiempo determinado a solicitud de los trabajadores o por dictamen medico ISSSTE pudiendo ser con goce de sueldo, medio sueldo o sin goce de sueldo.
¿Que es una licencia o permiso?
Articulo 37: Las licencias a las que se refiere este ordenamiento, seran de dos clases: sin goce de sueldo y con goce de sueldo
Capitulo IX de las licencias
Articulo 38: Las licencias sin goce de sueldo se concederan en los siguientes casos:I. para el desempeño de puestos de confianza, cargos de eleccion popular, comisiones oficiales estatales y comisiones sindicales. II. Para el arreglo de asuntos particulares a solicitud del interesado, una vez dentro de cada año natural y siempre que no tenga nota desfavorable en su expediente; hasta 30 dias a los que tengan un año de servicio; hasta de 90 dias a los que tengan de uno a cinco años y hasta 120 dias a los que tengan mas de cinco años prorrogable hasta un año a juicio de la Direccion General de Educacion del Estado.
Sin goce de sueldo
Articulo 39: Las licencias con goce de sueldo se concederan en los siguientes casos:I. Por enfermedades no profesionales a juicio de los medicos oficiales.a)si el trabajor tiene por lo menos 6 meses de servicio, hasta quince dias con goce de sueldo integro: hasta quince dias mas con medio sueldo y hasta un mes sin goce de sueldo.b) A los que tengan de uno a cinco años de servicio; hasta treinta dias con goce de sueldo integro, hasta treinta dias mas con medio sueldo y un sesenta mas sin sueldo.c) A los que tengan de cinco a 10 años de serivicio; hasta cuarenta y cinco dias con sueldo integro, a cuarenta y cinco mas con medio sueldo y a noventa mas sin sueldo.
Con goce de sueldo
d) A los que tengan de diez años de servicio en adelante; hasta sesenta dias con goce de sueldo integro y a otros sesenta con medio sueldo y a ciento y veinte dias mas sin sueldo. Concluidos los anteriores terminos sin que el trabajador que se encuentra en el caso respectivo haya reanudado sus labores, el gobierno del estado queda en libertad de dejar sin efecto su nombramiento, sin responsabilidad para el mismo estado, los computos de los anteriores terminos se haran por servicios continuados o cuando, de existir una interrupcion en la presentacion de dichos servicios esta no sea mayor a seis meses.
Con goce de sueldo
II. Por enfermedades profesionales hasta por seis meses como maximo, durante el tiempo que sea necesario para el reestablecimiento del trabajador en la inteligencia de que su reingreso y la indemnizacion que le corresponda, en su caso se ajustara a los dipuesto por la Ley Federal del Trabajo.III.En el caso de maestros en estado de gravidez, las licencias con goce de sueldo se ajustara a lo establecido en la Ley General de la Enseñanza.IV. Por cualquier otro motivo hasta por tres dias en tres ocasiones distintas separadas cuando menos por un mes de cada año. Estas licencias podran ser concedidas por los jefes de las respectivas dependencias de la Direccion General de la Educacion bajo su responsabilidad dando el aviso correspondiente. (Persmisos economicos)
Con goce de sueldo
Es bien sabido que en l as intituciones educativas debe de haber una comunicacion abierta entre el personal de la escuela, esto contanto principalmente a los jefes directos de cada institucion, el cual, se debe de caracterizar por el trabajo colaborativo, el apoyo profesional hacia los docentes, inclusion en la toma de decisiones para que exista un clima laboral positivo.
De acuerdo a la informacion presentada anteriormente los trabajadores de la educacion cuentan con ciertos derechos que no deberian ser violados, sin embargo, enfocandonos principalmente en los que se hace llamar "Permisos economicos" los cuales son liberados por el jefe inmediato, esto no siempre son respetados.
Cuando no existe ambinete laboral positivo, es en donde, comienzan los disgustos por parte del personal docente hacia sus superiores o viceversa. Algunos argumentos por los cuales no se autoiza este tipo de permisos van de: * Son muchos días para dejar los grupos solos (aunque dejes actividad). * Otros compañeros ya pidieron permiso también (preferencias)*Solo pueden autorizar uno o dos días pero no más.* Que solo te pueden dar martes, miércoles y jueves pero no lunes, martes y miércoles y tampoco miércoles jueves y viernes
Conclusion
En conclusion podemos dercir que es importate contar con un buen ambiente laboral, ya que, esto es fundmental para todos. Asi como en muchas ocasiones se pide a los alumnos que muestren respeto, colaboren, trabajen en equipo nosotros como docentes debemos predicar con el ejemplo y ante todo no violentar nuestros derchos.