Presentación Resoluciones
Belen Muñoz
Created on May 13, 2024
Over 30 million people create interactive content in Genially
Check out what others have designed:
INTERNATIONAL EVENTS
Presentation
THE EUKARYOTIC CELL WITH REVIEW
Presentation
INTRO INNOVATE
Presentation
FALL ZINE 2018
Presentation
BRANCHES OF U.S. GOVERNMENT
Presentation
QUOTE OF THE WEEK ACTIVITY - 10 WEEKS
Presentation
MASTER'S THESIS ENGLISH
Presentation
Transcript
Problemáticas contemporáneas de la Educación Especial
Resoluciones del CFE y de la DGE
Resoluciones del consejo federal de educación
Las politicas públicas procuran direccionar, desarrollar y acompañar
Resolución 155/11
Políticas de la modalidad
La educación Especial y los niveles educativos
La inclusión una definición política para garantizar el derecho a la educación
La modalidad Educación Especial en la Ley de Educación Nacional
Marcos normativos y el sistema educativo
Certificación
Acreditación
Certificación
Acreditación
Resolución 311/16
Todos los estudiantes con discapacidad que certificaron el Nivel Primario, aunque sus aprendizajes hayan guardado escasa referencia con el diseño curricular, ingresarán al Nivel Secundario en cualquiera de sus modalidades con las configuraciones de apoyo
NIVEL SECUNDARIO
El ingreso de los estudiantes con discapacidad, en igualdad de condiciones con los demás es a los 6 años en el nivel primario, tal como lo establece la Ley de Educación Nacional
NIVEL PRIMARIO
Todos los niños con discapacidad, en el comienzo de la trayectoria escolar tienen derecho a ser inscriptos en Educación Inicial Común, al igual que el resto de la población escolar.
NIVEL INICIAL
El sistema educativo asegurará el apoyo necesario para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los estudiantes con discapacidad en caso que lo requieran.
Resoluciones de la dirección general de escuelas
PPI
- Los proyectos Pedagógicos para la inclusión (PPI)
- Estudiantes con discapacidad sensorial y motriz
- Nivel Secundario: el proyecto de Apoyo a la Inclusión sera realizado en un trabajo colaborativo
- Nivel Inicial y Nivel Primario
Resolución 3401 Confección del PPI
Resolución 3402 Modelo de PPI
La accesibilidad curricular supone analizar las barreras al aprendizaje y todas las variables que intervienen en su conformación, así como valorar conjuntamente sus necesidades desde el modelo social; para tomar, en función de ellas, las decisiones más pertinentes sobre los apoyos requeridos.
- Los estudiantes con discapacidad certificada deben ser valorados en sus capacidades por el Equipo de Apoyo a la inclusión educativa.
Art. 1: Remplácese el nombre de E.C.A.P.D.I. "Equipo de Configuraciones de Apoyo para Personas con Discapacidad" pertenecientes a la Dirección de Educación Especial, por "Equipos de apoyo a la Inclusión Educativa para niños, niñas y adolescentes con discapacidad"
Art 3: Desde el modelo social de la Discapacidad los "Equipos de Apoyo a la Inclusión Educativa para niños, niñas y adolescentes con discapacidad" estarán destinados a intervenir en el proceso educativo de los estudiantes con discapacidad certificada
Brindar asesoramiento, orientación y estrategias a los estudiantes que poseen Altas Capacidades Intelectuales, desde el marco conceptual a las inteligencias Múltiples, justifica que sea considerado como una preocupación legítima de la Educación Especial
E.C.A.P.D.I
Resolución 3168"Equipo de Apoyo a la INCLUSIÓN EDUCATIVA PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD"
Modelo social de discapacidad
Profesionales
Art 4: Estos equipos estarán conformados por profesionales de Psicología, trabajo social, fonoaudiología. profesores en discapacidad intelectual, mental, motriz, auditivos y visuales, psicopedagogía
Evaluación
Planificación
Espacios y materiales
Horarios
Criterios de ingreso
OBJETIVO: Desarrollar una propuesta educativa que atienda las necesidades de la población infantil en riesgo, dentro del ámbito educativo
Resolución 00009 Servicio de atención temprana para la primera infancia en las escuelas especiales
Criterios de permanencia
RESOLUCIÓN 00014
RESOLUCIÓN 00008 Práctica psicomotriz en las escuelas de educación especial
Puede brindarse a:
El docente debe:
Horarios:
La atención de niños de 4 a 9 años de edad.
De manera individual o conformarse grupos reducidos
La institución debe contar con una sala de uso exclusivo de dimensiones adecuadas para la práctica
Es definida por el psicomotricista en conjunto con el docente de cada grado.
Psicomotricista que acredite la formación específica para llevar a cabo esta tarea.
Se desarrolla en:
Elaborar un proyecto anual que describa su forma de trabajo, objetivos y el modo que se desarrollarán las sesiones
Puede trabajarse:
Alumnos que estan bajo el Programa Provincial de apoyo a la Integración, que presenten indicadores conductuales que amerite esta intervención
Tendrá una frecuencia de una vez por semana con cada grupo
Conformación de grupos:
Destinada a:
Estará a cargo de:
RESOLUCIÓN 00018"TRAYECTORIAS EDUCATIVAS COMPARTIDAS EN EDUCACIÓN ESPECIAL"
Todos los alumnos comprendidos en las trayectorias educativas compartidas, serán incluidos en todos los recursos que dé el gobierno (conectar igualdad, comedor escolar, refuerzo alimentario).
La acreditación y certificación de las trayectorias educativas compartidas será realizada por la escuela donde el alumno este inscripto como alumno regular.
Disponer que los alumnos que se encuentren comprendidos en el programa provincial de inclusión formarán parte del proyecto institucional de trayectorias educativas compartidas, solo si asisten a escuelas de E.E. para recibir apoyos.
Establecer las trayectorias educativas compartidas para los estudiantes con discapacidad que desarrollen su escolaridad en nivel inicial, primario, y secundario.
Determinar que la inscripción del alumno se registrará en la escuela común figurando además en el apoyo de la escuela especial.
- Ortiz Daniela
- Amaya Candela
- Chirino Melanie
- Muñoz Belen