REVOLUCION FRANCESA
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Transcript
FRANCIA - DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO.
Cuando los franceses empezaron a reflexionar acerca de los problemas políticos, la mayor parte de las instituciones que los regían les parecieron abusivas y contrarias a la razón y a la humanidad. A la monarquía se le reprochaba el que ejerciera un poder absoluto y a la sociedad se le cuestionaba, en general, de estar fundada sobre los privilegios
Así, al grito de « Viva la nación y abajo los señores », se levanta una de las revoluciones sociales más importantes de la historia, la que, con sus « Derechos del Hombre » bajo el brazo, hizo tambalear las antiguas estructuras sociales, inaugurando una nueva época en la historia humana
REVOLUCION FRANCESA
01. RESUMEN
Las clases sociales en este país se encontraban marcadamente divididas (121), el comercio y el trabajo en general se consideraba una actividad no honrosa, aunque era posible el ennoblecimiento de los plebeyos, quienes al suceder esto se olvidaban completamente de la clase a la que habían pertenecido. La nobleza vivía en grandes lujos y despilfarros, aislada completamente de todo contacto con el pueblo
01. RESUMEN
El monarca había centrado en sí todos los poderes. Las ideas de Luis XIV formaron la llamada « teoría del derecho divino de los reyes » fundamentando el absolutismo real; el Rey podía ordenar el arresto de cualquier persona y mantenerla detenida el tiempo que quisiera sin expresar la causa; para toda publicación existía la censura previa que impedía la libertad de imprenta, no existía tolerancia religiosa y se perseguía a los no cristianos
01. RESUMEN
En lo económico, la industria y el comercio se vieron entorpecidos por una excesiva reglamentación. Los excesivos gastos que provocaba el Rey y su corte mantenían al Estado en constante bancarrota. Unido a lo anterior, el invierno de inicios de 1789, fue extremadamente duro, lo que agravó la situación económica del pueblo, se suspendieron los trabajos y la gente pobre no podía adquirir pan para alimentarse o leña para calentarse. El desacuerdo existente entre las condiciones de vida de la nación francesa y las instituciones de su gobierno por tanto había llegado al más alto grado de intensidad.
01. RESUMEN
Necker, ministro de Luis XIV, convoca a los Estados Generales, organismo de tipo corporativo que no se había reunido desde 1641. La reunión fue en Versalles, (122) el 5 de mayo de 1789. Los diputados asistentes incluyeron, entre otros objetivos, la necesidad de dotar a Francia de una Constitución. Si bien anhelaban buscar solución y mejoras a la grave crisis que atravesaba el país no existía un ambiente propiamente revolucionario (123). Se deseaba acabar con los privilegios de pocos y dar a todos iguales derechos
01. RESUMEN
Al concurrir el rey a los Estados Generales se muestra débil e indeciso, evadiendo pronunciamientos de fondo, lo que crea un ambiente de desconcierto y aumenta el deseo de llevar adelante los cambios planeados y el 17 de junio los Estados Generales se proclaman en Asamblea General.
01. RESUMEN
Aumenta la tensión, la difusión de escritos contra el soberano, los ánimos se caldean y el 14 de julio se asalta la Bastilla, símbolo del absolutismo, ya que ahí se encerraba a los prisioneros políticos. El 26 de agosto de 1789, la Asamblea Nacional proclama la Declaración de Derechos del Hombre, inspirada en la Declaración de Independencia de Estados Unidos de Norteamérica.
DECLARACION DE DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO
En esta Revolución, que se dirigió contra el Rey y la Iglesia como opresores de la sociedad, se trata de extirpar a Dios de la política y transformar la relación de Poder y la persona del rey.
Compuesta de un preámbulo y diecisiete artículos, servirá de prólogo y fundamento para la Constitución. Tiene como base a la declaración americana, pero a diferencia de ésta no se refirió únicamente a los derechos de los franceses, sino a todos los hombres, se quiso consignar por escrito los derechos inalienables de todo ser humano. Se buscó contrarrestar el absolutismo monárquico
El análisis del preámbulo aclara que la Declaración no busca crear derechos; la intención de los redactores es recordar a « todos los miembros del cuerpo social... permanentemente sus derechos y sus deberes » ya que « la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de los males públicos y de la corrupción de los gobiernos »(
La declaración comprende de hecho dos categorías de artículos de distinta naturaleza: relativos a los principios de organización política, por una parte; y, por otra, al reconocimiento de los derechos naturales
- La libertad es definida como «poder hacer todo lo que no daña a los demás» en el Art. 4; seguidamente un determinado número de libertades específicas son proclamadas: libertad física (Art. 7), libertad de opinión y de conciencia (Art. 10), libertad de prensa y de pensamiento (Art. 11).
- Según sus disposiciones, los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos (Art. 1); son sus derechos naturales e imprescriptibles: la propiedad, la libertad, la seguridad y la resistencia a la opresión (Art. 2); la soberanía reside en la nación; nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordena, ni puede ser privado de lo que no prohibe; todos los hombres son iguales ante la ley.
Además, la propiedad es una forma y una condición de la libertad del hombre, lo que hace necesario garantizar la inviolabilidad de la propiedad privada (Art. 17). Los impuestos debían ser votados por los diputados.
El principio de la igualdad es reconocido y retomado bajo diferentes situaciones como: la supresión de desigualdades jurídicas ligadas al nacimiento (Art. 1), igualdad ante la ley y la justicia (Art. 6), el pago de los impuestos en proporción a las riquezas (Art. 13), el libre e igual acceso a los empleos oficiales
06. METODOLOGÍA
CONSTITUCION FRANCESA DE 1791
Ejecutivo, desempeñado por el rey, con derecho a vetar las leyes aprobadas por la Asamblea; Legislativo, formado por una Cámara de Diputados, elegidos sin distinción de clase por los contribuyentes directos, que se renovaba cada dos años totalmente; y, Judicial, compuesto por magistrados electivos
Sancionada el 3 de septiembre de 1791 y aprobada diez días después por el rey; llevaba como preámbulo la « Declaración de Derechos del Hombre »; dividía al gobierno en tres poderes
07. ESTADO DE LA CUESTIÓN
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Ejecutivo, desempeñado por el rey, con derecho a vetar las leyes aprobadas por la Asamblea; Legislativo, formado por una Cámara de Diputados, elegidos sin distinción de clase por los contribuyentes directos, que se renovaba cada dos años totalmente; y, Judicial, compuesto por magistrados electivos.
Sancionada el 3 de septiembre de 1791 y aprobada diez días después por el rey; llevaba como preámbulo la « Declaración de Derechos del Hombre »; dividía al gobierno en tres poderes
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