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Juicio de lesividad
joaquin.nuezz
Created on March 24, 2024
Derecho Procesal, Administrativo y Fiscal.
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Transcript
Alumno: Joaquín Alfonso Núñez Zavala
REFERENCIAS
Ejemplo de su aplicación
Explicación de su procedimiento
Fundamento Jurídico
¿Qué es?
Juicio de lesividad
De acuerdo con la senadora Ninfa Salinas Sada el juicio contencioso administrativo federal procede contra las resoluciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justifica Fiscal y Administrativa. El particular puede dar comienzo a dicho juicio contra los actos administrativos que le hayan lesionado algún derecho que le correspondia conforme a la ley, sin embargo, dice la senadora que: "la Administración Pública Federal también puede iniciar un juicio cuando estime que una resolución administrativa favorable a un particular, es contraria a la ley. En este último caso, se trata del llamado juicio de lesividad". (Salinas, 2013).
¿Qué es?
En el prifmer párrafo dicho artículo señala que "El juicio conencioso administrativo federal, procede contra las resouciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Fderal de Justicia Administrativa". Mientras que en el último párrafo del mismo artículo se precisa: "Las autoridades de la Administración Pública Federal, tendrán accion para controvertir una resoución administrativa favorable a un particular cuando estime que es contratria a la ley". (Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, 2017).
Se encuentra previsto en el artículo 2° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo:
Fundamento Jurídico
- Dirección de correo electrónico institucional.
- Domicilio oficial de las unidades administrativas a las que corresponda su representación en los juicios contenciosos administrativos, para el efecto del envío del aviso electrónico. (Universidad Virtual del Estado de Guanajuato, 2024).
Además, de acuerdo al cuarto párrafo del artículo 19 de la ley citada, las autoridades que promuevan el juicio de lesividad deberán registrar:
- La autoridad debe presentar demanda en línea, a través del Sistema de Justicia en línea.
- La debe presentar en el plazo de 5 años, contados a partir del día siguiente en que éstse se haya emitido, salvo que sea de tracto sucesivo, en dicho supuesto, se podrá demandar la modificaicón o nulidad en cualquier época sin exceder los cinco años del último efecto.