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Jacinto Jiménez David
Created on March 23, 2024
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Transcript
UNIVERSIDAD ANÁHUAC OAXACA
ESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS DERECHO SEGURIDAD SOCIAL DOCENTE: JOSÉ RICARDO RIVAS CASTELLANOS ALUMNO: DAVID JACINTO JIMENEZ ID:00486518 SAN RAYMUNDO JALPAN 22/03/2024
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Las prestaciones sociales institucionales serán proporcionadas mediante programas de: Promoción de la salud, difundiendo los conocimientos necesarios a través de cursos directos, conferencias y campañas de bienestar, cultura y deporte, y del uso de medios masivos de comunicación. Educación higiénica, materno infantil, sanitaria y de primeros auxilios; apoyo a la nutrición de las trabajadoras derechohabientes embarazadas, durante la gestación y a sus hijas e hijos en el periodo neonatal mediante el refuerzo y seguimiento nutricional correspondiente; prevención de enfermedades y accidentes. Mejoramiento de la calidad de vida a través de estrategias que aseguren costumbres y estilos de vida saludables, que propicien la equidad de género, desarrollen la creatividad y las potencialidades individuales, y fortalezcan la cohesión familiar y social.
Serán proporcionados por el Instituto, en los términos de las disposiciones que al efecto expida el Consejo Técnico.
Los servicios de guardería infantil incluirán el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la educación y la recreación de los menores
Este beneficio se podrá extender a los asegurados que por resolución judicial ejerzan la patria potestad y la custodia de un menor, siempre y cuando estén vigentes en sus derechos ante el Instituto y no puedan proporcionar la atención y cuidados al menor. El servicio de guardería se proporcionará en el turno matutino y vespertino pudiendo tener acceso a alguno de estos turnos.
SEGURO DE GUARDERÍAS Y PRESTACIONES SOCIALES
LEY DEL SEGURO SOCIAL
Artículo 208-210 Ley del Seguro Social
Articulo 203 Ley del Seguro Social
Artículo 201 Ley del Seguro Social
Artículo 201 Ley del Seguro Social
EL RAMO DE SEGUROS DE GUARDERÍAS CUBRE LOS CUIDADOS, DURANTE LAS JORNADAS DE TRABAJO DE HIJAS E HIJO EN LA PRIMERA INFANCIA DE PERSONAS TRABAJADORAS