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Jacinto Jiménez David
Created on March 23, 2024
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Transcript
UNIVERSIDAD ANÁHUAC OAXACA
ESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS DERECHO SEGURIDAD SOCIAL DOCENTE: JOSÉ RICARDO RIVAS CASTELLANOS ALUMNO: DAVID JACINTO JIMENEZ ID:00486518 SAN RAYMUNDO JALPAN 22/03/2024
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SEGURO DE GUARDERÍAS Y PRESTACIONES SOCIALES
LEY DEL SEGURO SOCIAL
Artículo 201 Ley del Seguro Social
Artículo 201 Ley del Seguro Social
Este beneficio se podrá extender a los asegurados que por resolución judicial ejerzan la patria potestad y la custodia de un menor, siempre y cuando estén vigentes en sus derechos ante el Instituto y no puedan proporcionar la atención y cuidados al menor. El servicio de guardería se proporcionará en el turno matutino y vespertino pudiendo tener acceso a alguno de estos turnos.
EL RAMO DE SEGUROS DE GUARDERÍAS CUBRE LOS CUIDADOS, DURANTE LAS JORNADAS DE TRABAJO DE HIJAS E HIJO EN LA PRIMERA INFANCIA DE PERSONAS TRABAJADORAS
Artículo 208-210 Ley del Seguro Social
Articulo 203 Ley del Seguro Social
Las prestaciones sociales institucionales serán proporcionadas mediante programas de: Promoción de la salud, difundiendo los conocimientos necesarios a través de cursos directos, conferencias y campañas de bienestar, cultura y deporte, y del uso de medios masivos de comunicación. Educación higiénica, materno infantil, sanitaria y de primeros auxilios; apoyo a la nutrición de las trabajadoras derechohabientes embarazadas, durante la gestación y a sus hijas e hijos en el periodo neonatal mediante el refuerzo y seguimiento nutricional correspondiente; prevención de enfermedades y accidentes. Mejoramiento de la calidad de vida a través de estrategias que aseguren costumbres y estilos de vida saludables, que propicien la equidad de género, desarrollen la creatividad y las potencialidades individuales, y fortalezcan la cohesión familiar y social.
Los servicios de guardería infantil incluirán el aseo, la alimentación, el cuidado de la salud, la educación y la recreación de los menores
Serán proporcionados por el Instituto, en los términos de las disposiciones que al efecto expida el Consejo Técnico.