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PLD AFI
diseño instruccional
Created on March 22, 2024
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3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
VER
En este material encontrarás los lineamientos en materia de PLD/FT que debemos de cumplir como entidad financiera.
PLD/FT
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3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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CONCEPTOS BÁSICOS
Empezar
Módulo 1
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
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Financiamiento al Terrorismo
Terrorismo
Proveedor de Recursos
Etapas del Lavado de Dinero
Delitos Precedentes o Predicados
Lavado de Dinero
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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Diferencias entre lavado de dinero y financiamiento al terrorismo
AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
Empezar
Módulo 2
Siguiente
Autoridades Locales Regulatorias en Materia de PLD/FT
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2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-Bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple.
Siguiente
- Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Marco Normativo aplicable a la Entidad en Materia de PLD/FT
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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Código Penal Federal
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
Código Penal Federal
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
Código Penal Federal
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2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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Organismos Internacionales que participan en el combate al Lavado de Dinero y el Financiamiento al Terrorismo.
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
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Módulo 3
Siguiente
Recuerda que no podrá iniciarse ninguna relación comercial si no se cuenta previamente con un expediente completo, documentación vigente y legible.
- Política de Identificación del Cliente
- Lineamientos establecidos en la Disposiciones aplicables a la SOFOM
- Relativos a la verificación y actualización de los datos proporcionados por el Cliente. (expediente)
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
de los riesgos
- La Identificación.
- La Medición.
- La Mitigación.
Dicha Metodología deberá establecer los procesos para:
con los que opera
- Productos y Servicios
- Clientes
- Países o Áreas geográficas
- Transacciones y canales de envío o distribución
- Metodología de Enfoque Basado en Riesgos
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2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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- Las políticas, procedimientos y controles para mitigar los Riesgos, que deben ser acordes con los resultados de la implementación de la Metodología de Enfoque Basado en Riegos.
- Procedimientos para que la Entidad dé seguimiento a las operaciones realizadas por sus clientes.
- Procedimientos para el debido conocimiento del perfil transaccional de cada uno de sus clientes, y de agrupación de las operaciones de los usuarios.
- Los supuestos en que las operaciones se aparten del perfil transaccional de cada uno de sus clientes.
- Medidas para la identificación de posibles Operaciones Inusuales, y
- Consideraciones para, en su caso, modificar el grado de riesgo previamente determinado para un cliente.
- Política de Conocimiento del Cliente
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
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Que comúnmente realizan los clientes.
- Monto
- Número
- Tipo
- Naturaleza
- Frecuencia de las operaciones
- Perfil Transaccional
- La información que proporcione el cliente.
- La información con la que cuente la Entidad respecto del:
- Origen y destino de los recursos.
- Conocimiento que tenga el empleado o funcionario de la Entidad, respecto de sus clientes.
- Demás elementos y criterios internos que determine la Entidad.
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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Para determinar el riesgo en el que deba ubicarse cada cliente, se deberá considerar:
- Antecedentes
- Profesión
- Actividad o giro de negocio
- Lugar de residencia,
- Entre muchos más.
ALTO
MEDIO
BAJO
- Clasificación de Clientes en Función a su Grado de Riesgo
- Se deberá llenar el cuestionario adicional denominado “N1”
- Monitoreo: detectar cambios significativos en el comportamiento transaccional, a través de los sistemas automatizados.
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
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Grado de riesgo MEDIO
- Debida Diligencia
Grado de riesgo ALTO
- Realizar una visita domiciliaria y llenar el “Formato de visita domiciliaria PLD/FT”
- Se deberá llenar el cuestionario adicional denominado “N2”
- Aprobación de un directivo o su equivalente que cuente con facultades específicas para aprobar la celebración de dichos contratos.
- En caso de ser aprobado el contrato, se deberá actualizar el expediente de identificación cuando menos 1 vez al año.
- Monitoreo: detectar cambios significativos en el comportamiento transaccional.
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
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- Debida Diligencia
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Aquel individuo que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio nacional, considerando entre otros, a los jefes de estado o de gobierno, líderes políticos, funcionarios gubernamentales.
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Personas Políticamente Expuestas:
- Personas Políticamente Expuestas
- Seguirán considerándose como PEP un año después de haber dejado su encargo.
- Recuerda.- La Entidad por política interna no celebra contratos con Personas Políticamente Expuesta o Asimilados.
- Nuestros sistemas automatizados cuentan con la funcionalidad de detectar cuando una persona sea Personas Políticamente Expuestas o Asimilados.
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Se asimilan a las Personas Políticamente Expuestas, el cónyuge, el concubino, el concubinario y las personas con las que mantengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado
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Asimilados a Personas Políticamente Expuestas
- Personas Políticamente Expuestas
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
Aquella persona física que, por medio de otra o de cualquier acto o mecanismo, obtiene los beneficios derivados de un contrato u Operación celebrado con la Entidad y es, en última instancia, el verdadero dueño de los recursos, al tener sobre estos derechos de uso, disfrute, aprovechamiento, dispersión o disposición. Cuando se tengan indicios que una persona está actuando a nombre de otra persona, sin que lo haya declarado, deberás hacerlo del conocimiento al Oficial de Cumplimiento, a través de los medio que se te harán saber al final del curso.
- Propietario Real
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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Reporte de Operación Interna Preocupante
Reporte de Operaciones Inusuales de 24 horas
Reporte de Operaciones Inusuales
Reporte de Operaciones Relevantes
- Reporte de operaciones
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
- Someter a la aprobación del Consejo de Administración el Manual de Cumplimiento.
- Presentar al Consejo de Administración, los resultados de la implementación de la metodología de para llevar a cabo la evaluación de Riesgos.
- Fungir como instancia competente para conocer los resultados obtenidos por el auditor externo independiente.
- Conocer a los clientes que por sus características sean clasificados con un grado de riesgo alto.
- Establecer y difundir los criterios para la clasificación de los clientes, en función de su grado de Riesgo.
- Asegurarse de que los sistemas automatizados contengan las listas restrictivas, listas de Personas Políticamente Expuestas, listas de Personas Bloqueadas.
- Dictaminar operaciones que deban ser reportadas a la CNBV, como Operaciones Inusuales u Operaciones Internas Preocupantes.
Se cuenta con un órgano colegiado que se denomina “Comité de Comunicación y Control”, el cual tiene al menos las siguientes funciones y obligaciones:
- Estructuras Internas
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
8. Aprobar los programas de capacitación materia de PLD/FT.9. Informar al área competente respecto de conductas realizadas por los empleados, que provoquen que la Entidad incurra en infracción a la regulación o al Manual de PLD/FT.10. Resolver los demás asuntos que se sometan a su consideración en materia de PLD/FT.11. Asegurar que la Entidad cuente con las estructuras internas, organización, número de personas, recursos materiales y tecnológicos, de acuerdo con los resultados de la implementación de la Metodología de Enfoque Basado en Riesgos.12. Asegurarse que la clave de portal de la CNBV (SITI) se mantenga actualizada a nombre del Oficial de Cumplimiento.
Se cuenta con un órgano colegiado que se denomina “Comité de Comunicación y Control”, el cual tiene al menos las siguientes funciones y obligaciones:
- Estructuras Internas
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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- Elaborar y someter a la consideración del Comité el Manual de Cumplimiento
- Someter a la aprobación del Comité la Metodología de Enfoque Basado en Riesgos
- Verificar la correcta ejecución de las medidas adoptadas por el Comité
- Informar al Comité respecto de conductas realizadas por los empleados
- Hacer del conocimiento del Comité los clientes de Riesgo alto
- Coordinar las actividades de seguimiento e investigación de Operaciones
- Enviar a la CNBV los reportes de Operaciones de 24 horas
- Fungir como instancia de consulta al interior de la Entidad
- Definir las características, contenido y alcance de los programas de capacitación
- Recibir y verificar que la Entidad dé respuesta a los requerimientos de la autoridad
- Fungir como enlace entre el Comité, la SHCP y la CNBV
- Cerciorarse que el área de PLD/FT reciba y dé seguimiento a los avisos de los empleados de la Entidad
Se cuenta con un Oficial de Cumplimiento, el cual tiene al menos las siguientes funciones y obligaciones:
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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La Entidad Financiera debe:
- Impartir cursos, al menos 1 vez al año en temas de PLD/FT
- Expedir constancias de participación.
- Practicar evaluaciones sobre los conocimientos adquiridos.
- Contar con programas de difusión en materia de PLD/FT que contemplen:
- La regulación y sus modificaciones.
- Información sobre técnicas, métodos y tendencias para prevenir, detectar y reportar el LD y FT.
- Capacitación y Difusión
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
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- Conservar, actualizar y consultar información de los clientes.
- Generar reportes de operaciones a la CNBV.
- Clasificar los productos financieros que ofrezca la Entidad
- Detectar y monitorear operaciones realizadas en una misma cuenta o por un mismo cliente.
- Ejecutar el sistema de alertas.
- Contribuir a la detección, seguimiento y análisis de las posibles Operaciones Inusuales y Operaciones Internas Preocupantes.
- Agrupar en una base consolidada los diferentes contratos de un mismo cliente.
- Conservar registros históricos de las posibles Operaciones Inusuales y Operaciones Internas Preocupantes.
La Entidad Financiera deberá contar con sistemas automatizados en materia de PLD/FT que desarrollen, entre otras, las siguientes funciones:
- Sistemas Automatizados
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
9. Medio para que los empleados reporten internamente las posibles Operaciones Inusuales y Operaciones Internas Preocupantes que detecten.10. Mantener esquemas de seguridad de la información procesada. 11. Proveer la información que se incluirá en la Metodología de Enfoque Basado en Riesgos. 12. Ejecutar un sistema de alertas respecto de aquellas operaciones que se pretendan llevar a cabo con: personas vinculadas con el terrorismo o su financiamiento, otras actividades ilegales, personas políticamente expuestas y lista de personas bloqueadas. 13. Facilitar la verificación de los datos y documentos proporcionados de forma no presencial por el cliente.
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
- Reserva y Confidencialidad
Los miembros del Consejo de Administración, el Comité, el Oficial de Cumplimiento, así como los directivos, funcionarios, empleados y apoderados de la Entidad, deberán mantener absoluta confidencialidad sobre la información relativa a los reportes de Operaciones Inusuales, Operaciones Inusuales de 24 horas, Internas Preocupantes y/o Relevantes.Del mismo modo, las personas antes señaladas tienen prohibido alertar o dar aviso a clientes sobre:
- Reportes de operaciones.
- Requerimientos de información de las autoridades.
- Órdenes de aseguramiento antes de que sean ejecutadas.
- El contenido de la lista de personas bloqueadas.
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
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- Procedimiento para la selección de personal
Se deberá contar con:
- Procedimientos de selección para procurar que el personal de la Entidad cuente con:
- La calidad técnica y experiencia necesaria
- Honorabilidad para llevar a cabo las actividades que les corresponde.
- Obtener una declaración firmada por el empleado donde se asiente:
- La información relativa a cualquier otra entidad financiera en las que haya laborado previamente.
- No haber sido sentenciado por delitos patrimoniales o inhabilitado para ejercer el comercio, o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano.
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
- Conservación de información y expedientes
La Entidad están obligadas a conservar lo siguiente:
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
- Revisiones Anuales
La Entidad deberá mantener medidas de control que incluyan la revisión por parte del área de auditoría interna, o bien, de un auditor externo independiente, para evaluar y dictaminar, la efectividad del cumplimiento de la regulación en temas de PLD/FT, bajo los siguientes criterios:
- Revisión anual por parte de un auditor interno o externo independiente (periodo de revisión del 01 de enero al 31 de diciembre)
- Presentar a la Dirección General y al Comité de Comunicación y Control los resultados de dicha revisión.
- Remitir el informe a la CNBV dentro de los primeros 60 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.
3. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD EN MATERIA DE PLD/FT
2. AUTORIDADES NACIONALES Y ORGANISMOS INTERNACIONALES
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Siguiente
- Lista de Personas Bloqueadas
Estarán a disposición de la Entidad la Lista de Personas Bloqueadas y sus actualizaciones. La Entidad adoptará e implementará mecanismos que permitan identificar a los clientes que se encuentren dentro de dicha lista, así como cualquier tercero que actúe en nombre o por cuenta de los mismos, y aquellas operaciones que hayan realizado, realicen o pretendan realizar.
https://findep-digital.web.tijuana.mesh-servicios-fnd.mx/
oficialdecumplimientoapoyoeconomico@findep.com.mx
Canal de denuncia anónima en temas de PLD/FT
Oficial de Cumplimiento AEF Rafael Ernesto Ávila Ramírez
oficialcumplimientoindependencia@independencia.com.mx
Oficial de Cumplimiento FISA: Francisco José Vázquez Vázquez
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
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- Contactos
Realiza la GAMIFICACIÓN
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1. CONCEPTOS BÁSICOS
Hemos llegado al final del apartado de PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO, es momento de poner a prueba nuestros conocimientos en el siguiente ejercicio, es un preámbulo de la evaluación de PLD.
Regresar
Robo
Piratería
Corrupción
Extorsión
Narcotráfico
Contrabando de armas
Secuestro
Tráfico de personas
El lavado de dinero siempre proviene de recursos obtenidos por la comisión de un delito previo:
Aquella persona que sin ser titular de un contrato celebrado con la Financiera, aporta recursos de manera regular para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicho contrato sin obtener los beneficios económicos derivados de este.
Colocación.- La disposición física del dinero en efectivo proveniente de actividades delictivas. Durante esta fase inicial, el lavador de dinero introduce sus fondos ilegales en el sistema financiero. A menudo, esto se logra poniéndolos en circulación a través de instituciones financieras, casinos, negocios, tiendas y otros negocios, tanto nacionales como internacionales. Estratificación o Enmascaramiento.- Implica el envío de dinero a través de diversas transacciones financieras para cambiar su forma, dificultando su rastreo. Integración.- Reinserción de los fondos ilegales en la economía. Los fondos aparecen como legítimos y pueden ser reutilizados.
Aquel individuo que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio nacional, considerando entre otros, a los jefes de estado o de gobierno, líderes políticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios o miembros importantes de partidos políticos y organizaciones internacionales; entendidas como aquellas entidades establecidas mediante acuerdos políticos oficiales entre estados, los cuales tienen el estatus de tratados internacionales; cuya existencia es reconocida por la ley en sus respectivos estados miembros y no son tratadas como unidades institucionales residentes de los países en los que están ubicadas.
Proceso que consiste en la actividad por la cual una persona o una organización criminal, procesa las ganancias financieras, resultado de las actividades ilegales, para tratar de darles la apariencia de que son recursos obtenidos de actividades lícitas. Cómo define el Código Penal Federal al Lavado de Dinero: Artículo 400 BIS: Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.
Consiste en aportar o recaudar fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, con conocimiento de que serán destinados en todo o en parte, al financiamiento o apoyo al terrorismo nacional o extranjero.
Actos intencionales en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados, o bien, en contra de la integridad física, emocional, o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular, u obligar a éste para que tome una determinación.