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empezar

PRESENTAcIóN

Procesos de quiebra

gracias

extension y prevencion de la quiebra

actividades y efectos de la quiebra

actores que invierten en la declaracion de la quiebra

demanda y sentencia de la quiebra

La Figura de la quiebra

Índice

Es la institución jurídica de carácter procesal, dirigida a la liquidación del patrimonio del quebrado y la repartición frente a los acreedores.

La quiebra tiene dos maneras de declararse: voluntaria y necesaria.De cada una de las formas anteriores se desprenden tres clases de quiebra:
  • FORTUITAS
  • CULPABLES
  • FRAUDOLENTAS

La Figura de la Quiebra

lOs 3 principios fundamentales

Principios Fundamentales de la quiebra

  • El principio de la unidad patrimonial: Afecta a todos los bienes de la persona para cumplir con el credito.
  • Principio de la Igualdad: Orientado a la Sastisfaccion de forma equitativa.
  • El principio de Generalidad: Relacionado con la satisfaccion de acreedores mediante la repartición del patrimonio.

demanda

Es considerada como el punto inicial de lo que podría ser una acción judicial o mercantil, con ella se busca señalar alguna inconformidad o irregularidad, y que los órganos correspondientes dictaminen si se tomará alguna reprimenda o acción sobre lo señalado.

DEMANDA DE CONCURSO MERCANTIL

Demanda y Sentancia de la Quiebra

Requiere la firma de quien la promueve y debe contener:

  • El nombre del tribunal ante el cual se promueva
  • El nombre completo y domicilio del demandante
  • El nombre, denominación o razón social y el domicilio del comerciante demandado incluyendo, cuando se conozcan, el de sus diversas oficinas, plantas fabriles, almacenes o bodegas

Interventores Son responsables ante el quebrado y ante la masa de los daños y perjuicios que causen en el desempeño de sus funciones.

Sindico Son los encargados de exigir la buena conservación y administración de los bienes de la quiebra.

JuezEs quien convoca a juntas de acreedores en los casos que prescribe la ley y las que estime necesarias, vigila la actuación del demandante y el demandado

Actores que intervienen en la declaración de quiebra

Junta de acreedores: función, derechos y obligaciones

La junta de acreedores debe ser convocada por el juez que está tomando parte del proceso, la convocatoria de la junta debe hacerse saber mediante notificación personal o por medio de la intervención del quebrado y el síndico. En esta junta se tratará de llegar a un acuerdo respecto a la forma en que se desarrollará el proceso de quiebra, además de los convenios relacionados con el pago de adeudos.

Actividades y Efectos de la Quiebra

  • Consiste en llevar todo lo relacionado con la empresa que se declara en quiebra y le corresponde al síndico llevar dicha administración, es él quien debe tomar las medidas necesarias para la conservación de los bienes, derechos y acciones de la masa y para la liquidación de la misma.

ADMINISTRACIÓN DE LA QUIEBRA

Aseguramiento y comprobación del activo

  • Con la sentencia se procede a la ocupación de los bienes, documentos y papeles del quebrado, y éstos deben realizarse bajo ciertas normas; por ejemplo, la ocupación debe hacerla el juez, los bienes inmuebles del quebrado tienen que cerrarse o sellarse.
  • La ocupación de los bienes no pertenecientes a la empresa se hará de la misma manera que los que le pertenecen, del mismo modo se realizará la ocupación de las oficinas, despachos o escritorios del quebrado.

OPERACIONES EN LA QUIEBRA

  • Los acreedores deben solicitar por escrito ante el juez de la quiebra el reconocimiento de sus créditos, acompañando la demanda con los documentos que justifiquen su acción.
  • Los acreedores que no presenten en forma la demanda de reconocimiento o en los plazos prescritos, perderán el privilegio que tengan y quedarán reducidos a clase de acreedores comunes para recibir cuotas que estén pendientes de hacerse.

distribución del activo

REALIZACIÓN DEL ACTIVO

  • Se encuentra firme la sentencia de declaración de quiebra y concluido el reconocimiento de los créditos, el síndico debe proceder a la transferencia de los bienes del quebrado. Para que se lleve a cabo dicho proceso, el juez debe establecer los límites y las formas.

OPERACIONES EN LA QUIEBRA

Formas de extinguir la quiebra

Se puede definir como la acción que da por terminada la declaración de quiebra.

  • Por falta de pago
  • Por falta de activo
  • Por falta de concurrencia de los acreedores
  • Por acuerdo unamine de acreedores concurrentes
  • Por convenio

Extinción y prevención de la quiebra

  1. Supuestos de la suspensión de pagos
  2. Proposición de convenio preventivo
  3. Sentencia de la suspensión de pagos
  4. Del reconocimiento de créditos
  5. Efectos de la declaración en suspensión de pagos
  6. De los órganos de la suspensión de pagos
  7. De la admisión del convenio por los acreedores
  8. De la aprobación judicial del convenio

8 acciones a profundidad

Evita que el caso se lleve a juicio de quiebra, es decir, ninguno de los procesos que se han visto a lo largo de la semana se llevaría a cabo. Este contrato obliga al quebrado a cumplir con un monto pactado hacia los acreedores, de no hacerlo las consecuencias pueden ser perniciosas.

convenio preventivo

En la quiebra o suspensión de pagos de una empresa de seguros, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tiene las mismas atribuciones que la CNBV sobre las instituciones de crédito. Al declarar judicialmente la quiebra de una institución de seguros, no puede procederse a la liquidación administrativa de la misma, a no ser que la SHCP dentro del siguiente día hábil al de la notificación resuelva la liquidación administrativa.

De las empresas aseguradoras

De las instituciones de crédito

Las instituciones de crédito y las auxiliares que tengan concesión serán declaradas en quiebra. La sentencia de quiebra debe ser comunicada por la CNBV y el síndico será nombrado por el juez de las listas de instituciones de crédito que la misma comisión debe formar.

Situaciones especiales de quiebra y suspensión de pagos

En la quiebra o suspensión de pagos de una institución de fianzas, la SHCP tendrá las mismas atribuciones que la CNBV. Los técnicos que sean necesarios para la administración, liquidación, suspensión de pagos o cualquier otra operación de quiebra, deberán ser nombrados por el juez.

De las instituciones de fianzas

De las empresas de servicio público

Las empresas con título individual o social que presten servicio público federal, estatal o municipal, pueden ser declaradas en quiebra o suspensión de pagos, pero por ninguna acción judicial ni administrativa puede interrumpirse el servicio que ofrecen.

Situaciones especiales de quiebra y suspensión de pagos

Axa Sarai Herrera LópezUniversidad CNCIBNLL075869Profesora: Irma Sol Martinez

¡Gracias!