El valor probatorio de este documento depende de la clase de prueba de que se trate, según la clasificación en nuestra legislación. Si la elaboración de dicho documento fue ejecutada por un funcionario público se clasificará de esa forma, si por el contrario fue realizada por particulares será un documento electrónico privado.
EL VALOR PROBATORIO
Este documento conocido como Prueba Informática, prueba electrónica o prueba digital, entre otros lo regula nuestra legislación con el fundamento legal Ley 51 de 22 de julio de 2008, que es reformada por la ley 82 de 9 de noviembre de 2012, mismas que rigen el Derecho Civil como el Derecho Comercial
USO DE DOCS ELECTRÓNICOS, COMO PRUEBAS DE DELITOS INFORMATICOS Y LA LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO
Gabriel Lezcano: De este tema he aprendido la importancia de los documentos electrónicos como documento probatorio, tanto en la esfera Civil como en la Comercial
Mirena Ureña:De este tema he aprendido la importancia de la obligatoriedad de hacer constar por escrito los documentos legales y la necesidad de remplazarlos por medios distintos
EVALUACIÓN
Document Citas 23 Citado por RelacionadosVincentAutor Licda. Odalys Troudart GómezPáginas 170-179
RECURSOS
Como referencia histórica citamos 2 leyes que regularon la materia:La Ley 11 de 22 de enero de 1998.Esta comtemplaba lo relacionado con el almacenamiento tecnológico de datos.La Ley 43 que definia y regulaba documentos y firmas electrónicas.Ambas derogadas por la Ley 51 y sus reformas.
Referencia Histórica
El libro II Título VIII trata sobre los delitos contra la seguridad juridica de los medios electrónicos
SEGURIDAD INFORMATÍCA
El artículo 1103 derogado hacia referencia a la obligatoriedad de hacer constar por escrito los contratos y obligaciones por encima de 5 mil dólares
EN MATERIA CIVIL
VALOR PROBATORIO
CONCLUSIONES
Los artículos 194, 195, 196, 197 y 198 del Código de Comercio dictaban las formalidades necesiarias para este tico de contratos
EN MATERIA COMERCIAL
La vemos principalmente y espefícicamente en la Ley 51 de 22 de julio de 2008, reformada por la Ley 82 de 9 de noviembre de 2012
IMPORTANCIA EN MATERIA SUSTENTIVA
Su clasificación se basara en el funcionario o ciudadado que intervenga en el. De ahí se definira si es público o privado