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CORRIENTES DE LA FILOSOFIA DEL DERECHO

Luis Enrique Hernánd

Created on February 10, 2024

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CORRIENTES DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO

¿IUS NATURALISMO?

El iusnaturalismo sostiene que el derecho vale y, por ende, obliga, no porque lo haya creado un legislador soberano o porque tenga su origen en cualquiera de las fuentes formales, sino "por la bondad o justicia intrínsecas de su contenido" (García Maynez, 1968: 128).

kelsen

El iusnaturalismo, enfatiza Kelsen, no es más que una metafísica del derecho. Kelsen no otorga ningún sentido moral a la regla de derecho. Cuando una regla de derecho expresa que la sanción "debe" seguir al acto ilícito, el término "debe" carece de significación moral alguna.

supuesto del ius naturalismo

Su validez universal deriva del supuesto de que cualquiera que hiciera uso de su propia razón podría distinguir lo bueno de lo malo, y lo justo de lo injusto, conforme a un hipotético orden justo, racional, universal y necesario (que en ocasiones también es denominado orden divino). Dicho en otras palabras, los seres racionales pueden y deben conocer ciertos principios normativos de la conducta humana que, dado que están en su propia naturaleza, deben constituir el fundamento de sus acciones.

supuesto del ius naturalismo

Su validez universal deriva del supuesto de que cualquiera que hiciera uso de su propia razón podría distinguir lo bueno de lo malo, y lo justo de lo injusto, conforme a un hipotético orden justo, racional, universal y necesario (que en ocasiones también es denominado orden divino). Dicho en otras palabras, los seres racionales pueden y deben conocer ciertos principios normativos de la conducta humana que, dado que están en su propia naturaleza, deben constituir el fundamento de sus acciones.

en resumen

En resumen, el iusnaturalismo supone la existencia de un derecho trascendente y anterior al derecho positivo. Derecho que bajo la sombra de la razón, de la naturaleza, o de Dios, es asumido como el único orden regulador de validez universal, al que los hombres, guiados por la "recta razón", pueden aspirar.

CONTROVERSIA DEL SER Y DEBER SER

Sin embargo, el problema del iusnaturalismo, como lo señalan Kelsen y otros juristas contemporáneos,5 es que se basa en la falacia lógica que consiste en inferir el "deber ser" (lo axiológico) del "ser" (lo ontológico). Apelan a un orden trascendente pero nunca señalan quién establece y determina los contenidos de esos supuestos dictados de la naturaleza o de la razón.6 Por eso la pretensión de deducir el derecho natural (y, más aún, el derecho positivo) a partir de un supuesto orden justo y bueno, universal y trascendente, conlleva el riesgo de justificar, en nombre de ese mismo orden, leyes que a todas luces podrían resultar más peligrosas para la sociedad que las que dicta un Estado legal y legítimamente constituido.

El iuspositivismo parte del supuesto de que el derecho no es más que la expresión positiva de un conjunto de normas dictadas por el poder soberano. Estas normas, que constituyen el derecho positivo, son válidas por el simple hecho de que emanan del soberano, no por su eventual correspondencia con un orden justo, trascendental, como pretendía el iusnaturalismo.

ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL IUS POSITIVISMO

GARCÍA MAYNEZ

"El derecho positivo, por el simple hecho de su positividad, esto es, de emanar de una voluntad soberana, es justo"

El iuspositivismo (o positivismo jurídico) se considera una doctrina libre de valores que establece lo justo y lo injusto con base, única y exclusivamente, en los dictados del poder soberano, y no en un derecho que se pretende superior por fundarse supuestamente en la naturaleza, en la razón, o en Dios.

¿QUÉ PRETENDE?

El derecho positivo es formal, porque no se define ni por las acciones que regula, ni por el contenido de tal regulación, ni por los fines que esta acción persigue; se define únicamente con relación a la autoridad que establece las normas, o sea, con respecto al poder soberano. En pocas palabras, para el iuspositivismo, detrás de la ley no hay nada más que la voluntad soberana: autoritas non veritas facit legem.

SOCIOLOGISMO JURIDICO

Se ocupa de la organización del sistema legal, sus operadores y la forma como las personas definen su realidad jurídica. La sociología jurídica tiene como objeto de estudio las relaciones entre derecho y el comportamiento social.

IUS MARXISMO

El Iusmarxismo (KARL MARX), sostiene que el Derecho responde directamente a los intereses de la clase aristócrata. dominados. superestructuras secundarias de la estructura económica de la sociedad, que es la fundamental.

karl marx

Karl Heinrich Marx​​​ (Tréveris, 5 de mayo de 1818-Londres, 14 de marzo de 1883) El marxismo contiene el desarrollo continuo de la crítica al capitalismo y de la nueva sociedad. No es solo la crítica a la sociedad capitalista, sino que también es un proyecto de nueva sociedad en constante crítica y una interpretación de la evolución histórica, política y social.