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Relaciones Individuales Del Trabajo

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09/02/2024

Relacion de Trabajo

Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Prestacion personal del servicioLa realizacion de una labor por parte de una persona natural a otra que puede ser natural o juridica, significa que el trabajador debe realizarlo por si mismo.
Remuneracion o SalarioLa Ley no concibe un contrato de trabajo gratuito, por lo que es un pago por el labopr desarrolada por el trabajador.
Continuada dependencia o subordinacionFacultad que tiene el empleador para exigirle al trabajador el cumplimiento de sus ordenes.

Elementos que componen una relacion de trabajo

Contrato individual

Es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra, un servicio personal subordinado y mediante una retribución convenida (artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo). Este documento es una prueba fehaciente de la relación entre quien presta un servicio laboral y quien lo recibe, así como de los términos acordados: condiciones de trabajo, jornada laboral, salario, prestaciones y obligaciones de cada una de las partes.

Fechas de inicio y fin del trabajo acordado Compromisos por parte del empleado y del empleador Horario exacto en el que se desempeñará la jornada laboral Compromiso de confidencialidad entre el trabajador y la empresa Servicios específicos que prestará el trabajador a la empresa de manera independiente Remuneración acordada por el servicio prestado

Elementos

Suspensión de los efectos del Trabajo

Indica que las obligaciones de trabajadores y jefes cesan durante un lapso determinado, sin responsabilidad para ambas partes . En otras palabras, el colaborador no está obligado a presentarse a trabajar y podrá mantener su puesto. Además, volverá a percibir su salario una vez concluido el periodo de suspensión.

Recisión Laboral por el Patrón - Despido Justificado

La relación laboral se termina por la voluntad unilateral del patrón, en la forma y términos de ley, fundamentada en la configuración de alguna de las faltas del trabajador (causas) establecidas en la ley, se habla de un despido justificado. cuando se configura la rescisión laboral porque el trabajador incurrió en alguna de las causas que señala el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, el despido es justificado y sin responsabilidad para el patrón.Ocasionar de forma intencional o negligente perjuicios materiales en los edificios, obras e instrumentos relacionados con el trabajo. Comprometer la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentran en él por su imprudencia o descuido. Cometer actos inmorales, hostigamiento o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo. Revelar secretos de fabricación o asuntos de carácter reservado en perjuicio de la empresa.

Recisión Laboral por el Trabajador - Retiro Justificado o Renuncia Voluntaria

Cuando se configura la rescisión laboral porque el patrón incurrió en alguna de las causas que señala el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo, la renuncia es voluntaria y sin responsabilidad para el trabajador.a Ley Federal del Trabajo, establece las conductas en que puede incurrir el patrón como causas de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador, siendo estas conductas las siguientes: Engañar al trabajador, al proponerle el trabajo, respecto de las condiciones de trabajo. Incurrir el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratos contra el trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos. Incurrir el patrón, sus familiares o sus trabajadores, fuera del servicio en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratos contra el trabajador, cónyuge, padres o hermanos, si esas conductas son de tal manera graves que hacen imposible el cumplimiento de la relación de trabajo. Reducir el patrón el salario del trabajador. No recibir el trabajador salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos. Sufrir el trabajador perjuicios causados maliciosamente por el patrón, en sus herramientas o útiles de trabajo.

Terminación de las relaciones de trabajo

La extinción de la relación laboral produce la terminación del vínculo jurídico existente entre el patrón y el trabajador . causas de terminación de las relaciones de trabajo: I.- El mutuo consentimiento de las partes. II.- La muerte del trabajador. III.- La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38.