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Copia - CURSO BÁSICA DE ACCIDENTES
INSS CR
Created on January 29, 2024
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Transcript
SEGURO
Básica de accidentes
Empezar
Dé clic sobre cada camisa para conocer la información.
Bienvenido (a) al curso. Oprima cada número en las camisetas para ver el contenido:
CONCEPTOS
DEDUCIBLE
Asegurador
COASEGURO
Accidente
ASEGURADO
Tomador
Período de gracia
INCAPACIDAD PERMANENTE
Grupo asegurado
incapacidad TEMPORAL
Dé clic sobre cada tarjeta para conocer la información.
Resumen
Dé clic sobre el PRIMER TIEMPO para avanzar en el curso.
Torneo básica de accidentes
1. Primer tiempo
4. Tiempos extras
5. Penales
2. Segundo tiempo
3. Descanso
6. Fin del juego
Primera lección
Empezar
ÁMBITO DE COBERTURAALCANCE TERRITORIAL
La cobertura de esta póliza se extiende a todos los países del mundo.
Suma asegurada
El Tomador del seguro y/o Asegurado escoge la suma asegurada y ésta permanece invariable durante toda la vigencia de la póliza.
La suma asegurada para cada asegurado será la establecida en las Condiciones Particulares, y tras el pago de la prima correspondiente.
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El seguro ofrece dos formas de aseguramiento:
CORTO PLAZO
ANUAL RENOVABLE
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COBERTURAS
Esta póliza ofrece excelentes opciones de cobertura que ampara los accidentes que sufra el Asegurado durante las veinticuatro (24) horas del día. Excepto que se contrate la modalidad Corto Plazo o Cobertura Actividad horas definidas
Coberturas adicionales
Cobertura básica
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COBERTURAS ADICIONALES
Incapacidad Total o Parcial Permanente por accidente
Gastos Médicos por accidentes
Incapacidad Temporal por accidentes
Resumen
Dé clic sobre el SEGUNDO TIEMPO para avanzar en el curso.
Torneo básica de accidentes
1. Primer tiempo
4. Tiempos extras
5. Penales
2. Segundo tiempo
3. Descanso
6. Fin del juego
Segunda lección
Empezar
Dé clic sobre cada número para conocer la información.
Período de gracia
días hábiles
días hábiles
Dé clic sobre cada icono para conocer la información.
Uso DE LA COBERTURA DE GASTOS MÉDICOS
Los gastos médicos por accidente se indemnizarán de la siguiente manera:
libre elección médica
Red de Servicios de Salud del INS
Deducible
Se aplica un deducible del (10%) al total de los gastos con un mínimo de ¢20.000 o $40 según la moneda elegida por el asegurado.
Coaseguro
Se aplica, un coaseguro del veinte por ciento (20%) en los gastos presentados por concepto de hospitalización y cirugía que requieran asistente y/o anestesista.
Es el porcentaje de los gastos que le corresponde asumir al Asegurado, en adición al deducible en los casos en los que aplique.
Resumen
Dé clic sobre el DESCANSO para avanzar en el curso.
Torneo básica de accidentes
1. Primer tiempo
4. Tiempos extras
5. Penales
2. Segundo tiempo
3. Descanso
6. Fin del juego
Resumen
Dé clic sobre TIEMPOS EXTRAS para avanzar en el curso.
Torneo básica de accidentes
1. Primer tiempo
4. Tiempos extras
5. Penales
2. Segundo tiempo
3. Descanso
6. Fin del juego
tercera lección
Empezar
Exclusiones
Para todas las coberturas
Cobertura de incapacidad total o parcial permanente por accidente e incapacidad temporal
Cobertura de incapacidad total o parcial permanente por accidente
Edades de contratación
Resumen
Dé clic sobre PENALES para avanzar en el curso.
Torneo básica de accidentes
1. Primer tiempo
4. Tiempos extras
5. Penales
2. Segundo tiempo
3. Descanso
6. Fin del juego
cuarta lección
Empezar
Procedimiento en caso de reclamos
Para gozar de la cobertura de esta póliza, el Tomador del seguro y/o Asegurado o Beneficiario cuenta con noventa (90) días naturales posteriores a la fecha del accidente para la presentación de los requisitos que se enumeran de seguido. Para ello, deberá aportar los siguientes requisitos:
Leer más
Procedimiento en caso de reclamos
Cobertura de gastos médicos
Cobertura de incapacidad total y/o parcial permanente por accidente
Cobertura de incapacidad temporal por accidente
Cobertura de fallecimiento por accidente
BENEFICIARIOS
El Asegurado podrá designar el (los) Beneficiario (s) al momento de suscribir el seguro o durante su vigencia.
Resumen
Dé clic sobre FIN DE JUEGO para avanzar en el curso.
Torneo básica de accidentes
1. Primer tiempo
4. Tiempos extras
5. Penales
2. Segundo tiempo
3. Descanso
6. Fin del juego
SEGURO
Básica de accidentes
certificado
CERTIFICADOLOGRO
de
¡fELICIDADES!
Haz completado con satisfacción el curso de:
SEGURO BÁSICA DE ACCIDENTES
Agradecemos tu participación.
Cobertura de gastos médicos
a. El formulario “Solicitud de Beneficios” debidamente cumplimentado o el certificado del médico tratante, con el diagnóstico y la evolución en tiempo (días). b. Facturas canceladas de los gastos efectuados, con el detalle de cada uno de los bienes y/o servicios recibidos por el Asegurado y el costo respectivo. c. Recetas de medicamentos, prescripciones y resultados de exámenes de laboratorio, radiológicos u otro examen para diagnóstico. d. El Asegurado o su representante legal según corresponda, debe firmar la boleta de autorización para revisar los expedientes clínicos. e. Adicionalmente, para los accidentes que sean consecuencia de la práctica de actividades deportivas se debe presentar copia del Expediente Médico del Asegurado confeccionado y firmado por el médico tratante.
Para primas mensuales, trimestrales o semestrales después del vencimiento del seguro.
Cobertura de incapacidad temporal por accidente
a. Fotocopia del documento de identificación del Asegurado. b. Certificado de incapacidad extendido por el ente que lo incapacita(C.C.S.S.) o INS c. El Asegurado o el representante legal según corresponda, debe firmar la boleta de autorización para revisar los expedientes clínicos donde ha sido atendido. d. Copia de las ordenes patronales de los últimos seis (6) meses o certificación extendida por la (C.C.S.S.). e. Constancia de salario o, en caso de tener ingresos propios, una constancia del contador público autorizado que indique el ingreso de los últimos seis (6) meses. El Asegurado tendrá derecho a apelar las resoluciones ante el Instituto dentro del plazo de prescripción señalado en este contrato.
Cobertura de fallecimiento por accidente
a. Carta del Beneficiario solicitando la indemnización b. Certificado Oficial de Defunción expedido por el Registro Civil. c. Fotocopia de ambos lados del documento de identificación, tanto del beneficiario como del fallecido. d. Copia del expediente judicial certificado que contenga la descripción de los hechos y las pruebas. e. El Beneficiario debe firmar la boleta de autorización para revisión o reproducción física de los expedientes clínicos o administrativos de la CCSS, Clínica de Medicina Legal, Ministerio de Trabajo, Instituto Nacional de Seguros u otros Centros o Clínicas donde el Asegurado fue atendido. f. Si el fallecimiento se presenta fuera de Costa Rica, debe aportar, además: la Certificación del documento de cremación o sepultura en el país donde falleció (en caso de existir). Este documento debe entregarse debidamente consularizado. g. En caso de fallecimiento de un asegurado dependiente, se debe presentar documento extendido por el Registro Civil en el que se demuestre el nexo familiar del fallecido con el Asegurado.
muerte accidental
El Instituto pagará la suma asegurada cuando el Asegurado fallezca por causas accidentales.
Características del curso
Duración: 2 horas
Calificación miníma: 80
Para todas las coberturas
- Huelgas y tumultos populares
- Fenómeno de la naturaleza
- Enfermedad
- Accidentes mientras conduce sin contar con la licencia
- Consumación o tentativa de suicidio u homicidio
- Accidentes en estado de ebriedad o drogas
- Tratamiento no prescrito por un médico u odontólogo
- La fusión o fisión nuclear.
gastos médicos por accidentes
Se cubren los gastos médicos en los que incurra el asegurado a causa de un accidente cubierto por la póliza.
La suma máxima a asegurar en esta cobertura será el equivalente a un diez por ciento (10%) del monto asegurado de la cobertura de Muerte Accidental a la fecha de emisión y se indicará en las Condiciones Particulares de esta póliza
Actividad
Para acceder a la actividad debe de dar clic sobre el siguiente botón, le recordamos que una vez finalizada deberá volver a esta presentación para concluir con éxito el curso.
Play
incapacidad total o parcial permanente por accidente
El Instituto pagará, en un solo tracto, la suma correspondiente al porcentaje de incapacidad permanente basándose en la tabla de indemnizaciones.
Combinación de incapacidades
Lesiones no previstas
Zurdos
Cobertura de incapacidad total o parcial permanente por accidente e incapacidad temporal
El Asegurado no se encuentra laborando de forma permanente y recibiendo remuneración a cambio de su trabajo.
- El Asegurado puede optar por recibir atención médica en la Red de Servicios de Salud, para lo cual se procederá de la siguiente manera.
- Para la atención del Asegurado, éste debe presentar una orden de atención médica extendida por alguna Sede del Instituto.
Importante
En caso de que algún beneficiario muera antes que el Asegurado, el derecho correspondiente al mismo se distribuirá a otro beneficiario o beneficiarios sobrevivientes por partes iguales, a menos que el Asegurado haya establecido lo contrario en la póliza. Si ningún beneficiario sobrevive a la muerte del Asegurado el monto pagadero bajo esa póliza se entregará en una sola suma a los causahabientes del Asegurado que, conforme a la legislación vigente, sean tenidos como sus herederos legales.
Valores de grupo INS
Honestidad
Compromiso
Solidaridad
Respeto
Cobertura de incapacidad total o parcial permanente por accidente
a. Impedimentos físicos derivados de un accidente cubierto por esta póliza, donde el porcentaje que se determine de incapacidad, sea menor al 4%.
Cobertura de incapacidad total y/o parcial permanente por accidente
a. Carta del Asegurado solicitando la indemnización. b. Fotocopia del documento de identificación c. Diagnóstico médico en el que se determine que, por alteración o debilitamiento de su estado físico o mental por el accidente, el Asegurado perdiera el sesenta y siete por ciento (67%) o más de su capacidad orgánica o funcional que le impida desempeñarse en su profesión o actividad habitual. d. Aportar los documentos probatorios de que se encontraba laborando permanentemente cuando se le otorgó la declaratoria médica de la incapacidad total y permanente, cualquiera de los siguientes: • Copia de la declaración anual del Impuesto de la Renta. • Copia del contrato de servicios. • Certificación expedida por el patrono. El Asegurado o el representante legal según corresponda, debe firmar la boleta de autorización para revisar los expedientes clínicos donde ha sido atendido.
- El Asegurado cuenta con libre elección médica, por lo que puede optar por recibir atención en el hospital o clínica de su preferencia.
- Los gastos en que éste incurra serán indemnizados por el Instituto de acuerdo con el costo de servicios médicos, sujeto a las siguientes condiciones: deducible y coaseguro.
incapacidad temporal por accidentes
Se entiende aquella situación en que se encuentra el trabajador que, por causa de un accidente, está imposibilitado con carácter temporal para el trabajo.
El Instituto indemnizará por la Incapacidad Temporal por Accidente que sufra el Asegurado, por una suma equivalente al ochenta por ciento (80%) del salario o ingreso reportado al momento de la emisión, que deberá demostrar mediante la presentación de una constancia salarial o certificado de ingresos.
Para primas anuales después del vencimiento del seguro.
Modo de uso
1-Para situar los elementos interactivos, debe seleccionar el botón situado en la parte superior derecha
2- Para poder desplazarse dentro de la presentación utilice el botón amarillo
Certificado
4- Al concluir los módulos, es necesario realizar la evaluación de aprendizaje del curso. Recuerde que si obtiene un puntaje igual o superior al 80, podrá acceder a su certificado de participación. Haga clic en el botón correspondiente para obtener su certificado.
3- Este curso tiene 4 lecciones 1 actividad y 1 evaluación), para obtener el certificado es importante completar todos los módulos.