ciberacoso en las comunidades de aprendisaje
Geo Lara
Created on November 27, 2023
Normativa Legal Ecuatoriana
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Transcript
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA
PRACTICUM 1 SERVICIO COMUNITARIO
CHRISTIAN GEOVANY LARA PAZOS
El ciberacoso en las comunidades de aprendizaje
PRESENTACIÓN
Contextualiza tu tema con un subtítulo
INTRODUCCION
Ciberacoso
El ciberacoso en las comunidades de aprendizaje es el acoso realizado por medio de la tecnología, especialmente por internet en las redes sociales para intimidar, menospreciar o difamar a un compañero de clase. Este tipo de intimidación puede presentarse de diferentes formas como son los mensajes de texto ofensivos, rumores falsos, exclusión por medio de redes sociales entre otras formas para menoscabar la dignidad de los jóvenes. Este tipo de agresiones psicológicas realizadas por medio de un entorno digital los mismos que afectan el bienestar emocional de los jóvenes Hay que tomar en cuenta que el ciberacoso en las comunidades de aprendizaje es un problema muy serio que afecta de diferente manera a cada individuo que es víctima de acoso digital, por lo que necesario que las instituciones educativas, padres y la sociedad en general trabajen en conjunto para concientizar sobre este problema psicológico que se genera en la comunidad y tomar medidas preventivas para evitar el ciberacoso en jóvenes, niños y adolescentes.
ciberacoso en las comunidades de aprendisaje
COMO SE GENERA EL CIBERACOSO
El ciberacoso se genera desde el momento que una persona desea menoscabar la autoestima de otro individuo utilizando medios digitales, así tenemos algunas formas de hacer ciberacoso:Acoso verbal o insultos en línea, por medio de redes sociales agrede psicológicamente a su victimaDifusión de rumores falsos para dañar la reputación de la víctima. Exclusión social en línea, lo que se traduce en ignorar a su víctima, bloquearlo deliberadamente de conversaciones sociales. Acoso por medios visuales digitales, manipulando fotos, videos con el objetivo de ridiculizar a su víctima.
CIBERACOSO
Usurpando la identidad de alguien más. Apoderándose de los datos de una persona incluida sus imágenes. Compartir imágenes o videos que pueden afectar la integridad o intimidad de otra persona. Invitar a una persona a participar en la grabación de una agresión física, o inducir a realizar acciones ridículas para reproducirlas. No solo estudiantes pueden ser las víctimas, también maestros. Las formas de acoso tienen que diferenciarse del sexting, grooming.
CIBERACOSO
“Normativa nacional acerca de los efectos y sanciones en el ciberacoso”
PRESENTACIÓN
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C ódigo Integral Penal
CUPERPOS NORMATIVOS
Código de la Niñez y Adolescencia
Normativa Legal Nacional
Constitucion de la Republica del Ecuador
Constitución del Ecuador, 2008
Sección Tercera/ Comunicación e Información
Articulo. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 2.- El acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación es un concepto que busca garantizar que todas las personas en el ámbito nacional, independientemente de su nivel socioeconómico, género o cualquier otra característica, tengan la posibilidad de utilizar y beneficiarse de las tecnologías de la información con responsabilidad social. 4.- “El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad”.Artículo 19 prohíbe la emisión de la publicidad que induzca a la violencia, la discriminación entre otros que atenten contra los derechos.
CONSTITUCION 2008
Art. 44.- “El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior” Art. 45.- “Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad (…) Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica…”. Art. 46.- El Estado adoptará, las siguientes medidas: 4.- “La protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoquen tales situaciones”.
CONSTITUCION 2008
Derechos de libertad Art. 66.- “El Estado está en la obligación de adoptar las medidas para prevenir, eliminar y sancionar toda violencia, y de manera especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual”. Numeral 18: El derecho al honor y el buen nombre. La ley protegerá la imagen y voz de la persona.Numeral 19: El derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos requerirán la autorización del titular.
CONSTITUCION 2008
Derechos de protección Art. 75.- “Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión”.
Art. 76.- En el numeral 3: “Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al momento de cometerse, no esté tipificado en la ley como infracción penal. Se podrá juzgar solo ante un juez o autoridad competente”.
CONSTITUCION 2008
CIBERACOSO E N LAS COMUNIDADES DE APRENDIZAJE
Artículo 176.- Discriminación.- La persona que pretenda anular o menoscabar la integridad
Articulo 178, sobre violación a la intimidad, sanciona a la persona que grabe, revele, difunda o publique datos personales de terceros"
Código Orgánico Integral Penal
pena privativa de libertar de 1 - 3 años
CODIGO INTEGRAL PENAL
Artículo 157.- Violencia psicológica contra la mujer o miembros del núcleo familiar
Artículo 173.- Contacto con finalidad sexual con menores de dieciocho años por medios electrónicos
CODIGO INTEGRAL PENAL
Art. 154.- Intimidación.- La persona que amenace o intimide a otra con causar un daño , será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.154.2.- Hostigamiento.-La persona natural o jurídica que, por sí misma o por terceros o a través de cualquier medio tecnológico o digital, moleste, perturbe o angustie de forma insistente o reiterada a otra será sancionada con una pena privativa de la libertad de seis meses a un añoArt. 166.- Acoso sexual.- Se considerará ciberacoso sexual cuando la persona que solicite algún acto de naturaleza sexual, para sí o para un tercero se realice utilizando cualquiera de las tecnologías de la información y comunicación, medios tecnológicos, electrónicos o digitales, y será sancionado con una pena privativa de libertad de uno a cinco años
Contextualiza tu tema con un subtítulo
Protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador, lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad
Código de la Niñez y Adolescencia. Capítulo IV Derechos de Protección
DERECHOS DE PROTECCION
Art. 50. Derecho a la integridad personal.Art. 51. Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.Art. 52. Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen.Art. 53. Derecho a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar y las formas de comunicación.Art. 54. Derecho a la reserva de la información sobre antecedentes penales.
PROTECCION A LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
El ciberacoso es un problema muy complejo que tiene ramificaciones importantes en la sociedad que se encuentra digitalizada hoy en día. Se debe abordarlo de manera efectiva, se requiere un compromiso colectivo para proteger a las víctimas, prevenir futuros incidentes y promover un entorno en línea seguro que fomente el respeto, la empatía y la inclusión social.
PROTECCION A LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
FORMAS DE PREVENIR EL CIBERACOSO
El ciberacoso, también conocido como ciberbullying, es un fenómeno muy complejo que tiene implicaciones significativas en toda la sociedad, sin importar clases sociales, raza o condición geográfica, especialmente entre los jóvenes que son más vulnerables a sus efectos nocivos en la salud mental y emocional de nuestros jóvenes. El ciberacoso tiene consecuencias devastadoras en la salud mental y emocional de sus víctimas. Estas presentan trastornos emocionales como son ansiedad, depresión, baja autoestima e incluso pensamientos suicidas como resultado del acoso sexual en línea. Este impacto es aún más perjudicial debido a la naturaleza persistente y omnipresente de las plataformas digitales que se disparen en todos los medios tecnológicos que nuestros jóvenes utilizan.
CONCLUSIONES
CONCLUSIONES
La naturaleza del acoso por medio de las TIC, presenta desafíos únicos para la prevención y la intervención de este mal. La anonimidad en línea, la rapidez con la que se puede difundir el contenido agresivo y la dificultad para rastrear a los acosadores hacen que sea muy difícil abordar este problema de manera efectiva, por lo que es necesario el trabajo conjunto en escuelas, núcleo familiar y en las comunidades que deben enfrentar la tarea de desarrollar estrategias proactivas para prevenir y abordar el ciberacoso de manera adecuada.Las plataformas digitales hoy en día, tienen un papel crucial en la prevención del ciberacoso. Es necesario que estas plataformas implementen políticas claras contra el acoso digital, proporcionen herramientas para reportar y bloquear contenido abusivo, sexual y se comprometan a eliminar rápidamente el material perjudicial. Además, la educación digital es fundamental para capacitar a nuestros niños, especialmente a los jóvenes, sobre el uso responsable y seguro de la tecnología de la información y comunicación para así romper la cadena del ciberacoso. El ciberacoso es un problema que requiere un enfoque multisectorial y colaborativo. Tanto en las escuelas, las familias, las empresas de tecnología, las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales sobre la normativa legal para prevenir el ciberacoso, estas deben trabajar en conjunto para abordar el ciberacoso desde múltiples frentes. La colaboración entre estos actores es fundamental para desarrollar políticas más efectivas, brindar apoyo a las víctimas y crear comunidades en línea más seguras y saludables para nuestros jóvenes.
CONCLUSIONES
Constitucion de la Republica del Ecuador (CRE) , Sección Tercera/ Comunicación e Información Arts.18-19, 44-46,66, 75-76. Registro Oficial 449 de 20-oct.-2008. EcuadorAsamblea Nacional del Ecuador. Codigo Organico Integral Penal (COIP). Suplemento del Registro Oficial No. 180 , 10 de Febrero 2014 Art. 154,157,166,173-176-178.Suplemento del Registro Oficial 471, 5-I-2024.Asamblea Nacional del Ecuador. CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA .Congreso Nacional Registro Oficial No. 737 3 de enero de 2003 LEY No. 2002-100 Última reforma. Edicion CONSTITUCIONAL DEL Registro Oficial 262 17-01-202 /capitulo IV/ Derechos de Protección Art. 150-154Adobe firefly, imagenes/ https://firefly.adobe.com/generate/imageshttps://www.clikisalud.net/salud-mental-ciberacoso-que-se-diferencia-acoso-escolar/
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