Derecho civil: Contratos
Por: Jesus Antonio Jiménez Mrtínez
Tipos de representación en los contratos
Representación Directa: Una de las partes actúa en su propio nombre y por cuenta propia.Representación Indirecta: Una parte actúa en nombre de otra parte y representa sus intereses. Este tipo de representación puede ocurrir mediante un agente, un representante legal o un apoderado.En este espacio, también es recomendable establecer la importancia del tema, discutir investigaciones previas y actuales en el campo e identificar cuál es el problema.Fundamento jurídico: se basa en los principios de la ley de mandato y agencia. Estos principios establecen que una persona (el mandante) puede otorgar autoridad a otra persona (el mandatario o agente) para actuar en su nombre y representarlo en ciertas transacciones. La representación puede ser explícita o implícita, pero está sujeta a los límites de la autoridad otorgada y a los deberes fiduciarios del representante hacia el representado.
Tipos de consentimiento
Consentimiento Expreso: Se manifiesta de manera verbal o escrita, de forma directa y clara. Consentimiento Tácito: Se da cuando las acciones de una parte implican su acuerdo con los términos del contrato, a pesar de no expresarlo verbalmente o por escrito.Fundamento jurídico: se sustenta en el principio del derecho contractual que establece que un contrato es válido si existe un acuerdo entre las partes que lo celebran. Este acuerdo debe ser voluntario, informado y libre de vicios. La doctrina legal reconoce que el consentimiento debe ser otorgado de manera libre y consciente por las partes involucradas para que el contrato sea vinculante.
Tipos de objeto en los contratos
Objeto Posible: Se refiere a un objeto que puede existir y ser ejecutado.Objeto Lícito: El objeto del contrato debe ser legal, no contrario a la ley, a la moral o al orden público.Fundamento jurídico: se basa en la necesidad de que el objeto del contrato sea lícito, posible y determinado o determinable. Según los principios legales, un contrato debe tener un propósito legal y posible de cumplir. Además, el objeto del contrato debe ser específico y no puede ser contrario a la ley, la moral o el orden público.
Vicios del consentimiento
Error: Cuando una de las partes comete un error sobre un elemento esencial del contrato (sobre la identidad del objeto, la calidad del objeto, etc.).Dolo: Ocurre cuando una de las partes actúa de manera engañosa para inducir a la otra parte a celebrar el contrato.Violencia o intimidación: Cuando una de las partes ejerce una presión indebida sobre la otra para obtener su consentimiento.Fundamento jurídico: se deriva de la protección de la voluntad libre y consciente de las partes en un contrato. La ley reconoce que ciertas circunstancias, como el error, el dolo, la violencia o la intimidación, pueden afectar la validez del consentimiento otorgado por una de las partes. Los vicios del consentimiento invalidan o afectan la fuerza vinculante del contrato, ya que se considera que el consentimiento no fue otorgado libremente o de manera informada.
Cláusulas que pueden integrarse en los contratos relacionadas con estos elementos
Cláusulas de Representación y Garantía: Establecen las afirmaciones o garantías de las partes sobre ciertos hechos o circunstancias relevantes para el contrato. Cláusulas de Consentimiento: Pueden especificar cómo se debe otorgar el consentimiento y las consecuencias de su falta o invalidación. Cláusulas de Objeto: Detallan el propósito y los términos específicos del contrato, asegurando que el objeto del mismo sea claro y legal. Cláusulas de No Representación de Vicios: En algunos contratos, las partes pueden incluir cláusulas donde se declaren libres de errores, dolo o cualquier tipo de vicio en el consentimiento. Fundamento jurídico: se basa en el principio de autonomía de la voluntad de las partes. Este principio permite a las partes establecer los términos y condiciones del contrato según su acuerdo mutuo, siempre y cuando no contravengan la ley, la moral o el orden público. Las cláusulas en un contrato tienen el propósito de definir los derechos y obligaciones de las partes, así como prever contingencias y regular aspectos específicos del acuerdo.