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RELACIONES ENTRE COLEGIADOS Y EMPLEADORES
RICARDO JOZEF RIVAS GONZALEZ
Created on October 17, 2023
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Transcript
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
Ricardo Józef Rivas González 4490-20-4883Elmer Macbrayan Cano Gonzalez 4490-20-21364
TÍTULO IV RELACIONES ENTRE COLEGIADOS Y EMPLEADORES
ARTÍCULO 19. Se consideran actos contrarios a la ética profesional entre Colegiados y empleadores:
a)
B)
Emitir opiniones no ajustadas a la verdad, que lesionen el prestigio de otro profesional, atribuyéndole la comisión de errores profesionales cuya aclaración en caso de dudas, corresponda en última instancia al Colegio correspondiente;
Utilizar ideas, planos o documentos técnicos sin el consentimiento de sus autores o propietarios, salvo el caso que éstos sean del dominio público, haciendo la referencia respectiva;
C)
Tratar de reemplazar a un profesional de la ingeniería sin su previo consentimiento en la prestación de servicios profesionales ya iniciados o encargados anteriormente a él;
D)
Pretender asumir cargo público o particular que esté ejerciendo otro profesional de la ingeniería, valiéndose de actitudes y conductas impropias;
E)
Entrar en competencia ofreciendo prestar servicios con honorarios que estén por debajo de lo fijado por el Arancel;
F)
Fijar o influir en el establecimiento de honorarios y remuneraciones por servicios de Ingeniería, cuando tales honorarios o remuneraciones representen, evidentemente, una compensación inadecuada para la importancia y responsabilidad de los servicios que deben ser prestados y que lesionen el prestigio de la profesión;
G)
Aprovecharse del desempeño de un cargo público o privado para hacerse de clientes particulares;
H)
Propiciar el empleo de gestiones puramente dilatorias que entorpezcan injustificadamente los procedimientos y que perjudiquen intereses legítimos de sus clientes u otros profesionales de la Ingeniería;
I)
Participar en competencia de precios para obtener un contrato de estudios, asesorías técnicas, trabajos de consultoría y/o diseño;
GRACIAS POR SU ATENCIóN