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Fabiola Virginia Cruz
Created on May 30, 2023
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Transcript
MSI. FABIOLA VIRGINIA CRUZ GARCÍA
DIPLOMADO DE INCLUSIÓN
Marco Normativo LOCAL
-Genially
"Discapacitado: Toda persona con capacidad disminuida o limitada para realizar por sí misma, las actividades necesarias para su normal desempeño físico, mental, social, ocupacional y económico, como consecuencia de una insuficiencia somática, psicológica o social " LEY PARA LA PROTECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS DISCAPACITADOS DEL ESTADO DE TABASCO
Marco Normativo para discapacitados en el estado de Tabasco
ARTÍCULO 2. Las personas con discapacidad tendrán los derechos y obligaciones que establece esta Ley y la demás legislación y normatividad aplicable, garantizando con ello la igualdad de oportunidades, la inclusión y la participación efectiva en la sociedad en todos sus ámbitos.
LEY SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL ESTADO DE TABASCO
DISPOSICIONES GENERALES
- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos;
- La Constitución Política del Estado Libre
- El Consejo Estatal para Prevenir y Erradicar la Discriminación;
Ley para la protección de las personas adultas mayores en el Estado de Tabasco
LEY PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN EN EL ESTADO DE TABASCO
Artículo 1.- Esta Ley es de orden público e interés social. Tiene por objeto prevenir, combatir y eliminar toda forma de discriminación que se ejerza o se pretenda ejercer, cualquiera que sea su origen, contra alguna persona en el territorio del Estado, en términos de lo establecido por los artículos 1°, párrafos primero, tercero y quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 2° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco.
LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE TABASCO
Artículo 1.- Esta Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el Estado de Tabasco, tiene por objeto regular, proteger y garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la eliminación de la discriminación, sea cual fuere su circunstancia o condición, en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo, con el propósito de alcanzar una sociedad más democrática, justa, equitativa y solidaria.
Otras disposiciones generales:
I.La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; II. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; III. La Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; IV. Ley para la Prevención y Tratamiento de la Violencia Intrafamiliar para el Estado de Tabasco; V. Los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano; VI. La legislación en materia de derechos humanos en la entidad; y VII. Los demás ordenamientos aplicables en la materia.
https://tsj-tabasco.gob.mx/uigdh/leyes.php