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Transcript

Por Boris Bernal

Normativa nacional o internacional acerca de los efectos y sanciones en el ciberacoso

Más niños y adolescentes afectadosDelito que se desarrolla en una comunidad que está atraída por la tecnología

Ciberacoso visto desde la carta Constitucional del Ecuador

Riesgos

No hay supervisiónSin control de la información En Ecuador debido a su cultura sociofamiliar (Más vulnerables)

Medios utilizados sin restricciones

WhatsappFacebookInstagramTwitter

Comportamientos

HumillaciónAmenazasAcosoHostigamiento

DE QUÉ SE TRATA?

Art. 16 Todas las personas en forma individual o colectiva tienen derecho a 2.-"El acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación "4.- El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad"

Sección tercera / Comunicación e información

Art. 19 Prohibe la emisión de la publicidad que induce a la violencia, la discriminación entre otros que atenten contra los derechos

Sección tercera / Comunicación e información

Art. 23 Sin perjuicio de los derechos establecidos en esta constitución y en los diferentes instrumentos internacionales vigentes, el Estado reconocerá y garantizará a las personas lo siguiente:2.- La integridad personal. El estado aceptará medidas necesarias para sansionar, prevenir y eliminar, en los particular y principal como prioridad, la violencia contra los niños, adolescentes, mujeres y personas de la tercera edad.

Sección cuarta / Cultura y ciencia

Niñas, niños y adolescentes.Art. 44 "El estado, la sociedad y la familia promoveran de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes y asegurará el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá el principio de su interés superior"

Sección cuarta / Cultura y ciencia

Art. 45 "Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad (...). Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica"

Sección cuarta / Cultura y ciencia

Art. 46 "El Estado adaptará las siguientes medidas: "La protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier índole o contra la negligencia que provoquen tales situaciones.

Sección cuarta / Cultura y ciencia

Art.- 66 Númeral 3.- El derecho a la integridad, personal: Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. El Estado adaptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación desventaja o vulnerabilidad.

Numeral 18.- El derecho al honor y el buen nombre . La ley protegerá la imagen y voz de la persona.

Derecho de libertad (Se reconoce y garantiza a las personas)

Numeral 19.- El derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección.

Derecho de libertad (Se reconoce y garantiza a las personas)

Art 75.- "Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión"

Derechos de protección

Art.- 76 Numeral 3."Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al momento de cometerse, no este tipificado en la ley como infracción penal. Se podrá juzgar solo entre un juez o autoridad competente"

Pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes La persona que fotografie (...) Será sancionada con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.Si la víctima, además, sufre algún tipo de discapacidad o enfermedad grave o incurable, se sancionará con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.Infractor sea el padre, la madre, pariente hasta el cuarto grado de consanquinidad o segundo de afinidad, tutor (...) será sancionada con pena privativa de libertad deveintidós a veintiséis años.

"EL CIBERACOSO CÓDIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL"

Normativa 2

La persona natural o jurídica que. por sí misma o por terceros o a través de cualquier medio tecnológico o digital, moleste. perturbe o angustie de forma insistente o reiterada a otra, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años

Art.166.- Se considerará ciberacoso sexual utilizando tecnologías (será sansionado con una pena privativa de libertad de uno a cinco años)Menor de edad o discapacidad (pena privativa de tres a cinco años)

154.2.- HOSTIGAMIENTO

Art.- 178.- Violación a la intimidad.- La persona que, sin contar con el consentimiento o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos persona les, mensajes de datos, voz, audio y vídeo, objetos postales, información contenida en soportes informáticos. comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tressancionada pena privativa de libertad de uno a tres años.

Art 396.- Contravensiones de cuarta clase.- "Será sansionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días

LOS RIESGOS DEL USO INADECUADO DE INTERNET Y SIN LA SUPERVISION DE ADULTOS, ES UN PASO MÁS PARA QUE LA POBLACIÓN VULNERABLE CAIGA EN EL CIBERACOSO Y SU INTEGRIDAD SE VEA AFECTADA

EN ECUADOR SE ESTA PONIENDO EN MARCHA DE ACUERDO A LA CONSTITUCIÓN PARA SANSIONAR A LOS AGRESORES INVOLUCRADOS EN ESTE DELIDO DE CIBERACOSO

AÚN EXISTE POCA INFORMACIÓN EN LA COMUNIDAD ECUATORIANA SOBRE LOS RIESGO Y CONSECUENCIAS A LARGO PLAZO DEL SIBER ACOSO, ES POR ESO QUE SERÍA NECESARIO IMPLEMENTAR PLAZAS DE INFORMACIÓN A LA CIUDADANÍA

EN ECUADOR LA POBLACIÓN MÁS AFECTADA POR EL CIBER ACOSO SON LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES QUE TIENEN ACCESO A INTERNET Y QUE SE ENCUENTRAN TAMBÍEN EN ZONAS VULNERABLES

Conclusiones

Constitución de la república de Ecuador. (2008, 20 de octubre). Registro Oficial 449. Constitución de la República del Ecudor. Https://www.oas.orgConstitución de la república de Ecuador. (2012, 01 de agosto). Registro Oficial 449. Constitución de la República del Ecudor. Https://educacion.gob.ecUNICEF. Acción humanitaria para la infancia. UNICEF, 2019. https://www.unicef.org/es/end-violence/ciberacoso-que-es-y-como-detenerloMarketing por redes sociales de películas peruanas y su valoración por los jóvenes del distrito de San Miguel, 2018Código Orgánico Integral Penal, COIP. (2015, 20 de septiembre). Registro oficial 598. https://vlex.ec/vid/codigo-organico-integral-penal-631464447

REFERENCIAS

GRACIAS