Infografía sobre la protección de datos personales y garantías de dere
Desireé Pérez
Created on March 20, 2023
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Transcript
protección de datosyderechos digitales
Deber de secreto
RESUMEN DEL PLAN DE COMUNICACIÓN
Supresión de los datos
¿Qué es un dato personal de un alumno?
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos?
¿Quién es el encargado del tratamiento de datos?
para aprender
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¿Qué puedo hacer con los datos del alumnado?
¿Qué puedo hacer con los datos y/o imágenes de mi alumnado?
para aplicar
Acceder al contenido de dispositivos electrónicos del alumnado
https://www.aepd.es/es/documento/guia-centros-educativos.pdf
El nombre y apellidos de un alumno, de sus padres, su dirección, su número de teléfono o su correo electrónico son datos de carácter personal. También lo son las imágenes de los alumnos o, por ejemplo, la profesión, los estudios o el lugar donde trabajan los padres, o su número de cuenta bancaria.
Cuando se trate de centros educativos públicos, el responsable del tratamiento será, normalmente, la Administración pública correspondiente, es decir la Consejería de la Comunidad Autónoma competente en materia educativa, salvo para los centros de Ceuta y Melilla o los centros en el exterior titularidad del Estado dependientes del Ministerio de Educación Cultura y Deporte.
En determinados casos, los centros educativos para cumplir sus funciones necesitan contar con la colaboración de otras personas o entidades que no forman parte de su organización, por ejemplo, para el servicio de comedor, servicio médico, transporte o para la realización de actividades extraescolares. Las empresas que realizan este tipo de servicios tienen, en relación con el tratamiento de datos personales que realizan, la consideración de encargados de tratamiento. El equipo directivo del centro, los profesores, o el personal de administración y servicios del centro educativo no son encargados del tratamiento
Si se recogieron datos para realizar la matrícula, no se podrán utilizar para finalidades diferentes del ejercicio de la función educativa, como la publicación de fotografías de los alumnos en la web del centro o la comunicación de sus datos a museos o empresas para organizar visitas, salvo que se haya recabado el consentimiento de los alumnos o de sus padres o tutores tras haberles informado de ello.
Todas las personas que tengan acceso a datos de carácter personal están obligadas a guardar secreto sobre los mismos art. 5 LOPDGDD. Este deber de secreto es esencial para garantizar el derecho fundamental a la protección de datos y es de obligado cumplimiento para todas las personas que presten sus servicios en los centros y Administraciones educativas-docentes, personal administrativo o de servicios auxiliares, en relación con los datos de carácter personal a los que accedan. Además, el deber de secreto subsiste incluso una vez finaliza la relación con el responsable o con el encargado de tratamiento.
Los datos incluidos en los procesos de admisión serán cancelados una vez finalizados los procedimientos administrativos y judiciales de reclamación. Los exámenes de los alumnos no deberían mantenerse más allá de la finalización del periodo de reclamaciones. Los datos del expediente académico, en cambio, deben ser conservados, ya que pueden ser solicitados por los alumnos con posterioridad a la finalización de sus estudios.
Dada la información que se contiene en los dispositivos con acceso a internet, así como la trazabilidad que se puede realizar de la navegación efectuada por los usuarios, el acceso al contenido de estos dispositivos de los alumnos, incluyendo su clave, supone un acceso a datos de carácter personal que requiere el consentimiento de los interesados o de sus padres o tutores si se trata de menores de 14 años. No obstante, en situaciones en las que pudiera estar presente el interés público, como cuando se ponga en riesgo la integridad de algún alumno (situaciones de ciberacoso, sexting, grooming o de violencia de género) el centro educativo podría, previa ponderación del caso y conforme al protocolo que tenga establecido, acceder a dichos contenidos sin el consentimiento de los interesados
plan de comunicación
OBJETIVO
Transmitir una serie de mensajes e informaciones a unos grupos de destinatarios claramente identificados y relacionados entre ellos.Estos grupos son los siguientes: • Alumnos: de alumno a alumno, de alumno a profesor, de alumno al centro. • Padres: de padres a profesor, para saber sobre el funcionamiento y actividades en el aula y sobre el trabajo/rendimiento de su hijo, de padres a padres, comunicación entre los padres que forman parte de ese grupo, de padres con el resto de la comunidad educativa.• Profesores: de profesores a profesores (componentes del claustro), de profesores a alumnos (propios o cualquiera del centro), de profesores a padres (los de su grupo o externos).
http://ceip-martinchico.centros.castillalamancha.es/sites/ceip-martinchico.centros.castillalamancha.es/files/documentos/plan_de_comunicacion_.pdf
plan de comunicación
CANALES
Los canales utilizados para la comunicación variarán según el tipo de información dada y a quién vaya dirigida:
- Para la comunicación con las familias: mensajería Séneca.
- Para la comuncación con el alumando: mensajería Moodle.
- Entre profesores: mensajería Séneca y correo electrónico.
- Para la comunidad educativa: Tablón Noticias y/o avisos Séneca.
- Para el resto: página web del centro.
http://ceip-martinchico.centros.castillalamancha.es/sites/ceip-martinchico.centros.castillalamancha.es/files/documentos/plan_de_comunicacion_.pdf
plan de comunicación
CONTENIDOS
Los contenidos serán variables dependiendo de a quién vayan dirigidos, en qué contexto se den y la información que se quiera transmitir. Así mismo el tono empleado, será el adecuado dependiendo del sector al cual nos vamos a dirigir.• Familias: tono formal y mostrando los datos de una manera clara y concisa, para que las ideas se transmitan de manera correcta.• Profesores: son personas con las que trabajamos a diario y se presupone una confianza con ellas, por lo tanto, utilizaremos un tono informal en cuanto a conversaciones orales, notas aclaratorias o comunicados de ánimo o felicitación. No obstante, utilizaremos el tono formal cuando sean actos administrativos, como reuniones de equipos, actas, convocatorias, conclusiones o comunicados.• Alumnos: Tono medio, mezclaremos el formal y el informal, dependiendo del tipo de información dada o el medio que utilicemos.
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