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Test de Beneficio

BDO Perú

Created on April 13, 2026

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PRECIOS DE TRANSFERENCIA

¿QUÉ DEBES SABER SOBRE EL TEST DE BENEFICIO?

¿Quiénes están obligados a cumplir con el Test de Beneficio?

¿El Test de Beneficio y su alcance reemplaza la revisión tradicional de la deducilidad del gasto?

VALIDACIÓN DEL TEST DE BENEFICIO

TEST DE BENEFICIO

¿Cuál es el plazo para contar con el Test de Beneficio?

¿Por qué es obligatorio su cumplimiento?

DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN DE REPALDO

VALIDACIÓN DE LA DETERMINACIÓN DE LA RETRIBUCIÓN

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Vencimientos para la Presentación del Reporte Local 2025

Brochure de Obligaciones Formales

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Validación de la determinación de la retribución

  • Revisar los criterios para la determinación de los costos y gastos incurridos por el prestador.
  • Revisión de la razonabilidad de los criterios para definir los driver de asignación.
  • Validar el margen de ganancia obtenido por el prestador del servicio.
  • Considerar si el servicio es de bajo valor añadido (5.00%).

Se encuentra obligado aquel contribuyente domiciliado en el Perú que sea receptor de servicios por alguna de sus partes vinculadas. Los contribuyentes al cierre de cada ejercicio fiscal deberían preparar la documentación sustentadora que acredite el cumplimiento del Test de Beneficio por los servicios recibidos de sus partes vinculadas en el ejercicio anterior, ya que ello les permitirá tener certeza respecto a la deducibilidad de los gastos y/o costos generados por dichos servicios para efectos de determinar su Impuesto a la Renta anual del ejercicio anterior.

El Test de Beneficio implica la acreditación del cumplimiento del Principio de Causalidad pues debe evidenciar, con documentación sustentatoria:

  1. la naturaleza del servicio,
  2. la forma en que se ha llevado a cabo su efectiva prestación,
  3. la necesidad de su contratación,
  4. la vinculación del servicio con el desarrollo de las actividades económicas que el usuario realiza.
Asimismo, se debe acreditar que no existe duplicidad del servicio contratado con su parte vinculada, que los servicios recibidos no califican como actividades que deberían ser de cargo del accionista (gastos de “overhead”) y el beneficio real o potencial que obtiene el usuario del servicio, que justificaría que de no haber contratado a su parte vinculada hubiera tenido que contratar a un tercero independiente o hubiera tenido que realizarlos internamente con personal especializado. Adicionalmente, se exige que el usuario del servicio proporcione la documentación e información necesaria para evidenciar el cumplimiento del Test de Beneficio, así como la composición de la retribución pactada por los servicios: los costos y gastos incurridos por el prestador del servicio, así como los criterios razonables de asignación de aquellos costos o gastos de servicios que benefician a varios miembros del grupo multinacional, y el margen de ganancia, ya que este último estará sujeto a las reglas de precios de transferencia.

Validación del Test de Beneficio

  • Revisar y analizar de la documentación de respaldo.
  • Determinar la naturaleza, fehaciencia y necesidad de contratar los servicios.
  • Verificar que el servicio proporcionó un valor económico o comercial real o potencial.
  • Determinar si un servicio es calificado de como servicio de alto o bajo valor añadido.

Dentro de la Declaración Reporte Local que se presenta en junio del año siguiente, se incluye una declaración respecto al cumplimiento del Test de Beneficio por cada operación de utilización de servicios sujeta a análisis.

El cumplimiento del Test de Beneficio es un requisito indispensable para que la Administración Tributaria acepte la deducibilidad de un gasto o costo generado por un servicio recibido de una parte vinculada. De incumplirse dicho requisito el gasto o costo será considerado como no deducible.

Comprobación de la documentación de respaldo

  • Revisión selectiva del proceso de facturación.
  • Revisión selectiva del proceso de sustento de los servicios recibidos.
  • Verificar que se cumpla con lo dispuesto en el artículo 116° del RLI.