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Derecho mercantil

Mariano Bautista Leily Yazmin

Created on March 27, 2026

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Transcript

Derecho mercantil

Índice

Actos de comercio

Sociedades mercantiles

Títulos de crédito

Referencias

Actos de comercio

Definición de acto jurídico.
Acto de comercio
Tráfico Mercantil Es la repetición continua y masiva de actos de comercio por parte de una empresa o empresario. Por ejemplo, una venta aislada es un acto, pero la venta constante de productos (como patatas a un supermercado) constituye el tráfico de la empresa. Sectores como la banca, seguros y transportes son ejemplos claros de grandes volúmenes de tráfico empresarial.

Sociedades mercantiles.

Una sociedad mercantil es una persona jurídica (moral) constituida por dos o más personas (físicas o morales) que combinan capital, bienes o trabajo para realizar actividades comerciales con fines de lucro

Clasificación por Identidad vs. Capital

Tipos de Sociedades según la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM)

Principales Títulos de Crédito

Títulos de crédito.

Un título de crédito es un documento mercantil necesario para ejercitar el derecho literal que en él se consigna. Incorpora un derecho de cobro o propiedad (dinero, mercancías), es transmisible y requiere la exhibición física del documento para ejercer dicho derecho. Ejemplos comunes incluyen cheques, pagarés y letras de cambio

Características de los títulos de crédito

Características de los títulos de crédito (continuación)

+ info

Referencias. Berater Business. (2017, 10 agosto). Cómo saber que sociedad es la que mejor le conviene a tu negocio? S.A de C.V o S.de R.L de C.V? [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=_fj78jtXJlk Canal Legal MX. (2016, 31 agosto). Títulos de Crédito y definición de Pagaré, Cheque y Letra de Cambio - Canal Legal MX [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=U-LdXgELEFA Canal Legal MX. (2016a, agosto 31). Características de los títulos de crédito - Canal Legal MX [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=7Uw5BcbdtTU RG LEGAL. (2017, 2 diciembre). #SOCIEDADES #MERCANTILES EXPLICACIÓN DE LOS DIFERENTES TIPOS SOCIALES EN #MÉXICO LGSM [Vídeo]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=6WNe0TBAut8

Los actos de comercio son aquellos actos jurídicos que tienen una naturaleza mercantil, independientemente de quién los realice (no solo los comerciantes)Características principales.

  • Finalidad de lucro: Se busca obtener un beneficio económico.
  • Intermediación: Implica la circulación de bienes o servicios.
  • Regulación Legal: Está tipificado en el Código de Comercio o leyes mercantiles.
  • Subjetivo u Objetivo: Puede ser realizado por un comerciante (subjetivo) o ser una acción calificada como tal por la ley (objetivo)

Es un acto voluntario y consciente que busca establecer relaciones jurídicas entre personas, su finalidad es crear, modificar o extinguir derechos Algunos ejemplos cotidianos son: alquilar un apartamento, ir al gimnasio, comprar un móvil o casarse.

  • Sociedades de Personas: Lo más importante es la identidad del socio. Los socios responden de manera subsidiaria por las deudas y tienen voz sobre quién entra o sale.
  • Sociedades de Capitales: Lo primordial es la aportación económica. La identidad del socio es secundaria y su responsabilidad se limita al monto de su aportación.
  • Nombre Colectivo: Todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitado y solidario.
  • Comandita Simple: Mezcla socios "comanditados" (responsabilidad ilimitada) y "comanditarios" (solo pagan su aportación).
  • Responsabilidad Limitada (S. de R.L.): Los socios solo responden por sus aportaciones; las partes sociales no son títulos negociables.
  • Sociedad Anónima (S.A.): Es la más común; los socios solo están obligados al pago de sus acciones.
  • Comandita por Acciones: Similar a la comandita simple, pero el capital se divide en acciones.
  • Sociedad Cooperativa: Se rige por su propia ley especial; basada en solidaridad y ayuda mutua para satisfacer necesidades colectivas.
  • Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.): Puede constituirse con una sola persona física y es de las formas más recientes.

Clasificación según su Circulación
  • Nominativos (a la orden): Tienen el nombre del beneficiario por escrito. Se transmiten mediante endoso y entrega física.
  • Al Portador: No tienen un nombre específico. Se transmiten simplemente entregando el documento de una mano a otra.

Principales Títulos de Crédito

  • Pagaré: Es una promesa incondicional de pago. Intervienen dos personas: el suscriptor (quien crea el documento y promete pagar) y el beneficiario (quien recibe el dinero).
  • Cheque: Es una orden incondicional de pago dirigida a una institución bancaria. Intervienen tres: el librador (quien firma el cheque), el banco (quien debe pagar) y el beneficiario.
  • Letra de Cambio: Es el antecedente del cheque, pero hoy está en desuso debido a sus altas formalidades. Es una orden que una persona (girador) le da a otra (girado) para que le pague a un tercero (beneficiario).

1. Ejecutividad (La fuerza del cobro)

  • Es la característica más potente: el título es una prueba preconstituida de la deuda.
  • Permite que un juez ordene el embargo de bienes inmediatamente al admitir la demanda, sin esperar a que termine el juicio.
2. Formalidad (El rigor legal)
  • El documento debe contener todas las menciones que exige la ley (ej. debe decir explícitamente "Pagaré" o "Cheque").
  • Si falta algún requisito legal, el documento pierde su naturaleza mercantil y, por lo tanto, pierde su fuerza ejecutiva.
3. Incorporación (El derecho es el papel)
  • El derecho de cobro está "pegado" al documento. Si pierdes el papel físico, pierdes el derecho a ejercer los privilegios que la ley mercantil otorga.

4. Literalidad (El límite del derecho)

  • El derecho se mide exactamente por lo que está escrito en el documento.
  • No se puede reclamar ni más ni menos de lo que aparece asentado de manera expresa.
5. Autonomía (Independencia de la causa)
  • El título es exigible por sí mismo, sin importar la razón o el negocio que le dio origen.
  • Una vez firmado, el compromiso de pago se separa del contrato o trato inicial.
6. Circulación y Legitimación
  • Circulación: Están diseñados para transmitirse de persona a persona, generalmente a través del endoso.
  • Legitimación: Solo el propietario legítimo (quien tiene el documento legalmente) tiene la facultad de exigir el pago