Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

SL 1420/2012 Pension Familiar

Maya Gabriela Murcia Espinosa

Created on March 18, 2026

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Terrazzo Presentation

Visual Presentation

Relaxing Presentation

Modern Presentation

Colorful Presentation

Modular Structure Presentation

Chromatic Presentation

Transcript

SL 1420/2012 Pension Familiar

Ley 1580/12 Seguridad Social

Empezar

SL1420/2012

Ley 1580/12

Como aplica la pension familiar en el caso particular

Como se define la pension familiar en la norma

Ver

Ver

1. Ley 1580/12 - Régimen de Prima Media con Prestación Definida

Quienes cumplan los requisitos para adquirir el derecho a la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, podrán optar por la pensión familiar, cuando los dos cónyuges o compañeros permanentes obtengan: - La edad mínima de jubilación - La suma del número de semanas de cotización supere el mínimo de semanas requeridas para el reconocimiento de la pensión de vejez.

Definición de Pensión Familiar

Es aquella que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización o aportes de cada uno de los cónyuges o cada uno de los compañeros permanentes, cuyo resultado es el cumplimiento de los requisitos establecidos para la pensión de vejez en ambos regimenes segun la Ley 100/93

+ Info

2. SL1420/12 Pensión Familiar

Involucrados en el Caso

¿Por que se interpuso la demanda? Con el fin de que se les reconociera y pagara la pensión familiar a partir del 15 de octubre de 2014, los intereses moratorios y, subsidiariamente, la indexación.

Demandantes: Miguel Ángel Polo Sánchez y Nohora Cecilia Figueredo de polo Demandados: Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones (Foncep)

3. Antecedentes e Instancias
  • Total conjunto: 1.427 semanas (superan el mínimo de 1.300).
  • Aportes a la Secretaría de Salud, Hospital de Kennedy, Contraloría y Secretaría de Gobierno.
  • Conflicto Inicial: El FONCEP negó la pensión de vejez individual en 2014, lo que llevó a la pareja a solicitar la Pensión Familiar.
Sentencia de Primera Instancia (Octubre 2016): Condena al FONCEP al reconocimiento y pago de la Pensión Familiar. 1 SMLMV dividido entre los conyuges.

Hechos Concretos

Sentencia de Segunda Instancia (Junio 2017): El Tribunal REVOCÓ la condena y absolvió al FONCEP basándose en dos ejes: A. Competencia de la Entidad : la pensión familiar solo puede ser reconocida por administradoras del RPM o del RAIS, y no por fondos territoriales o prestacionales como el FONCEP. B. Requisito del 25% de semanas a los 45 años: El cálculo de las semanas requeridas al cumplir 45 años debe hacerse con base en la ley vigente en ese momento (1.000 semanas en 1997) y no sobre las 1.300 semanas actuales.

Matrimonio vigente desde 1976 con convivencia ininterrumpida bajo el mismo techo. Clasificados en SISBÉN Nivel 2 (estrato 2), cumpliendo el requisito de focalización.

Info

Muchas graciaspor tu atención

Volver al inicio

Requisitos y Caracteristicas:

  1. Requisitos de Acceso
  2. Naturaleza y Cuantía
  3. Dinámica del Fallecimiento (Acrecimiento)
  4. Extinción e Incompatibilidades

PDF

¿Cual fue el error?

Bajo esta lógica, el Sr. Polo cumplía el requisito, pero el proceso falló en contra por el punto A (la entidad demandada).

  • ¿Puede un fondo de pensiones público estar obligado a reconocer una Pensión Familiar?
  • La importancia de definir si el 25% de cotización se mide sobre las semanas actuales (1.300) o las vigentes cuando el afiliado cumplió 45 años.