SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MULTIPLE
SOFOMES
Concepto
Son sociedades anónimas que cuentan con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), y pueden ser reguladas y no reguladas.
Su objeto social principal es la realización habitual y profesional de una o más de las actividades de otorgamiento de crédito, arrendamiento financiero o factoraje financiero.
REGULADAS
Las que fondean sus operaciones con valores de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores (RNV) conforme a la Ley de Mercado de Valores Las que voluntariamente obtienen la aprobación de la CNBV para ser reguladas
Las que tienen vinvulos patrimoniales con instituciones de créditoSociedades financieras populares Sociedades financieras comunitarias o sociedades de ahorro y préstamo
El artículo 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito especifica las disposiciones que por su propia naturaleza les resultan aplicables a las Sofomes reguladas, de acuerdo al tipo de entidad financiera con la cual tienen vínculo patrimonial y adquieren su carácter de reguladas.
NO REGULADAS
Son aquellas que no se ubican en los supuestos señalados para identificar a las Sofomes "reguladas", y deben agregar a su denominación social la expresión "sociedad financiera de objeto múltiple" o su acrónimo "Sofom", seguido de las palabras "entidad no regulada" o su abreviatura "E.N.R.". Además están sujetas de la inspección y vigilancia de la CNBV, pero exclusivamente para verificar el cumplimiento de las disposiciones preventivas de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (Art. 95-Bis de la LGOAAC).
Las Sofomes "no reguladas" deben proporcionar la información o documentación que les requieran en el ámbito de su competencia la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Banco de México, la Condusef y la CNBV, y pueden ser sancionadas en caso de no proporcionarla dentro de los plazos que tales autoridades señalen, o cuando la presenten de manera incorrecta.
https://www.gob.mx/cnbv/acciones-y-programas/sociedades-financieras-de-objeto-multiple-sofomes
Fuentes
SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MULTIPLE
Becerra Alonso Carlos Alberto
Created on March 18, 2026
Descripción de las sociedades financieras de objeto multiple
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SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MULTIPLE
SOFOMES
Concepto
Son sociedades anónimas que cuentan con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), y pueden ser reguladas y no reguladas.
Su objeto social principal es la realización habitual y profesional de una o más de las actividades de otorgamiento de crédito, arrendamiento financiero o factoraje financiero.
REGULADAS
Las que fondean sus operaciones con valores de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores (RNV) conforme a la Ley de Mercado de Valores Las que voluntariamente obtienen la aprobación de la CNBV para ser reguladas
Las que tienen vinvulos patrimoniales con instituciones de créditoSociedades financieras populares Sociedades financieras comunitarias o sociedades de ahorro y préstamo
El artículo 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito especifica las disposiciones que por su propia naturaleza les resultan aplicables a las Sofomes reguladas, de acuerdo al tipo de entidad financiera con la cual tienen vínculo patrimonial y adquieren su carácter de reguladas.
NO REGULADAS
Son aquellas que no se ubican en los supuestos señalados para identificar a las Sofomes "reguladas", y deben agregar a su denominación social la expresión "sociedad financiera de objeto múltiple" o su acrónimo "Sofom", seguido de las palabras "entidad no regulada" o su abreviatura "E.N.R.". Además están sujetas de la inspección y vigilancia de la CNBV, pero exclusivamente para verificar el cumplimiento de las disposiciones preventivas de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (Art. 95-Bis de la LGOAAC).
Las Sofomes "no reguladas" deben proporcionar la información o documentación que les requieran en el ámbito de su competencia la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Banco de México, la Condusef y la CNBV, y pueden ser sancionadas en caso de no proporcionarla dentro de los plazos que tales autoridades señalen, o cuando la presenten de manera incorrecta.
https://www.gob.mx/cnbv/acciones-y-programas/sociedades-financieras-de-objeto-multiple-sofomes
Fuentes