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VESTIMENTA PARA EL PERSONAL DEL SANATORIO

SUMAR Organización y Tecnología

Created on March 17, 2026

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PROTOCOLO MÉDICO DE VESTIMENTA PARA EL PERSONAL DEL SANATORIO

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Código: PM-GME-06 Revisión: 00

Página: 1/5 Realizado por: Dra. Silvia Ortiz Alí, Esp. en Epidemiología Hospitalaria Revisado por: Dra. Elizabeth Ortiz – Auditoría Médica, Reg. Prof. MT-1968 Aprobado por: Guillermo Cabrejo Muñoz Fecha de vigencia: Febrero 2026

SIGUIENTE

OBJETIVO

ALCANCE

Disposiciones Generales

CUMPLIMIENTO

PROHIBICIONES

UNIFORMES POR CATEGORÍA

Uniformes

ENFERMERÍA Y TÉCNICOS

PERSONAL DE LIMPIEZA Y APOYO

PERSONAL ADMINISTRATIVO

PERSONAL MÉDICO

ROPA EXTRAHOSPITALARIA

PROHIBICIONES

• El uso de sandalias, zapatillas o calzados abiertos. • Uso de ropa rota, desgastada o manchada. • Uso de jeans en áreas clínicas y asistenciales. • Uso de ropa deportiva o de gimnasio.

CUMPLIMIENTOS Y SUPERVISIÓN

• El presente protocolo es de cumplimiento obligatorio para todo el personal del Sanatorio Internacional, por lo que debe ser incluido en los procesos de inducción y en la normativa interna. • La supervisión del cumplimiento del presente protocolo estará a cargo del coordinador de ATP y mediante auditorías regulares (ver anexo checklist). • El incumplimiento deberá ser documentado en la hoja de verificación de cumplimiento del código de vestimenta (ver anexo checklist) y posteriormente notificado vía correo electrónico a la Gerencia del Sanatorio. • El incumplimiento reiterado podrá ser motivo de sanción o notificación formal.

ALCANCE

Aplica a todo el personal administrativo, médico, de enfermería, técnicos, personal de apoyo, limpieza, seguridad y todo talento humano que cumpla funciones dentro del Sanatorio.

ROPA EXTRAHOSPITALARIA

• Está prohibido salir del Sanatorio con chomba, guardapolvo o vestimenta con el distintivo del grupo Guide, debido a a normas de Control de Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud (IAAS), para evitar el traslado de microorganismos del entorno hospitalario a la vía pública. • Está además prohibido circular por áreas clínicas/asistenciales con ropa de calle y sin el guardapolvo o uniforme correspondientes.

OBJETIVO

Establecer las normas de vestimenta y presentación del personal de salud y administrativo del Sanatorio, con el fin de asegurar la adecuada identificación del personal y una imagen institucional profesional.

• Higiene personal apropiada con uñas cortas y limpias. • La joyería utilizada durante la jornada laboral deberá ser discreta. Está prohibido el uso de pulseras múltiples, rígidas y de grosores mayores a 5 mm, cadenas con grosores mayores a 3 mm y anillos con piedras voluminosas y salientes que puedan engancharse a otros elementos. • No está permitida la utilización de joyería de ningún tipo en manos y muñecas (incluyendo anillos, pulseras o relojes), durante la realización de procedimientos médicos y de enfermería. Estas medidas se establecen primordialmente por razones de Bioseguridad y Seguridad Ocupacional, para prevenir la retención de patógenos o accidentes mecánicos durante el contacto con pacientes, conforme al Decreto 14390/92. • No se permite el uso de piercings en el rostro (nariz, ceja, labios, lengua o mejillas) durante la realización de tareas asistenciales dentro del sanatorio, por lo tanto, éstos deben ser retirados antes de iniciar la jornada laboral. Estas medidas se establecen también por razones de Bioseguridad y Seguridad Ocupacional, para prevenir la retención de patógenos o accidentes mecánicos durante el contacto con pacientes, conforme al Decreto 14390/92. • Mantener preferentemente cubiertos los tatuajes grandes (aquellos mayores a 10 cm de diámetro o lado mayor) que pudieran quedar visibles al utilizar el uniforme reglamentario. Por ejemplo: los tatuajes grandes en brazos deben preferentemente mantenerse cubiertos mediante la utilización de camisas o guardapolvos de mangas largas. • El maquillaje deberá presentar una apariencia discreta, con utilización de tonos neutros y labiales en tonos suaves. • No está permitido el uso de sombras con colores intensos o llamativos (rojo brillante, azul, verde, fucsia, violeta), delineados artísticos o gruesos mayores a 2 mm, glitter o productos con destellos excesivos y visibles.

PERSONAL MÉDICO

• Utilizar guardapolvo blanco limpio, planchado y en buen estado. • Chomba de colores sobrios (celeste, blanco, verde, azul marino) o en su defecto pantalón y camisa. • Zapatos cerrados e idealmente antideslizantes. • No está permitido el uso de jeans, remeras estampadas o ropa informal bajo el guardapolvo. • Identificación debe ser visible por el guardapolvo o tener credencial con nombre y cargo. • La identificación debe incluir nombre, apellido y registro profesional visible, en cumplimiento con el Art. 235 del Código Sanitario sobre la identificación de los profesionales de salud.

ENFERMERÍA Y TÉCNICOS

• Utilizar chomba institucional con identificación visible o credencial con nombre y cargo. • La identificación debe incluir nombre, apellido y registro profesional visible, en cumplimiento con el Art. 235 del Código Sanitario sobre la identificación de los profesionales de salud. • Calzado cerrado y antideslizante. • Cabello recogido, sin excepción.

PERSONAL DE LIMPIEZA Y APOYO

• Utilizar uniforme institucional. • Uso de Equipo de Protección Persona,l de acuerdo a las funciones desempeñadas y el área de trabajo. • Calzado cerrado y antideslizante. • Cabello recogido, sin excepción.

PERSONAL ADMINISTRATIVO

• Utilizar uniforme institucional con credencial donde se consigne nombre y cargo. • Calzado cerrado.