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ELEMENTO DEL DELITO: LA ACCIÓN Dro penal

Gandhy Lopez

Created on March 12, 2026

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PRIMER ELEMENTO DEL DELITO: LA ACCIÓN

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La Acción

Concepto La acción es el comportamiento humano voluntario que produce un resultado relevante para el Derecho Penal. Requiere manifestación externa y control consciente.

AnálisisLa acción es el punto de partida del delito. Sin acción no puede iniciarse el juicio de tipicidad. Relación de causalidad Vínculo que une la conducta del autor con el resultado. Permite determinar si el resultado es atribuible al comportamiento del sujeto.

Principales teorías

• Teoría de la equivalencia de condiciones • Teoría de la causalidad adecuada • Teoría de la imputación objetiva Ausencia de acción Se presenta cuando no existe conducta voluntaria: movimientos reflejos, inconsciencia, fuerza irresistible.

Causas de ausencia de acción

Sueño profundo, hipnosis, convulsiones, automatismos.

Opinión doctrinaria

La doctrina coincide en que la acción es el presupuesto mínimo del delito y su ausencia excluye responsabilidad penal.

SEGUNDO ELEMENTO POSITIVO: LA TIPICIDAD

Concepto La tipicidad es la adecuación de la conducta al supuesto descrito en la ley penal. Clasificación de los tipos • Tipo objetivo • Tipo subjetivo • Tipos abiertos y cerrados • Tipos de mera actividad o de resultado • Tipos comisivos y omisivos

Tipo penal: noción y estructura

Incluye sujeto activo, sujeto pasivo, conducta, resultado, nexo causal y elementos normativos o subjetivos.

Ausencia de tipicidad

Ocurre cuando la conducta no encaja en el tipo penal por falta de elementos objetivos o subjetivos.

Segundo elemento negativo: La atipicidad

La atipicidad excluye la responsabilidad penal. Puede ser objetiva o subjetiva.

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TERCER ELEMENTO DEL DELITO: LA ANTIJURIDICIDAD

Concepto Es la contradicción entre la conducta típica y el ordenamiento jurídico. Clases • Antijuridicidad formal • Antijuridicidad material

Elementos negativosCircunstancias que eliminan la antijuridicidad: legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento del deber, ejercicio legítimo de un derecho. Causas de justificación (generales). Legítima defensa, estado de necesidad justificante, obediencia debida, consentimiento del titular del bien jurídico.

Causas específicas Propias de ciertos tipos penales (por ejemplo, en delitos profesionales o de función pública).

CUARTO ELEMENTO DEL DELITO:LA IMPUTABILIDAD

Concepto Capacidad del sujeto para comprender la ilicitud de su conducta y actuar conforme a esa comprensión. Escuela Clásica Basada en la libertad y voluntad del individuo. Escuela Positivista Explica la imputabilidad mediante factores biológicos, psicológicos y sociales. La peligrosidad Indica la propensión del sujeto a delinquir. Se usa en medidas de seguridad. Clases de imputabilidad disminuida Minoría de edad relativa, trastornos mentales leves, estados emocionales intensos.

Momentos de la imputabilidadDebe evaluarse al momento de la acción. Causas de inimputabilidad (cuarto elemento negativo). Enfermedad mental, inmadurez psíquica, intoxicación plena no imputable, sordomudez congénita no educada.

QUINTO ELEMENTO DEL DELITO:LA CULPABILIDAD

DefiniciónJuicio de reproche que se formula al autor por haber actuado pudiendo actuar de otro modo conforme a derecho. Presupuesto de la culpabilidad Imputabilidad, conocimiento de la antijuridicidad y exigibilidad de conducta distinta.

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