1 ETAPA
1829
1503
1680
1825
1822
1850
Recopilacion de las leyes de indias
¡derechos para todos¡
tiempos doficilesv
REgulacion
Fuentes nuevas
LEGISLACION DE INDIAS
Se crearon fuentes nuevas para apoyar al derecho, puesto que ya algunas se habian probado en Castilla
Se recopilaron y juntaron todas las leyes de la gran colombia, bajo el nombre de, Reco. de las leyes de Nueva Granada
Se creo una comision legislativa para elaborar proyectos de ley, basandose en codigos y leyes del exterior
Se queria tener ademas de un orden, claridad, se agrupo todo, el resultado, nada tenia sentido
Basicamente la ley de Filipinas y America por parte de España-"CORPUS LEGAL"
El libertador ordena hacer un codigo civil, con fuertes bases en el de Napoleon
2 ETAPA
18401855
1858
1873
1800
???
1900
¿OBSOLETO?
Bases de bello
Oficial
Implementacion
Andres bello
COLOMBIA
Despues te todo lo que vivimos, nos planteamos la pregunta de si de hoy en dia, aun sigue siendo igual de apropiada
Aqui se empieza a ver los pilares del Codigo Civil, que se encuentra en 5 libros fundamentales
El codigo civil, se implemento en la nueva Constitucion, gracias al buen recibimiento de los estados
El estado de Santander despues de ver la gran obra de Bello, fue el primero que la implemento
Vemos como da pie a una gran revolucion en America, pues fue el primer Codigo Civil
Se dice que Bello adapto el derecho Napoleonico al contexto de su pais, ademas de mas referencias
AUTORIDAD
1853
El Congreso le dio permiso al Presidente para contratar juristas que redactaran los nuevos códigos legales del país. Pues en esta epoca el estado de la Nueva Granada estaba bastante desordenado y las condiciones pedian urgentemente que se tomaran cartas en el asunto.
Si bien este es un criterio mas personal, no considero que sea malo el hecho de inspirarse en otras obras, de hecho y en ese sentido, siempre ha pasado lo mismo, si ahblamos de la filosofia ¿Acaso no hemos moldeado el concepto de platon en nuestra sociedad? ya sea para hablar, por ejemplo del derecho natural. Si no existiese la idea primaria del hombre, no habria personas que pudieran llegar mas lejos o inclusive la lleguen a descartar, pues su autor, podria creer que tiene la razon, ya que esta condicionado a su propio critero, mientras que alguien ajeno, podria tanto descartar como desarrollar las teorias. En este sentido, independientemente de lo que pasase, el resultado fue ante todo positivo, puesto que ayudo a que gran parte de America creara su propio Codigo Civil, pero mas que eso, se interesaran por la busqueda propia como individuos, pero más como sociedad
ACTUALIDAD
Finalmente se podria decir que llegamos a la actualidad, pasamos por un proceso muy complejo, desde la imposicion de las normas de la corona, hasta la apropiacion de una herramienta que haga mas humana a las personas. Pero ya ha pasado el tiempo, bastante tiempo, La sociedad ha cambiado, como es su curso normal, ahora la problematica responde a si el Codigo Civil se puede seguir sustentado en sus bases anteriores, puesto que tiene acierto, tambien se ven sus contradicciones. Se empieza a mirar la libertad de la misma, su flexibilidad, su igualda, pero finalmente su tracendentalidad, pues aun seguimos desarrollando en gran medida este codigo, y las problematicas que en su epoca logro responder, hoy parecen limitadas o interpretativas, en el sentido de que no se sabia el rumbo de nada, pues la norma, como se menciona, nunca penso en algo como el matrimonio, abordado desde un punto religioso y hetero sexual (Que de hoy en dia ya se hizo mas flexible). Considero que aqui nos tenemos que hacer una reflexion mas profunda de si es obsoleta o vieja, debemos entender que nosotros tenemos y somos los que podemos cambiarla, tenemos el poder como sociedad, ademas del deber.
1855
PRECEDENTE SIN IGUAL
Gracias a Andre Bello y su ardua labor por hacer un Codigo Civil por parte de Chile, dio las bases o practicamente los fundamentos para que mas paises empezaran a formular sus propios Codigos, claramente, con sus resoectivos contextos sociales, economigos, culturales, etc..
1873
SEMILLA
Gracias a que todos los Estados Unidos de Colombia aceptaron el codigo civil, se oficializo a nivel nacional, siendo con la constitucion del 86, en donde, entre otras cosas Colombia se centralizo, se dejo este codigo como apoyo a la constitucion, ademas siguiendo viguente a pesar de varias epocas venideras como en 1887, en donde si se modificase se actualizaria con base en el mismo.
1960
El codigo civil de Napoleon exaltaba principalmente varios principios fundametales, ademas de que su perspectiva era bastante aterrizada y realista. Gracias a esto en primer lugar tuvo gran estabilidad en la guerra y por otro lado su pensamiento trascendio hasta diferentes codigos civiles actuales
Encontramos derechos como: 1. Igualdad ante la ley
2. Abolición del feudalismo 3. Propiedad privada como derecho sagrado 4. Unificación jurídica 5. Laicidad del derecho civil
1900
SUSTENTACION
En primer lugar, encontramos todas las bases fundamentadas, de donde Bello se inspiro, no bstante, se empieza a hacer el ejercicio de empezar a consolidar una obra diferente, pero que se centren en las reglas mas nuevas. Ya se empieza a apropiar cada vez más patrimonialmente el acto, y se empiezan a desprender terminos fundamentales para lo que despues seria una nueva constitucion, y una nueva realidad. 1. Título Preliminar: Define leyes, efectos y conceptos generales (Arts. 1 al 72). 2. Libro Primero (De las personas): Trata sobre sujetos de derecho, domicilio y matrimonio. 3. Libro Segundo (De los bienes): Regula la propiedad, posesión, uso y goce de los bienes. 4. Libro Tercero (Sucesiones y donaciones): Normas sobre la transmisión de bienes por causa de muerte. 5. Libro Cuarto (Obligaciones y contratos): Regula los vínculos jurídicos y los acuerdos entre partes.
1680
Muchas de las normas y leyes que se intentaron agrupar de varios escenarios eran ajenos al contexto en donde se vivia, dando normas absurdas y sin fundamento, ademas de que no se hablaba de Derecho puramente, sino de cualquier cosa que se quisiese o pudiese meter
1503
Corpus Legal
En este contexto se dificultaba bastante traer todas las normas de España a las Americas, ademas de que las colonias eran parte de Cadstilla más no de España, pues aun no se daba como tal la unificacion de todos los reinos. Aqui se regaban varias leyes y normas que se dejaban en el aire y que en muchos casos no tenian fundamento alguno.
1858/1873
Un gran paso para chile y un gran salto para colombia
Gracias al Codigo Civil implementado en Chile y en sus resultados, se empezo a ver con buenos ojos esta gran propuesta, fue asi como Colombia (Nueva Granada) empezo a implementar este codigo en sus estados (Recordemos que en esta epoca era federalista) asi poco a poco cada estado empezo a implementar el respectivo codigo bajo lo que se podria llamar una Union federal.
1825
Fuentes del derecho
Se mencionan varias fuentes que llegaron a complmentar el derecho existentes, dando mas relevancia a 3 en done se reprende gran parte del marco normativo de la epoca
7 LAS SIETE PARTIDAS
Derecho Romano JUSTINIANO
LA NUEVA RECOPILACION
Mejorar y actualizar la antigua LEGISLACION
LEGISLACION NACIONAL
Leyes por el CONGRESO
Codigo Civil Colombiano
Harol Sneider Rodríguez Rodríguez
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1 ETAPA
1829
1503
1680
1825
1822
1850
Recopilacion de las leyes de indias
¡derechos para todos¡
tiempos doficilesv
REgulacion
Fuentes nuevas
LEGISLACION DE INDIAS
Se crearon fuentes nuevas para apoyar al derecho, puesto que ya algunas se habian probado en Castilla
Se recopilaron y juntaron todas las leyes de la gran colombia, bajo el nombre de, Reco. de las leyes de Nueva Granada
Se creo una comision legislativa para elaborar proyectos de ley, basandose en codigos y leyes del exterior
Se queria tener ademas de un orden, claridad, se agrupo todo, el resultado, nada tenia sentido
Basicamente la ley de Filipinas y America por parte de España-"CORPUS LEGAL"
El libertador ordena hacer un codigo civil, con fuertes bases en el de Napoleon
2 ETAPA
18401855
1858
1873
1800
???
1900
¿OBSOLETO?
Bases de bello
Oficial
Implementacion
Andres bello
COLOMBIA
Despues te todo lo que vivimos, nos planteamos la pregunta de si de hoy en dia, aun sigue siendo igual de apropiada
Aqui se empieza a ver los pilares del Codigo Civil, que se encuentra en 5 libros fundamentales
El codigo civil, se implemento en la nueva Constitucion, gracias al buen recibimiento de los estados
El estado de Santander despues de ver la gran obra de Bello, fue el primero que la implemento
Vemos como da pie a una gran revolucion en America, pues fue el primer Codigo Civil
Se dice que Bello adapto el derecho Napoleonico al contexto de su pais, ademas de mas referencias
AUTORIDAD
1853
El Congreso le dio permiso al Presidente para contratar juristas que redactaran los nuevos códigos legales del país. Pues en esta epoca el estado de la Nueva Granada estaba bastante desordenado y las condiciones pedian urgentemente que se tomaran cartas en el asunto.
Si bien este es un criterio mas personal, no considero que sea malo el hecho de inspirarse en otras obras, de hecho y en ese sentido, siempre ha pasado lo mismo, si ahblamos de la filosofia ¿Acaso no hemos moldeado el concepto de platon en nuestra sociedad? ya sea para hablar, por ejemplo del derecho natural. Si no existiese la idea primaria del hombre, no habria personas que pudieran llegar mas lejos o inclusive la lleguen a descartar, pues su autor, podria creer que tiene la razon, ya que esta condicionado a su propio critero, mientras que alguien ajeno, podria tanto descartar como desarrollar las teorias. En este sentido, independientemente de lo que pasase, el resultado fue ante todo positivo, puesto que ayudo a que gran parte de America creara su propio Codigo Civil, pero mas que eso, se interesaran por la busqueda propia como individuos, pero más como sociedad
ACTUALIDAD
Finalmente se podria decir que llegamos a la actualidad, pasamos por un proceso muy complejo, desde la imposicion de las normas de la corona, hasta la apropiacion de una herramienta que haga mas humana a las personas. Pero ya ha pasado el tiempo, bastante tiempo, La sociedad ha cambiado, como es su curso normal, ahora la problematica responde a si el Codigo Civil se puede seguir sustentado en sus bases anteriores, puesto que tiene acierto, tambien se ven sus contradicciones. Se empieza a mirar la libertad de la misma, su flexibilidad, su igualda, pero finalmente su tracendentalidad, pues aun seguimos desarrollando en gran medida este codigo, y las problematicas que en su epoca logro responder, hoy parecen limitadas o interpretativas, en el sentido de que no se sabia el rumbo de nada, pues la norma, como se menciona, nunca penso en algo como el matrimonio, abordado desde un punto religioso y hetero sexual (Que de hoy en dia ya se hizo mas flexible). Considero que aqui nos tenemos que hacer una reflexion mas profunda de si es obsoleta o vieja, debemos entender que nosotros tenemos y somos los que podemos cambiarla, tenemos el poder como sociedad, ademas del deber.
1855
PRECEDENTE SIN IGUAL
Gracias a Andre Bello y su ardua labor por hacer un Codigo Civil por parte de Chile, dio las bases o practicamente los fundamentos para que mas paises empezaran a formular sus propios Codigos, claramente, con sus resoectivos contextos sociales, economigos, culturales, etc..
1873
SEMILLA
Gracias a que todos los Estados Unidos de Colombia aceptaron el codigo civil, se oficializo a nivel nacional, siendo con la constitucion del 86, en donde, entre otras cosas Colombia se centralizo, se dejo este codigo como apoyo a la constitucion, ademas siguiendo viguente a pesar de varias epocas venideras como en 1887, en donde si se modificase se actualizaria con base en el mismo.
1960
El codigo civil de Napoleon exaltaba principalmente varios principios fundametales, ademas de que su perspectiva era bastante aterrizada y realista. Gracias a esto en primer lugar tuvo gran estabilidad en la guerra y por otro lado su pensamiento trascendio hasta diferentes codigos civiles actuales
Encontramos derechos como: 1. Igualdad ante la ley 2. Abolición del feudalismo 3. Propiedad privada como derecho sagrado 4. Unificación jurídica 5. Laicidad del derecho civil
1900
SUSTENTACION
En primer lugar, encontramos todas las bases fundamentadas, de donde Bello se inspiro, no bstante, se empieza a hacer el ejercicio de empezar a consolidar una obra diferente, pero que se centren en las reglas mas nuevas. Ya se empieza a apropiar cada vez más patrimonialmente el acto, y se empiezan a desprender terminos fundamentales para lo que despues seria una nueva constitucion, y una nueva realidad. 1. Título Preliminar: Define leyes, efectos y conceptos generales (Arts. 1 al 72). 2. Libro Primero (De las personas): Trata sobre sujetos de derecho, domicilio y matrimonio. 3. Libro Segundo (De los bienes): Regula la propiedad, posesión, uso y goce de los bienes. 4. Libro Tercero (Sucesiones y donaciones): Normas sobre la transmisión de bienes por causa de muerte. 5. Libro Cuarto (Obligaciones y contratos): Regula los vínculos jurídicos y los acuerdos entre partes.
1680
Muchas de las normas y leyes que se intentaron agrupar de varios escenarios eran ajenos al contexto en donde se vivia, dando normas absurdas y sin fundamento, ademas de que no se hablaba de Derecho puramente, sino de cualquier cosa que se quisiese o pudiese meter
1503
Corpus Legal
En este contexto se dificultaba bastante traer todas las normas de España a las Americas, ademas de que las colonias eran parte de Cadstilla más no de España, pues aun no se daba como tal la unificacion de todos los reinos. Aqui se regaban varias leyes y normas que se dejaban en el aire y que en muchos casos no tenian fundamento alguno.
1858/1873
Un gran paso para chile y un gran salto para colombia
Gracias al Codigo Civil implementado en Chile y en sus resultados, se empezo a ver con buenos ojos esta gran propuesta, fue asi como Colombia (Nueva Granada) empezo a implementar este codigo en sus estados (Recordemos que en esta epoca era federalista) asi poco a poco cada estado empezo a implementar el respectivo codigo bajo lo que se podria llamar una Union federal.
1825
Fuentes del derecho
Se mencionan varias fuentes que llegaron a complmentar el derecho existentes, dando mas relevancia a 3 en done se reprende gran parte del marco normativo de la epoca
7 LAS SIETE PARTIDAS
Derecho Romano JUSTINIANO
LA NUEVA RECOPILACION
Mejorar y actualizar la antigua LEGISLACION
LEGISLACION NACIONAL
Leyes por el CONGRESO