Obtención del consentimiento informado y explícito
Registro de actividades de tratamiento
Información previa y transparente
Derechos de los interesados
Contratos con proveedores y encargados del tratamiento
Evaluación de impacto en la protección de datos (EIPD)
Notificación de brechas de seguridad
Medidas de seguridad y confidencialidad
Haz clic para ver más información
Evaluación de impacto en la protección de datos (EIPD)
Cuando el tratamiento pueda implicar un alto riesgo para los derechos y libertades de los usuarios, por ejemplo, en campañas de segmentación muy específicas o uso de datos sensibles, se debe realizar una EIPD para identificar y mitigar riesgos.
Obtención del consentimiento informado y explícito
En aquellos casos en que el tratamiento de datos personales no se base en otra legitimación legal (como el interés legítimo), se debe obtener el consentimiento explícito del usuario. Este consentimiento debe ser libre, específico, informado e inequívoco. Por ejemplo, para enviar comunicaciones comerciales o realizar segmentación publicitaria basada en datos personales, es obligatorio contar con este consentimiento.
Contratos con proveedores y encargados del tratamiento
Cuando se externalicen servicios relacionados con la gestión de redes sociales (por ejemplo, agencias de marketing digital, plataformas de gestión), es obligatorio formalizar contratos que regulen las obligaciones en materia de protección de datos, garantizando que los encargados cumplen con la normativa.
Información previa y transparente
Antes de la recogida de datos, se debe facilitar a los usuarios una política de privacidad clara y accesible que incluya, al menos, la identidad del responsable del tratamiento, la finalidad del tratamiento, la base legal, los destinatarios de los datos, los derechos que asisten al usuario y el plazo de conservación.
Notificación de brechas de seguridad
En caso de incidentes que comprometan la seguridad de los datos personales, se deben seguir los protocolos establecidos para notificar a la autoridad de control y, en su caso, a los afectados, en los plazos legales (72 horas desde el conocimiento de la brecha).
Registro de actividades de tratamiento
La organización debe mantener un registro actualizado de todas las actividades de tratamiento realizadas en el ámbito de las redes sociales, detallando las finalidades, categorías de datos, destinatarios y medidas de seguridad aplicadas. Este registro es fundamental para demostrar el cumplimiento ante las autoridades de control.
Derechos de los interesados
Se debe garantizar el ejercicio efectivo de los derechos reconocidos por la normativa, tales como acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición. En la gestión diaria, esto implica establecer canales adecuados para atender solicitudes y responder en los plazos legales establecidos (generalmente un mes).
Medidas de seguridad y confidencialidad
La implementación de medidas técnicas (como cifrado, control de accesos, autenticación) y organizativas (políticas internas, formación del personal) es obligatoria para proteger los datos personales gestionados en redes sociales.
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Created on February 3, 2026
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Obtención del consentimiento informado y explícito
Registro de actividades de tratamiento
Información previa y transparente
Derechos de los interesados
Contratos con proveedores y encargados del tratamiento
Evaluación de impacto en la protección de datos (EIPD)
Notificación de brechas de seguridad
Medidas de seguridad y confidencialidad
Haz clic para ver más información
Evaluación de impacto en la protección de datos (EIPD)
Cuando el tratamiento pueda implicar un alto riesgo para los derechos y libertades de los usuarios, por ejemplo, en campañas de segmentación muy específicas o uso de datos sensibles, se debe realizar una EIPD para identificar y mitigar riesgos.
Obtención del consentimiento informado y explícito
En aquellos casos en que el tratamiento de datos personales no se base en otra legitimación legal (como el interés legítimo), se debe obtener el consentimiento explícito del usuario. Este consentimiento debe ser libre, específico, informado e inequívoco. Por ejemplo, para enviar comunicaciones comerciales o realizar segmentación publicitaria basada en datos personales, es obligatorio contar con este consentimiento.
Contratos con proveedores y encargados del tratamiento
Cuando se externalicen servicios relacionados con la gestión de redes sociales (por ejemplo, agencias de marketing digital, plataformas de gestión), es obligatorio formalizar contratos que regulen las obligaciones en materia de protección de datos, garantizando que los encargados cumplen con la normativa.
Información previa y transparente
Antes de la recogida de datos, se debe facilitar a los usuarios una política de privacidad clara y accesible que incluya, al menos, la identidad del responsable del tratamiento, la finalidad del tratamiento, la base legal, los destinatarios de los datos, los derechos que asisten al usuario y el plazo de conservación.
Notificación de brechas de seguridad
En caso de incidentes que comprometan la seguridad de los datos personales, se deben seguir los protocolos establecidos para notificar a la autoridad de control y, en su caso, a los afectados, en los plazos legales (72 horas desde el conocimiento de la brecha).
Registro de actividades de tratamiento
La organización debe mantener un registro actualizado de todas las actividades de tratamiento realizadas en el ámbito de las redes sociales, detallando las finalidades, categorías de datos, destinatarios y medidas de seguridad aplicadas. Este registro es fundamental para demostrar el cumplimiento ante las autoridades de control.
Derechos de los interesados
Se debe garantizar el ejercicio efectivo de los derechos reconocidos por la normativa, tales como acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición. En la gestión diaria, esto implica establecer canales adecuados para atender solicitudes y responder en los plazos legales establecidos (generalmente un mes).
Medidas de seguridad y confidencialidad
La implementación de medidas técnicas (como cifrado, control de accesos, autenticación) y organizativas (políticas internas, formación del personal) es obligatoria para proteger los datos personales gestionados en redes sociales.