Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

Ley 21643 - M1

Gabriel Salgado

Created on November 17, 2025

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Smart Presentation

Practical Presentation

Essential Presentation

Akihabara Presentation

Flow Presentation

Dynamic Visual Presentation

Pastel Color Presentation

Transcript

Módulo 1

Fundamentos de la ley n°21.463

Empezar

La Ley 21.643, conocida como "Ley Karin", modifica varios cuerpos legales en Chile para mejorar la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Introduce cambios en el Código del Trabajo y en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, entre otros, estableciendo la obligación de contar con protocolos de prevención y procedimientos específicos, así como garantizando la confidencialidad y la perspectiva de género en las investigaciones.

¿Qué es la ley n° 21.643 (Ley Karin)?

Caso de Karin Salgado

Karin Salgado fue una Técnica en Enfermería de Nivel Superior (TENS) que trabajaba en el Hospital Herminda Martín de Chillán. Tras denunciar acoso laboral y malos tratos por parte de sus superiores, sufrió una serie de represalias, incluyendo una suspensión laboral y una reducción de su sueldo. Esta situación la afectó profundamente, llevándola a quitarse la vida el 12 de noviembre de 2019. Su caso generó un gran impacto en Chile y motivó la creación de la Ley 21.643, conocida como "Ley Karin", que busca prevenir y sancionar el acoso laboral y sexual.

Principales contenidos de la Ley

La Ley 21.643 ("Ley Karin") introduce modificaciones significativas en varios cuerpos legales para abordar el acoso laboral y sexual. Los principales contenidos de la ley incluyen:

¡Click acá!

Cambios en la legislación laboral

La Ley 21.643, conocida como "Ley Karin", introduce una serie de modificaciones significativas en la legislación laboral chilena para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Aquí están los principales cambios que esta ley incorpora:

Definiciones y alcances

  • Acoso Laboral y Sexual: La ley establece definiciones claras de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. Estas conductas no requieren ser reiteradas para ser consideradas acoso; un solo acto puede ser suficiente.
  • Violencia en el Trabajo: Se incorpora el concepto de violencia en el trabajo, que incluye no solo actos cometidos por compañeros de trabajo o superiores, sino también por terceros ajenos a la relación laboral, como clientes o proveedores.

Obligaciones para los Empleadores

  • Protocolos de Prevención: Los empleadores deben desarrollar y poner a disposición de los trabajadores protocolos claros para la prevención del acoso y la violencia en el trabajo. Estos protocolos deben incluir medidas preventivas, mecanismos de denuncia y procedimientos de investigación.
  • Modificación de Reglamentos Internos: Las empresas deben actualizar sus Reglamentos Internos de Orden, Higiene y Seguridad para incluir estos protocolos y asegurar su cumplimiento.

Investigación y Sanción

  • Procedimientos de Investigación: La ley estipula que las investigaciones deben realizarse de manera confidencial y con perspectiva de género, garantizando la protección de las víctimas durante todo el proceso.
  • Sanciones: Se establecen sanciones claras para aquellos que cometan actos de acoso o violencia, así como medidas de protección para las víctimas.

Modificaciones en Varios Cuerpos Legales

  • Código del Trabajo: Se modifican varios artículos (como el 2, 154, 211-A, entre otros) y se agregan nuevos artículos (154 bis, 154 ter, 211-B Bis).
  • Otras Leyes: También se introducen cambios en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el Estatuto Administrativo, el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades

Vigencia

La ley entrará en vigor el 1 de agosto de 2024, permitiendo un período de adaptación para que las empresas y organismos implementen los nuevos requisitos.

Cambios en la Administración Pública

Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (Ley 18.575):

  • Modificación de Artículos: Se modifican los artículos 13, 46, y 62, y se agrega un nuevo artículo 14. Estas modificaciones están orientadas a reforzar la prevención y sanción del acoso laboral y sexual en el sector público.
  • Procedimientos y Protocolos: Se establece la obligatoriedad de que las entidades públicas implementen protocolos específicos para la prevención del acoso y la violencia laboral. Estos protocolos deben ser diseñados siguiendo las directrices del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Estatuto Administrativo (Ley 18.834):

  • Modificación de Artículos: Se modifican los artículos 12 (letra e), 90, 119, 121, 125, 126, 129, 136, 137, 140 y 143. Estas modificaciones buscan asegurar que los funcionarios públicos cuenten con un ambiente laboral libre de acoso y violencia.
  • Medidas Disciplinarias: Se introducen medidas disciplinarias claras para quienes incurran en conductas de acoso laboral o sexual, asegurando que estas acciones sean investigadas y sancionadas adecuadamente.

Cambios en el Sector Municipal

Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Ley 18.883):

  • Modificación de Artículos: Se modifican los artículos 10, 88, 118, 120, 123, 124, 126, 127, 133, 135, 138 y 141. Estas modificaciones están diseñadas para garantizar que los funcionarios municipales trabajen en un entorno seguro y respetuoso.
  • Protocolo de Prevención: Similar a la Administración Pública, se exige que los municipios desarrollen e implementen protocolos de prevención del acoso laboral y sexual, asegurando procedimientos de denuncia y medidas de protección para las víctimas.

Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (Ley 18.695):

  • Modificación de Artículos: Se modifican los artículos 60, 76, 77 y 89 para alinear las responsabilidades de las municipalidades con los nuevos estándares de prevención y sanción del acoso laboral y la violencia.
  • Implementación y Supervisión: Los municipios deberán supervisar la implementación de estos protocolos y asegurar que todos los funcionarios municipales estén capacitados para reconocer y denunciar el acoso laboral y la violencia en el trabajo.

Recuerda que debes finalizar todos los módulos del curso para poder realizar la evaluación final, posterior a eso se emitirá tu certificado de aprobación. ¡Exito!

  1. Protocolos de Prevención: Obliga a empleadores a implementar protocolos específicos para prevenir el acoso.
  2. Investigación y Confidencialidad: Establece procedimientos para investigar denuncias de manera confidencial y con perspectiva de género.
  3. Protección a Víctimas: Garantiza protección para las víctimas durante todo el proceso de investigación.
  4. Sanciones: Impone sanciones claras y específicas para los infractores.