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SISE-CJPF/Titulares

Jaime Silva

Created on November 7, 2025

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Laws and Regulations Course

Transcript

Contenido de acuerdo con el típo de órgano jurisdiccional:
I. Integración del expediente electrónicoII. Agenda para Centros de Justicia Penal Federal III. SISE-CB
Centros de Justicia Penal Federal:

Empezar

Temas de estudio:

II
III

Conjunto de Documentos electrónicos que coinciden integralmente con las actuaciones judiciales, promociones y demás constancias queobren en los expedientes correspondientes a los Asuntos competencia del PJF.

SISE-CB es un programa para el control de presentaciones de personas bajo proceso penal en libertad provisional bajo caución

El módulo de Agenda permite llevar una gestión eficiente y sistematizada de las audiencias y/o diligencias programadas dentro de los expedientes en trámite.

El módulo de Agenda para los CJPF
SISE - CB
Integración del expediente electrónico

Empezar

Empezar

Empezar

Bienvenidos al Tema I

Módulos del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE)

Artículo 174. El SISE es un sistema de gestión judicial relativo a los asuntos del conocimiento de los órganos jurisdiccionales, con excepción de los Tribunales Laborales Federales, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral.

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales.

OFICIALÍA DE PARTES

EXPEDIENTE

TRÁMITE

ACTUARÍA

AGENDA

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO

SENTENCIAS Y TESIS

REPORTES

PERSONAL

REPORTES ESTADÍSTICOS

Inicio
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Bienvenidos al Tema I

Artículo 3o. En el juicio de amparo las promociones deberán hacerse por escrito. [...] En el juicio de amparo las promociones deberán hacerse por escrito. Podrán ser orales las que se hagan en las audiencias, notificaciones y comparecencias autorizadas por la ley, dejándose constancia de lo esencial. Es optativo para el promovente presentar su escrito en forma impresa o electrónicamente.

Ley de Amparo.

Integración del expediente electrónico

REGISTRO DE SOLICITUDES Y PROMOCIONES

REGISTRO DE DETERMINACIONES JUDICIALES

REGISTRO DE NOTIFICACIONES JUDICIALES

Inicio
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Actividad de refuerzo
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Actividad

Pon a prueba lo aprendido. Recuerda que: una adecuada integración del expediente electrónico en el Poder Judicial de la Federación reviste gran importancia, ya que constituye una herramienta esencial para garantizar la eficiencia, transparencia y seguridad jurídica en la gestión de los asuntos jurisdiccionales. Su correcta integración y actualización permiten a las personas juzgadoras, litigantes y demás usuarios acceder de manera inmediata y confiable a la información del proceso, optimizando los tiempos de resolución y reduciendo el uso de recursos materiales.
Pregunta 1

Siguiente

Volver

Adicionalmente a la firma de las determinaciones judiciales en el submódulo de “Integración de expediente electrónico”, se actualizó el módulo de "________________" del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, con el objetivo de incorporar la funcionalidad de firmado electrónico en las determinaciones judiciales creadas mediante el aplicativo WORD SISE, que permite la incorporación de firmas electrónicas incluso estando en diversos lugares.
Pregunta 2

Siguiente

Volver

A través del nuevo "__________________" contenido en el módulo Trámite del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, es posible preautorizar y autorizar con firma electrónica y de manera más ágil, las determinaciones judiciales que se elaboren por día correspondientes a diversos asuntos. Ya no será necesario ingresar a cada uno de ellos para su preautorización y autorización.
Pregunta 3

Siguiente

Volver

Una vez elaboradas las determinaciones judiciales que se visualizan en el panel de “Determinaciones Judiciales Creadas” a través de la herramienta de Word- SISE, los documentos podrán ser "_________________" por la o el Asistente de Constancias y Registro o por la o el Asistente de Despacho Judicial, los cuales ahora tienen la opción de agregar firma electrónica (FIREL o e.firma) a los documentos o solamente validarlos.
Pregunta 4

Siguiente

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El o la titular deberá ingresar al módulo de “Trámite”, submódulo “Panel Condensado” y deberá de ubicarse en el panel de "__________________". Para firmar y autorizar el documento dará clic en la opción “firmar”.
Pregunta 5

Siguiente

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El Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), ofrece además la posibilidad de consultar y exportar a una hoja de cálculo de Excel, el reporte de todas aquellas "______________" ordenadas mediante fax, correo electrónico, teléfono, o cualquier otro medio, en términos del artículo 83 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a través del apartado Notificaciones fuera de audiencia del módulo Reportes.
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¡Excelente!

Gracias por concluir la actividad

Bienvenidos al Tema II

Solicitudes que no requieren audiencia

El módulo de Agenda para los CJPF

Agenda CJPF

El módulo de Agenda para los CJPF

Relación audiencia a diverso expediente

Turno de asuntos

Returno de asuntos de juez

Reservar audiencias

Relación de audiencia de alzada

Cancelar audiencias

Relacionar video con audiencia

Configuración de excusión de salas, jueces y rol de jueces

Reporte origen de audiencia y carga de trabajo

Cambio de juez audiencia

Complementar registro SJPA

Reservación de audiencia durante celebración de audiencia

Asignación de juez de diverso CJPF

II

Inicio
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Actividad de refuerzo
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Actividad

Pon a prueba lo aprendido. Recuerda que: una agenda no es solo una herramienta administrativa, sino un elemento estratégico que sustenta la organización, la puntualidad y la calidad del servicio judicial. Poner en práctica lo aprendido en la gestión de audiencias es, por tanto, una responsabilidad que impacta directamente en la certeza y equidad de los procedimientos.
Pregunta 1

Siguiente

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Es el número consecutivo que el sistema asigna automáticamente y de manera cronológica a cada audiencia por expediente.
Pregunta 2

Siguiente

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Se seleccionará el tipo de audiencia a celebrar, en caso de que la audiencia no se encuentre contemplada dentro del catálogo, se seleccionará la opción “Audiencia Innominada”, la cual desplegará un campo de captura libre, “Descripción”, en el cual se podrá capturar el nombre de la audiencia en específico.
Pregunta 3

Siguiente

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Se habilitará este botón en las audiencias que así lo ameriten, en caso de que la audiencia sea con detenido, se marcará esta opción, lo que hace que el sistema la marque automáticamente como una audiencia de prioridad alta.
Pregunta 4

Siguiente

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al seleccionar esta opción, el sistema desplegará el campo “Tiempo de traslado”, en el cual se seleccionará hora dentro de un rango de veinticuatro horas, para que el sistema contemple, en su caso, el tiempo de traslado del imputado al Centro de Justicia para reservar la audiencia correspondiente.
Pregunta 5

Siguiente

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Se seleccionará al o a los imputados que asistirán a la audiencia. En caso de que alguno de ellos haya proporcionado correo electrónico, se registrará en esta pantalla con el fin de enviarles el aviso de la audiencia a celebrar.
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¡Excelente!

Gracias por concluir la actividad

Bienvenidos al Tema III

Artículo 197. Es obligatorio el uso del módulo denominado SISE CB, contenido en el SISE, como programa para el control de presentaciones de personas bajo proceso penal en libertad provisional bajo caución, por parte de los juzgados de Distrito no especializados, los especializados en materia penal y/o de procesos penales federales, así como por los Tribunales Colegiados de Apelación.

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales.

SISE - CB

Ingreso al sistema

Lista de tareas

Administración

Asistencia

Reportes

Inicio

Ingreso al sistema

Regresar

Lista de tareas

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Administración

Regresar

Asistencia

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Reportes

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Bienvenidos al módulo V

Firma Electrónica Certificada (FIREL)

Acuerdo general 12/2020, del pleno del consejo de la judicatura federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio consejo.

¿Para qué puedo utilizarla?

¿Cómo puedo tramitarla?

¿Cómo puedo renovarla o revocarla?

Artículo 2. Para los efectos de este Acuerdo General se entenderá por:[...] XVI. Firma Electrónica: documento electrónico expedido por alguna de las autoridades certificadoras intermedias que asocia de manera segura y fiable la identidad del Firmante con una Llave Pública, permitiendo con ello identificar quién es el autor o emisor de un Documento Electrónico.

Inicio

FIREL

¿Para qué puedo utilizarla?

Siguiente

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Darles validez a todos los escritos que se envíen, mediante la firma de demandas, promociones, comunicaciones, así como sus anexos de manera electrónica. La FIREL es el medio de ingreso al Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación y produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa. Además, significa un avance en las comunicaciones, la seguridad, sencillez y el ahorro de tiempo, recursos materiales y practicidad en los procesos jurisdiccionales

FIREL

¿Para qué puedo utilizarla?

Volver

FIREL

¿Cómo puedo tramitar la FIREL?

Ir a videos
Regresar

Se pueden obtener completamente en línea desde la página de FIREL y con la aplicación móvil FIREL (disponible para Android e IOS con requisitos del equipo móvil como cámara frontal y trasera, flash y pantalla táctil).

La FIREL se compone de 3 archivos: 1) Requerimiento de certificación (.req), 2) Llave privada (.key) y 3) Certificado (.cer).

Accede a la página de FIREL: https://www.firel.pjf.gob.mx/

Consulta el Manual para hacer el trámite de la FIREL aquí: https://www.firel.pjf.gob.mx/Manual%20Solicitud%20Requerimiento%20y%20App%20FiREL.pdf

FIREL

Manual
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Pasos para tramitar la FIREL en la app FIREL

Pasos para solicitar el requerimiento en la página FIREL

FIREL

Regresar

Renovación

Revocación

Es posible hacer este trámite en la página de FIREL, donde la persona usuaria ingresa su CURP y su clave de revocación, con lo cual quedará sin efectos y podrá realizar un nuevo trámite de solicitud FIREL. Ahora bien, si la persona usuaria no recuerda su contraseña de revocación, en la misma página, podrá descargar el formato correspondiente, el cual deberá ser debidamente llenado. La persona usuaria deberá acudir a cualquier módulo FIREL para que el Agente Certificador lo cargue en el sistema y realice la revocación correspondiente.
Este trámite se puede realizar únicamente durante los treinta días anteriores al vencimiento del certificado vigente, para lo cual es necesario revisar su vigencia Para la renovación, es necesario que las personas usuarias cuenten con el PFX y la contraseña de FIREL para ingresarla en el generador de requerimientos, bajo la opción “Requerimiento de Renovación FIREL”.
https://www.firel.pjf.gob.mx

Bienvenidos al módulo VI

¿Cómo se obtiene acceso a carpeta digital o expediente...

¿Qué es el Portal de Servicios en Línea del PJF?

Portal de Servicios en Línea del PJF

Portal de Servicios en Línea del PJF

¿Cómo configurar los permisos a usuarios del expediente...

¿Cómo acceder al Portal de Servicios en Línea del PJF?

¿Cómo integrar una determinación judicial al expediente electrónico?

¿Cómo presentar una solicitud?

¿Como se ordena una notificación electrónica?

¿Cómo dar seguimiento al envío de la solicitud...

¿Cómo se consulta la carpeta digital y notificaciones elec...

¿Cómo recibe y turna la solicitud electrónica la OCC?

¿Cómo se consultan las constancias de notificación vía elec...

¿Cómo recibe el órgano jurisdiccional la solicitud...

II

Inicio

¿Qué es el PSLPJF?

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Manual

El Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación es la puerta de entrada al sistema de Justicia en Línea, que permite a personas justiciables y litigantes, realizar todo tipo de diligencias y trámites en relación con el Poder Judicial de la Federación, desde la comodidad de la casa u oficina, utilizando una conexión a internet y en sólo unos clicks de distancia.

¿Cómo acceder a los servicios en línea de los CJPF?

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Manual

¿Cómo presentar una solicitud?

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Manual

¿Cómo dar seguimiento al envío de la solicitud electrónica?

Manual
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¿Cómo recibe y turna la solicitud electrónica la OCC?

Manual
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¿Cómo recibe el órgano jurisdiccional la solicitud electrónica enviada?

Manual
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¿Cómo se obtiene acceso a carpeta digital o expediente electrónico y notificaciones vía electrónica?

Manual
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¿Cómo configurar los permisos a usuarios del expediente electrónico o carpeta digital y notificaciones electrónicas?

Manual
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¿Cómo integrar una determinación judicial al expediente electrónico?

Manual
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¿Cómo se ordena una notificación electrónica?

Manual
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¿Cómo se consulta la carpeta digital y notificaciones electrónicas por parte del justiciable?

Manual
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¿Cómo se consultan las constancias de notificación vía electrónica por el Centro de Justicia?

Manual
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Bienvenidos al módulo VII

Visitas ordinarias

Visitas ordinarias

Conclusión de la inspección

Objeto

II

Recepción de quejas

Materia de las visitas ordinarias de inspección

Canalización de petición

Calendario anual de programación

Dictámenes

Aviso de visita e informe

Datos estadísticos

Desarrollo de las visitas ordinarias

Inicio

Objeto

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Artículo 232 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. Las visitas ordinarias de inspección tienen por objeto recabar, en forma metódica, información respecto del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y de los Centros de Justicia Penal Federal, así como del desempeño y conducta de sus miembros. Sus efectos serán esencialmente de control, preventivos y correctivos.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Materia de las visitas ordinarias

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Artículo 228 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. La materia de las visitas ordinarias se limitará a los aspectos previstos en la Ley Orgánica, en este Acuerdo y demás que determinen el Pleno o la Comisión de Vigilancia.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Calendario anual de programación

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Artículo 235 y 239 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. Artículo 235. El Visitador General, de conformidad con el programa que elabore para la práctica de visitas físicas de inspección, fijará el periodo respecto del cual se deberán rendir los informes circunstanciados, procurando que éste no sea menor de cinco meses ni mayor de seis, contado a partir de la fecha en que inició la última visita física de inspección practicada al órgano jurisdiccional. Artículo 239. El Visitador General elaborará un programa y calendario de las visitas físicas en el que proveerá lo necesario para que se lleven a cabo en el transcurso del año. El programa se presentará al titular de la Secretaría Ejecutiva de Vigilancia, a efecto de que realice el sorteo que señala el artículo 100 de la Ley Orgánica.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Aviso de visita e informe

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Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. Artículo 235. El Visitador General, de conformidad con el programa que elabore para la práctica de visitas físicas de inspección, fijará el periodo respecto del cual se deberán rendir los informes circunstanciados, procurando que éste no sea menor de cinco meses ni mayor de seis, contado a partir de la fecha en que inició la última visita física de inspección practicada al órgano jurisdiccional. Artículo 243. Para la práctica de las visitas físicas, el Visitador General informará con la debida oportunidad al titular del órgano jurisdiccional o a su presidente, tratándose de tribunales Colegiados, y, en su caso, al Juez de Despacho del Centro de Justicia Penal Federal, la fecha en que se iniciará, para que se proceda a fijar el aviso correspondiente. Artículo 244. El aviso a que se refiere el artículo anterior, con excepción de lo dispuesto en el párrafo siguiente, se publicará en los lugares más visibles del órgano jurisdiccional y, en su caso, del Centro de Justicia Penal Federal, así como en los estrados de dicho órgano, con una anticipación de cuando menos quince días naturales. En él se hará saber al público en general la fecha en que iniciará la inspección, su duración, el nombre del Visitador Judicial "B" que la practicará, y que, durante el desarrollo de ésta, dicho visitador recibirá las quejas que se presenten por escrito contra los servidores públicos del órgano visitado.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Desarrollo de las visitas ordinarias

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Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. Artículo 233. Las visitas ordinarias de inspección se llevarán a cabo cuando menos una vez por año por los Visitadores Judiciales "B" en la sede del órgano jurisdiccional o del Centro de Justicia Penal Federal. La visita ordinaria constará de dos etapas: I. Informe circunstanciado que deberá rendir el titular del órgano jurisdiccional, el presidente en caso de los tribunales Colegiados de Circuito o Plenos de Circuito, el Juez de Despacho del Centro de Justicia Penal Federal, o el encargado del despacho sobre aspectos relativos al funcionamiento del órgano jurisdiccional; y II. Visita física en la sede del órgano jurisdiccional o del Centro de Justicia Penal Federal. Lo anterior, con excepción de los órganos jurisdiccionales de nueva creación, los cuales serán inspeccionados, en la primera ocasión, mediante visita física en la sede respectiva. Los órganos jurisdiccionales que concluyan funciones antes de la fecha programada para su inspección ordinaria deberán rendir un informe de conclusión, que abarque el periodo no inspeccionado. Dicho informe contendrá aspectos similares a los del informe circunstanciado y deberá rendirse el último día en que el órgano jurisdiccional concluya funciones, con las formalidades señaladas en el artículo 236 de este Acuerdo.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Conclusión de la inspección

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Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. Artículo 253. Los Visitadores Judiciales "B", al concluir la revisión de los expedientes solicitados, estamparán en la última actuación el sello y la firma correspondiente, con excepción de los Centros de Justicia Penal Federal, caso en el cual la constancia de la revisión se hará en la forma que determine la Comisión de Vigilancia. Artículo 254. Al finalizar la inspección y antes del cierre del acta, el Visitador Judicial "B" entregará un tanto de ésta al titular o titulares del órgano jurisdiccional inspeccionado; al encargado del despacho del mismo; o al Juez de Despacho del Centro de Justicia Penal Federal, según corresponda, para que se impongan de su contenido, con el objeto de que manifiesten lo que a su derecho convenga en un plazo máximo de tres horas. Artículo 255. De toda visita física se levantará acta circunstanciada, de acuerdo al formato aprobado por la Comisión de Vigilancia, la cual firmarán electrónicamente el Visitador Judicial "B", el titular o titulares del órgano jurisdiccional inspeccionado; el encargado del despacho; y el Juez de Despacho del Centro de Justicia Penal Federal según corresponda, así como el secretario designado para atender la visita o los testigos de asistencia en el caso de los Centros de Justicia Penal Federal. El acta se levantará electrónicamente, imprimiéndose un tanto que se quedará en el órgano jurisdiccional y, en su caso, en la Administración del Centro de Justicia Penal Federal.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Recepción de quejas

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Artículos 128, fracción III, 129, fracción III y 130, fracción VI del ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Artículo 128. Los visitadores judiciales "A" tendrán las siguientes funciones y obligaciones: [...] III. Recibir quejas administrativas y denuncias durante la práctica de visitas; Artículo 129. Los visitadores judiciales "B" tendrán las siguientes funciones y obligaciones: [...] III. Recibir quejas administrativas y denuncias durante la práctica de las visitas, siempre y cuando éstas se formulen por esccrito; Artículo 130. El director general tendrá las siguientes funciones y obligaciones: [...] VI. Recibir las quejas y denuncias que se presenten por escrito ante la Visitaduría Judicial, informar de ellas a la o el Visitador General y remitirlas a la Secretaría Ejecutiva de Disciplina o a la Contraloría del Consejo de la Judicatura Federal, según corresponda;

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Canalización de peticiones

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ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales. Artículo 130. El director general tendrá las siguientes funciones y obligaciones: [...] V. Canalizar a las áreas correspondientes las peticiones que realicen los integrantes de los órganos jurisdiccionales;

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Dictámenes

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ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. Artículo 256. La Secretaría Ejecutiva de Vigilancia dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción del acta de la visita o del informe circunstanciado emitirá el acuerdo de admisión y dentro de los treinta días hábiles siguientes elaborará el dictamen del acta de la visita o del informe circunstanciado, según corresponda, para someterlo a la consideración de la Comisión de Vigilancia. En los casos en que por causa justificada se requiera mayor tiempo para emitir el dictamen, la Secretaría Ejecutiva de Vigilancia podrá ampliar el plazo de treinta días hábiles previsto en el párrafo anterior. El dictamen se notificará electrónicamente al órgano jurisdiccional, en su caso, a la Administración del Centro de Justicia Penal Federal, y a las demás áreas administrativas correspondientes. Lo previsto en este artículo será aplicable para la elaboración del dictamen del informe de conclusión a que se refiere el artículo 233 de este Acuerdo. Artículo 257. La Comisión de Vigilancia en sus dictámenes de inspección, podrá emitir indicaciones preventivas o recomendaciones correctivas a los servidores públicos adscritos a los órganos jurisdiccionales. Las indicaciones preventivas tendrán por objeto señalar propuestas para el correcto funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, con la finalidad de promover su mejora continua. Estas indicaciones no tienen naturaleza de sanciones administrativas y tampoco constituyen condición obligatoria ni prerrequisito para la imposición de éstas. Las recomendaciones correctivas se emitirán para erradicar actuaciones o prácticas deficientes en los órganos jurisdiccionales, las cuales de conformidad con las disposiciones aplicables podrán considerarse para efectos de adscripción y readscripción, o podrán derivar en la imposición de sanciones administrativas previo desahogo del procedimiento de responsabilidad respectivo. En los casos en que de las visitas se adviertan deficiencias formales que no trasciendan a la inspección correspondiente, solo se solicitará al órgano jurisdiccional inspeccionado que informe sobre su corrección.

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Datos estadísticos

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ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de responsabilidades administrativas, situación patrimonial, control y rendición de cuentas. Artículo 221. El Visitador General tendrá un registro en el que se acopien y guarden los resultados de la inspección y supervisión que se obtengan. El registro será de fácil y rápida consulta y deberá proporcionar información objetiva y útil a las áreas administrativas competentes, para los casos de designaciones, adscripciones, capacitación, promociones, reconocimientos, ratificaciones, disciplina, estímulos, premiaciones, remociones, inspecciones, creación de nuevos órganos y otros relativos a los servidores públicos, órganos jurisdiccionales y Centros de Justicia Penal Federal.
De las actas de visita y los informes circunstanciados, también se obtienen los datos estadísticos con los cuales se alimenta el denominado Tablero de Control, herramienta que muestra el desempeño de los órganos jurisdiccionales, a través de la representación visual de diversos indicadores, tales como: porcentaje de egresos, promedio mensual de egresos, tasa de sentencias, porcentaje de egresos por unanimidad, porcentaje de resoluciones confirmadas y modificadas, porcentaje de existencia en trámite, porcentaje de cumplimiento de ejecutorias, promedio mensual de ingresos, egreso mensual por secretario, tasa de fondo y tasa de impugnación. En esta herramienta se compara la productividad de cada órgano jurisdiccional, con la de sus homólogos de la residencia, del circuito y a nivel nacional, teniendo como criterio principal, la materia. Está disponible para el público en la página oficial de la Visitaduría Judicial.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546037&fecha=07/12/2018#gsc.tab=0

Bienvenidos al módulo VIII

Herramientas digitales de interés en los CJPF

Audiencias por videoconferencia

Una de las principales estrategias dentro de la transición hacia la e-Justicia es la implementación e impulso en el uso intensivo de la tecnología para mejorar y eficientar la impartición de justicia, simplificar el quehacer institucional, así como renovar y ampliar las plataformas y servicios prestados.

Buscadores y otras herramientas digitales

Inicio

Audiencias por videoconferencias

¿Qué son las audiencias por videoconferencia?

Regresar

¿Cómo tener una audiencia por videoconferencia?

En esta era digital, la tecnología ha permitido una nueva forma de llevar a cabo las audiencias judiciales: a través de videoconferencias. Comencemos por entender qué son las audiencias por videoconferencias. Se trata de un método en el cual las partes involucradas en una controversia se conectan de forma remota a través de la tecnología para llevar a cabo una audiencia judicial, en conjunto con el personal de un órgano jurisdiccional.

Buscadores y otras herramientas digitales

Siguiente

Volver

  • Plataforma de Sentencias Relevantes
  • Buscador de Sentencias Penales
  • Consulta de Sentencias
  • Normativa CJF

Con el objetivo de poner a disposición de las personas litigantes y de la ciudadanía en general herramientas accesibles y ágiles para la sistematización y consulta de la información emitida por el Poder Judicial de la Federación, se han desarrollado diversos buscadores. Todos estos buscadores pueden consultarse a través del sitio web del Órgano de Administración Judicial. Para acceder a ellos, es necesario ubicarse en el apartado “Sitios de interés” y hacer clic en el rubro correspondiente al tema que se desee consultar.

https://www.cjf.gob.mx/

Buscadores y otras herramientas digitales

Siguiente

Volver

Buscador de sentencias penales

Plataforma de sentencias relevantes

Buscador de sentencias

Sistema de consulta normativa

Otras herramientas: streaming

Buscadores y otras herramientas digitales

Otras herramientas: Portal de convenciones internacionales sobre perspectiva de género

¿Para qué puedo utilizarlo?

Volver

La e-Justicia no es ajena al contexto social en el que se desenvuelve y, por ello, resulta oportuno utilizar las capacidades tecnológicas y técnicas disponibles para potenciar el cambio de paradigma cultural que requiere la transformación digital. En ese sentido, se construyeron y lanzaron dos sitios web dedicados a difundir las convenciones internacionales sobre perspectiva de género y perspectivas de infancia y discapacidad.
Para conocer las convenciones internacionales sobre perspectiva de género y perspectivas de infancia y discapacidad. En la página Justicia para las mujeres es posible consultar versiones comentadas de dos instrumentos internacionales sobre la discriminación y violencia que viven las mujeres: CEDAW y Belém do Pará; así como fichas temáticas e infografías sobre jurisprudencia internacional sensible al género y episodios de podcast donde se comentan casos emblemáticos de jurisprudencia sobre violencia contra las mujeres, tales como: Atenco vs. México; Atala Riffo vs. Chile; y Vicky Hernández vs. Honduras. Por su parte, en la página Justicia Inclusiva se presentan diversos materiales y herramientas sobre dos Convenciones internacionales: La Convención sobre los Derechos del Niño (1990) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2008), dos instrumentos internacionales sobre la discriminación que viven, y la protección que deben tener en todo momento, tanto las personas menores de edad como las personas con discapacidad.
  • Consulta Justicia para las mujeres: https://apps.cjf.gob.mx/convenciones/#/justiciaMujeres
  • Consulta Justicia Inclusiva: https://apps.cjf.gob.mx/convenciones/#/justiciainclusiva
  • Tuit con video sobre el portal: https://twitter.com/CJF_Mx/status/1607489425336066049
  • Conoce más sobre el micrositio especializado en jurisprudencia internacional de género en este video de Justicia TV: https://www.youtube.com/watch?v=p13qhp04rko
Actividad de refuerzo
Regresar

Actividad

Pon a prueba lo aprendido y reflexiona sobre lo importante que son los buscadores para el desarrollo de tu trabajo.
Pregunta 1

Siguiente

Volver

Permite consultar las sentencias emitidas en los Centros de Justicia Penal Federal (CJPF). Cuenta con 7 conjuntos de criterios de búsqueda: por periodo; características de las resoluciones; características de las partes; tratados internacionales; perspectiva de género; criterio de relevancia y por palabra o frase.
Pregunta 2

Siguiente

Volver

Permite buscar y consultar sentencias públicas emitidas por los órganos jurisdiccionales del PJF. Además, se pueden consultar los registros administrativos de las sentencias, exportar los resultados en Excel, así como compartir y guardar búsquedas.
Pregunta 3

Siguiente

Volver

Permite consultar de manera accesible los conceptos y contenidos desarrollados en las sentencias relevantes, es decir, aquellas que, a juicio de los propios órganos jurisdiccionales que las emiten, son las más relevantes a nivel federal, por contener criterios jurídicos o de interés social novedosos y que contribuyen a la creación y desarrollo del conocimiento del Poder Judicial.
Pregunta 4

Siguiente

Volver

Permite la consulta de los Acuerdos Generales y los contenidos jurídicos emitidos por el CJF. Entre las secciones que se pueden encontrar están: Acuerdos organizacionales del CJF, Normatividad relevante para Órganos Jurisdiccionales, Normatividad relevante para Áreas Administrativas y Últimos acuerdos publicados en el DOF.
Pregunta 5

Siguiente

Volver

Permite que cualquier persona con una conexión a internet pueda ver las sesiones y observar la actuación de las personas magistradas del PJF. Además, a través de la Biblioteca Virtual de Sesiones, es posible consultar los videos de las sesiones pasadas de los Tribunales Colegiados de Circuito.
Regresar

¡Excelente!

Gracias por concluir la actividad

Manual para utilizar la firma electrónica en los CJPF

Manual para la individualización de notificaciones

Manual para utilizar la firma electrónica en los CJPF

Manual para la individualización de notificaciones

Manual para utilizar la firma electrónica en los CJPF

Manual para la individualización de notificaciones

Manual para utilizar la firma electrónica en los CJPF

Manual para la individualización de notificaciones

Manual para utilizar la firma electrónica en los CJPF

Manual para la individualización de notificaciones

Permite consultar de manera accesible los conceptos y contenidos desarrollados en las sentencias relevantes, es decir, aquellas que, a juicio de los propios órganos jurisdiccionales que las emiten, son las más relevantes a nivel federal, por contener criterios jurídicos o de interés social novedosos y que contribuyen a la creación y desarrollo del conocimiento del Poder Judicial.

https://apps.cjf.gob.mx/PlataformaSentenciasRelevantes/Modules/Index.aspx#0

Manual para utilizar la firma electrónica en los CJPF

Manual para la individualización de notificaciones

Permite consultar las sentencias emitidas en los Centros de Justicia Penal Federal (CJPF). Cuenta con 7 conjuntos de criterios de búsqueda:

  • Periodo
  • Cacterísticas de las resoluciones
  • Características de las partes
  • Tratados internacionales
  • Perspectiva de género
  • Criterio de relevancia
  • Por palabra o frase

https://www.oaj.gob.mx/cjpf/sentencias/Consulta.aspx

Manual para utilizar la firma electrónica en los CJPF

Manual para la individualización de notificaciones

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Manual para la individualización de notificaciones

Permite que cualquier persona con una conexión a internet pueda ver las sesiones y observar la actuación de las personas magistradas del PJF. Además, a través de la Biblioteca Virtual de Sesiones, es posible consultar los videos de las sesiones pasadas de los Tribunales Colegiados de Circuito.

https://apps.cjf.gob.mx/BVS/Mapa

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Permite la consulta de los Acuerdos Generales y los contenidos jurídicos emitidos por el OAJ. Entre las secciones que se pueden encontrar están: Acuerdos organizacionales del OAJ, Normatividad relevante para Órganos Jurisdiccionales, Normatividad relevante para Áreas Administrativas y últimos acuerdos publicados en el DOF.

https://ejusticia.cjf.gob.mx/BuscadorSISE/#/BusqExp

Permite buscar y consultar sentencias públicas emitidas por los órganos jurisdiccionales del PJF. Además, se pueden consultar los registros administrativos de las sentencias, exportar los resultados en Excel, así como compartir y guardar búsquedas.

https://ejusticia.cjf.gob.mx/BuscadorSISE/#/BusqExp

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