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ABUSO DE PODER

Brisa Azul Camacho Tolentino

Created on November 6, 2025

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Transcript

ABUSO DE PODER

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL ABUSO DE PODER

DERECHO

INDEX

¿QUE ES EL ABUSO DE PODER?

El abuso de poder es el uso indebido de la autoridad o las facultades otorgadas a una persona —principalmente un servidor público— para obtener beneficios personales, imponer decisiones injustas o perjudicar a otros. Se presenta cuando quien tiene un cargo de responsabilidad excede los límites legales o éticos de su función, actuando de manera arbitraria o contraria al interés público.

Introducción

Exposición de Motivos

El abuso de poder es una de las principales problemáticas que enfrenta el servicio público en México, ya que representa el uso indebido de la autoridad para obtener beneficios personales o afectar a otros. De acuerdo con el Índice de Percepción de la Corrupción 2023 de Transparencia Internacional, México ocupa el lugar 126 de 180 países, lo que refleja una profunda desconfianza ciudadana hacia las instituciones.

Por ello, se propone la Ley de Prevención y Sanción del Abuso de Poder, fundamentada en los artículos 108 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de definir claramente este tipo de conductas, establecer mecanismos de sanción y fortalecer la confianza ciudadana mediante un ejercicio público basado en la integridad y la transparencia.

Según el INEGI, más del 60 % de la población mexicana considera que los actos de abuso de autoridad son comunes, sobre todo en niveles locales y municipales. Esta situación deteriora la justicia, debilita la democracia y vulnera los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Discusión

  • La presente iniciativa fue analizada en relación con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, con el fin de asegurar su coherencia dentro del marco jurídico existente.
  • Esta propuesta no contradice dichas normas, sino que las complementa, al ofrecer mecanismos más específicos para prevenir, investigar y sancionar los actos de abuso de poder, fortaleciendo así la rendición de cuentas y la confianza ciudadana en las instituciones.
  • Además, se plantea la creación de una Comisión Independiente de Supervisión del Poder Público, con autonomía y capacidad para garantizar investigaciones imparciales, proteger a los denunciantes y promover un ejercicio responsable del poder, basado en la legalidad, la honradez y el respeto a los derechos humanos.
SECTION

Decreto

Artículo Único. Se expide la Ley de Prevención y Sanción del Abuso de Poder, conforme a lo siguiente:

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

adio

Artículo 1. Se entiende por abuso de poder todo acto u omisión cometido por un servidor público que, excediendo sus facultades legales, utilice su autoridad para obtener beneficios personales, restringir derechos o realizar actos arbitrarios contrarios al interés público.

Artículo 2. Las autoridades deberán implementar medidas de prevención que incluyan la capacitación ética y jurídica de los servidores públicos, la promoción de la transparencia, la prevención de conflictos de interés y el fortalecimiento de los mecanismos de denuncia ciudadana..

CAPÍTULO II. SUPERVISIÓN Y DENUNCIA

Artículo 3. Se crea la Comisión Independiente de Supervisión del Poder Público, órgano autónomo responsable de recibir, investigar y tramitar denuncias relacionadas con abuso de poder. La Comisión garantizará la confidencialidad, protección y acompañamiento de las víctimas o denunciantes.

CAPÍTULO III. SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

Artículo 4. Los servidores públicos que incurran en abuso de poder serán sancionados con destitución, inhabilitación temporal, sanciones económicas o, en casos graves, penas de prisión, conforme a la legislación penal aplicable.

Artículo 5. Las investigaciones deberán respetar el debido proceso, garantizar el derecho a la defensa y resolverse en un plazo máximo de noventa días naturales, prorrogables solo por causa justificada.

CAPÍTULO IV. COOPERACIÓN Y PRINCIPIOS INTERNACIONALES

Artículo 6. Esta ley observará los principios contenidos en los artículos 108, 109 y 113 de la Constitución, así como los tratados internacionales sobre derechos humanos, anticorrupción y rendición de cuentas ratificados por México.

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y JUSTIFICACIÓN

  • 2. Artículo 109 Constitucional: Establece las sanciones y procedimientos para las faltas administrativas y delitos cometidos por funcionarios.
  • 1. Artículo 108 Constitucional: Define a los servidores públicos y su responsabilidad por actos u omisiones.

Con base en estos artículos, la presente iniciativa pretende dotar al Estado mexicano de una herramienta jurídica específica que prevenga, investigue y sancione de forma eficaz los actos de abuso de poder, fortaleciendo la confianza pública y el respeto a la ley.

  • 3. Artículo 113 Constitucional: Crea el Sistema Nacional Anticorrupción como mecanismo coordinado de vigilancia y sanción.

Conclución: La Ley de Prevención y Sanción del Abuso de Poder representa un paso firme hacia la construcción de un gobierno transparente, justo y ético. Su aprobación permitirá restablecer la confianza ciudadana, mejorar el desempeño del servicio público y garantizar que ningún funcionario esté por encima de la ley. Este proyecto busca no solo sancionar el abuso, sino prevenirlo mediante la educación cívica, la cultura de la legalidad y la participación ciudadana activa en la vigilancia de las instituciones.

TRANSITORIOS

Tercero
Segundo
Primero

La Comisión Independiente de Supervisión del Poder Público deberá presentar anualmente al Congreso del Estado un informe público sobre los resultados y avances en la prevención del abuso de poder.

Las autoridades competentes dispondrán de un plazo máximo de doce meses para emitir los reglamentos y lineamientos necesarios para su aplicación

La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado.

Presentado por...

Bibliografía

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917, última reforma 2024). Diario Oficial de la Federación. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf Ley General de Responsabilidades Administrativas. (2016, última reforma 2023). Diario Oficial de la Federación. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf Código Penal Federal. (1931, última reforma 2024). Diario Oficial de la Federación. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPF.pdf Transparencia Internacional. (2023). Índice de Percepción de la Corrupción 2023. https://www.transparency.org/es/cpi Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). (2023). Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG). https://www.inegi.org.mx/programas/encig/ ChatGPT (OpenAI). (2025, noviembre 7). Asistencia en la redacción “Ley de Prevención y Sanción del Abuso de Poder”. [IA generativa]. OpenAI. https://chat.openai.com/

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