sucesión legítima
¿que es la sucesión?
Quiere decir la transmisión de bienes u obligaciones
que tiene lugar a la muerte de una persona. La sucesión mortis causa, es la transmisión a uno o varios herederos,
de un patrimonio perteneciente a un difunto.
¿cuando procede?
La sucesión legítima procede en los siguientes casos:
No existe testamento.
El testamento otorgado es nulo o ha perdido su validez.
El testador no dispuso de la totalidad de sus bienes en el testamento, por lo que una parte se rige por la sucesión legítima.
No se cumple la condición impuesta al heredero testamentario.
El heredero muere antes que el testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar.
¿QUIENES SON LOS HEREDEROS LEGÍTIMOS?
La ley establece un orden de preferencia para heredar, excluyendo los parientes más próximos a los más lejanos:
Descendientes (hijos, nietos, etc.), cónyuge o concubino(a). Los hijos heredan por cabeza (partes iguales), y los descendientes de grados ulteriores por estirpe (en representación de su ascendiente fallecido).
A falta de descendientes, los ascendientes (padres, abuelos, etc.), cónyuge o concubino(a).
A falta de los anteriores, los parientes colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos, primos).
A falta de todos los anteriores, heredará la beneficencia pública (en México, usualmente el DIF).
El parentesco por afinidad (el que se crea por el matrimonio entre un cónyuge y los parientes del otro) no otorga derecho a heredar por esta vía.
procedimiento
El procedimiento de la sucesión legítima generalmente consta de cuatro etapas principales si es judicial, aunque si hay acuerdo entre los herederos puede realizarse ante notario:
Denuncia o apertura de la sucesión intestamentaria: Se presenta el acta de defunción del causante y los documentos que acreditan el parentesco de los posibles herederos (actas de nacimiento, matrimonio, etc.) ante el juez o notario.
Inventarios y avalúos: Se enlistan y valoran todos los bienes que conforman la masa hereditaria.
Administración: Se designa a un albacea (administrador) de los bienes hasta que se repartan.
Partición y adjudicación: Se distribuyen los bienes entre los herederos reconocidos conforme a las porciones establecidas por la ley.
¡GRACIAS!
sucesión legítima
José Yahir Solís Muñoz
Created on November 6, 2025
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sucesión legítima
¿que es la sucesión?
Quiere decir la transmisión de bienes u obligaciones que tiene lugar a la muerte de una persona. La sucesión mortis causa, es la transmisión a uno o varios herederos, de un patrimonio perteneciente a un difunto.
¿cuando procede?
La sucesión legítima procede en los siguientes casos: No existe testamento. El testamento otorgado es nulo o ha perdido su validez. El testador no dispuso de la totalidad de sus bienes en el testamento, por lo que una parte se rige por la sucesión legítima. No se cumple la condición impuesta al heredero testamentario. El heredero muere antes que el testador, repudia la herencia o es incapaz de heredar.
¿QUIENES SON LOS HEREDEROS LEGÍTIMOS?
La ley establece un orden de preferencia para heredar, excluyendo los parientes más próximos a los más lejanos: Descendientes (hijos, nietos, etc.), cónyuge o concubino(a). Los hijos heredan por cabeza (partes iguales), y los descendientes de grados ulteriores por estirpe (en representación de su ascendiente fallecido). A falta de descendientes, los ascendientes (padres, abuelos, etc.), cónyuge o concubino(a). A falta de los anteriores, los parientes colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos, primos). A falta de todos los anteriores, heredará la beneficencia pública (en México, usualmente el DIF). El parentesco por afinidad (el que se crea por el matrimonio entre un cónyuge y los parientes del otro) no otorga derecho a heredar por esta vía.
procedimiento
El procedimiento de la sucesión legítima generalmente consta de cuatro etapas principales si es judicial, aunque si hay acuerdo entre los herederos puede realizarse ante notario: Denuncia o apertura de la sucesión intestamentaria: Se presenta el acta de defunción del causante y los documentos que acreditan el parentesco de los posibles herederos (actas de nacimiento, matrimonio, etc.) ante el juez o notario. Inventarios y avalúos: Se enlistan y valoran todos los bienes que conforman la masa hereditaria. Administración: Se designa a un albacea (administrador) de los bienes hasta que se repartan. Partición y adjudicación: Se distribuyen los bienes entre los herederos reconocidos conforme a las porciones establecidas por la ley.
¡GRACIAS!