FUNCIÓN DEL PID EN LA OPERATIVIDAD DE LA FGEQ
PoLICÍAS INVESTIGADORES DEL DELITO
cORPORACIONES POLICIALES
Núcleos Dinámicos
Las corporaciones policiales, son núcleos dinámicos que van evolucionando a la par de las transformaciones sociales, jurídicas y culturales, así como a las necesidades institucionales, por ello es importante observar y analizar la evolución de los primeros liderazgos policiales y el camino que se encuentran transitando las instituciones hacía la adaptación de liderazgos que empaten con las necesidades actuales, tanto de la comunidad como de la institución.
CPEUM
21 CONSTITUCIONAL
Artículo 21. La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función. [...] Las instituciones de seguridad pública serán disciplinadas, profesionales y de carácter civil.
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CNPP
Policía
Policía: Los cuerpos de Policía especializados en la investigación de delitos del fuero federal o del fuero común, así como los cuerpos de seguridad pública de los fueros federal o común, que en el ámbito de sus respectivas competencias actúan todos bajo el mando y la conducción del Ministerio Público para efectos de la investigación, en términos de lo que disponen la Constitución, este Código y demás disposiciones aplicables
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Investigación
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‘La policía de investigación es una pieza clave para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las personas’
Artículo 132. Obligaciones de las y los Policías
El Policía actuará bajo la conducción y mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez,perspectiva de género respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
- I. Recibir las denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito e informar al Ministerio Público por cualquier medio y de forma inmediata de las diligencias practicadasCuenta historias jerárquicamente
- II. Recibir denuncias anónimas e inmediatamente hacerlo del conocimiento del Ministerio Público a efecto de que éste coordine la investigación;
- III. Realizar detenciones en los casos que autoriza la Constitución, haciendo saber a la persona detenida los derechos que ésta le otorga;
- III. Realizar detenciones en los casos que autoriza la Constitución, haciendo saber a la persona detenida los derechos que ésta le otorga;
Artículo 132. Obligaciones de las y los Policías
- VIII. Preservar el lugar de los hechos o del hallazgo y en general, realizar todos los actos necesarios para garantizar la integridad de los indicios. En su caso deberá dar aviso a la Policía con capacidades para procesar la escena del hecho y al Ministerio Público conforme a las disposiciones previstas en este Código y en la legislación aplicable;
- IX. Recolectar y resguardar objetos relacionados con la investigación de los delitos, en los términos de la fracción anterior;
- X. Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento para la investigación;
- V. Actuar bajo el mando del Ministerio Público en el aseguramiento de bienes relacionados con la investigación de los delitos;
- VI. Informar sin dilación por cualquier medio al Ministerio Público sobre la detención de cualquier persona, e inscribir inmediatamente las detenciones en el registro que al efecto establezcan las disposiciones aplicables;
- VII. Practicar las inspecciones y otros actos de investigación, así como reportar sus resultados al Ministerio Público. En aquellos que se requiera autorización judicial, deberá solicitarla a través del Ministerio Público;
Artículo 132. Obligaciones de las y los Policías
e) Tratándose de delitos por razón de género, deberá actuar con perspectiva de género.
- XII Bis. Cuando se trate de delitos por motivo de género se deberán aplicar los protocolos previstos para tales efectos;tendientes a evitar que se ponga en peligro su integridad física y psicológica, y
- XIII. Dar cumplimiento a los mandamientos ministeriales y jurisdiccionales que les sean instruidos, tratándose del cumplimiento de las medidas u órdenes de protección deberán estar a lo previsto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;
- XIV. Emitir el informe policial y demás documentos, de conformidad con las disposiciones aplicables.Para tal efecto se podrá apoyar en los conocimientos que resulten necesarios, sin que ello tenga el carácter de informes periciales, y
- XV. Las demás que le confieran este Código y otras disposiciones aplicables.
- XI. Requerir a las autoridades competentes y solicitar a las personas físicas o morales, informes y documentos para fines de la investigación. En caso de negativa, informará al Ministerio Público para que determine lo conducente;
- XII. Proporcionar atención a víctimas u ofendidos o testigos del delito. Para tal efecto, deberá:
a) Prestar protección y auxilio inmediato, de conformidad con las disposiciones aplicables;b) Informar a la víctima u ofendido sobre los derechos que en su favor se establecen;c) Procurar que reciban atención médica y psicológica cuando sea necesaria;d) Adoptar las medidas que se consideren necesarias, en el ámbito de su competencia,
01
¿Qué habilidad consideras que puedes sumar al equipo de PID?
¡GRACIAS!
anTECEDENTES
- En el año 2008, México empezó una etapa de transformación de su sistema de justicia. En ese año, el Congreso de la Unión aprobó la Reforma Penal que cambia el modelo a un sistema de justicia penal adversarial y acusatorio. Ésta transformación se realiza para garantizar los derechos de las víctimas y los imputados, la conclusión más rápida de los juicios y que la víctima obtenga la reparación del daño que sufrió; además, para lograr una mayor transparencia en la acción de las autoridades, pues tienen que realizar los juicios de manera oral y pública.
- Para lograr la Reforma Penal, las instituciones gubernamentales involucradas en la administración y procuración de justicia iniciaron un proceso de modernización y mejora. Todas adecuan sus inmuebles, capacitan a su personal y se equipan con tecnologías avanzadas para lograr que el proceso tenga calidad y dé resultados.
- Objetivos de la reforma
- Agilizar procesos: Reducir el tiempo de los procesos penales, desde la denuncia hasta la resolución.
- Presunción de inocencia: Cambiar la mentalidad de "culpable hasta que se demuestre lo contrario" a "inocente hasta que se demuestre lo contrario".
- Fortalecer los derechos humanos: Garantizar plenamente los derechos de los imputados y las víctimas, quienes tendrían más participación en el proceso.
- Transparencia y publicidad: Implementar juicios orales y públicos para permitir un escrutinio social de la impartición de justicia.
Principios que rigen el actuar policial
- Legalidad;
- Objetividad;
- Eficiencia;
- Profesionalismo;
- Honradez;
- Perspectiva de género; y
- Respeto a los derechos humanos.
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FUNCIÓN DEL PID EN LA OPERATIVIDAD DE LA FGEQ
Daniela Galeana
Created on November 5, 2025
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PoLICÍAS INVESTIGADORES DEL DELITO
cORPORACIONES POLICIALES
Núcleos Dinámicos
Las corporaciones policiales, son núcleos dinámicos que van evolucionando a la par de las transformaciones sociales, jurídicas y culturales, así como a las necesidades institucionales, por ello es importante observar y analizar la evolución de los primeros liderazgos policiales y el camino que se encuentran transitando las instituciones hacía la adaptación de liderazgos que empaten con las necesidades actuales, tanto de la comunidad como de la institución.
CPEUM
21 CONSTITUCIONAL
Artículo 21. La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función. [...] Las instituciones de seguridad pública serán disciplinadas, profesionales y de carácter civil.
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Artículo 132. Obligaciones de las y los Policías
El Policía actuará bajo la conducción y mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez,perspectiva de género respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
Artículo 132. Obligaciones de las y los Policías
Artículo 132. Obligaciones de las y los Policías
e) Tratándose de delitos por razón de género, deberá actuar con perspectiva de género.
- XII. Proporcionar atención a víctimas u ofendidos o testigos del delito. Para tal efecto, deberá:
a) Prestar protección y auxilio inmediato, de conformidad con las disposiciones aplicables;b) Informar a la víctima u ofendido sobre los derechos que en su favor se establecen;c) Procurar que reciban atención médica y psicológica cuando sea necesaria;d) Adoptar las medidas que se consideren necesarias, en el ámbito de su competencia,01
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Principios que rigen el actuar policial
Escribe un titular genial
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