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Fundamentos de Derecho

Tomas Romero

Created on November 1, 2025

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Transcript

Fundamentos de Derecho

* * *

UNIDAD IIDE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Aplicación en el mundo moderno

LOS AUTORES CLÁSICOS

División de poderes

Es el reconocimiento de la necesidad de distribuir y controlar respectivamente el ejercicio del poder político, esto es, se trata de la distribución de determinadas funciones estatales a diferentes órganos del Estado.

El artículo 49 Constitucional

El "Supremo Poder de la Federación”, se encuentra dividido para su ejercicio en:

Judicial

Legislativo

Ejecutivo

Imparte justicia, interpretando las leyes, resolviendo controversias y protegiendo el orden constitucional

Dicta y hace cumplir las leyes, constituyendose en la rama del gobierno responsable de la gestion del Estado

Crea leyes, regulando en nombre del pueblo, derechos y obligaciones de sus habitantes, con apego a la constitución

Fundamentos de Derecho

II. EL ESTADO Y EL DERECHO

2.4 Organización de la Administración Pública Federal Centralizada y Descentralizada. 2.5 Acto y recursos administrativos.

Instituto Politécnico Nacional. Noviembre 2025

Actividad del Estado

Conjunto de operaciones, tareas y facultades para actuar –jurídicas, materiales y técnicas-, que le corresponden como persona jurídica de derecho público, y realiza por medio de los órganos que integran la Administración Pública, tanto federal, como local y municipal.

Administración

Descentralizada

  • Son creadas por ley, decreto legislativo o ejecutivo.
  • Se consideran empresas de participacion a mas del 50 % o facultades de nombramiento.
  • Ley Federal de Entidades Paraetatales.

Centralizada

VS

  1. Jerarquía piramidal subordinada de organos y funcionarios.
  2. Oficina de la Presidencia de la República, Secretarias de Estado, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y Órganos Reguladores en materia energética.

Administración Pública Centralizada

Secretarios de Estado

Las Secretarías de Estado, son órganos centralizados previstos en el artículo 90 constitucional, con competencia para atender asuntos que la ley le asigne de una determinada rama de la administración pública. Ninguna goza de personalidad jurídica propia, ya que la calidad de persona, es un atributo del estado federalizado.

En su carácter de funcionario administrativo, colabora directo con el presidente y ejerce facultades derivadas de la potestad jerárquica (poder de decisión, nombramiento, mando, disciplina, revisión, vigilancia y solución de conflictos) dentro de su dependencia

Presidencia de la República

Principios de la función pública

Directiva

Artículo 109 Constitucional

Artículo 108 Constitucional

Primera

Los principios

La calidad de Servidores Públicos

Directiva

Directiva

Directiva

Cuarta

Tercera

Segunda

Directiva

Directiva

Directiva

Séptima

Sexta

Quinta

Directiva

Directiva

Directiva

Décima

Novena

Octava

Directiva

Directiva

Directiva

Décimo tercera

Décimo segunda

Décimo primera

Sanciones Administrativas

El artículo 109 Constitucional, señala los sujetos y procedimientos que se desarrollarán en forma autónoma según su naturaleza y por la vía procesal que corresponda.

R. Administra-tiva

Sistema de Responsabili-dades

R. Penal

R. Civil

R. Política

INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

Secretarías y Órganos Internos de Control

Investigación, subtanciación y calificación.

Principio de autonomía

Auditoría Superior y Entidades de Fiscalización

Para cada tipo de responsabilidad se instituirán órganos, procedimientos, supuestos y sanciones propias. Desde el punto de vista material todas coinciden en sanciones económicas, la inhabilitación solo en la política y administrativa, sin embargo no pueden imponerse dos veces en la misma vía.

Faltas administrativas graves.

Autoridades Investigadoras

Faltas administrativas graves y no graves

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas

Artículo 21 (Ley anterior a la General de Responsabilidades Administrativas)

+ info

Ley General de Responsabilidades

Informe de Presunta Responsabilidad

Ley Federal de Responsabilidades

La investigación por Faltas administrativas graves o no graves iniciará de oficio, por denuncia o derivado de las auditorías.

Dada la existencia de actos u omisiones calificadas como graves o no, se presenta ante la autoridad para iniciar procedimiento.

El artículo 14 de la entonces Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, tema derogado en lo que concierne a este contenido, describía los elementos propios del empleo, cargo o comisión que se tomarían en cuenta para la imposición de las sanciones administrativas.

Faltas admvas. graves

Faltas admvas. no graves

Conforme al 80 LGRA se debe considerar el empleo, cargo o comisión del servidor público.

Conforme al 76 LGRA se debe considerar el empleo, cargo o comisión del servidor público.

+ info

Procedimiento Falta No Grave

Emplazamiento para audiencia inicial

Presentacion Informe de Responsabilidad Admva.

Diferimiento entre emplazamientoy audiencia inicial

Declaracion y ofrecimiento de pruebas del responsable

Ofrecimiento de pruebas por terceros y manifestaciones

Previa celebración de audiencia

Acuerdo de admisión de pruebas

Desahogo de pruebas

Cierre de la audiencia inicial

Notificación de la resolución

Cierre de instrucción

Procedimiento Falta Grave

Deberán observar lo dispuesto en las fracciones anteriores del procedimiento.

Cierre periodo de Pruebas

Envío al Tribunal

Notificación

Cierre de instrucción

Admisión competencia

Procedimiento Falta Grave

Deberán observar lo dispuesto en las fracciones anteriores del procedimiento.

Cierre periodo de Pruebas

Envío al Tribunal

Notificación

Cierre de instrucción

Admisión competencia

Procedimiento

Registro Patrimonial de los Servidores Públicos

Sistema de Evolución Patrimonial

Medios electrónicos

Obligación patrimonial

Presunción de bienes

Plazos

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

Protocolo de actuación

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2015, y modificado mediante las publicaciones de 19 de febrerode 2016 y 28 de febrero de 2017

1. Reglas de contacto con particulares

2. Sistema de Plataforma Digital Nacional

Se deben inscribir los Servidores Públicos en materia de construcción o contratos.

Manifiesto de particulares y autoridades de ausencia de conflicto de interés.

4. Supervisión de Ejecución por los Órganos Internos de Control

3. Carta de ausencia de conflicto de interés

Para garantizar que se llevan a cabo en los términos de las disposiciones en la materia.

Real, Potencial o Aparente.

Numeral 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Faltas Administrativas No Graves

Fracc. 7a

Fracc. 3a

Fracc. 9a

Fracc. 5a

Fracc. 1a

Fracc. 10a

Fracc. 6a

Fracc. 2a

Fracc. 8a

Fracc. 4

3. Prescripción

Es la pérdida o la adquisición de un derecho por el transcurso del tiempo, siempre y cuando sea exigible; mientras que caducidad, es la extinción de una facultad o de una acción por el simple transcurso del tiempo.

1. Góngora Pimentel

Derecho Administrativo sancionador tiene la facultad de la acción punitiva del Estado (ius puniendi).

4. Prescrición de Sanciones

2. Articulo 114 Constitucional

Segun el Art. 74 LGRA en las no graves es de tres (3) años, y en las graves de (7) siete años, pero se interrumpe con la reclasificación. No se interrumpe proceso por mas de 6 meses injustificadamente.

La prescripción de responsabilidad administrativa toma en cuenta la naturaleza y consecuencia de los actos y omisiones a que hace referencia la fracción III del artículo 109 .

¡Gracias!

Info

Info

Info

2.4

Recuerda hacer tU ACTIVIDAD

Servidores Públicos

Representantes de elección popular. Miembros del Poder Judicial de la Federación.Funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que haya fungido o desempeñe actualmente, un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal, así como a todas aquellas que manejen o apliquen recursos públicos federales.

Artículo 29 LOAPF

Organiza y prepara al Ejército y la Fuerza Aérea; prepara el servicio militar nacional; maneja la movilización del país en caso de guerra; formula los planes necesarios para la defensa del país; construye fortificaciones, fortalezas y toda clase de recintos militares; maneja los almacenes del Ejército y de la Fuerza Aérea; imparte la justicia militar; organiza la educación profesional de sus miembros; fabrica y adquiere armamento, municiones, vestuario y toda clase de materiales y elementos; participa en la expedición de licencias para la portación de armas de fuego.

Remitira los originales del expediente al Tribunal notificando a las partes la fecha y domicilio del organo jurisdiccional, este deberá verificar que la falta sea de las consideradas como graves. En caso de no serlo, enviará el expediente a la Autoridad substanciadora para que continúe el procedimiento, en caso de una falta grave diversa, ordenará la reclasificación que corresponda en un plazo de tres días hábiles, si se niegua a hacer la reclasificación, informará fundando y motivando su proceder.

No se considerará Grave

  • Cohecho cuando se abstenga de devolver el pago en demasía de su legitima remuneracion en 30 dias.
  • Desvio de recursos que no excedan a cinco mil veces la UMA.
  • Se devuelva la cantidad entregada o depositada en demasía.

Incumplimiento

No presentarla en el plazo injustificadamente

Investigación de Responsabilidad Administrativa con solicitud de cumplimiento, si se omite en 30 días naturales, el Organo Interno de Control, declarara sin efecto el nombramiento.

  • En la declaracion inicial y de conclusion se manifiestan bienes inmuebles, fecha y valor.
  • En el de modificación solo cambios del patrimonio, valo y como se adquirió.

Podran presentarse en formato fisico pero los Órganos Internos de Control deben digitalizarlos.

Consejería Jurídica

Órgano Centralizado

Es el asesor jurídico del titular del ejecutivo, de quien depende directamente, ya que lo nombrará o removerá de manera discrecional, lo representa prestando apoyo y asesoría en materia técnico jurídica, así como a las entidades que lo soliciten, participa en la actualización y simplificación del orden normativo, procurando congruencia de criterios jurídicos de las dependencias entidades.

  • Las empresas productivas del Estado y sus respectivas empresas productivas subsidiarias,
  • El Banco de México, las Sociedades Nacionales de Crédito,
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social,
  • El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado,
  • El Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores,
  • El Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, entre otras
Ley Federal de Entidades

Procedimiento de Responsabilidad Adiministrativa

Inicia con la citación del presunto responsable para audiencia, señalando lugar, día y hora para comparecer y rendir declaración por los hechos que se imputan, concediendo un plazo para que ofrecer pruebas, una vez admitidos se desahogan, y la autoridad previa valoración emita la resolución correspondiente, misma que debe ser notificada al responsable, y a su jefe inmediato o titular de la dependencia, para su ejecución.

Remitira los originales del expediente al Tribunal notificando a las partes la fecha y domicilio del organo jurisdiccional, este deberá verificar que la falta sea de las consideradas como graves. En caso de no serlo, enviará el expediente a la Autoridad substanciadora para que continúe el procedimiento, en caso de una falta grave diversa, ordenará la reclasificación que corresponda en un plazo de tres días hábiles, si se niegua a hacer la reclasificación, informará fundando y motivando su proceder.