Evidencia de Proyecto Aula
"Protección de los animales en México durante el siglo XIX"
Flores González Izel Yaretzi Flores Hernández Danna Abril Gámez Mijares Cielo Evolet Akemi García Maldonado Raúl Daniel Gómez Vidal Emiliano Lara Tapia Fernanda Rivera Nopal Alde Uriel Sánchez López Bruno
Presione los subtítulos de los títulos para visualizar su información
Tipo de Protección o Regulación
Tipo de Protección o Regulación
PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES EN mÉXICO DURANTE EL sIGLO xIx
Educación-moral/Deberes del hombre hacia el animal
Normas jurídicas/reglamentos locales
Quienes lo impulsaban
Quienes lo impulsaban
Tipo de Protección o Regulación
Tipo de Protección o Regulación
Formación profesional/Veterinaria
Utilidad económica/Salud pública
Quienes lo impulsaban
Quienes lo impulsaban
Ausencia de leyes protectoras amplias
Tipo de Protección o Regulación
Características
Conclusiones
Diferencias entre la protección en el siglo XIX y la protección actual
En el siglo XIX, la protección de los animales en México estaba más vinculada a la utilidad humana que al bienestar intrínseco del animal. Por ejemplo, la formación veterinaria se articulaba con salud pública y economía. Hoy en día la protección aniamal ocupa conceptos de bienestar, derechos, especies domésticas, silvestres, etc; y se regulan nuevas áreas como el abuso, maltrato, etc. También en el siglo XIX había poca o casi ninguna legislación específica orientada hacia el bienestar y la protección de los animales, además en el siglo XIX, la ética animal estaba incipiente y dependía de gente moral o científicos; ahora hay un mayor reconocimiento público, académico, institucional de que los animales sienten y que pueden sufrir, lo que amplía la protección. Hoy hay más sanciones, la aplicación y la sensibilización social sobre los animales. Además hoy hay más espaciospara denuncias, para ONG, para educación ciudadana y en el siglo XIX esos canales eran escasos o inexistentes.
Cuál consideramos mejor y por qué razones
Consideramos que la forma de protección actual es mejor, por estas razones: 1-Porque reconoce al animal en sí como sujeto de consideración más amplia, no solo como instrumento para humanos. 2-Porque incorpora una visión más integral (bienestar,salud, ética y derechos) y no exclusivamente utilitaria. 3-Porque existen instrumentos legales y sociales más variados para proteger, sancionar y educar, lo que favorece una mayor efectividad. 4-Porque la sensibilización social ha crecido, lo que significa que no solo se hace cumplir una norma, sino que se busca cambiar actitudes y cultura. Sin embargo, reconocemos que aún existen retos como la aplicación de la ley, recursos, sensibilización, control de explotación comercial, fauna silvestre, entre otras. Aun así es justo decir que en el siglo XIX había también ciertos avances valiosos, como la preocupación por enfermedades animales que afectaban al humano, lo cual sentó bases para lo que vendría. Pero como modelo de "protección de animales", la actual responde mejor a la idea de bienestar animal que la del pasado.
Que tipo de Protección o Regulación Existía
Se planteaban deberes morales del hombre hacia los animales: Justicia, bondad, paciencia, compasión, reconocimiento, afecto y protección.Características: No era regulación fuerte, más bien educativa o filosófica. Los animales eran vistos desde utilidad humana
Que tipo de Protección o Regulación existía
En el siglo XIX en México se crea la carrera de veterinaria en 1853 y se introducen materias de anatomía, fisiología, patología, zootecnia, entre otras.Características: Esta era más centrada en la salud animal y producción que en bienestar como tal.
Que tipo de Protección o Regulación existía
Se identificaron reglamentos o bandos municipales que protegian y regulaban sobre todo a perros, gatos y animales vagabundos durante el Porfiriato.Características: Se observa no específicamente "protección" desde bienestar animal, sino control de animales para humanos.
Que tipo de Protección o Regulación existía
La protección que se ejercia sobre animales de trabajo o de producción, para asegurar rendimiento, evitar enfermedades que afectaran humanos y evitar pérdidas económicas.Características: El valor del animal ligado a su utilidad para el ser humano.
Ausencia de leyes protectoras amplias
En el siglo XIX no hay, en México, leyes generales explícitas de bienestar animal como las que vendrán después. El artículo de Eduardo Téllez Reyes Retana señala que el tema de los animales se abordaba más desde la producción o salud pública que desde los derechos o bienestar.
Quienes lo impulsaban
Lo impulsaban intelectuales, moralistas, médicos veterinarios en las primeras generaciones
Quienes lo impulsaban
Estado mexicano e instituciones educativas
Quienes lo impulsaban
Las autoridades municipales, motivadas por salud pública, control de rabia y el orden urbano.
Quienes lo impulsaban
Los ganaderos, veterinarios y el Estado
Características
Limitación importante ya que los animales no eran sujetos de derechos plenamente reconocidos, por lo que la protección era parcial.
"Protección de los animales en México durante el siglo XIX"
QUIMICA
Created on November 1, 2025
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Evidencia de Proyecto Aula
"Protección de los animales en México durante el siglo XIX"
Flores González Izel Yaretzi Flores Hernández Danna Abril Gámez Mijares Cielo Evolet Akemi García Maldonado Raúl Daniel Gómez Vidal Emiliano Lara Tapia Fernanda Rivera Nopal Alde Uriel Sánchez López Bruno
Presione los subtítulos de los títulos para visualizar su información
Tipo de Protección o Regulación
Tipo de Protección o Regulación
PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES EN mÉXICO DURANTE EL sIGLO xIx
Educación-moral/Deberes del hombre hacia el animal
Normas jurídicas/reglamentos locales
Quienes lo impulsaban
Quienes lo impulsaban
Tipo de Protección o Regulación
Tipo de Protección o Regulación
Formación profesional/Veterinaria
Utilidad económica/Salud pública
Quienes lo impulsaban
Quienes lo impulsaban
Ausencia de leyes protectoras amplias
Tipo de Protección o Regulación
Características
Conclusiones
Diferencias entre la protección en el siglo XIX y la protección actual
En el siglo XIX, la protección de los animales en México estaba más vinculada a la utilidad humana que al bienestar intrínseco del animal. Por ejemplo, la formación veterinaria se articulaba con salud pública y economía. Hoy en día la protección aniamal ocupa conceptos de bienestar, derechos, especies domésticas, silvestres, etc; y se regulan nuevas áreas como el abuso, maltrato, etc. También en el siglo XIX había poca o casi ninguna legislación específica orientada hacia el bienestar y la protección de los animales, además en el siglo XIX, la ética animal estaba incipiente y dependía de gente moral o científicos; ahora hay un mayor reconocimiento público, académico, institucional de que los animales sienten y que pueden sufrir, lo que amplía la protección. Hoy hay más sanciones, la aplicación y la sensibilización social sobre los animales. Además hoy hay más espaciospara denuncias, para ONG, para educación ciudadana y en el siglo XIX esos canales eran escasos o inexistentes.
Cuál consideramos mejor y por qué razones
Consideramos que la forma de protección actual es mejor, por estas razones: 1-Porque reconoce al animal en sí como sujeto de consideración más amplia, no solo como instrumento para humanos. 2-Porque incorpora una visión más integral (bienestar,salud, ética y derechos) y no exclusivamente utilitaria. 3-Porque existen instrumentos legales y sociales más variados para proteger, sancionar y educar, lo que favorece una mayor efectividad. 4-Porque la sensibilización social ha crecido, lo que significa que no solo se hace cumplir una norma, sino que se busca cambiar actitudes y cultura. Sin embargo, reconocemos que aún existen retos como la aplicación de la ley, recursos, sensibilización, control de explotación comercial, fauna silvestre, entre otras. Aun así es justo decir que en el siglo XIX había también ciertos avances valiosos, como la preocupación por enfermedades animales que afectaban al humano, lo cual sentó bases para lo que vendría. Pero como modelo de "protección de animales", la actual responde mejor a la idea de bienestar animal que la del pasado.
Que tipo de Protección o Regulación Existía
Se planteaban deberes morales del hombre hacia los animales: Justicia, bondad, paciencia, compasión, reconocimiento, afecto y protección.Características: No era regulación fuerte, más bien educativa o filosófica. Los animales eran vistos desde utilidad humana
Que tipo de Protección o Regulación existía
En el siglo XIX en México se crea la carrera de veterinaria en 1853 y se introducen materias de anatomía, fisiología, patología, zootecnia, entre otras.Características: Esta era más centrada en la salud animal y producción que en bienestar como tal.
Que tipo de Protección o Regulación existía
Se identificaron reglamentos o bandos municipales que protegian y regulaban sobre todo a perros, gatos y animales vagabundos durante el Porfiriato.Características: Se observa no específicamente "protección" desde bienestar animal, sino control de animales para humanos.
Que tipo de Protección o Regulación existía
La protección que se ejercia sobre animales de trabajo o de producción, para asegurar rendimiento, evitar enfermedades que afectaran humanos y evitar pérdidas económicas.Características: El valor del animal ligado a su utilidad para el ser humano.
Ausencia de leyes protectoras amplias
En el siglo XIX no hay, en México, leyes generales explícitas de bienestar animal como las que vendrán después. El artículo de Eduardo Téllez Reyes Retana señala que el tema de los animales se abordaba más desde la producción o salud pública que desde los derechos o bienestar.
Quienes lo impulsaban
Lo impulsaban intelectuales, moralistas, médicos veterinarios en las primeras generaciones
Quienes lo impulsaban
Estado mexicano e instituciones educativas
Quienes lo impulsaban
Las autoridades municipales, motivadas por salud pública, control de rabia y el orden urbano.
Quienes lo impulsaban
Los ganaderos, veterinarios y el Estado
Características
Limitación importante ya que los animales no eran sujetos de derechos plenamente reconocidos, por lo que la protección era parcial.