Capítulo IV
Permanencia
De la Norma Vigésima Quinta a la Vigésima Sexta.
VIGÉSIMA QUINTA. Calificación.
La escala de calificaciones es numérica del 0 al 10. El registro de la calificación se deberá de realizar con un número entero y una cifra decimal, la cual no se debe redondear. La calificación mínima aprobatoria es 7.0
Considerando que la evaluación del aprendizaje es por competencias profesionales se establece como referente la siguiente escala de evaluación:
VIGÉSIMA SEXTA. Acreditación
La acreditación tiene como objetivo el reconocimiento de la evaluación aprobatoria de una asignatura, cuatrimestre o nivel. La acreditación de las asignaturas se realizará de conformidad con los elementos de evaluación descritos en los Programas de Estudio a través del o los instrumentos de evaluación que al efecto el docente decida aplicar en cada asignatura. Para acreditar una asignatura es requisito indispensable que las y los estudiantes hayan obtenido la calificación mínima de 7.0 y haber cubierto los créditos académicos correspondientes.
La acreditación del cuatrimestre procederá cuando se cubra la totalidad de los créditos académicos y el porcentaje mínimo de las asignaturas con calificación aprobatoria. Dicha acreditación dará derecho al educando para reinscribirse en el siguiente cuatrimestre de acuerdo con el Plan de Estudios. Conforme al Plan y Programas de Estudio, una vez acreditado cada ciclo formativo se procederá a la certificación de las competencias profesionales correspondientes.
De la Norma Vigésima Quinta a la Vigésima Sexta.
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Capítulo IV
Permanencia
De la Norma Vigésima Quinta a la Vigésima Sexta.
VIGÉSIMA QUINTA. Calificación.
La escala de calificaciones es numérica del 0 al 10. El registro de la calificación se deberá de realizar con un número entero y una cifra decimal, la cual no se debe redondear. La calificación mínima aprobatoria es 7.0
Considerando que la evaluación del aprendizaje es por competencias profesionales se establece como referente la siguiente escala de evaluación:
VIGÉSIMA SEXTA. Acreditación
La acreditación tiene como objetivo el reconocimiento de la evaluación aprobatoria de una asignatura, cuatrimestre o nivel. La acreditación de las asignaturas se realizará de conformidad con los elementos de evaluación descritos en los Programas de Estudio a través del o los instrumentos de evaluación que al efecto el docente decida aplicar en cada asignatura. Para acreditar una asignatura es requisito indispensable que las y los estudiantes hayan obtenido la calificación mínima de 7.0 y haber cubierto los créditos académicos correspondientes.
La acreditación del cuatrimestre procederá cuando se cubra la totalidad de los créditos académicos y el porcentaje mínimo de las asignaturas con calificación aprobatoria. Dicha acreditación dará derecho al educando para reinscribirse en el siguiente cuatrimestre de acuerdo con el Plan de Estudios. Conforme al Plan y Programas de Estudio, una vez acreditado cada ciclo formativo se procederá a la certificación de las competencias profesionales correspondientes.