efp.sbos.raac
GRUPO 4
APREHENSIÓN Y DETENCIÓN
INTEGRANTES: ASP. AUQUILLA CARRILLO ERIKA AYDA ASP. CAIZA GUATO JAZMIN STEFANIA ASP. CALI SILVA YESENIA EVELYN ASP. COLES CHIMO MAYRA ALEXANDRA
EMPEZAR
Aprehensión – Artículo 526 del COIP**
La aprehensión es la privación momentánea de la libertad de una persona realizada por la Policía Nacional del Ecuador sin orden judicial, cuando alguien es sorprendido cometiendo un delito en flagrancia o inmediatamente después de haberlo cometido. Está regulada en el artículo 526 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Esta medida es inmediata y temporal, y tiene como finalidad evitar que el presunto infractor huya o destruya evidencia, garantizando así la actuación oportuna de la justicia penal. La persona aprehendida debe ser tratada con respeto a sus derechos humanos y puesta a órdenes del fiscal dentro de un plazo máximo de 24 horas. Si transcurre ese tiempo sin que el fiscal la presente ante el juez, deberá ser liberada.
La aprehensión se utiliza únicamente cuando existe flagrancia, es decir, cuando se sorprende al autor mientras comete el delito o instantes después, con objetos o huellas que lo relacionen directamente con el hecho. Este procedimiento es ejecutado por la Policía Nacional, que realiza el parte policial, entrega al aprehendido al fiscal de turno y luego participa en la audiencia de flagrancia ante el juez competente.
La figura de la aprehensión existe en el sistema penal ecuatoriano desde hace décadas, pero fue formalmente regulada en el COIP desde su entrada en vigencia en el año 2014. Se aplica en todo el territorio ecuatoriano y su objetivo es garantizar la inmediatez y eficacia de la justicia penal en casos de delitos flagrantes. *Ejemplo: Si un ciudadano es sorprendido por la Policía robando un teléfono en la vía pública y es detenido en ese mismo momento con el objeto sustraído en sus manos, los agentes pueden aprehenderlo sin necesidad de una orden judicial. Luego, deberán informar de inmediato al fiscal y ponerlo a disposición del juez para que se realice la audiencia de flagrancia dentro de las 24 horas siguientes.
APREHENSIÓN
La aprehensión en Ecuador se encuentra regulada principalmente en el Artículo 529 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La aprehensión en Ecuador es una medida legal mediante la cual las autoridades detienen temporalmente a una persona sospechosa de haber cometido un delito, con el fin de ponerla a disposición de la justicia; esta debe realizarse conforme a lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), respetando los derechos humanos y el debido proceso.
Art. 530.- Detención
La o el juzgador, por pedido motivado de la o del fiscal, podrá ordenar la
detención de una persona, con fines investigativos. ¿Qué significa esto?
Este artículo permite que un juez, a solicitud fundamentada del fiscal, ordene la detención de una persona con el objetivo de avanzar en una investigación penal. Esta figura se conoce como detención con fines investigativos, y tiene características específicas:
- Debe ser solicitada por el fiscal: No puede ser dispuesta de oficio por el juez.
- Debe estar motivada: Es decir, debe justificarse con hechos y fundamentos legales.
- Tiene carácter excepcional y temporal: No puede usarse como una forma de prisión preventiva encubierta.
- Debe respetar los derechos constitucionales: Como el derecho a la libertad, a la defensa y al debido proceso.
QUE ES LA DETEN CIÓN
La detención es una medida temporal y legal que consiste en privar a una persona de su libertad con el fin de ponerla a disposición de una autoridad competente (como un juez o fiscal), ya sea porque ha cometido un delito, se sospecha que lo cometió o para evitar que lo cometa.Es un acto preventivo, no es una condena. No implica que la persona ya sea culpable.
La detención tiene como finalidad:
- Proteger a la sociedad
- Asegurar la investigación penal
- Presentar al detenido ante la justicia
- Reaccionar ante un delito flagrante
¡Gracias!
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Stefania caiza
Created on October 11, 2025
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APREHENSIÓN Y DETENCIÓN
INTEGRANTES: ASP. AUQUILLA CARRILLO ERIKA AYDA ASP. CAIZA GUATO JAZMIN STEFANIA ASP. CALI SILVA YESENIA EVELYN ASP. COLES CHIMO MAYRA ALEXANDRA
EMPEZAR
Aprehensión – Artículo 526 del COIP** La aprehensión es la privación momentánea de la libertad de una persona realizada por la Policía Nacional del Ecuador sin orden judicial, cuando alguien es sorprendido cometiendo un delito en flagrancia o inmediatamente después de haberlo cometido. Está regulada en el artículo 526 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Esta medida es inmediata y temporal, y tiene como finalidad evitar que el presunto infractor huya o destruya evidencia, garantizando así la actuación oportuna de la justicia penal. La persona aprehendida debe ser tratada con respeto a sus derechos humanos y puesta a órdenes del fiscal dentro de un plazo máximo de 24 horas. Si transcurre ese tiempo sin que el fiscal la presente ante el juez, deberá ser liberada. La aprehensión se utiliza únicamente cuando existe flagrancia, es decir, cuando se sorprende al autor mientras comete el delito o instantes después, con objetos o huellas que lo relacionen directamente con el hecho. Este procedimiento es ejecutado por la Policía Nacional, que realiza el parte policial, entrega al aprehendido al fiscal de turno y luego participa en la audiencia de flagrancia ante el juez competente. La figura de la aprehensión existe en el sistema penal ecuatoriano desde hace décadas, pero fue formalmente regulada en el COIP desde su entrada en vigencia en el año 2014. Se aplica en todo el territorio ecuatoriano y su objetivo es garantizar la inmediatez y eficacia de la justicia penal en casos de delitos flagrantes. *Ejemplo: Si un ciudadano es sorprendido por la Policía robando un teléfono en la vía pública y es detenido en ese mismo momento con el objeto sustraído en sus manos, los agentes pueden aprehenderlo sin necesidad de una orden judicial. Luego, deberán informar de inmediato al fiscal y ponerlo a disposición del juez para que se realice la audiencia de flagrancia dentro de las 24 horas siguientes.
APREHENSIÓN
La aprehensión en Ecuador se encuentra regulada principalmente en el Artículo 529 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La aprehensión en Ecuador es una medida legal mediante la cual las autoridades detienen temporalmente a una persona sospechosa de haber cometido un delito, con el fin de ponerla a disposición de la justicia; esta debe realizarse conforme a lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), respetando los derechos humanos y el debido proceso.
Art. 530.- Detención
La o el juzgador, por pedido motivado de la o del fiscal, podrá ordenar la detención de una persona, con fines investigativos. ¿Qué significa esto? Este artículo permite que un juez, a solicitud fundamentada del fiscal, ordene la detención de una persona con el objetivo de avanzar en una investigación penal. Esta figura se conoce como detención con fines investigativos, y tiene características específicas: - Debe ser solicitada por el fiscal: No puede ser dispuesta de oficio por el juez. - Debe estar motivada: Es decir, debe justificarse con hechos y fundamentos legales. - Tiene carácter excepcional y temporal: No puede usarse como una forma de prisión preventiva encubierta. - Debe respetar los derechos constitucionales: Como el derecho a la libertad, a la defensa y al debido proceso.
QUE ES LA DETEN CIÓN
La detención es una medida temporal y legal que consiste en privar a una persona de su libertad con el fin de ponerla a disposición de una autoridad competente (como un juez o fiscal), ya sea porque ha cometido un delito, se sospecha que lo cometió o para evitar que lo cometa.Es un acto preventivo, no es una condena. No implica que la persona ya sea culpable.
La detención tiene como finalidad:
¡Gracias!