Diplomado en Gestión Estratégica de Procesos Administrativos
Oficina de la Abogada General
Empezar
Orden Jurídico Universitario
Objetivo general
Que al finalizar la sesión las personas participantes puedan garantizar, desde el ámbito de su competencia, el cumplimiento de los derechos y obligaciones a fin de mantener el orden jurídico universitario, además de calificar las probables causas de responsabilidad en las que incurren las personas integrantes de la comunidad universitaria, conforme a lo previsto en la legislación universitaria.
Definiciones
Comunidad Universitaria
Legislación Universitaria
Derechos Universitarios
Queja o Denuncia
Investigación Administrativa
Obligaciones Universitarias
Causas de Responsabilidad
Sanción
Orden jurídico universitario
Acciones realizadas por las autoridades y órganos de gobierno, personas titulares de las Unidades Académicas o Dependencias Administrativas de la BUAP, a fin de garantizar se cumpla la legislación Universitaria; y en caso de que alguna persona integrante de su comunidad incurra en actos u omisiones contrarios a la citada legislación, calificar la falta y solicitar el inicio del procedimiento respectivo (art. 86 fracción I, del EO).
Comunidad universitaria
Se integra por el alumnado, el personal académico, el personal no académico, las autoridades y el funcionariado (art. 6, de la Ley)
Derechos universitarios
Conjunto de prerrogativas que tienen las personas integrantes de la comunidad universitaria contenidas en la legislación de la BUAP (art. 3, del RDDU).
Obligaciones universitarias
Conjunto de responsabilidades que deben observar las personas integrantes de la comunidad universitaria, previstas en la legislación universitaria.
Legislación universitaria
La Ley, el Estatuto Orgánico, los Reglamentos, las normas y demás disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
(art. 16, fracción I, de la Ley).
Causas de responsabilidad universitaria
Son los actos u omisiones contrarios a la Legislación Universitaria, en las que probablemente incurren personas integrantes de los sectores del alumnado, personal académico y personal no académico, y que previo procedimiento de investigación, en su caso, se impone la sanción prevista en la legislación universitaria (art. 86 fracción I, del EO).
Sanción
Es la consecuencia jurídica a la que, previo procedimiento, se hacen acreedoras las personas que integran el personal académico, alumnado o personal no académico de la Institución, por incumplir las obligaciones señaladas en la legislación universitaria.
Dichas sanciones están previstas en el artículo 147, del Estatuto Orgánico de la BUAP.
Queja o Denuncia
Petición formal realizada a través de los medios previstos en la legislación universitaria y que presenta una persona o un grupo de personas, mediante la cual se hace de conocimiento a la instancia o a la autoridad competente sobre hechos probables contrarios a la normativa universitaria a fin de realizar las gestiones correspondientes de cada caso.
Legislación Universitaria
Legislación Universitaria
Ley de la BUAP (art. 8)
https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/149-ley-de-la-benemerita-universidad-autonoma-de-puebla
Estatuto Orgánico de la BUAP (110, 121, 128, 133, 144, 145 y 147)
https://comunicacion.buap.mx/sites/default/files/gaceta284-digital.pdf
Reglamento de la Defensoría de los Derechos Universitarios (art, 4 y 7) https://comunicacion.buap.mx/sites/default/files/gaceta288-digital.pdf
Legislación Universitaria
Reglamento de Alumnos de Modalidad Escolarizada (artículo 27 y 28)
https://mederi.buap.mx/portal/public/resources/pdf/Reglamento_Requisitos_Admision_Permanencia_Trayectoria_Academica_Gaceta197.pdf
Contrato Colectivo ASPABUAP (cláusulas 14 a 24)
http://www.contraloria.buap.mx/sites/default/files/CCT%20ASPABUAP%202023-2025.pdf
Contrato Colectivo SITBUAP (cláusulas 52, 53 y 54)
http://www.contraloria.buap.mx/sites/default/files/CCT%20SITBUAP%202023-2025.pdf
Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género en la BUAP
https://comunicacion.buap.mx/sites/default/files/gaceta290-digital.pdf
Ley de la BUAP (artículo 8)
La BUAP promoverá:
- La igualdad sustantiva.
- La prevención y erradicación de todo tipo y modalidad de discriminación y violencia.
- Espacios libres de violencia.
- Perspectiva de género.
- Bienestar psicoemocional.
- Formación en habilidades digitales.
- Uso ético y de las TICs.
- Difusión de las diversas culturas.
- El respeto a los derechos de autor.
- Integridad académica.
- El combate a la corrupción.
Estatuto Orgánico (Artículo 110)
Facultades y obligaciones de titulares de Unidad Académica:
- Representar a su Unidad Académica.
- Cumplir y hacer cumplir el o los contratos colectivos de trabajo.
- Dictar las medidas provisionales que sean necesarias en los asuntos urgentes cuya solución competa al Consejo de Unidad Académica.
- Garantizar el estricto cumplimiento de la legislación universitaria.
- Calificar las faltas de asistencia de las y los trabajadores a sus labores.
Estatuto Orgánico (artículo 121)
Facultades y obligaciones de la Secretaría Administrativa de la Unidad Académica:
Coordinar las actividades del personal académico y no académico
Supervisar el funcionamiento de las actividades administrativas
Administrar los recursos materiales y financieros
Estatuto Orgánico (Artículo 128)
De los derechos de la comunidad universitaria
Gozar en el desarrollo de sus actividades académicas y universitarias, del absoluto respeto de los derechos humanos y universitarios
Condiciones de estudio y de trabajo del alumnado y del personal que aseguren la adecuada realización de las tareas académicas, administrativas y técnicas
Libertad de pensamiento y expresión, información, discusión y crítica
Estatuto Orgánico (Artículo 133,144 y 145)
Causas de responsabilidad y de sanción
La comunidad universitaria deberá:
- Cumplir con las obligaciones que establezca la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, las normas y demás disposiciones reglamentarias de la Universidad
- Usar los recursos patrimoniales de manera adecuada y pertinente
- Ejercer los recursos públicos exclusivamente para la consecución de su objeto con probidad, transparencia, eficiencia y eficacia
Causas graves de responsabilidad
Usar el patrimonio universitario para fines ajenos a los que está destinado o los daños al mismo.
Dejar de ejercer los recursos públicos exclusivamente para la consecución de su objeto.
Realizar actos u omisiones que vulneren la integridad académica.
Estatuto Orgánico (artículo 147, fracción I)
Sanciones
A las autoridades, funcionariado, personal académico y personal no académico:
Amonestación por escrito
Amonestación verbal
Suspensión temporal en sus derechos laborales
Remoción y, en su caso, rescisión
Estatuto Orgánico (artículo 147, fracción II)
Sanciones
Al alumnado:
Amonestación por escrito
Amonestación verbal
Suspensión en sus derechos escolares
Expulsión
Oficina de la Abogada General Facultades y atribuciones
Artículo 86 del Estatuto Orgánico
Procurar el cumplimiento del orden jurídico de la Universidad.
Asesorar a las autoridades académicas colegiadas y personales y a las dependencias de la Institución en materia de consulta e interpretación de la legislación nacional y universitaria .
Intervenir en defensa de los intereses de la Universidad en los juicios y procedimientos de los que sea parte o tuviere interés .
Facultades y atribuciones de la OAG
Artículo 86 del Estatuto Orgánico
Conocer, investigar y resolver las conductas contrarias a la normatividad que no correspondan a otra autoridad universitaria.
Informar, en su caso, a la autoridad competente sobre la probable comisión de hechos con apariencia de delito.
Facultades y atribuciones de la OAG
Artículo 148 del Estatuto Orgánico
El Consejo Universitario y la o el Abogado General de la Universidad son los facultados para aplicar sanciones conforme al procedimiento previsto en la legislación universitaria.
En todos los casos, se tendrá la obligación de respetar el derecho de audiencia de quien se le atribuya un acto u omisión para la cual la propia legislación fije una sanción.
Derechos y obligaciones Comunidad Universitaria
Derechos y obligaciones Alumnado
Derechos del alumnado
Son derechos:
- Recibir la enseñanza de acuerdo con los planes y programas de estudio.
- Gozar de libertad de reunión, asociación y expresión.
- Elegir y ser elegidos Consejeros de sus respectivas Unidades Académicas
- Gozar del respeto.
- Gozar de igualdad con perspectiva de género, inclusión y derechos humanos.
- Solicitar ante las autoridades e instancias respectivas su intervención por acciones que lesionan o atenten contra su dignidad y sus derechos.
Obligaciones del alumnado
Son obligaciones:
Contribuir a preservar y acrecentar el prestigio de la Universidad dentro y fuera de sus instalaciones
Observar un trato respetuoso para con el resto de los integrantes de la comunidad universitaria
Respetar y cumplir las disposiciones que rigen la vida académica
Evitar el acoso escolar (bullying) en cualquiera de sus formas
Cumplir con las medidas de seguridad y el orden
Obligaciones del alumnado
Informar a las autoridades de su Unidad Académica de las inasistencias de los docentes
Cumplir con todos los compromisos académicos y administrativos que haya contraído con la Universidad.
Respetar el patrimonio de la comunidad universitaria, evitando el daño, destrucción y apropiación de la propiedad ajena.
Informar a las autoridades universitarias de cualquier acción delictiva ocurrida en las instalaciones de la Universidad
Contribuir al cuidado y preservación del patrimonio universitario
Obligaciones del alumnado
- Respetar en los trabajos académicos las citas respectivas, fuentes de información, los derechos de autor.
- Evitar el uso de espacios de esparcimiento y aprendizaje para actividades ajenas a la Universidad o que interrumpan las labores docentes o de estudio.
- No ingerir, distribuir, comercializar o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos dentro de las instalaciones de la Universidad o ingresar a ellas bajo sus efectos o realizar otras actividades nocivas a la salud física o mental.
- Evitar el uso y portación de armas clasificadas como prohibidas tales como puñales, verduguillos y demás armas similares ocultas o disimuladas en bastones u otros objetos, así como de cualquier tipo de arma de fuego.
- Denunciar ante la Oficina del Abogado General cualquier acto que a su juicio considere como delito y evitar participar en ellos.
- Realizar con honradez y probidad las evaluaciones y demás actividades académicas.
Derechos y obligaciones Personal Académico y No académico
Las relaciones laborales de la Universidad con su personal académico y personal no académico
Artículo 29 de la Ley de la BUAP
- Fracción VII, del artículo 3, y por el Apartado "A" del artículo 123, de la CPEUM
- Ley Federal del Trabajo
- Los contratos colectivos de trabajo pactados entre la Institución y sus sindicatos.
Derechos del Personal Académico CCT ASPABUAP
CCT – ASPABUAP
CLÁUSULA 14
Los derechos de los Trabajadores Académicos son irrenunciables y en ningún caso podrán ser inferiores a los que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y el presente Contrato Colectivo de Trabajo.
Obligaciones del Personal Académico CCT ASPABUAP
Obligaciones del personal académico
Cláusula 23. Son obligaciones de los trabajadores académicos:
I. Cumplir con lo establecido en el Reglamento de Ingreso, Permanencia y Promoción del Personal Académico.II. sistir puntualmente a sus labores académicas y/o de investigación.VIII. Cumplir con su trabajo académico conforme a los planes y programas de la Unidad Académica de que se trate y presentar informes, proyectos y programas que las Autoridades Universitarias les requieran dentro del plazo que se fije.
IX. Integrar, salvo causa fundada, comisiones y jurados de exámenes, remitir oportunamente la documentación respectiva y realizar los exámenes en las fechas y recintos que determine la Secretaría Académica de la Dependencia o la Autoridad Universitaria competente.
Obligaciones del personal académico
Cláusula 23. Son obligaciones de los trabajadores académicos:
X. El personal académico, dedicará parte de su jornada de trabajo académico, para actualizar sus conocimientos en relación a las áreas en que labora. XII. Indicar la Dependencia Universitaria a la que pertenezca, en las publicaciones que contengan resultados de los trabajos académicos o de investigación realizados en la misma Universidad.
XIII. Concurrir a las reuniones de su(s) academia(s), conferencias, cursos, congresos y a todos lo eventos académicos que las Unidades Académicas programen, dentro de su jornada de trabajo.
Derechos del Personal NO Académico CCT SITBUAP
CCT – SITBUAP
Cláusula 52
Los derechos de los trabajadores y las trabajadoras son irrenunciables y en ningún caso podrán ser inferiores a los que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte en los que se reconocen los Derechos Humanos, la Ley Federal del Trabajo y el presente Contrato Colectivo de Trabajo.
Obligaciones del Personal NO Académico CCT SITBUAP
Obligaciones del persononal no académico
Cláusula 53. Son obligaciones de los trabajadores:
Avisar oportunamente a la autoridad universitaria, o jefe inmediato superior del motivo o causa de la inasistencia
Comunicar a las autoridades universitarias o jefe inmediato de las dependencias correspondientes las deficiencias que adviertan con el fin de prevenir o evitar daños y perjuicio a los intereses o a la vida de los compañeros o a la Institución.
Ejecutar el trabajo con eficiencia, cuidado y esmero adecuados y en la forma, tiempo y lugares convenidos.
Asistir puntualmente a sus labores.
Obligaciones del persononal no académico
Cláusula 53. Son obligaciones de los trabajadores:
Prestar auxilio durante o fuera de la jornada de trabajo y dentro y fuera del lugar de trabajo, cuando por siniestro peligren personas o bienes de la BUAP.
Dentro de las instalaciones universitarias y fuera de ellas, observar buenas relaciones con los demás miembros de la comunidad universitaria.
Proporcionar a las autoridades universitarias o jefe inmediato de la dependencia respectiva los datos que le sean solicitados para la integración de su expediente personal.
Obligaciones del persononal no académico
Cláusula 53. Son obligaciones de los trabajadores:
Cumplir con tareas o trabajos conforme a los programas de la dependencia de que se trate y presentar informes, proyectos y programas que las autoridades universitarias requieran dentro del plazo que se fije.
Actualizar y enriquecer sus conocimientos en relación al ÁREA en que laboran.
Obligaciones del persononal no académico
Cláusula 53. Son obligaciones de los trabajadores:
Desarrollar sus actividades universitarias sin prejuzgar sobre el sexo, edad, estado civil, raza, color, nacionalidad, religión o ideas políticas de los sujetos en su quehacer cotidiano.
Guardar reserva acerca de los asuntos de que tenga conocimiento con motivo del trabajo que desempeña y cuya divulgación pueda causar perjuicio a la BUAP.
Procedimientos de investigación administrativa ante la OAG
Procedimientos OAG
1.Laboral
Personal académico (CCT ASPABUAP)
Personal no académico (CCT SITBUAP)
2. Alumnado
Nivel media superior (art. 86, fracción XII y 148 del EO)
Nivel superior
Posgrado
Investigaciones Administrativas Personal Académico y No Académico
Área laboral
Desahogar las consultas formuladas, por las Unidades Académicas y/o Administrativas de la Institución sobre la aplicación e interpretación de los contratos colectivos de trabajo y los ordenamientos universitarios en materia laboral.
Atender y asistir con la representación ante las distintas Comisiones Mixtas previstas en el CCT ASPABUAP en su CLÁUSULA 5.
Área laboral
Integradas en forma paritaria con voz y voto entre la Asociación Sindical y la BUAP.
Participar como integrante de la Comisión negociadora Institucional en la revisión de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el ASPABUAP y el SITBUAP.
Atender y dar trámite mediante investigación administrativa, a las quejas que por faltas laborales turnan las Unidades Académicas y/o Administrativas.
Rescisión de la Relación de Trabajo
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO
SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Cláusula 88
La Universidad sin responsabilidad, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos:
- Presentar certificados falsos o referencias en las que se atribuyan al trabajador académico capacidad, aptitudes o facultades de que carezca.
- Incurrir durante sus labores en faltas de probidad u honradez.
- Realizar actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos en contra del personal directivo, funcionarios, trabajadores académicos, trabajadores no académicos o estudiantes de la Universidad, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia.
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO
SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Cláusula 88
La Universidad sin responsabilidad, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos:
- Ocasionar por negligencia perjuicios materiales durante el desempeño de sus labores o por motivo de ellas, en edificios, obras, instrumentos, máquinas y demás objetos relacionados con su trabajo.
- Revelar el trabajador académico los asuntos reservados de que tuviera conocimiento por motivo de su trabajo y cuya divulgación cause perjuicio grave a la Universidad.
- Por sentencia ejecutoriada que le imponga al trabajador una pena de prisión que le impida el cumplimiento de su relación individual de trabajo.
- Registrar el trabajador su asistencia y no desempeñar las labores correspondientes.
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO
SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Cláusula 88
La Universidad sin responsabilidad, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos:
- Negarse el trabajador sin causa que los justifique, a cumplir con las disposiciones que reciba de los representantes de la Universidad, siempre que se trate del trabajo contratado y conforme al presente Contrato Colectivo de Trabajo.
- Asistir el trabajador a sus labores en estado de ebriedad o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante salvo que en éste último caso exista prescripción médica. Si así fuere, antes de iniciar sus labores, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento de la autoridad y presentar la prescripción correspondiente.
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO
SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Cláusula 88
La Universidad sin responsabilidad, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos:
- Acumular el trabajador en un periodo de treinta días, más de cuatro faltas de asistencias injustificadas a su jornada diaria de trabajo.
- Comprometer el trabajador, debido a su imprudencia o descuido inexcusable la seguridad del taller, oficina, dependencia o establecimiento donde presta sus servicios o la seguridad de las personas que se encuentren en ellos.
- Cometer la trabajadora o el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier miembro de la comunidad universitaria, ya sea dentro o fuera de las instalaciones universitarias.
- Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Por la incompetencia manifiesta en sus labores del trabajador académico debidamente comprobadas por la Institución; de conformidad con los mecanismos académicos establecidos.Por acumular el trabajador académico, en un periodo de treinta días, más del 15% (quince por ciento) de inasistencias injustificadas a las horas de trabajo, cuando se trate de trabajadores académicos de tiempo completo y medio tiempo; y, el 25% (veinticinco por ciento) de inasistencias sin causa justificada a las horas de trabajo en el mismo periodo cuando se trate de un trabajador académico por hora clase.
Procedimientos de los Contratos Colectivos
CONTRATO COLECTIVO
SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 94
Cláusula 90
Cuando los trabajadores incurran en causas de responsabilidad se sigue el procedimiento siguiente:
- Se iniciará con la denuncia de la falta dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de la falta.
Se notifica Citatorio a:
- Persona trabajadora y
- ASPABUAP
Con 3 días de anticipación
Se notifica Citatorio a:
- Persona trabajadora y
- SITBUAP
Con 3 días de anticipación
CONTRATO COLECTIVO
SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 94
Cláusula 90
- Derecho de audiencia
- Comparecencia
- Conoce los hechos o actos que se le imputan
- Podrá estar asistido por un representante sindical
Se desahogarán las pruebasSe formulará el dictamen fundado y motivado
Término de 30 días para concluir la investigación administrativa
Elaboración de Actas Administrativas
Formatos de Actas administrativas
General
Inasistencia
Estado de ebriedad
Elaboración de Actas Administrativas
ACTA ADMINISTRATIVA GENERAL
En la Heroica Puebla de Zaragoza, siendo las ____ horas con ___ minutos del día _____ del mes de _____ del año dos mil ________, en las instalaciones que ocupa la Unidad Académica ___________________________________________, ubicada en _______________________________________, número _____, de la calle _______________________, colonia ________________ de la ciudad de __________; el C. ______________________________ en su carácter de ____________________________ ante los testigos los CC. ____________________________________ y ______________________________________, quienes se identifican con fotocopia de su credencial de elector con fotografía expedida por el Instituto Nacional Electoral, con número de folios _______, __________, respectivamente; se levanta la presente acta para hacer constar los siguientes:
Elaboración de Actas Administrativas
HECHOS
Que, el C. ______________________, es trabajador de __________________________, adscrito a ____________________________, con categoría de ____________________ y, con horario de labores asignado de las _______ a las _________ horas, los días de ___________________________________ de cada semana.
El C. _______________ en su carácter de _______________________ante los testigos los CC. ________________________ y ________________________ en presencia del trabajador ___________________________________, hacen constar los siguientes hechos:
__________________________________________________________________________________________
Elaboración de Actas Administrativas
Acto continuo se le concede el uso de la voz al trabajador ________________________________, quien manifestó: ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.
Nota: señalar en forma pormenorizada los hechos precisando circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Elaboración de Actas Administrativas
Previa la lectura de la presente acta administrativa, y no habiendo nada más que hacer constar, se da por concluida a las horas _______________________________________________ del día de hoy del mes de __________________________del año dos mil ____________________________________, firmando para constancia al margen y al calce los que en ella intervinieron, para los efectos a que haya lugar.
Persona encargada de Secretaría Administrativa/Académica/Dirección C. _________________________. Testigos
Investigaciones Administrativas del Alumnado
Recomendaciones generales
- Coadyuvar a preservar el orden jurídico universitario, a través de la remisión inmediata de oficio o acta de hechos informando la situación.
- Usar en todo momento lenguaje incluyente y no sexista.
- Ejecutar las gestiones solicitadas por la OAG e informar el estatus de las mismas.
- Evitar la revictimización, sobre todo en casos relacionados con violencia de género o discriminación
Recomendaciones generales
- Mantener un trato respetuoso para con la comunidad universitaria.
- No realizar comentarios personales sobre los hechos expuestos por algún miembro de la comunidad universitaria.
- En casos de extrema urgencia, comunicarse de manera inmediata con la persona titular de la OAG o en su caso del titular de área perteneciente a la misma, según la naturaleza del hecho que se trate.
- No realizar pronunciamiento o valoración de resolución, sobre los hechos que exponga el miembro de la comunidad universitaria que considere vulnerados sus derechos.
- No emitir sanciones respecto de los hechos puestos de su conocimiento.
El Área Penal de la OAG, derivado de actos u omisiones, clasifica las investigaciones, conforme a lo siguiente:
Faltas generales: referentes a las “obligaciones” previstas en:
- Reglamento de los Alumnos de Modalidad Escolarizada de la BUAP
- Lineamientos del Código de Ética y Conducta de la BUAP,
- Lineamientos del sistema bibliotecario de la BUAP, etc.
El Área Penal de la OAG, derivado de actos u omisiones, clasifica las investigaciones, conforme a lo siguiente:
Discriminación y violencia de género
Estupefacientes
Bienes
Relativas a los comportamientos establecidos en el Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género en la BUAP.
Por posesión, consumo, venta o ingresar bajo los influjos de bebidas alcohólicas o estupefacientes.
Derivado de la pérdida, robo, daño, etc., de bienes propiedad de la institución asignados a personal institucional.
Procedimientos del Alumnado
Procedimientos del Alumnado
En todas las investigaciones administrativas, se respetan las formalidades esenciales del procedimiento:
2) La oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque la defensa.
1) La notificación del inicio del procedimiento y sus consecuencias.
4) El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas
3) La oportunidad de alegar.
Jurisprudencia: DERECHO AL DEBIDO PROCESO. SU CONTENIDO. https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2005716
Procedimiento del Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género en la BUAP
Recibe
Entrevista
Queja o denuncia formar oral por comparecencia, escrito, medio digitales o electrónico, formatos institucionales o cualquier otro mecanismo conforme al Protocolo.
Comparecencia de la víctima a fin de ratificar la queja o denuncia, aportar datos y pruebas en el plazo señalado por la Oficina de la Abogada General.
Procedimiento del Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género en la BUAP
Investiga
Resuelve
La OAG podrá establecer las medidas de protección a la víctima. Cita a la persona señala como probable responsable o a la titular de la unidad académica o dependencia administrativa, para que, conforme al derecho de audiencia y principio de presunción de inocencia, aporte las pruebas necesarias en el término de 3 días hábiles.
Emite la resolución o la sanción correspondiente en el término de 30 días a partir de iniciada la investigación
Elaboración de Actas Administrativas
Elementos básicos:
Dia de elaboración (misma en que constaron los hechos).
Nombres de las personas intervinientes (personal académico/administrativo, cuyo carácter sea estrictamente necesario), así como de la o las personas que exponen los hechos (comunidad universitaria en el sector estudiantil, académico y/o administrativo).
Lugar en donde se levanta el acta.
Relatoría de hechos, de manera genérica si la persona quejosa solicita solo se hagan de conocimiento a la autoridad universitaria correspondiente.
Relatoría específica, lugar, fecha, nombres de las personas relacionadas a los hechos.
Firma.
La Unidad Académica deberá constatar de manera previa los datos académicos y de localización proporcionados por la persona que presenta la queja y/o de las personas a las que se haga referencia.
CASOS PRÁCTICOS
Primer supuesto: Una alumna (mayor de edad) de su Unidad Académica acudió a la Unidad de Género, en donde manifestó estar en una relación sentimental con una persona que no es miembro de la comunidad universitaria y quien, derivado de una discusión la agredió físicamente y amenazó con exponer fotografías de índole sexual, por lo que la alumna ha reca ído en un estado de crisis emocional; por lo anterior indique:
¿Qué aspecto de los relatados en dicho supuesto debe atender primero? La autoridad universitaria a quien debe poner en conocimiento los hechos.
Las personas de su Unidad Académica que deben estar enteradas de los hechos.
Segundo supuesto:
Un alumno de su Unidad Académica (mayor de edad), se acercó a Usted como titular de la misma, solicitando información sobre la presentación de una queja, ya que en días anteriores una compañera de su salón expresó su interés hacia él, a lo cual el estudiante declinó, no obstante a raíz de ello, comenzó a seguirlo dentro de las instalaciones universitarias, asimismo le mandó mensajes en redes sociales y plataformas institucionales de manera insistente, por lo que el alumno expresa no saber que hacer para frenar dicho comportamiento; en atención a lo mencionado, precise:
¿Qué información proporcionaría al estudiante, sobre la presentación de una queja?¿Qué acciones inmediatas ejecutaría para proteger la integridad física del estudiante?
Tercer supuesto:
Una estudiante de su Unidad Académica (menor de edad), se acercó a su Tutora (académica) y le hizo de conocimiento que hace algunas semanas tuvo un confrontamiento con algunos de sus compañeros, ya que no aportaron información a un trabajo en equipo y que es parte de la calificación final de una asignatura, por lo que dichos estudiantes frente a ella y en redes sociales, hacen comentarios sobre su aspecto físico y emiten burlas, lo cual la hace sentir triste y a razón de ello su rendimiento académico ha disminuido; por lo anterior, refiera:
El que la estudiante sea menor de edad ¿influye para que reciba la atención respectiva? Describa cuales serían las gestiones que realizaría para atender el rendimiento escolar de la alumna.
Cuarto supuesto:
En un evento recreativo organizado por su Unidad Académica (preparatoria), diversos estudiantes salieron de las instalaciones sin autorización, por lo que toda vez que las clases fueron suspendidas ese día, acudieron a un establecimiento que les proporcionó bebidas alcohólicas, las ingirieron y posteriormente el elemento de seguridad se percató de que dichos estudiantes desprendían un olor característico (alcohol), asimismo no coordinaban su caminar y su habla era inentendible, por lo que procedió a dar aviso a la autoridad directiva; en función de ello, establezca:
¿Qué aspecto de dicho supuesto debe priorizar?, asimismo ¿A que dependencias de apoyo solicitaría para ello?¿Qué información debe hacer de conocimiento a sus tutores?¿Qué documento debe elaborar, derivado de dicho incidente?
Gracias!
Oficina de la Abogada Genera
HABILITA - SECRETARIA ADMINISTRATIVA
Created on October 10, 2025
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Oficina de la Abogada General
Empezar
Orden Jurídico Universitario
Objetivo general
Que al finalizar la sesión las personas participantes puedan garantizar, desde el ámbito de su competencia, el cumplimiento de los derechos y obligaciones a fin de mantener el orden jurídico universitario, además de calificar las probables causas de responsabilidad en las que incurren las personas integrantes de la comunidad universitaria, conforme a lo previsto en la legislación universitaria.
Definiciones
Comunidad Universitaria
Legislación Universitaria
Derechos Universitarios
Queja o Denuncia
Investigación Administrativa
Obligaciones Universitarias
Causas de Responsabilidad
Sanción
Orden jurídico universitario
Acciones realizadas por las autoridades y órganos de gobierno, personas titulares de las Unidades Académicas o Dependencias Administrativas de la BUAP, a fin de garantizar se cumpla la legislación Universitaria; y en caso de que alguna persona integrante de su comunidad incurra en actos u omisiones contrarios a la citada legislación, calificar la falta y solicitar el inicio del procedimiento respectivo (art. 86 fracción I, del EO).
Comunidad universitaria
Se integra por el alumnado, el personal académico, el personal no académico, las autoridades y el funcionariado (art. 6, de la Ley)
Derechos universitarios
Conjunto de prerrogativas que tienen las personas integrantes de la comunidad universitaria contenidas en la legislación de la BUAP (art. 3, del RDDU).
Obligaciones universitarias
Conjunto de responsabilidades que deben observar las personas integrantes de la comunidad universitaria, previstas en la legislación universitaria.
Legislación universitaria
La Ley, el Estatuto Orgánico, los Reglamentos, las normas y demás disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (art. 16, fracción I, de la Ley).
Causas de responsabilidad universitaria
Son los actos u omisiones contrarios a la Legislación Universitaria, en las que probablemente incurren personas integrantes de los sectores del alumnado, personal académico y personal no académico, y que previo procedimiento de investigación, en su caso, se impone la sanción prevista en la legislación universitaria (art. 86 fracción I, del EO).
Sanción
Es la consecuencia jurídica a la que, previo procedimiento, se hacen acreedoras las personas que integran el personal académico, alumnado o personal no académico de la Institución, por incumplir las obligaciones señaladas en la legislación universitaria. Dichas sanciones están previstas en el artículo 147, del Estatuto Orgánico de la BUAP.
Queja o Denuncia
Petición formal realizada a través de los medios previstos en la legislación universitaria y que presenta una persona o un grupo de personas, mediante la cual se hace de conocimiento a la instancia o a la autoridad competente sobre hechos probables contrarios a la normativa universitaria a fin de realizar las gestiones correspondientes de cada caso.
Legislación Universitaria
Legislación Universitaria
Ley de la BUAP (art. 8) https://ojp.puebla.gob.mx/legislacion-del-estado/item/149-ley-de-la-benemerita-universidad-autonoma-de-puebla Estatuto Orgánico de la BUAP (110, 121, 128, 133, 144, 145 y 147) https://comunicacion.buap.mx/sites/default/files/gaceta284-digital.pdf Reglamento de la Defensoría de los Derechos Universitarios (art, 4 y 7) https://comunicacion.buap.mx/sites/default/files/gaceta288-digital.pdf
Legislación Universitaria
Reglamento de Alumnos de Modalidad Escolarizada (artículo 27 y 28) https://mederi.buap.mx/portal/public/resources/pdf/Reglamento_Requisitos_Admision_Permanencia_Trayectoria_Academica_Gaceta197.pdf Contrato Colectivo ASPABUAP (cláusulas 14 a 24) http://www.contraloria.buap.mx/sites/default/files/CCT%20ASPABUAP%202023-2025.pdf Contrato Colectivo SITBUAP (cláusulas 52, 53 y 54) http://www.contraloria.buap.mx/sites/default/files/CCT%20SITBUAP%202023-2025.pdf Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género en la BUAP https://comunicacion.buap.mx/sites/default/files/gaceta290-digital.pdf
Ley de la BUAP (artículo 8)
La BUAP promoverá:
Estatuto Orgánico (Artículo 110)
Facultades y obligaciones de titulares de Unidad Académica:
Estatuto Orgánico (artículo 121)
Facultades y obligaciones de la Secretaría Administrativa de la Unidad Académica:
Coordinar las actividades del personal académico y no académico
Supervisar el funcionamiento de las actividades administrativas
Administrar los recursos materiales y financieros
Estatuto Orgánico (Artículo 128)
De los derechos de la comunidad universitaria
Gozar en el desarrollo de sus actividades académicas y universitarias, del absoluto respeto de los derechos humanos y universitarios
Condiciones de estudio y de trabajo del alumnado y del personal que aseguren la adecuada realización de las tareas académicas, administrativas y técnicas
Libertad de pensamiento y expresión, información, discusión y crítica
Estatuto Orgánico (Artículo 133,144 y 145)
Causas de responsabilidad y de sanción
La comunidad universitaria deberá:
Causas graves de responsabilidad
Usar el patrimonio universitario para fines ajenos a los que está destinado o los daños al mismo.
Dejar de ejercer los recursos públicos exclusivamente para la consecución de su objeto.
Realizar actos u omisiones que vulneren la integridad académica.
Estatuto Orgánico (artículo 147, fracción I)
Sanciones
A las autoridades, funcionariado, personal académico y personal no académico:
Amonestación por escrito
Amonestación verbal
Suspensión temporal en sus derechos laborales
Remoción y, en su caso, rescisión
Estatuto Orgánico (artículo 147, fracción II)
Sanciones
Al alumnado:
Amonestación por escrito
Amonestación verbal
Suspensión en sus derechos escolares
Expulsión
Oficina de la Abogada General Facultades y atribuciones
Artículo 86 del Estatuto Orgánico
Procurar el cumplimiento del orden jurídico de la Universidad.
Asesorar a las autoridades académicas colegiadas y personales y a las dependencias de la Institución en materia de consulta e interpretación de la legislación nacional y universitaria .
Intervenir en defensa de los intereses de la Universidad en los juicios y procedimientos de los que sea parte o tuviere interés .
Facultades y atribuciones de la OAG
Artículo 86 del Estatuto Orgánico
Conocer, investigar y resolver las conductas contrarias a la normatividad que no correspondan a otra autoridad universitaria.
Informar, en su caso, a la autoridad competente sobre la probable comisión de hechos con apariencia de delito.
Facultades y atribuciones de la OAG
Artículo 148 del Estatuto Orgánico
El Consejo Universitario y la o el Abogado General de la Universidad son los facultados para aplicar sanciones conforme al procedimiento previsto en la legislación universitaria.
En todos los casos, se tendrá la obligación de respetar el derecho de audiencia de quien se le atribuya un acto u omisión para la cual la propia legislación fije una sanción.
Derechos y obligaciones Comunidad Universitaria
Derechos y obligaciones Alumnado
Derechos del alumnado
Son derechos:
Obligaciones del alumnado
Son obligaciones:
Contribuir a preservar y acrecentar el prestigio de la Universidad dentro y fuera de sus instalaciones
Observar un trato respetuoso para con el resto de los integrantes de la comunidad universitaria
Respetar y cumplir las disposiciones que rigen la vida académica
Evitar el acoso escolar (bullying) en cualquiera de sus formas
Cumplir con las medidas de seguridad y el orden
Obligaciones del alumnado
Informar a las autoridades de su Unidad Académica de las inasistencias de los docentes
Cumplir con todos los compromisos académicos y administrativos que haya contraído con la Universidad.
Respetar el patrimonio de la comunidad universitaria, evitando el daño, destrucción y apropiación de la propiedad ajena.
Informar a las autoridades universitarias de cualquier acción delictiva ocurrida en las instalaciones de la Universidad
Contribuir al cuidado y preservación del patrimonio universitario
Obligaciones del alumnado
Derechos y obligaciones Personal Académico y No académico
Las relaciones laborales de la Universidad con su personal académico y personal no académico
Artículo 29 de la Ley de la BUAP
Derechos del Personal Académico CCT ASPABUAP
CCT – ASPABUAP
CLÁUSULA 14
Los derechos de los Trabajadores Académicos son irrenunciables y en ningún caso podrán ser inferiores a los que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y el presente Contrato Colectivo de Trabajo.
Obligaciones del Personal Académico CCT ASPABUAP
Obligaciones del personal académico
Cláusula 23. Son obligaciones de los trabajadores académicos:
I. Cumplir con lo establecido en el Reglamento de Ingreso, Permanencia y Promoción del Personal Académico.II. sistir puntualmente a sus labores académicas y/o de investigación.VIII. Cumplir con su trabajo académico conforme a los planes y programas de la Unidad Académica de que se trate y presentar informes, proyectos y programas que las Autoridades Universitarias les requieran dentro del plazo que se fije. IX. Integrar, salvo causa fundada, comisiones y jurados de exámenes, remitir oportunamente la documentación respectiva y realizar los exámenes en las fechas y recintos que determine la Secretaría Académica de la Dependencia o la Autoridad Universitaria competente.
Obligaciones del personal académico
Cláusula 23. Son obligaciones de los trabajadores académicos:
X. El personal académico, dedicará parte de su jornada de trabajo académico, para actualizar sus conocimientos en relación a las áreas en que labora. XII. Indicar la Dependencia Universitaria a la que pertenezca, en las publicaciones que contengan resultados de los trabajos académicos o de investigación realizados en la misma Universidad. XIII. Concurrir a las reuniones de su(s) academia(s), conferencias, cursos, congresos y a todos lo eventos académicos que las Unidades Académicas programen, dentro de su jornada de trabajo.
Derechos del Personal NO Académico CCT SITBUAP
CCT – SITBUAP
Cláusula 52
Los derechos de los trabajadores y las trabajadoras son irrenunciables y en ningún caso podrán ser inferiores a los que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte en los que se reconocen los Derechos Humanos, la Ley Federal del Trabajo y el presente Contrato Colectivo de Trabajo.
Obligaciones del Personal NO Académico CCT SITBUAP
Obligaciones del persononal no académico
Cláusula 53. Son obligaciones de los trabajadores:
Avisar oportunamente a la autoridad universitaria, o jefe inmediato superior del motivo o causa de la inasistencia
Comunicar a las autoridades universitarias o jefe inmediato de las dependencias correspondientes las deficiencias que adviertan con el fin de prevenir o evitar daños y perjuicio a los intereses o a la vida de los compañeros o a la Institución.
Ejecutar el trabajo con eficiencia, cuidado y esmero adecuados y en la forma, tiempo y lugares convenidos.
Asistir puntualmente a sus labores.
Obligaciones del persononal no académico
Cláusula 53. Son obligaciones de los trabajadores:
Prestar auxilio durante o fuera de la jornada de trabajo y dentro y fuera del lugar de trabajo, cuando por siniestro peligren personas o bienes de la BUAP.
Dentro de las instalaciones universitarias y fuera de ellas, observar buenas relaciones con los demás miembros de la comunidad universitaria.
Proporcionar a las autoridades universitarias o jefe inmediato de la dependencia respectiva los datos que le sean solicitados para la integración de su expediente personal.
Obligaciones del persononal no académico
Cláusula 53. Son obligaciones de los trabajadores:
Cumplir con tareas o trabajos conforme a los programas de la dependencia de que se trate y presentar informes, proyectos y programas que las autoridades universitarias requieran dentro del plazo que se fije.
Actualizar y enriquecer sus conocimientos en relación al ÁREA en que laboran.
Obligaciones del persononal no académico
Cláusula 53. Son obligaciones de los trabajadores:
Desarrollar sus actividades universitarias sin prejuzgar sobre el sexo, edad, estado civil, raza, color, nacionalidad, religión o ideas políticas de los sujetos en su quehacer cotidiano.
Guardar reserva acerca de los asuntos de que tenga conocimiento con motivo del trabajo que desempeña y cuya divulgación pueda causar perjuicio a la BUAP.
Procedimientos de investigación administrativa ante la OAG
Procedimientos OAG
1.Laboral Personal académico (CCT ASPABUAP) Personal no académico (CCT SITBUAP) 2. Alumnado Nivel media superior (art. 86, fracción XII y 148 del EO) Nivel superior Posgrado
Investigaciones Administrativas Personal Académico y No Académico
Área laboral
Desahogar las consultas formuladas, por las Unidades Académicas y/o Administrativas de la Institución sobre la aplicación e interpretación de los contratos colectivos de trabajo y los ordenamientos universitarios en materia laboral.
Atender y asistir con la representación ante las distintas Comisiones Mixtas previstas en el CCT ASPABUAP en su CLÁUSULA 5.
Área laboral
Integradas en forma paritaria con voz y voto entre la Asociación Sindical y la BUAP.
Participar como integrante de la Comisión negociadora Institucional en la revisión de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el ASPABUAP y el SITBUAP.
Atender y dar trámite mediante investigación administrativa, a las quejas que por faltas laborales turnan las Unidades Académicas y/o Administrativas.
Rescisión de la Relación de Trabajo
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Cláusula 88
La Universidad sin responsabilidad, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos:
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Cláusula 88
La Universidad sin responsabilidad, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos:
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Cláusula 88
La Universidad sin responsabilidad, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos:
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Cláusula 88
La Universidad sin responsabilidad, podrá rescindir el contrato individual de trabajo en los siguientes casos:
Área laboral
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 91
Por la incompetencia manifiesta en sus labores del trabajador académico debidamente comprobadas por la Institución; de conformidad con los mecanismos académicos establecidos.Por acumular el trabajador académico, en un periodo de treinta días, más del 15% (quince por ciento) de inasistencias injustificadas a las horas de trabajo, cuando se trate de trabajadores académicos de tiempo completo y medio tiempo; y, el 25% (veinticinco por ciento) de inasistencias sin causa justificada a las horas de trabajo en el mismo periodo cuando se trate de un trabajador académico por hora clase.
Procedimientos de los Contratos Colectivos
CONTRATO COLECTIVO SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 94
Cláusula 90
Cuando los trabajadores incurran en causas de responsabilidad se sigue el procedimiento siguiente:
Se notifica Citatorio a:
- Persona trabajadora y
- ASPABUAP
Con 3 días de anticipaciónSe notifica Citatorio a:
- Persona trabajadora y
- SITBUAP
Con 3 días de anticipaciónCONTRATO COLECTIVO SITBUAP
CONTRATO COLECTIVO ASPABUAP
Cláusula 94
Cláusula 90
Se desahogarán las pruebasSe formulará el dictamen fundado y motivado Término de 30 días para concluir la investigación administrativa
Elaboración de Actas Administrativas
Formatos de Actas administrativas
General
Inasistencia
Estado de ebriedad
Elaboración de Actas Administrativas
ACTA ADMINISTRATIVA GENERAL
En la Heroica Puebla de Zaragoza, siendo las ____ horas con ___ minutos del día _____ del mes de _____ del año dos mil ________, en las instalaciones que ocupa la Unidad Académica ___________________________________________, ubicada en _______________________________________, número _____, de la calle _______________________, colonia ________________ de la ciudad de __________; el C. ______________________________ en su carácter de ____________________________ ante los testigos los CC. ____________________________________ y ______________________________________, quienes se identifican con fotocopia de su credencial de elector con fotografía expedida por el Instituto Nacional Electoral, con número de folios _______, __________, respectivamente; se levanta la presente acta para hacer constar los siguientes:
Elaboración de Actas Administrativas
HECHOS
Que, el C. ______________________, es trabajador de __________________________, adscrito a ____________________________, con categoría de ____________________ y, con horario de labores asignado de las _______ a las _________ horas, los días de ___________________________________ de cada semana. El C. _______________ en su carácter de _______________________ante los testigos los CC. ________________________ y ________________________ en presencia del trabajador ___________________________________, hacen constar los siguientes hechos: __________________________________________________________________________________________
Elaboración de Actas Administrativas
Acto continuo se le concede el uso de la voz al trabajador ________________________________, quien manifestó: ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________. Nota: señalar en forma pormenorizada los hechos precisando circunstancias de modo, tiempo y lugar.
Elaboración de Actas Administrativas
Previa la lectura de la presente acta administrativa, y no habiendo nada más que hacer constar, se da por concluida a las horas _______________________________________________ del día de hoy del mes de __________________________del año dos mil ____________________________________, firmando para constancia al margen y al calce los que en ella intervinieron, para los efectos a que haya lugar.
Persona encargada de Secretaría Administrativa/Académica/Dirección C. _________________________. Testigos
Investigaciones Administrativas del Alumnado
Recomendaciones generales
Recomendaciones generales
El Área Penal de la OAG, derivado de actos u omisiones, clasifica las investigaciones, conforme a lo siguiente:
Faltas generales: referentes a las “obligaciones” previstas en:
El Área Penal de la OAG, derivado de actos u omisiones, clasifica las investigaciones, conforme a lo siguiente:
Discriminación y violencia de género
Estupefacientes
Bienes
Relativas a los comportamientos establecidos en el Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género en la BUAP.
Por posesión, consumo, venta o ingresar bajo los influjos de bebidas alcohólicas o estupefacientes.
Derivado de la pérdida, robo, daño, etc., de bienes propiedad de la institución asignados a personal institucional.
Procedimientos del Alumnado
Procedimientos del Alumnado
En todas las investigaciones administrativas, se respetan las formalidades esenciales del procedimiento:
2) La oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque la defensa.
1) La notificación del inicio del procedimiento y sus consecuencias.
4) El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas
3) La oportunidad de alegar.
Jurisprudencia: DERECHO AL DEBIDO PROCESO. SU CONTENIDO. https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2005716
Procedimiento del Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género en la BUAP
Recibe
Entrevista
Queja o denuncia formar oral por comparecencia, escrito, medio digitales o electrónico, formatos institucionales o cualquier otro mecanismo conforme al Protocolo.
Comparecencia de la víctima a fin de ratificar la queja o denuncia, aportar datos y pruebas en el plazo señalado por la Oficina de la Abogada General.
Procedimiento del Protocolo para la Prevención y Atención de la Discriminación y Violencia de Género en la BUAP
Investiga
Resuelve
La OAG podrá establecer las medidas de protección a la víctima. Cita a la persona señala como probable responsable o a la titular de la unidad académica o dependencia administrativa, para que, conforme al derecho de audiencia y principio de presunción de inocencia, aporte las pruebas necesarias en el término de 3 días hábiles.
Emite la resolución o la sanción correspondiente en el término de 30 días a partir de iniciada la investigación
Elaboración de Actas Administrativas
Elementos básicos: Dia de elaboración (misma en que constaron los hechos). Nombres de las personas intervinientes (personal académico/administrativo, cuyo carácter sea estrictamente necesario), así como de la o las personas que exponen los hechos (comunidad universitaria en el sector estudiantil, académico y/o administrativo). Lugar en donde se levanta el acta. Relatoría de hechos, de manera genérica si la persona quejosa solicita solo se hagan de conocimiento a la autoridad universitaria correspondiente. Relatoría específica, lugar, fecha, nombres de las personas relacionadas a los hechos. Firma. La Unidad Académica deberá constatar de manera previa los datos académicos y de localización proporcionados por la persona que presenta la queja y/o de las personas a las que se haga referencia.
CASOS PRÁCTICOS
Primer supuesto: Una alumna (mayor de edad) de su Unidad Académica acudió a la Unidad de Género, en donde manifestó estar en una relación sentimental con una persona que no es miembro de la comunidad universitaria y quien, derivado de una discusión la agredió físicamente y amenazó con exponer fotografías de índole sexual, por lo que la alumna ha reca ído en un estado de crisis emocional; por lo anterior indique:
¿Qué aspecto de los relatados en dicho supuesto debe atender primero? La autoridad universitaria a quien debe poner en conocimiento los hechos. Las personas de su Unidad Académica que deben estar enteradas de los hechos.
Segundo supuesto:
Un alumno de su Unidad Académica (mayor de edad), se acercó a Usted como titular de la misma, solicitando información sobre la presentación de una queja, ya que en días anteriores una compañera de su salón expresó su interés hacia él, a lo cual el estudiante declinó, no obstante a raíz de ello, comenzó a seguirlo dentro de las instalaciones universitarias, asimismo le mandó mensajes en redes sociales y plataformas institucionales de manera insistente, por lo que el alumno expresa no saber que hacer para frenar dicho comportamiento; en atención a lo mencionado, precise:
¿Qué información proporcionaría al estudiante, sobre la presentación de una queja?¿Qué acciones inmediatas ejecutaría para proteger la integridad física del estudiante?
Tercer supuesto:
Una estudiante de su Unidad Académica (menor de edad), se acercó a su Tutora (académica) y le hizo de conocimiento que hace algunas semanas tuvo un confrontamiento con algunos de sus compañeros, ya que no aportaron información a un trabajo en equipo y que es parte de la calificación final de una asignatura, por lo que dichos estudiantes frente a ella y en redes sociales, hacen comentarios sobre su aspecto físico y emiten burlas, lo cual la hace sentir triste y a razón de ello su rendimiento académico ha disminuido; por lo anterior, refiera:
El que la estudiante sea menor de edad ¿influye para que reciba la atención respectiva? Describa cuales serían las gestiones que realizaría para atender el rendimiento escolar de la alumna.
Cuarto supuesto:
En un evento recreativo organizado por su Unidad Académica (preparatoria), diversos estudiantes salieron de las instalaciones sin autorización, por lo que toda vez que las clases fueron suspendidas ese día, acudieron a un establecimiento que les proporcionó bebidas alcohólicas, las ingirieron y posteriormente el elemento de seguridad se percató de que dichos estudiantes desprendían un olor característico (alcohol), asimismo no coordinaban su caminar y su habla era inentendible, por lo que procedió a dar aviso a la autoridad directiva; en función de ello, establezca:
¿Qué aspecto de dicho supuesto debe priorizar?, asimismo ¿A que dependencias de apoyo solicitaría para ello?¿Qué información debe hacer de conocimiento a sus tutores?¿Qué documento debe elaborar, derivado de dicho incidente?
Gracias!