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Iusnaturalismo vs. Positivismo

Corporacion Universitaria del Caribe

Created on October 2, 2025

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Transcript

Iusnaturalismo vs. Positivismo

¡vamos!

IUSNATURALISMO

JOHN FINNIS (1940-Presente)

PLATÓN (c. 427-347 a.C.)

SANTO TOMÁS DE AQUINO (1225-1274)

CONTINUAR

POSITIVISMO JURÍDICO

HANS KELSEN (1881-1973)

H.L.A. HART (1907-1992)

CONTINUAR

Ronald Dworkin (1931-2013) critica a Hart argumentando que el derecho no se compone solo de reglas, sino también de principios y directrices políticas. En los casos difíciles, los jueces no crean derecho discrecionalmente, sino que descubren la "única respuesta correcta" interpretando estos principios morales subyacentes al sistema jurídico. Esto desafía la tesis positivista de la separación entre derecho y moral.

El Debate Hart-Dworkin

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Aplicación al Contexto Colombiano

Sentencia C-221 de 1994 - Estado de Cosas Inconstitucional
Esta sentencia es un laboratorio para observar el debate en acción. La Corte Constitucional de Colombia, ante una violación masiva y estructural de derechos, no se limita a aplicar reglas preexistentes.

CONTINUAR

Bibliografía

  • Dworkin, R. (1986). Law's Empire. Harvard University Press.
  • Finnis, J. (2011). Natural Law and Natural Rights (2nd ed.). Oxford University Press.
  • Hart, H. L. A. (2012). The Concept of Law (3rd ed.). Oxford University Press.
  • Kelsen, H. (1999). Teoría Pura del Derecho (R. J. Vernengo, Trad.; 9a ed.). Editorial Porrúa. (Obra original publicada en 1960).
  • Platón. (2003). La República (C. Eggers Lan, Trad.). Gredos.
  • Tomás de Aquino. (2001). Suma de Teología (Vol. III, Parte II-II). Biblioteca de Autores Cristianos.

Hart (Positivismo):

  • Derecho = Reglas
  • Casos difíciles = Discrecionalidad judicial (creación).
  • Validez = Regla de Reconocimiento.
Dworkin (Post-positivismo/Iusnaturalismo interpretativo):
  • Derecho = Reglas + Principios.
  • Casos difíciles = Búsqueda de la respuesta correcta (descubrimiento).
  • Validez = Coherencia interpretativa con la moralidad política de la comunidad.

  • Biografía Breve: Filósofo griego, discípulo de Sócrates. Su obra "La República" y "Las Leyes" explora la noción de una justicia ideal y un orden perfecto que trasciende las leyes humanas.
  • Tesis Principal: Existe un mundo de las "Ideas" o "Formas" perfectas e inmutables. La justicia es una de esas Formas. Las leyes humanas (derecho positivo) son meras copias imperfectas y solo son verdaderamente válidas si se ajustan a la Idea de Justicia. El derecho debe aspirar a reflejar este orden natural y racional.
  • Biografía Breve: Teólogo y filósofo católico, figura central de la escolástica. Su "Suma Teológica" integra la filosofía aristotélica con la doctrina cristiana.
  • Tesis Principal: Jerarquía normativa de cuatro niveles: 1) Ley Eterna (la razón de Dios), 2) Ley Natural (participación de la criatura racional en la ley eterna), 3) Ley Divina (revelada en las escrituras) y 4) Ley Humana (derecho positivo). Una ley humana que contradice la ley natural no es propiamente ley, sino "corrupción de la ley" (lex iniusta non est lex).
  • Biografía Breve: Filósofo del derecho australiano, figura líder del iusnaturalismo contemporáneo. Su obra "Ley Natural y Derechos Naturales" revitalizó la tradición tomista desde una perspectiva analítica.
  • Tesis Principal: Propone una teoría del derecho natural sin recurrir a la teología. Identifica siete bienes humanos básicos (vida, conocimiento, juego, experiencia estética, sociabilidad, razonabilidad práctica, religión) que son evidentes por sí mismos. El derecho es un conjunto de reglas para la coordinación social que permite a los individuos y comunidades perseguir estos bienes. Las leyes que obstruyen gravemente la consecución de estos bienes son defectuosas.
  • Biografía Breve: Jurista y filósofo austriaco, creador de la "Teoría Pura del Derecho" y uno de los principales arquitectos de la Constitución de Austria de 1920.
  • Tesis Principal: El derecho es un sistema jerárquico y autónomo de normas coactivas. La validez de una norma jurídica no depende de su contenido moral, sino de haber sido creada conforme a un procedimiento establecido en una norma superior. Esta cadena de validez culmina en una Norma Fundamental (Grundnorm), que es un presupuesto lógico-trascendental para poder entender el derecho como un sistema válido. El objetivo es una ciencia jurídica "pura", libre de consideraciones sociológicas, políticas o morales.
  • Biografía Breve: Filósofo del derecho británico, profesor en Oxford. Su obra "El Concepto de Derecho" (1961) es un pilar del positivismo jurídico metodológico.
  • Tesis Principal: El derecho es la unión de reglas primarias (que imponen deberes) y reglas secundarias (que confieren potestades: de cambio, de adjudicación y, la más importante, la Regla de Reconocimiento). La Regla de Reconocimiento es una práctica social de los funcionarios que especifica los criterios últimos de validez jurídica en un sistema. Acepta un "contenido mínimo de derecho natural" y la "textura abierta" del lenguaje jurídico, que concede a los jueces un poder de creación de derecho en casos difíciles.