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Infografía Conectores Akihabara
José Antonio Guerrero
Created on September 28, 2025
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PROCESO DE CRECION DE LAS LEYES TRIBUTARIAS
INIACIATIVA DE LEY
Una iniciativa en su sentido juridico amplio, es la facultad o derecho que la constitucion otorga y reconoce a ciertos servidores publicos, entes y oficiales
DEBATE Y DISCUSIÓN
Es la etapa formal del proceso legislativo en la que la Cámara (de Diputados o de Senadores) analiza el contenido de la iniciativa de ley tributaria.
VETO Y SANCIÓN
Sanción Es el acto mediante el cual el Presidente de la República acepta y aprueba una ley que ya fue aprobada por ambas Cámaras del Congreso. Es la confirmación formal y necesaria para que la ley pueda ser promulgada y publicada. Veto Es la facultad del Presidente de la República de rechazar una ley aprobada por el Congreso, ya sea en su totalidad (veto total) o sólo en algunas partes (veto parcial), devolviéndola con observaciones para que se discuta nuevamente.
PROMULGACION Y PUBLICACIÓN
La Promulgación y la Publicación cositutyen los actos por virtud de los cuales el Titular del Ejeccutivo da a conocer a la ciudadanía en general una ley aprobada pro el Congreso de la Unión y sancionada por él mismo.
REFRENDO
Es el acto mediante el cual uno o varios Secretarios de Estado o el Jefe de Gobierno (en CDMX) firman junto con el Presidente de la República los actos de gobierno que éste emite
INICIACIÓN Y DURACIÓN DE LA VIGENCIA
Iniciación de la vigencia cuándo empieza a aplicarse la ley. Duración de la vigencia cuánto tiempo sigue siendo válida la ley.
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Iniciativa de ley
Una iniciativa puede presentarse indistintamente ante la Cámara de Diputados o ante la Cámara de senadores. la Cámara que recibe la iniciativa suele denominarse "Cámara se Origen".la iniativa de ley debe de estar bien constituida por un proyecto bien estructurado.
Debate y discusión
Una vez pque el proyecto de la ly tributaria es presentado ante la Cámara de diputados por quienes tiene derecho de iniciar leyes, Presidente de la República, Diputados y Semadores al Congreso de la unión y las Legisladuras Locales conforme a lo estipulado en el ariculo 71 de la Constitución, entonces se inicia el debate cameral, que puede conducir tanto a su aprobación como a su rechazo definitivo dentro del periodo de sesiones en el que se haya dado de conocer
Veto y Sanción
Al ser aprobado por ambas cámaras el proyecto de ley hacendaria, debe turnarse al Ejecutivo para lo s efectos de promulgación y publicación. El presidente de la República cuenta con un plazo de diez días para manifestar su rechazo o aceptación.El veto se refie al rechazo que manifiesta el presidente respecto al proyecto. La sanción expresa tiene lugar cuendo el Presidente manda apromulgar y publicar una ley.
Promulgación y Publicación
PromulgaciónEs el acto formal mediante el cual el Presidente declara oficialmente que una ley ha sido aprobada válidamente por el Congreso. Con la promulgación, el Ejecutivo ordena que la ley se cumpla y se ejecute en todo el país. Se hace a través de un documento oficial llamado Decreto de Promulgación. Publicación Es el acto mediante el cual la ley promulgada se da a conocer a la sociedad a través del Diario Oficial de la Federación (DOF). Permite que todos los ciudadanos sepan de su existencia y contenido. Sin publicación, la ley no puede aplicarse.
Refrendo
Da validez jurídica a los actos del Presidente: sin el refrendo, ciertos actos presidenciales no tendrían efectos legales. Hace responsables a los Secretarios de Estado: significa que los secretarios responden políticamente y legalmente por las decisiones del Presidente que firman. Garantiza el control del poder: evita que el Presidente actúe solo; obliga a que haya corresponsabilidad en las decisiones.
Iniciación y Duración de la vigencia
Es necesario dejar trancurrir un lapso entre la publicación y la iniciación de la vigencia, a fin de que las mismas puedan ser estudiadas, analizadas y ponderadas por sus destinatarios y por la ciudadanía en general