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1.2. Tipos de discapacidad y sus implicaciones en el ámbito laboral

javier.gonzalez

Created on September 28, 2025

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Transcript

Subtema 1.2 Tipos de discapacidad y sus implicaciones en el ámbito laboral

Objetivo particular:

Al finalizar este subtema, la persona participante identificará los principales tipos de discapacidad con base en la normatividad aplicable, sus niveles de apoyo y tipos de barreras que enfrentan en el ámbito laboral y los ajustes razonables que favorecen su inclusión, reconociendo la importancia de la accesibilidad como principio rector de la igualdad.

Tipos de discapacidad, niveles de apoyo y necesidades específicas

Discapacidad intelectual

Discapacidad sensorial

Discapacidad física

Discapacidad mental

Discapacidad psicosocial

Discapacidad intelectual

Limitaciones significativas en el pensamiento razonado y la conducta adaptativa que, junto con las barreras del entorno social, pueden dificultar la inclusión plena y efectiva en la sociedad (Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, 2011).

Las personas con discapacidad intelectual pueden desempeñar funciones de manera eficaz si reciben materiales de trabajo simplificados, supervisión clara y acompañamiento en los procesos.

Puede requerir apoyos en la comprensión de instrucciones, tareas complejas o procesos de comunicación.

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Definición

Necesidad de apoyos

Ámbito laboral

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Discapacidad sensorial

En el centro de trabajo, resulta pertinente la presencia de intérpretes de lengua de señas, la adaptación de documentos en braille, el uso de software lector de pantalla o la instalación de sistemas de alarma visual o auditiva.

“Deficiencia estructural o funcional de los órganos de la visión, audición, tacto, olfato y gusto. En interacción con barreras sociales, puede limitar la inclusión plena y efectiva en la sociedad (Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, 2011).

  • Discapacidad auditiva: sordera, hipoacusia.
  • Discapacidad visual: ceguera, baja visión.

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Definición

Tipos

Ámbito laboral

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Discapacidad física

Secuela o malformación del sistema neuromuscular que ocasiona alteraciones en el control del movimiento y la postura. En interacción con barreras sociales, puede limitar la inclusión plena y efectiva en la sociedad (Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, 2011).

Para que estas personas con discapacidad física participen en igualdad de condiciones, son necesarias medidas como rampas, elevadores, escritorios ajustables, transporte accesible y dispositivos de apoyo, entre otros.

En otras palabras, se refiere a limitaciones en la movilidad o destreza motora.

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Definición

Explicación

Ámbito laboral

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Discapacidad mental

Alteración o deficiencia en el sistema neuronal que, al interactuar con barreras sociales, afecta el comportamiento, dificulta la convivencia y limita la inclusión plena (Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, 2011).

Ejemplos de disfunciones mentales

En otras palabras, se refiere a limitaciones en la movilidad o destreza motora.

se refiere a limitaciones en la concentración, manejo del estrés o control emocional

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Ámbito laboral

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Discapacidad psicosocial

Para lograr la inclusión laboral, se requieren horarios flexibles, políticas antiestigma, acompañamiento psicosocial y ambientes inclusivos y respetuosos.

Uno de los mayores retos es el prejuicio, pues al ser discapacidades “invisibles”, suelen generar incomprensión y discriminación.

Relacionadas con condiciones de salud mental como depresión, ansiedad o trastorno bipolar.

Título

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Definición

Inclusión laboral

Retos

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Subtítulo

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Niveles de apoyo

Las personas con discapacidad (PcD) requieren diversos niveles de apoyo, pero depende de su capacidad para realizar actividades diarias, la intensidad y duración requeridas, y las circunstancias específicas de la persona y su entorno. Generalmente, se clasifican en cuatro tipos:

Intermitente

Limitado

Extenso

Generalizado

Implicaciones en el ámbito laboral

Se observan diversas barreras en el ámbito laboral para las personas con discapacidad.

Barreras físicas

Barreras institucionales

Barreras actitudinales o culturales

Apoyos y ajustes razonables en los centros de trabajo

  • Cada una de estas medidas responde a una barrera distinta. Por ejemplo, una persona con discapacidad visual puede superar las limitaciones físicas con un bastón, pero no podrá realizar su trabajo si el software institucional no es compatible con lectores de pantalla. Por eso es necesario un enfoque integral que atienda los componentes de infraestructura, organización y actitudes al mismo tiempo.

Adaptaciones físicas

Adaptaciones tecnológicas

Adaptaciones institucionales

Apoyos humanos

La accesibilidad y la inclusión: claves para las personas con discapacidad

Adaptaciones físicas

Integración e inclusión

Accesibilidad

Apoyos humanos

Accesibilidad

Tipos de accesibilidad

Definición

Informe CNDH

Integración e inclusión

Inclusión

Integración

Principios

Fundamentos éticos, sociales y jurídicos de la inclusión

Ejemplo práctico

Imaginemos una empresa de servicios administrativos:

  • Contrata a una persona usuaria de silla de ruedas
  • Contrata a una persona con discapacidad auditiva
  • Contrata a una persona con discapacidad psicosocial

Bibliografía

  • Palacios, A. (2008). El modelo social de discapacidad: orígenes, caracterización y plasmación en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Madrid: Cinca. Disponible en: El modelo social de discapacidad: orígenes, caracterización y plasmación en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (PDF).
  • Molina, M. M. (Comp.), Cobo, P. B., Estrada Hernández, R., Rodríguez Díaz, F., & Rodríguez Jiménez, N. (2014). Evolución del concepto de discapacidad: Estado del arte de las inves(gaciones sobre el tema desde una perspec(va interdisciplinar. En Configuración de la noción de discapacidad en un contexto de vulnerabilidad en Bogotá. Análisis interdisciplinar (pp. 17-64). Editorial Universidad del Rosario.
  • Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). (2006). Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y protocolo faculta(vo. Naciones Unidas. Disponible en: hqps://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf.
  • Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2011). Úl5ma reforma (2024) Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Diario Oficial de la Federación. Disponible en: hqps://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD.pdf?utm.
  • Guía para la Inclusión de personas con Discapacidad en el Lugar de Trabajo Disponible en: hqps://www.ilo.org/sites/default/files/wcmsp5/groups/public/%40americas/%40r o-lima/documents/publica5on/wcms_504317.pdf?utm.
  • Díaz Velázquez, E. (2018). Modelos de discapacidad: un recorrido histórico. Revista Española de Discapacidad, 6(1), 7–29. Disponible en: hqps://cendocps.carm.es/documentacion/2018_Revista_Espa%C3%B1ola_Discapa cidad_N1_Vol.6.pdf?utm.
  • Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). (2014). Accesibilidad e inclusión de personas con discapacidad. Ministerio de Jus5cia y Derechos Humanos – Presidencia de la Nación. Disponible en: hqp://www.inadi.gob.ar.
  • Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). (2019). Informe especial sobre el derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad. México: CNDH. Disponible en: hqps://www.cndh.org.mx/documento/informe-especial-sobre-elderecho- la-accesibilidad-de-las-personas-con-discapacidad?utm.
  • Centers for Disease Control and Prevention. (2020, 18 de septiembre). Disability Inclusion. U.S. Department of Health & Human Services. Disponible en: https://www.cdc.gov/ncbddd/spanish/disabilityandhealth/disability-inclusion.html

Por lo anterior el concepto de Accesibilidad es considerado como un derecho humano fundamental y un principio transversal que permite a las personas con discapacidad vivir de forma independiente y participar plenamente en la sociedad. Según la CDPD (art. 9), sin accesibilidad al entorno físico, transporte, información y comunicación, las personas con discapacidad no pueden ejercer sus derechos en igualdad de condiciones (CNDH, 2019).

  • En el entorno laboral esto significa que algunas personas requerirán ajustes mínimos en su entorno, mientras que otras necesitarán acompañamiento constante; lo importante es reconocer esta diversidad y garantizar apoyos diferenciados según las necesidades de cada personas con discapacidad a fin de que no se limiten su desarrollo y oportunidades laborales.

Además el informe resalta que la accesibilidad debe entenderse no solo como un derecho, sino también como:

  • Principio jurídico, que orienta la legislación y decisiones judiciales.
  • Condición de no discriminación, ya que la ausencia de accesibilidad constituye discriminación.
  • Contenido esencial de otros derechos, porque sin accesibilidad derechos como educación, salud, justicia o trabajo quedan vacíos de sentido (CNDH, 2019)

  • La UNICEF (2022) señala que la inclusión consiste en crear sociedades en las que todas las personas, independientemente de cómo se muevan, comuniquen, piensen o interactúen, puedan participar en igualdad.

El informe concluyó que la accesibilidad no es solo un tema técnico, sino un pilar de los derechos humanos y de la construcción de sociedades inclusivas. Su incumplimiento equivale a negar el acceso efectivo a la ciudadanía y la autonomía personal (CNDH, 2019).

  • En los centros de trabajo es indispensable contar con entornos de trabajo estables y seguros, ambientes laborales inclusivos y libres de violencias, horarios flexibles, informar y sensibilizar al personal sobre la discapacidad psicosocial, reducción de distractores, supervisión flexible, acompañamiento psicosocial y ofrecer programas de apoyo psicológico.
  • En los centros laborales es fundamental garantizar espacios seguros y estables, promover un ambiente inclusivo y libre de violencia, establecer horarios flexibles, así como informar y sensibilizar al personal sobre la discapacidad psicosocial. También resulta clave reducir distractores, implementar una supervisión adaptable, brindar acompañamiento psicosocial y ofrecer programas de apoyo psicológico.
  • La inclusión de las personas con discapacidad constituye un imperativo ético, social y jurídico, sustentado en el reconocimiento de la dignidad humana y en la garantía de los derechos fundamentales.
  • No se trata únicamente de eliminar barreras físicas o brindar apoyos específicos, sino de transformar los sistemas educativos, laborales, sociales y culturales para que respondan a la diversidad como parte inherente de la condición humana.
  • Incluir significa asegurar la participación plena y efectiva de todas las personas en la vida comunitaria, promoviendo la igualdad de oportunidades y combatiendo la discriminación y exclusión que históricamente han limitado a este colectivo.
  • Desde el modelo social y de derechos humanos, la discapacidad no se entiende como una deficiencia individual, sino como el resultado de la interacción con un entorno que aún mantiene barreras estructurales, actitudinales y legales.
  • La inclusión no debe concebirse como un acto de caridad o integración parcial, sino como una responsabilidad compartida que fortalece la cohesión social, enriquece la democracia y potencia el desarrollo sostenible.
  • Se hacen las mínimas adecuaciones, destinadas únicamente a las personas con discapacidad.
  • En este enfoque, los sistemas y entornos no se transforman para todos, solo se hacen ajustes específicos.
  • Por lo general, los términos inclusión e integración se utilizan como sinónimos, pero no son conceptos que compartan un mismo significado.
  • La integración representa una filosofía distinta a la de la inclusión, aun cuando a primera vista tienen objetivos y funciones aparentemente iguales.
  • En las propuestas para realizar un entorno accesible basadas en un enfoque integrador, las transformaciones son superficiales.
  • En los diseños de entornos accesibles pensados desde la mirada de la inclusión, se transforman los sistemas y el entorno para que sean de calidad para todas las personas, partiendo de la base de la diversidad como característica de toda sociedad (INADI, 2014).
  • El Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (2020) manifiesta que la inclusión de personas con discapacidades es garantizar que todo el mundo tenga las mismas oportunidades de participar en todos los aspectos de la vida al máximo de sus capacidades y deseos.

Según INADI (2014) “La accesibilidad es la posibilidad de las personas con movilidad reducida de gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico o del transporte para su integración y equiparación de oportunidades”.

  • La inclusión se centra en la persona y no en su discapacidad.
  • La inclusión se centra en las capacidades y en la realización de diseños universales para que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones con el resto de la población.
  • La inclusión no supone cambios superficiales en el sistema; supone transformaciones profundas que beneficiarán a toda la población.
  • La inclusión no intenta acercar a la persona a un modelo de ser, pensar y actuar, acepta a cada uno tal y como es, reconociendo en cada persona sus características individuales.
  • La inclusión no implica proporcionar a todas las personas lo mismo, sino dar a cada quien lo que necesita para poder disfrutar de los mismos derechos.
  • La inclusión no persigue cambiar o corregir la diferencia entre las personas sino enriquecerse de ella.
  • La inclusión no busca que las personas con discapacidad se adapten al grupo, pretende eliminar las barreras con las que se encuentran y que les impiden participar en la sociedad.
  • La inclusión no oculta o disfraza las limitaciones, porque las mismas son reales.
  • Las disfunciones mentales son alteraciones o deficiencias en el sistema neuronal, que aunado a una sucesión de hechos que la persona no puede manejar, detonan una situación alterada de la realidad.
  • Derivado del modelo social que incorpora el enfoque de derechos humanos al enfoque médico, recientemente ha surgido el término discapacidad psicosocial, que se define como restricción o limitante causada por el entorno social y centrada en una deficiencia temporal o permanente de la psique (o mente) para realizar una o más actividades cotidianas.
  • Accesibilidad urbanística (atañe al medio urbano y físico).
  • Accesibilidad arquitectónica (edificios públicos y privados).
  • Accesibilidad en el transporte (medios de transporte públicos).
  • Accesibilidad en la comunicación (medios y/o los modos en que se transmite la información individual y colectiva).

Es preciso señalar que el Informe Especial sobre el Derecho a la Accesibilidad de las Personas con Discapacidad elaborado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH, 2019) analizó el grado de implementación de la accesibilidad en México, con base en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y la legislación nacional. El estudio se centró en los ámbitos del entorno físico, transporte, información y comunicaciones, así como en la armonización normativa, políticas públicas y programas federales de 2006 a 2018.

  • Depresión mayor
  • Trastorno bipolar
  • Trastorno límite de la personalidad
  • TOC y ansiedad
  • Autismo y Asperger
  • TDAH
  • Estrés post-traumático
  • Esquizofrenia
  • Trastornos alimentarios
  • Trastorno dual