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Decret0 32/2019
Susana Calle
Created on September 27, 2025
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Transcript
Decret0 32/2019
3. Principios de la potestad sancionadora
2. Justificación de faltas y deber del profesorado
1. Funciones del director o jefe de estudioss
4. Inasistencia a clase
10. Prescripción de sanciones y faltas
CONVIVENCIA ESCOLAR
5. criterios generales para medidas correctoras
9. Actuación tras medida correctora
6. Graduación de medidas correctoras
7. Asunción de responsabilidades y reparación de daños
8. Otras medidas necesarias
Diagrama Círculos
Soy un subtítulo genial, ideal para dar más contexto sobre el tema que vas a tratar
Seres visuales
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Seres narrativos
Seresdigitales
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Seresexploradores
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Seres sociales
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Criterios generales de medidas correctoras.
Artículo 32: - Las medidas correctoras deben ser educativas y recuperadoras. - Promueven la reflexión y la reparación del daño causado. - Deben respetar la integridad física y la dignidad del alumno. - Se aplicarán atendiendo al interés superior del menor.
Un título genial
No nos gusta aburrir. No queremos ser repetitivos. Comunicar como siempre aburre y no engancha. Lo hacemos diferente. Hacemos sabotaje al aburrimiento. Creamos lo que al cerebro le gusta consumir porque le estimula.
Asunción de responsabilidades y reparación de daños.
Artículo 34: - El alumno debe asumir las consecuencias de sus actos. - La reparación puede ser material o simbólica. - Se pueden establecer actividades de reparación o servicio a la comunidad educativa.
Escribe un titular genial
Nuestro cerebro está preparado para consumir contenidos visuales. Algunos datos: el 90% de la información que procesamos nos llega a través de la vista y procesamos el contenido visual hasta 60.000 veces más rápido que el texto. Por eso la comunicación visual es más eficaz.
Graduación de medidas correctoras.
Artículo 33: Atenuantes: - Reconocimiento del daño y disculpa. - Reparación voluntaria. - Circunstancias personales o familiares que influyen en la conducta. Agravantes: - Reincidencia. - Premeditación o violencia. - Conducta en grupo.
La comunicación visual interactiva paso a paso:
- Planificar la estructura de tu comunicación.
- Jerarquizarla y darle peso visual a lo principal.
- Definir mensajes secundarios con interactividad.
- Establecer un flujo a través del contenido.
- Medir los resultados.
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Inasistencia a clase.
Artículos 5.a.1º y 24.d: - El alumnado tiene el deber de asistir con regularidad y puntualidad. - La inasistencia injustificada reiterada puede dar lugar a medidas correctora. - El tutor y el jefe de estudios gestionan el seguimiento y comunicación con las familias.
Actuación tras medida correctora.
Artículo 39: - El equipo docente y el tutor realizarán un seguimiento educativo del alumno. - Se fomentará la reintegración positiva al grupo. - Las medidas deben favorer el aprendizaje de la responsabilidad y la convivencia.
Prescripción de sanciones y faltas.
Artículo 55: - La faltas leves prescriben en el plazo de tres meses. - Las faltas graves prescriben en el plazo de 6 meses y las faltas muy graves prescriben en el plazo de 12 meses. Sendos plazos contando desde la fecha en que los hechos se produjeron. - Las medidas correctos impuestas sobre faltas y graves prescriben en el plazo de seis meses. Y las impuestas por faltas muy graves en un plazo de 12 meses. Ambos plazos desde que la medida es comunicada al interesado. El periodo de vacaciones no computa en los plazos de prescripción.
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Con las plantillas de Genially podrás incluir recursos visuales para dejar a tu audiencia con la boca abierta. También destacar alguna frase o dato concreto que se quede grabado a fuego en la memoria de tu público e incluso embeber contenido externo que sorprenda: vídeos, fotos, audios... ¡Lo que tú quieras!
Funciones del director o jefe de estudios. Art. 21 y 22.
Director: - Garantiza las condiciones adecuadas para el clima escolar. - Vela por la aplicación del Plan de Convivencia y las normas del centro. - Resuelve conflictos e impone medidas correctoras. - Decide la incoaccción y resolución de procedimientos disciplinarios. - Supervisa el cumplimiento efectivo de las medidas adoptadas. Jefe de estudios: - Coordina y dirige la aplicación del Plan de Convivencia. - Organiza la atención educativa del alumnado sancionado. - Lleva el control de faltas y medidas correctoras. - Informa periódicamente a las familias.
Referencia Normativa
Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, modificado por el Decreto 60/2020, de 29 de julio.
Principios de la potestad sancionadora.
Artículos 1.4 y 37-38: - Toda medida correctora debe tener carácter educativo y recuperador. - Se aplicará con proporcionalidad y sin duplicidad de sanciones. - Se garantiza el derecho de audiencia del alumno y de sus representantes legales. - Las resoluciones disciplinarias deben comunicarse por escrito.
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Captamos mejor el contenido visual. El contenido visual está asociado a mecanismos cognitivos y psicológicos. Las cosas entran por los ojos, la primera imagen es la que cuenta. Asociamos el contenido visual con emociones.
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No nos gusta aburrir. No queremos ser repetitivos. Comunicar como siempre aburre y no engancha. Lo hacemos diferente. Hacemos sabotaje al aburrimiento. Creamos lo que al cerebro le gusta consumir porque le estimula.
Escribe un titular genial
Plantea una pregunta dramática; es el ingrediente esencial para mantener la atención del público. Se suele plantear de forma subyacente al inicio de la historia para intrigar a la audiencia y se resuelve al final.
Justificación de faltas y deber del profesorado.
Artículos 9.i y 24.d- El profesor debe controlar faltas y retrasos del alumnado e informar a las familias. - El tutor o tutora valora la justificación de las faltas reiteradas. - El jefe de estudios coordina el siguimiento de la asistencia y las comunicaciones.
Otras medidas necesarias / Reclamaciones.
Artículo 35 y 41: - El director puede tomar medidas preventivas o de protección para preservar la convivencia. - Contra las resoluciones disciplinarias cabe reclamar ante la Dirección de Área Territorial.
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