SESIÓN DE TRABAJO CON EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA PRESENTACIÓN PRIO 1 Y PRIO 2
SERVICIO DE INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN CÓRDOBA 3 de octubre de 2025
Inspección Educativa de Andalucía
Junta de Andalucía
Orden del día
1. Presentación del Área estructural de diversidad educativa, educación en valores y convivencia. 2. Presentación Prioritaria 1. 3. Presentación Prioritaria 2. 4. Ruegos y preguntas.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1) Supervisión y asesoramiento de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo de acuerdo con los tiempos escolares. MUESTRA DE CENTROS Equipos de Orientación Educativa.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1) Supervisión y asesoramiento de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo de acuerdo con los tiempos escolares DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN EN EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVAAl menos 2 Equipos de Orientación Educativa por Equipo de Inspección de Zona, pudiendo ampliarse dicha muestra de acuerdo con el criterio que se fije a nivel provincial en el seno del Equipo de Coordinación.En esta muestra deberá incluirse el Equipo de Orientación Educativa seleccionado como muestra para el desarrollo de la actuación Prioritaria 2.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1) Supervisión y asesoramiento de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo de acuerdo con los tiempos escolares DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN EN EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA- Supervisión horarios del personal. - Supervisión documentos planificación y proceso autoevaluación y mejora. - Supervisión de programas.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
1. El horario de los miembros del equipo incluye cinco sesiones semanales de mañana que no comienzan después de las 9 horas ni finalizan antes de las 14 horas (artículo 10.2 de la Orden de 23 de julio de 2003).
2. Las sesiones de tarde se dedican preferentemente a la asistencia a las reuniones de los Equipos Técnicos de Coordinación Pedagógica que se convoquen en ese horario, al trabajo con los tutores o tutoras y con las familias y a la preparación de actividades y materiales (artículo 10.4 de la Orden de 23 de julio de 2003).
3. El Coordinador/a del Equipo ha confeccionado los horarios semanales de los miembros del mismo, reservando un periodo de dos horas y media semanales de permanencia de todos los miembros del equipo en la sede para garantizar la coordinación interna (artículo 10.6 de la Orden de 23 de julio de 2003).
4. Para la coordinación con los ETCP, equipos docentes, tutores/as, familias, que deban realizarse en horario de tarde, se computan mensualmente un total de 16 horas, repartiéndose equilibradamente entre los distintos centros (Instrucción séptima de las Instrucciones de 28 de julio dE 2006)
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
5. El coordinador/a del equipo ha grabado en el sistema de información Séneca la información correspondiente a horarios del personal de su equipo (artículo 12 del Decreto 285/2010).
6. El orientador/a ha presentado durante el mes de septiembre en un claustro el plan de trabajo del EOE en cada uno de los centros de referencia (Instrucción quinta de las Instrucciones de 28 de julio de 2006).
7. Se garantiza la presencia del orientador de referencia al menos un día a la semana durante toda la sesión de mañana de la jornada escolar en los centros de intervención prioritaria, excepto en los casos señalados por la instrucción primera apartado 2 de las Instrucciones de 22 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Orientación Educativa y Solidaridad, para la aplicación de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos de organización y funcionamiento de los EOEs. (Orden 23/7/03 e Instrucciones de 22/09/03 ).
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
8. Cada cuatro cursos escolares se ha realizado la rotación por los centros o localidades la zona de actuación de los orientadores/as, salvo autorización excepcional de la persona titular de la Delegación Territorial. (Instrucción Tercera Instrucciones de 28/7/06 ).
9 El Equipo de Orientación Educativa ha realizado una memoria final, que ha remitido antes del 30 de junio a la Delegación Territorial, donde ha evaluado el desarrollo y grado de cumplimiento del Plan Anual de Trabajo. (art. 7 Orden 23/7/03 ).
10 El Equipo de Orientación educativa cuenta con un Plan Anual de Trabajo, el cual ha sido remitido a la Delegación territorial antes de la finalización del mes de septiembre, contando con al menos, los apartados que se indican en el Anexo II de la Orden de 23 de julio de 2023, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa. (art. 7 Orden 23/7/03 ).
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
HORARIO INDIVIDUAL Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aprueba el Manual para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes públicos y servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de la Junta de Andalucía (texto consolidado 21-08-2025). 7.3.2. Equipos de Orientación Educativa De conformidad con lo establecido en el art. 10.6 de la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos de sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa, los Coordinadores o Coordinadoras de los Equipos confeccionarán los horarios semanales de los miembros del mismo. En el horario individual se reflejará la totalidad del horario semanal, especificando los períodos de permanencia de cada uno de los componentes en los centros de referencia, otros centros de la zona de actuación y en la sede. Estos horarios se introducirán en el sistema informático Séneca. La persona que ostente la Coordinación del Equipo, a través de dicho sistema informático, remitirá los horarios individuales de los miembros del Equipo a la Delegación Delegación Territorial competente en materia de educación para su aprobación por su titular, si procede. La persona que ostente la Coordinación del Equipo de Orientación Educativa garantizará el cumplimiento de los horarios semanales de los integrantes del mismo.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
REGISTRO DE LA ASISTENCIA Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aprueba el Manual para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes públicos y servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de la Junta de Andalucía (texto consolidado 21-08-2025). 8. Control de asistencia en el Centro de Trabajo 8.1. Órgano responsable De acuerdo con lo establecido en el artículo 132 de la Ley 2/2006 de 3 de mayo, corresponde a la dirección del centro ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al mismo, competencia que incluye el establecimiento de los mecanismos que sean necesarios para el control de las ausencias de todo el personal que desempeña su trabajo en los respectivos centros. Asimismo, el artículo 132.5 de la Ley 17/2007, de 10 diciembre, de Educación de Andalucía, otorga competencias a la dirección del centro en el ámbito disciplinario respecto de todo el personal que presta servicio en el centro educativo. Y ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a las jefaturas de estudios y a las secretarías de los centros para la realización y tramitación de las actuaciones que se consideren necesarias para aquel fin.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
REGISTRO DE LA ASISTENCIA INSTRUCCIONES de 28-7-2006,de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación, para la aplicación de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa Instrucción séptima. Apartado a) 2º El control de dicho horario corresponderá al titular de la dirección del centro de referencia. Mensualmente, comunicará al Coordinador o Coordinadora del Equipo de Orientación Educativa las incidencias que hayan podido producirse con relación al cumplimiento de dicho horario.
Junta de Andalucía
REGISTRO DE LA ASISTENCIA CIrcular de Criterios de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en relación con diversos aspectos relacionados con la Circular de 6 de abril de 2005, sobre Permisos y Licencias, y la Resolución de 6 de octubre de 2005, sobre cumplimiento de la Jornada y Horarios.
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
REGISTRO DE LA ASISTENCIA
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
REGISTRO DE ASISTENCIA EN LOS CENTROS
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
HORARIO EN SEDE DESPLAZAMIENTOS Consulta: 11 / 2024 Asunto: Horarios de los Equipos de Orientación Educativa (EOE)
Materias: EOE - Horarios Fecha: 15/04/2025
Junta de Andalucía
HORARIO EN SEDE El artículo 10 de la Orden de 23 de julo de 2003, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa, dedicado al horario semanal de los miembros de los Equipos de Orientación Educativa, recoge en su apartado 6 que para asegurar la coordinación interna del Equipo se reservará en el horario un período de dos horas y media semanales de permanencia de todos los miembros del equipo en la sede del mismo. A su vez, las Instrucciones de 28 de julio de 2006 de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación para la aplicación de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2003, recoge en su instrucción séptima apartado 2.c referido al horario para la coordinación lo siguiente: 1º. El horario para la coordinación entre los distintos miembros del Equipo será de dos horas y media, y se realizará en la sede del Equipo de Orientación Educativa. 3º. Para la coordinación con los distintos Equipos Técnicos de Coordinación Pedagógica de los centros y los equipos docentes de cada grupo, así como para entrevistas con los tutores o tutoras y con las familias que deban realizarse en horario de tarde, se computarán mensualmente 16 horas.
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
HORARIO EN SEDE Instrucciones 28 julio 2006. Instrucción séptima. Apartado 3. 3. Aquellas horas que, en su caso, los profesionales de los Equipos no utilicen en los dos últimos apartados (desplazamientos y coordinación) serán utilizadas para la atención directa a los centros. Los Equipos de Orientación Educativa no pueden planificar de manera permanente jornadas completas destinadas a la coordinación de los distintos miembros del Equipo de Orientación Educativa, ni a otras referidas a la coordinación con otras unidades, servicios o entidades
Junta de Andalucía
DESPLAZAMIENTOS Las Instrucciones de 28 de julio de 2006 de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación para la aplicación de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2003, recogen en su instrucción Séptima apartado 2.b referida a los horarios de desplazamiento de los miembros de los Equipos de Orientación Educativa: 1º. El horario dedicado a los desplazamientos no deberá interferir con la asistencia al centro, según el horario establecido en la Orden citada. Como horario de desplazamiento se contemplará el tiempo necesario para desplazarse desde la sede al centro, ida y vuelta y dicho tiempo se computará dentro de las 30 horas para los docentes y las que les correspondan al personal laboral. 2º. Los distintos miembros de los Equipos de Orientación Educativa contemplarán en su horario la duración de los desplazamientos que realicen a los centros. Los desplazamientos diarios de la sede al centro y viceversa deberán computar dentro de las horas restantes de las 30 totales, sin interferir en el horario de 9 a 14.
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
NORMATIVA DE APLICACIÓN EN LA CONFECCIÓN DE HORARIOS INSTRUCCIÓN 5 SEPTIEMBRE La Instrucción de 5 de septiembre de 2025 de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para el cumplimiento de lo previsto sobre horarios en el Acuerdo de 16 de julio firmado entre la Consejería de Desarrollo Educativo y las organizaciones sindicales CSIF-Andalucía, ANPEAndalucía y UGT- Servicios Públicos, afecta a las Órdenes de 20 de agosto de 2010. La normativa de aplicación de horarios en un EOE tiene que ver con: - Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa. - Instrucciones y otras disposiciones para la aplicación de la Orden de 23 de julio de 2003. En todo caso habrá una adaptación organizativa, no en cuanto al horario individual.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 2
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2) Evaluación y seguimiento sobre una muestra de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo Ámbitos: Proceso de enseñanza-aprendizaje.Prevención de dificultades.Resultados del alumnado.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2) Evaluación y seguimiento sobre una muestra de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo Criterios de selección de la muestra: Como mínimo un Equipo de Orientación Educativa con centros a los que esté vinculado.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2)
INDICADOR: COORDINACIÓN EOE CON LOS CENTROS EDUCATIVOS PARA LA CONCRECIÓN CURRICULAR Y LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. 1. El EOE colabora en la detección temprana de NEAE y en la activación de medidas ordinarias y específicas.
2. El EOE participa activamente en reuniones de coordinación con equipos docentes, ETCP y equipo directivo para concretar medidas de atención a la diversidad.
3. Las evaluaciones psicopedagógicas son solicitadas conforme a procedimientos regulados y están adecuadamente documentadas.
4. Las medidas propuestas en los informes psicopedagógicos están en coherencia con los recursos del centro y se reflejan en los documentos oficiales.
5.Se revisan las evaluaciones psicopedagógicas en periodos clave: tránsito de Educación Infantil a Educación Primaria y de Educación Primaria a Educación Secundaria Obligatoria.
6. El impacto de las medidas adoptadas es objeto de seguimiento conjunto.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2)
INDICADOR: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL EOE 1. El EOE cuenta con una planificación anual consensuada, que incluye distribución de centros, tiempos de intervención, prioridades.
2. El EOE distribuye equitativamente el tiempo entre atención directa, coordinación, elaboración de informes y seguimiento.
3. Se realiza seguimiento de los dictámenes de escolarización al inicio del curso escolar y se revisan medidas y apoyos asignados.
4. Las evaluaciones psicopedagógicas se ajustan a normativa y recursos disponibles; se priorizan los casos más urgentes.
5. Existen listas de espera reales y justificadas, no derivadas de una mala organización interna.
6. El coordinador del EOE distribuye tareas, gestiona los tiempos y actúa como interlocutor con Inspección y centros.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2)
INDICADOR: COORDINACIÓN CON LAS FAMILIAS Y OTROS SERVICIOS 1. Las familias están informadas y participan activamente en el proceso de evaluación psicopedagógica y toma de decisiones. Siempre desde un enfoque inclusivo y respetuoso.
2. Las derivaciones a servicios externos se realizan cuando son necesarias, con el consentimiento familiar y coordinación interinstitucional.
3. La intervención del EOE está documentada y es trazable: cada caso tiene un expediente completo y actualizado.
4. La coordinación con los tutores y el equipo docente garantiza una comunicación fluida y constante con las familias, asegurando que la información relevante se transmite de forma clara, accesible y respetando la confidencialidad.
5. El EOE colabora de forma activa con otros servicios como salud mental, servicios sociales y asociaciones del entorno, manteniendo una comunicación fluida y dejando constancia de estas intervenciones. Todo ello con el objetivo de ofrecer una respuesta coordinada e integral que atienda de forma efectiva las necesidades del alumnado.
Junta de Andalucía
RUEGOS Y PREGUNTAS
Junta de Andalucía
Ámbito 1: Funcionamiento 1.1. Gestión del tiempo 1.2. Gestión de recursos materiales y humanos 1.3. Gestión económica 1.4. Seguridad y protección 1.5 Gestión del conocimiento 1.6 Evaluación de centro 1.7 Oferta educativa Ámbito 2: Proceso de enseñanza y aprendizaje 2.1: Diseño y desarrollo del currículum Ámbito 3: Resultados del alumnado 3.1: Evaluación de desempeños del alumnado Ámbito 4: Programas 4.1.: Programas Ámbito 5: Prevención de dificultades 5.1: Medidas de atención a la diversidad 5.2: Tutoría y orientación 5.3: Convivencia 5.4: Participación
REUNIÓN EOEs 3 octubre
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SESIÓN DE TRABAJO CON EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA PRESENTACIÓN PRIO 1 Y PRIO 2
SERVICIO DE INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN CÓRDOBA 3 de octubre de 2025
Inspección Educativa de Andalucía
Junta de Andalucía
Orden del día
1. Presentación del Área estructural de diversidad educativa, educación en valores y convivencia. 2. Presentación Prioritaria 1. 3. Presentación Prioritaria 2. 4. Ruegos y preguntas.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1) Supervisión y asesoramiento de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo de acuerdo con los tiempos escolares. MUESTRA DE CENTROS Equipos de Orientación Educativa.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1) Supervisión y asesoramiento de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo de acuerdo con los tiempos escolares DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN EN EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVAAl menos 2 Equipos de Orientación Educativa por Equipo de Inspección de Zona, pudiendo ampliarse dicha muestra de acuerdo con el criterio que se fije a nivel provincial en el seno del Equipo de Coordinación.En esta muestra deberá incluirse el Equipo de Orientación Educativa seleccionado como muestra para el desarrollo de la actuación Prioritaria 2.
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1) Supervisión y asesoramiento de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo de acuerdo con los tiempos escolares DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN EN EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA- Supervisión horarios del personal. - Supervisión documentos planificación y proceso autoevaluación y mejora. - Supervisión de programas.
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
1. El horario de los miembros del equipo incluye cinco sesiones semanales de mañana que no comienzan después de las 9 horas ni finalizan antes de las 14 horas (artículo 10.2 de la Orden de 23 de julio de 2003).
2. Las sesiones de tarde se dedican preferentemente a la asistencia a las reuniones de los Equipos Técnicos de Coordinación Pedagógica que se convoquen en ese horario, al trabajo con los tutores o tutoras y con las familias y a la preparación de actividades y materiales (artículo 10.4 de la Orden de 23 de julio de 2003).
3. El Coordinador/a del Equipo ha confeccionado los horarios semanales de los miembros del mismo, reservando un periodo de dos horas y media semanales de permanencia de todos los miembros del equipo en la sede para garantizar la coordinación interna (artículo 10.6 de la Orden de 23 de julio de 2003).
4. Para la coordinación con los ETCP, equipos docentes, tutores/as, familias, que deban realizarse en horario de tarde, se computan mensualmente un total de 16 horas, repartiéndose equilibradamente entre los distintos centros (Instrucción séptima de las Instrucciones de 28 de julio dE 2006)
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
5. El coordinador/a del equipo ha grabado en el sistema de información Séneca la información correspondiente a horarios del personal de su equipo (artículo 12 del Decreto 285/2010).
6. El orientador/a ha presentado durante el mes de septiembre en un claustro el plan de trabajo del EOE en cada uno de los centros de referencia (Instrucción quinta de las Instrucciones de 28 de julio de 2006).
7. Se garantiza la presencia del orientador de referencia al menos un día a la semana durante toda la sesión de mañana de la jornada escolar en los centros de intervención prioritaria, excepto en los casos señalados por la instrucción primera apartado 2 de las Instrucciones de 22 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Orientación Educativa y Solidaridad, para la aplicación de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos de organización y funcionamiento de los EOEs. (Orden 23/7/03 e Instrucciones de 22/09/03 ).
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
8. Cada cuatro cursos escolares se ha realizado la rotación por los centros o localidades la zona de actuación de los orientadores/as, salvo autorización excepcional de la persona titular de la Delegación Territorial. (Instrucción Tercera Instrucciones de 28/7/06 ).
9 El Equipo de Orientación Educativa ha realizado una memoria final, que ha remitido antes del 30 de junio a la Delegación Territorial, donde ha evaluado el desarrollo y grado de cumplimiento del Plan Anual de Trabajo. (art. 7 Orden 23/7/03 ).
10 El Equipo de Orientación educativa cuenta con un Plan Anual de Trabajo, el cual ha sido remitido a la Delegación territorial antes de la finalización del mes de septiembre, contando con al menos, los apartados que se indican en el Anexo II de la Orden de 23 de julio de 2023, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa. (art. 7 Orden 23/7/03 ).
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
HORARIO INDIVIDUAL Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aprueba el Manual para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes públicos y servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de la Junta de Andalucía (texto consolidado 21-08-2025). 7.3.2. Equipos de Orientación Educativa De conformidad con lo establecido en el art. 10.6 de la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos de sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa, los Coordinadores o Coordinadoras de los Equipos confeccionarán los horarios semanales de los miembros del mismo. En el horario individual se reflejará la totalidad del horario semanal, especificando los períodos de permanencia de cada uno de los componentes en los centros de referencia, otros centros de la zona de actuación y en la sede. Estos horarios se introducirán en el sistema informático Séneca. La persona que ostente la Coordinación del Equipo, a través de dicho sistema informático, remitirá los horarios individuales de los miembros del Equipo a la Delegación Delegación Territorial competente en materia de educación para su aprobación por su titular, si procede. La persona que ostente la Coordinación del Equipo de Orientación Educativa garantizará el cumplimiento de los horarios semanales de los integrantes del mismo.
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
REGISTRO DE LA ASISTENCIA Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aprueba el Manual para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes públicos y servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de la Junta de Andalucía (texto consolidado 21-08-2025). 8. Control de asistencia en el Centro de Trabajo 8.1. Órgano responsable De acuerdo con lo establecido en el artículo 132 de la Ley 2/2006 de 3 de mayo, corresponde a la dirección del centro ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al mismo, competencia que incluye el establecimiento de los mecanismos que sean necesarios para el control de las ausencias de todo el personal que desempeña su trabajo en los respectivos centros. Asimismo, el artículo 132.5 de la Ley 17/2007, de 10 diciembre, de Educación de Andalucía, otorga competencias a la dirección del centro en el ámbito disciplinario respecto de todo el personal que presta servicio en el centro educativo. Y ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a las jefaturas de estudios y a las secretarías de los centros para la realización y tramitación de las actuaciones que se consideren necesarias para aquel fin.
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
REGISTRO DE LA ASISTENCIA INSTRUCCIONES de 28-7-2006,de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación, para la aplicación de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa Instrucción séptima. Apartado a) 2º El control de dicho horario corresponderá al titular de la dirección del centro de referencia. Mensualmente, comunicará al Coordinador o Coordinadora del Equipo de Orientación Educativa las incidencias que hayan podido producirse con relación al cumplimiento de dicho horario.
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REGISTRO DE LA ASISTENCIA CIrcular de Criterios de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en relación con diversos aspectos relacionados con la Circular de 6 de abril de 2005, sobre Permisos y Licencias, y la Resolución de 6 de octubre de 2005, sobre cumplimiento de la Jornada y Horarios.
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
REGISTRO DE LA ASISTENCIA
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
REGISTRO DE ASISTENCIA EN LOS CENTROS
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HORARIO EN SEDE DESPLAZAMIENTOS Consulta: 11 / 2024 Asunto: Horarios de los Equipos de Orientación Educativa (EOE) Materias: EOE - Horarios Fecha: 15/04/2025
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HORARIO EN SEDE El artículo 10 de la Orden de 23 de julo de 2003, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa, dedicado al horario semanal de los miembros de los Equipos de Orientación Educativa, recoge en su apartado 6 que para asegurar la coordinación interna del Equipo se reservará en el horario un período de dos horas y media semanales de permanencia de todos los miembros del equipo en la sede del mismo. A su vez, las Instrucciones de 28 de julio de 2006 de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación para la aplicación de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2003, recoge en su instrucción séptima apartado 2.c referido al horario para la coordinación lo siguiente: 1º. El horario para la coordinación entre los distintos miembros del Equipo será de dos horas y media, y se realizará en la sede del Equipo de Orientación Educativa. 3º. Para la coordinación con los distintos Equipos Técnicos de Coordinación Pedagógica de los centros y los equipos docentes de cada grupo, así como para entrevistas con los tutores o tutoras y con las familias que deban realizarse en horario de tarde, se computarán mensualmente 16 horas.
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
HORARIO EN SEDE Instrucciones 28 julio 2006. Instrucción séptima. Apartado 3. 3. Aquellas horas que, en su caso, los profesionales de los Equipos no utilicen en los dos últimos apartados (desplazamientos y coordinación) serán utilizadas para la atención directa a los centros. Los Equipos de Orientación Educativa no pueden planificar de manera permanente jornadas completas destinadas a la coordinación de los distintos miembros del Equipo de Orientación Educativa, ni a otras referidas a la coordinación con otras unidades, servicios o entidades
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DESPLAZAMIENTOS Las Instrucciones de 28 de julio de 2006 de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación para la aplicación de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2003, recogen en su instrucción Séptima apartado 2.b referida a los horarios de desplazamiento de los miembros de los Equipos de Orientación Educativa: 1º. El horario dedicado a los desplazamientos no deberá interferir con la asistencia al centro, según el horario establecido en la Orden citada. Como horario de desplazamiento se contemplará el tiempo necesario para desplazarse desde la sede al centro, ida y vuelta y dicho tiempo se computará dentro de las 30 horas para los docentes y las que les correspondan al personal laboral. 2º. Los distintos miembros de los Equipos de Orientación Educativa contemplarán en su horario la duración de los desplazamientos que realicen a los centros. Los desplazamientos diarios de la sede al centro y viceversa deberán computar dentro de las horas restantes de las 30 totales, sin interferir en el horario de 9 a 14.
ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 1 (PRIO 1)
NORMATIVA DE APLICACIÓN EN LA CONFECCIÓN DE HORARIOS INSTRUCCIÓN 5 SEPTIEMBRE La Instrucción de 5 de septiembre de 2025 de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para el cumplimiento de lo previsto sobre horarios en el Acuerdo de 16 de julio firmado entre la Consejería de Desarrollo Educativo y las organizaciones sindicales CSIF-Andalucía, ANPEAndalucía y UGT- Servicios Públicos, afecta a las Órdenes de 20 de agosto de 2010. La normativa de aplicación de horarios en un EOE tiene que ver con: - Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa. - Instrucciones y otras disposiciones para la aplicación de la Orden de 23 de julio de 2003. En todo caso habrá una adaptación organizativa, no en cuanto al horario individual.
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 2
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2) Evaluación y seguimiento sobre una muestra de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo Ámbitos: Proceso de enseñanza-aprendizaje.Prevención de dificultades.Resultados del alumnado.
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2) Evaluación y seguimiento sobre una muestra de centros docentes, servicios, programas y actividades del sistema educativo Criterios de selección de la muestra: Como mínimo un Equipo de Orientación Educativa con centros a los que esté vinculado.
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2)
INDICADOR: COORDINACIÓN EOE CON LOS CENTROS EDUCATIVOS PARA LA CONCRECIÓN CURRICULAR Y LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. 1. El EOE colabora en la detección temprana de NEAE y en la activación de medidas ordinarias y específicas.
2. El EOE participa activamente en reuniones de coordinación con equipos docentes, ETCP y equipo directivo para concretar medidas de atención a la diversidad.
3. Las evaluaciones psicopedagógicas son solicitadas conforme a procedimientos regulados y están adecuadamente documentadas.
4. Las medidas propuestas en los informes psicopedagógicos están en coherencia con los recursos del centro y se reflejan en los documentos oficiales.
5.Se revisan las evaluaciones psicopedagógicas en periodos clave: tránsito de Educación Infantil a Educación Primaria y de Educación Primaria a Educación Secundaria Obligatoria.
6. El impacto de las medidas adoptadas es objeto de seguimiento conjunto.
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ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2)
INDICADOR: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL EOE 1. El EOE cuenta con una planificación anual consensuada, que incluye distribución de centros, tiempos de intervención, prioridades.
2. El EOE distribuye equitativamente el tiempo entre atención directa, coordinación, elaboración de informes y seguimiento.
3. Se realiza seguimiento de los dictámenes de escolarización al inicio del curso escolar y se revisan medidas y apoyos asignados.
4. Las evaluaciones psicopedagógicas se ajustan a normativa y recursos disponibles; se priorizan los casos más urgentes.
5. Existen listas de espera reales y justificadas, no derivadas de una mala organización interna.
6. El coordinador del EOE distribuye tareas, gestiona los tiempos y actúa como interlocutor con Inspección y centros.
Junta de Andalucía
ACTUACIÓN PRIORITARIA 2 (PRIO 2)
INDICADOR: COORDINACIÓN CON LAS FAMILIAS Y OTROS SERVICIOS 1. Las familias están informadas y participan activamente en el proceso de evaluación psicopedagógica y toma de decisiones. Siempre desde un enfoque inclusivo y respetuoso.
2. Las derivaciones a servicios externos se realizan cuando son necesarias, con el consentimiento familiar y coordinación interinstitucional.
3. La intervención del EOE está documentada y es trazable: cada caso tiene un expediente completo y actualizado.
4. La coordinación con los tutores y el equipo docente garantiza una comunicación fluida y constante con las familias, asegurando que la información relevante se transmite de forma clara, accesible y respetando la confidencialidad.
5. El EOE colabora de forma activa con otros servicios como salud mental, servicios sociales y asociaciones del entorno, manteniendo una comunicación fluida y dejando constancia de estas intervenciones. Todo ello con el objetivo de ofrecer una respuesta coordinada e integral que atienda de forma efectiva las necesidades del alumnado.
Junta de Andalucía
RUEGOS Y PREGUNTAS
Junta de Andalucía
Ámbito 1: Funcionamiento 1.1. Gestión del tiempo 1.2. Gestión de recursos materiales y humanos 1.3. Gestión económica 1.4. Seguridad y protección 1.5 Gestión del conocimiento 1.6 Evaluación de centro 1.7 Oferta educativa Ámbito 2: Proceso de enseñanza y aprendizaje 2.1: Diseño y desarrollo del currículum Ámbito 3: Resultados del alumnado 3.1: Evaluación de desempeños del alumnado Ámbito 4: Programas 4.1.: Programas Ámbito 5: Prevención de dificultades 5.1: Medidas de atención a la diversidad 5.2: Tutoría y orientación 5.3: Convivencia 5.4: Participación