Want to create interactive content? It’s easy in Genially!
Infografía el Impuesto Sobre la Renta
Abigail De León
Created on September 23, 2025
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
Transcript
Infografía el Impuesto Sobre la Renta
"El ISR es un impuesto directo que grava los ingresos obtenidos por las personas (físicas) y las empresas (morales). Su objetivo es que quienes obtienen recursos contribuyan al gasto público y servicios del Estado."
Objetivo
“Conocer el ISR es cuidar tu economía y cumplir con México.”
Estructura de la ley del impuesto sobre la renta
La Ley del Impuesto Sobre la Renta establece las disposiciones aplicables a las personas físicas y morales obligadas al pago del impuesto sobre la renta por los ingresos que obtengan. La ley establece normas sobre la declaración anual, sobre los diversos ingresos (por enajenación de bienes, arrendamiento, enajenación de acciones en bolsa, adquisición de bienes, intereses, premios, dividendos, entre otros) y además reconoce el derecho que tienen los contribuyentes a efectuar deducciones, esto es, a disminuir gastos de sus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio. La legislación también dispone los requisitos de las deducciones y cuáles pagos, gastos y otros no son deducibles.
La LISR está organizada en Títulos, Capítulos y Secciones que regulan cómo deben pagar el impuesto las personas físicas y morales, de acuerdo con su situación económica.
Título I
Título II
Título III
Título IV
Título V - VIII
Personas Morales del Régimen General
Personas Morales con Fines No Lucrativos
- Objeto: Recaudar aportaciones voluntarias de terceras personas con el fin de utilizarlo para obras benéficas
- Sujeto: No son contribuyentes del impuesto sobre la renta los Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen, Asociaciones patronales, Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, Colegios de profesionales, Asociaciones civiles y sociedades de responsabilidad limitada de interés público e Instituciones de asistencia o de beneficencia.
- Base (cuota, tasa o tarifa): no hay una base, pero se les exime del ISR por sus actividades no lucrativas. Además, solo tributan si realizan actividades distintas a su objeto social (por ejemplo, venta de bienes o servicios), en cuyo caso deben calcular el impuesto conforme al Título II (régimen general de personas morales).
- Época de pago: debiendo efectuar el entero correspondiente a más tardar en el mes de febrero del año siguiente a aquél en el que ocurra cualquiera de los supuestos a que se refiere dicho párrafo (Párrafo reformado DOF 18-11-2015, 08-12-2020)
- Ingresos: cuotas de socios, donativos, apoyos gubernamentales, actividades complementarias a su objeto social.
- Deducciones: gastos directamente relacionados con su objeto social, sueldos y salarios del personal, gastos administrativos para operar, depreciación de activos fijos, donativos otorgados.
- Obligaciones: inscribirse en el RFC, llevar su contabilidad conforme al Código Fiscal, presentar declaraciones informativas, retener y enterar impuestos, expedir comprobantes fiscales.
- Objeto: Gravar la utilidad fiscal de las empresas que realizan actividades lucrativas.
- Sujeto: Sociedades mercantiles, asociaciones civiles con fines de lucro y demás personas morales.
- Base(cuota, tasa o tarifa) : 30% sobre la utilidad fiscal.
- Época de pago: Provisionales mensuales a más tardar el día 17 del mes siguiente; declaración anual en marzo.
- Ingresos: ventas, servicios, arrendamientos, intereses, etc.
- Deducciones: compras, gastos estrictamente indispensables, inversiones, sueldos, etc.
- Obligaciónes: llevar contabilidad, emitir facturas, presentar declaraciones, retener ISR e IVA a terceros.
Actividades Empresariales y Profesionales
PersoNAS Físicas
Plataformas Digitales
- Objeto: Gravar los ingresos que obtienen las personas físicas por realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas). Es decir, el Impuesto Sobre la Renta busca recaudar una parte de las utilidades o beneficios económicos que obtienen los contribuyentes por esas actividades.
- Sujeto: Las personas físicas residentes en México que realicen actividades empresariales o presten servicios profesionales (médicos, abogados, contadores, dentistas, etc.), así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México.
- Base (cuota, tasa o tarifa): La base se determina aplicando una tarifa progresiva anual que va del 1.92% al 35%, dependiendo del ingreso gravable (Art. 152 LISR). Mientras que la determinación en ingresos acumulables mensuales se fundamenta en el Artículo 96 LISR.
- Época de pago: Pagos provisionales: a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que correspondan los ingresos. (Art. 106 LISR) Declaración anual: en abril del año siguiente al ejercicio fiscal.
- Objeto: Gravar los ingresos que obtienen las personas físicas por enajenar bienes, prestar servicios o conceder el uso o goce temporal de bienes a través de plataformas digitales
- Sujeto: Personas físicas que reciben ingresos mediante plataformas tecnológicas, nacionales o extranjeras.
- Base (cuota, tasa o tarifa): 8% en transporte de pasajeros y entrega de bienes, 5.4% en prestación de servicios y venta de bienes y 4% en arrendamiento de inmuebles (Para optar por que la retención sea pago definitivo, los ingresos anuales no deben exceder de $300,000)
- Época de pago: La plataforma retiene y entera el impuesto al SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente.
Info
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Info
Ver
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un régimen fiscal creado en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) a partir de 2022, diseñado para que personas físicas y personas morales de menor tamaño paguen impuestos de manera más sencilla y con tasas reducidas.
Título II
De las Personas MoralesRegula a las sociedades mercantiles y demás personas morales con fines de lucro. Tasa general: 30% sobre la utilidad fiscal. 📖 Arts. 9 a 15
Título IV
De las Personas FísicasContiene los regímenes para: ▸ Actividades empresariales y profesionales ▸ Plataformas digitales ▸ Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) 📖 Arts. 90 a 93
Título III
Personas Morales con fines no lucrativosAplica a asociaciones civiles, sindicatos, instituciones de beneficencia, etc. 📖 Arts. 79 a 89
Título V - VIII
Otros regímenes especiales, disposiciones transitorias y coordinaciones internacionales.
Título I
Disposiciones GeneralesDefine a los sujetos, objeto del impuesto, ingresos acumulables y reglas básicas. 📖 Arts. 1 a 8
Objetivo del ISR
El objetivo del ISR es gravar los ingresos de las personas físicas y morales para que contribuyan al gasto público de acuerdo con los principios del artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (obligación de contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa).
Puntos clave
- Recaudación: Obtener recursos económicos para el Estado.
- Equidad: Que todos paguen en proporción a sus ingresos (más gana = más contribuye).
- Sostenibilidad: Financiar programas y servicios públicos que benefician a la sociedad.
- Justicia fiscal: Asegurar que tanto personas físicas como morales cumplan de manera transparente con sus obligaciones.
Ingresos, deducciones y obligaciones:
Ingresos: por actividades empresariales, prestación de servicios profesionales, arrendamientos, plataformas digitales, etc. Deducciones: dependerá del régimen; en RESICO puede que no se permitan tantas deducciones, restricciones, etc. Obligaciones: mantener RFC, emitir CFDI, llevar registros de ingresos/cobranza, presentar declaraciones mensuales y anual, cumplir retenciones cuando actúen como retenedores, conservar comprobantes y documentación, usar Buzón Tributario, expedir recibos de nómina si tienen trabajadores.
Ingresos, deducciones y obligaciones:
Ingresos: Lo recibido por ventas, servicios o arrendamiento a través de la plataforma. Deducciones: No aplican si se opta por el esquema simplificado con pago definitivo. Sí aplican si se tributa en el régimen general (gastos indispensables relacionados con la actividad). Obligaciones:
- Inscribirse en el RFC.
- Emitir CFDI a los clientes.
- Conservar comprobantes de retención que emitan las plataformas.
- Presentar aviso si se opta por considerar la retención como pago definitivo.
- Señalar el IVA por separado en precios.
- Presentar declaraciones cuando corresponda.
RESICO
- Objeto: Gravar de manera simplificada y con menores tasas los ingresos de personas físicas que realizan actividades empresariales, profesionales o el uso o goce temporal de bienes, siempre que no excedan de $3,500,000 de ingresos anuales.
- Sujeto: Personas físicas residentes en México con ingresos por: actividades empresariales, profesionales y arrendamiento (uso o goce temporal de bienes). Que no rebasen el límite de ingresos de $3,500,000 en el ejercicio fiscal. Excluye a socios, accionistas o integrantes de personas morales (salvo cooperativas de producción).
- Base (cuota, tasa o tarifa): Se aplica un porcentaje fijo sobre los ingresos efectivamente cobrados, sin necesidad de calcular utilidades ni aplicar deducciones. Tasas de ISR: 1% a 2.5% según el nivel de ingresos.
- Época de pago: Mensual: a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al que se percibieron los ingresos. Declaración anual: acumulando todos los ingresos del ejercicio, en el primer cuatrimestre del año siguiente.
Ingresos, deducciones y obligacionesIngresos: Todos los ingresos efectivamente cobrados por actividades empresariales, profesionales o arrendamiento. Deducciones: En RESICO no se permiten deducciones como en el régimen general; el impuesto se paga directamente sobre ingresos cobrados. Obligaciones principales:
- Inscribirse y mantener actualizado el RFC.
- Expedir comprobantes fiscales digitales (CFDI).
- Presentar declaraciones mensuales y anual.
- Conservar comprobantes de ingresos y pagos.