INSTRUCCIONES
Penas privativas de libertad (PPL):
Penas no privativas de libertad:
Penas restrictivas de propiedad:
INSTRUCCIONES
Penas privativas de libertad (PPL):
Penas no privativas de libertad:
Penas restrictivas de propiedad:
Cuando se prevé PPL para una contravención, su duración es significativamente corta, oscilando generalmente entre uno y treinta días. Las contravenciones penales comunes se clasifican en cuatro clases (arts. 393-396), con rangos de PPL de 1-5 días (primera clase), 5-10 días (segunda clase), 10-15 días (tercera clase) y 15-30 días (cuarta clase). Similarmente, ciertas contravenciones de tránsito también contemplan PPL en rangos cortos, como 3, 5, 7, 15 o hasta 30 días para casos específicos como conducir sin licencia, bajo ciertos niveles de alcohol, o con llantas lisas.
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Penas privativas de libertad (PPL):
Penas no privativas de libertad:
Penas restrictivas de propiedad:
Son muy frecuentes en el ámbito contravencional, a menudo como única sanción o combinadas con PPL corta o multa. Destacan el trabajo comunitario (hasta 50 horas, previsto como alternativa a la PPL en contravenciones penales de primera clase, art. 393), la multa (generalmente expresada como un porcentaje del SBU, común en contravenciones de tránsito, arts. 386-392) y la reducción de puntos en la licencia de conducir (específica para contravenciones de tránsito, arts. 386-392). Otras penas del art. 60, como la suspensión de licencia de conducir o prohibiciones específicas, también pueden ser aplicables.
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Penas privativas de libertad (PPL):
Penas no privativas de libertad:
Penas restrictivas de propiedad:
La multa es la pena restrictiva de propiedad por excelencia en el ámbito contravencional, especialmente en materia de tránsito.
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Cuando se prevé PPL para una contravención, su duración es significativamente corta, oscilando generalmente entre uno y treinta días. Las contravenciones penales comunes se clasifican en cuatro clases (arts. 393-396), con rangos de PPL de 1-5 días (primera clase), 5-10 días (segunda clase), 10-15 días (tercera clase) y 15-30 días (cuarta clase). Similarmente, ciertas contravenciones de tránsito también contemplan PPL en rangos cortos, como 3, 5, 7, 15 o hasta 30 días para casos específicos como conducir sin licencia, bajo ciertos niveles de alcohol, o con llantas lisas.
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Son muy frecuentes en el ámbito contravencional, a menudo como única sanción o combinadas con PPL corta o multa. Destacan el trabajo comunitario (hasta 50 horas, previsto como alternativa a la PPL en contravenciones penales de primera clase, art. 393), la multa (generalmente expresada como un porcentaje del SBU, común en contravenciones de tránsito, arts. 386-392) y la reducción de puntos en la licencia de conducir (específica para contravenciones de tránsito, arts. 386-392). Otras penas del art. 60, como la suspensión de licencia de conducir o prohibiciones específicas, también pueden ser aplicables.
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La multa es la pena restrictiva de propiedad por excelencia en el ámbito contravencional, especialmente en materia de tránsito.
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