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LÍNEA DE TIEMPO del origen y la evolución del derecho administrativo

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Created on September 22, 2025

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LÍNEA DE TIEMPO del origen y la evolución del derecho administrativo

1919 - 1945

1978

S. XVIII

S. XIX

S. XX

S. XXI

FINALES S.XVIII - REVOLUCIÓN FRANCESA

constitución española

periodo de entreguerras

CONSOLIDACIÓN Y AUTONOMÍA

MARCO RECIENTE

1/2 siglo xx

Con el estado de bienestar crece la intervención en la economía

Se impulsa la digitalización administrativa

Se establecen los principios constitucionales

Se transforma en un Derecho regulador y garantista

Configuración como rama autónoma del Derecho Público

Marca el inicio de un Derecho específico

CLAUDIA FERNÁNEZ MATEOS Y CLAUDIA TOMÁS HUERTA

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

García de Enterría, E., & Fernández, T.-R. (2017). Curso de derecho administrativo (Volum 1 Decimoctava edición. Volum 2 Decimoquinta edición). Civitas. Garrido Falla, F., Losada González, H., & Palomar Olmeda, A. (2012). Tratado de derecho administrativo (13a ed.). Tecnos. Parada Vázquez, J. R. (2012). Derecho administrativo . I , Parte general (19a ed.). Marcial Pons. Santamaría Pastor, J. A., & Centro de Estudios Ramón Areces, ed. (2002). Principios de derecho administrativo (4a ed.). Centro de Estudios Ramón Areces.

CLAUDIA FERNÁNDEZ MATEOS Y CLAUDIA TOMÁS HUERTA

1978

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

La Constitución Española establece principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficacia, descentralización y servicio al ciudadano, los cuales surgen a su vez de los principios rectores del Derecho Administrativo. Mientras que la Ley 30/1992 y posteriores reformas, como la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, modernizan y sistematizan la regulación del procedimiento y del régimen jurídico del sector público.

Asimismo, en este periodo se afianza el control judicial de la Administración por la jurisdicción contencioso-administrativa como principio estructural del Estado de Derecho.

s. xix

LA CONSOLIDACIÓN Y AUTONOMÍA DEL DERECHO ADMINISTRATIVO DURANTE EL SIGLO XIX

Durante esta estapa el Derecho Administrativo pasa a configurarse como una rama autónoma dentro del Derecho Público.Esto es así dado que en Francia el Tribunal de Conflictos en el año 1872, refuerza la independencia de la jurisdicción administrativa frente a la judicial.Mientras que en España la influencia napoleónica conduce a la creación del Consejo de Estado en el año 1845, conformándose este como órgano consultivo de la administración.

Debido a estos acontecimientos surgen principios básicos como el de legalidad, que somete a la administración al ordenamiento jurídico, junto al de la supremacía del interés público, entre otros.

S. XVIII

desde finales del siglo xviii a la revolución francesa

En primer lugar, con la Revolución Francesa se logra romper con la concepción absolutista del poder. De tal modo, en 1799 bajo el Consulado de Napoleón se crea el Consejo de Estado (Conseil d'État), y este es concebido como órgano consultivo y jurisdiccional de la Administración.

Esta etapa es la que marca el inicio de un Derecho específico que se encarga de regular la actuación del poder ejecutivo y los órganos de este. Por ello, se logra diferenciar este derecho del Derecho privado.

S. XX

MITAD Y 2ª MITAD DEL SIGLO XX

Durante este periodo el Derecho Administrativo se transforma en un Derecho mayormente regulador y garantista. Esto es así debido a que se acentúa la necesidad de controlar las decisiones adminis-trativas mediante tribunales especializados, así como órganos de fiscalización y procedimientos más formales.

En España, durante el franquismo, se consolidan las figuras de la responsabilidad patrimonial del Estado y los procedimientos administrativos codificados. La clave fue la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958

S. XXI

SIGLO XXI Y MARCO RECIENTE

En el siglo XXI, las administraciones han poten-ciado la digitalización, la tramitación electrónica, la tranparencia y la participación ciudadana, buscando instituciones más ágiles y cercanas. Asimismo, se dan una serie de retos principales, estos son: la gobernanza multinivel en la UE, la sostenibilidad, la globalización y la regulación de los sectores tecnológicos (ciberseguridad, datos e inteligencia artificial) para equilibrar innovación y derechos.

A ello se suma la necesidad de fortalecer la cooperación internacional y diseñar políticas públicas adaptables, capaces de responder a los rápidos cambios sociales, económicos y ambientales que caracterizan la nueva era global.

1919 - 1945

PERIODO DE ENTREGUERRAS Y ESTADO DEL BIENESTAR

Durante este periodo se amplían las funciones del Estado debido principal-mente a 3 acontecimientos: 1) La crisis económica 2) Las consecuencias de la Primera Guerra Mundial 3) El auge de las nuevas ideologías-

Asimismo, crece la intervención en la economía, los servicios públicos y las políticas sociales del bienestar. De tal modo, se consolida un Derecho Administrativo regulador más complejo. Esta intervención buscaba estabilizar la sociedad y proteger a los sectores vulnerables, entre otros.