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FUNDAMENTOS

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Created on September 18, 2025

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FUNDAMENTOS

David Montero y Samuel Bautista

SOCIEDAD CIVIL

02 - SOCIEDAD COLECTIVA

01 - SOCIEDAD CIVIL Definición Para quien es ideal Características: Capital mínimo. Socios (número, características,...) Responsabilidad Personalidad Denominación social Régimen fiscal Órganos de gobierno o administración Requisitos de constitución. Otra información Ejemplos

DEFINICIÓN

La SOCIEDAD CIVIL surge con un contrato de acuerdo entre dos o más personas que desean realizar una actividad en común con intencion de obtener beneficios. En esa sociedad tenemos dos tipos de socios: industriales(aportan trabajo o conocimientos) y capitalistas(aportan dinero).

¿Para quien es ideal?

Es ideal para las personas que desean emprender un proyecto conjunto sin necesidad de una gran inversión inicial, como puede ser un pequeño negocio.

Capital mínimo

Socios

2 o más. Si la sociedad tiene deudas que no puede saldar, los socios responden con sus bienes y patrimonio personal.

CARACTERÍSTICAS

Responsabilidad

-Responsabilidad frente a terceros -Responsabilidad por acto de los socios

Responsabilidad frente a terceros

Si hay deudas la sociedad responde primero con todos sus bienes sociales ante los terceros que reclamen.Si el patrimonio de la sociedad no cubre las deudas, los socios responden de forma personal.

Responsabilidad por acto de los socios

La sociedad no responderá por actos que un socio realice en su nombre propio o sin tener la facultad legal para hacerlo.

Personalidad

Convierte a la sociedad civil en una entidad legal independiente de las personas que la forman.

DENOMINACIÓN SOCIAL

Es el nombre legal con el que se identifica la sociedad civil.

¿Para qué sirve? : Para firmar contratos. Para emitir facturas. Para registrarse legalmente.

Régimen filcal

El régimen fiscal de una sociedad civil es la forma en que la sociedad y sus socios deben pagar impuestos ante la ley.

Organos de gobierno o administración

Principales órganos de una sociedad civil: 1. La Asamblea de Socios Es el órgano supremo. Toman decisiones importantes por mayoría. Todos los socios tienen voz y voto. 2. El Administrador o Representante Legal: Es quien dirige el día a día de la sociedad. Puede ser uno de los socios o alguien externo. 3. Otros: Algunas sociedades civiles, si son grandes, pueden nombrar: Comisario (para vigilar las cuentas). Secretario (para llevarel papeleo ...)

Requisitos de constitución

EJEMPLO

Bufete de Arquitectos Martínez y Asociados, S.C.

Despacho Contable y Fiscal López & Asociados, S.C.

Sociedad Colectiva

01 Definición

LA SOCIEDAD COLECTIVA es la forma jurídica más simple dentro delas sociedades mercantiles. En ella los socios se comprometen a trabajar en la empresa y son ellos los que aportan el dinero y llevan la gestión de la misma, por lo que comparten los derechos y obligaciones.

¿Para quien es ideal?

Es adecuada para un número pequeño de socios que quieren hacer una misma actividad (como un bufete de abogados).

02 Caracteristicas

Capital Minimo

NO HAY

Socios

Minimo de 2 socios

Responsabilidades

La responsabilidad es ilimitada y solidaria. Es decir, responden ante las deudas con su patrimonio presente y futuro y si uno no paga deberán hacerlo los demás.

Personalidad

Personalidad jurídica: la sociedad es sujeto propio de derechos y obligaciones al inscribirse en el Registro Mercantil.
Personalidad Individual: los socios responden ilimitada y solidariamente con su patrimonio personal por las deudas sociales.

Denominación Social

La denominación de una sociedad colectiva puede formarse con el nombre de todos sus socios, de algunos, o de uno solo

Regimen Fiscal

El impuesto a pagar es el de sociedades.

Organos de gobierno o administracuion

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La Junta de Socios: órgano supremo de decisión. Los Socios Gestores o Administradores:se encargan de la gestión y representación de la sociedad
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Requisitos de constitucion

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Sí. La sociedad colectiva requiere escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil para adquirir personalidad jurídica.
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Otra informacion adicional

Constitución: requiere escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil. Nombre: debe incluir el de uno o varios socios más la indicación “Sociedad Colectiva”. Gestión: todos los socios pueden administrar salvo pacto en contrario. Duración: suele pensarse para negocios pequeños, familiares o de confianza personal
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Ejemplos cercanos

En España es Estarta y Ecenarro S.A que se dedicaron principalmente a fabricar armas de fuego y luego mquinas de coser
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