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DEL DERECHO DE AUTOR
MARIA MERCEDES GUERRERO PEREZ
Created on September 9, 2025
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Transcript
REGISTRO PÚBLICO
DEL DERECHO DE AUTOR
EN MÉXICO
Funciones del Registro Público del Derecho de Autor
- Inscribir obras, contratos, anotaciones marginales y cancelaciones.
- Brindar certeza jurídica sobre quién es autor y titular de derechos.
- Emitir certificados que sirven como prueba frente a terceros.
Obras que se pueden registrar
- Literarias, musicales (con o sin letra), programas de cómputo, podcasts, videos cortos, joyería, fotografías, etc.
- Tesis universitarias también son registrables.
- Se registran tanto los derechos morales (irrenunciables) como los patrimoniales (transmisibles).
Sucesiones y derechos de autor
- Al fallecer el autor, sus herederos pueden reclamar las regalías patrimoniales.
- Es necesario inventariar las obras en los juicios sucesorios, como si fueran bienes materiales.
- El notario y el corredor público intervienen para protocolizar inventarios, avalúos y transmitir los derechos.
Avalúo de regalías
- Los derechos de autor son activos intangibles que generan ingresos.
- El corredor público puede calcular su valor aplicando metodologías financieras basadas en ingresos o costos.
- Ese avalúo se integra en la escritura del inventario sucesorio.
Inteligencia Artificial y registro
- Actualmente, en México no se pueden registrar obras creadas por inteligencia artificial, ya que la ley exige que provengan de una persona física.
- Solo se reconoce la parte original creada por humanos.
Nombres y personajes
- Se pueden registrar nombres artísticos, grupos musicales, publicaciones periódicas y personajes (ejemplo: El Chavo del 8).
Procedimiento de registro
- Llenar la solicitud RPA-001.
- Pagar derechos (~$353 pesos por obra o colección).
- Entregar dos ejemplares de la obra en el soporte elegido (USB, CD, impreso, etc.).
- Modalidades: presencial, en línea y “express” (certificado el mismo día).
Plagio y conflictos
- Si alguien registra indebidamente una obra, los coautores pueden impugnar en tribunales o mediante juntas de avenencia en el Indautor.
- El plagio puede generar procesos legales con pruebas documentales y peritajes.
Duración de la protección
- Vida del autor + 100 años después de su muerte.
- Posteriormente las obras pasan a dominio público.
conclusiones
- El registro constituye un banco de datos del acervo cultural nacional, con obras desde el siglo XIX.
- Indautor: acercarse para registrar obras y aprovechar trámites accesibles.
- Notariado: incluir derechos de autor en testamentos y sucesiones.
- Correduría pública: identificar y valorar correctamente los activos intangibles.