Las entidades de fiscalización superiores locales (EFSL)
III
La Auditoría Superior de la Federación (ASF)
La Secretaría de la Función Pública (SFP)
II
Las secretarías o instancias homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas (Órganos Estatales de Control, OEC)
IV
Atribuciones del SNF
I. La Auditoría Superior de la Federación (ASF)
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) es el órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados, dotado de autonomía técnica y de gestión, se encarga de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en:
Y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales.
Los órganos constitucionales autónomos;
Los estados y municipios;
Los tres Poderes de la Unión;
II. La Secretaría de la Función Pública (SFP)
Pulsa en las flechas laterales para navegar por el interactivo.
Actualmente, se llama Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. El Reglamento Interior se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado martes 31 de diciembre de 2024.
Para fines de esta unidad, se hace referencia a la Secretaría de la Función Pública, dependencia del Ejecutivo Federal responsable de las funciones de:
Vigilancia de la Administración Pública Federal
Evaluación de la Gestión Gubernamental
Fiscalización
Auditoría
Control interno
II. La Secretaría de la Función Pública (SFP)
Pulsa en las flechas laterales para navegar por el interactivo.
Así como las acciones que lleven a cabo las dependencias, incluyendo los de sus órganos administrativos desconcentrados y Entidades en el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los programas que deriven de él con sujeción a los principios de eficacia, eficiencia, economía y
legalidad de la Administración Pública Federal, promoviendo la prevención y auspicio de derechos, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, con inclusión de mecanismos de vigilancia ciudadana de conformidad con las atribuciones que le confieren las siguientes leyes:
II. La Secretaría de la Función Pública (SFP)
Pulsa en las flechas laterales para navegar por el interactivo.
- Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
- Ley Federal de Austeridad Republicana
- Ley Federal de Derechos, la Ley de Planeación
- Ley Federal de las Entidades Paraestatales
- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,
- Los reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
- Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General de Responsabilidades Administrativas
- Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción
- Ley General de Contabilidad Gubernamental
- Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
- Ley de Coordinación Fiscal
III. Las entidades de fiscalización superiores locales (EFSL)
Las ESF son organizaciones complejas encargadas de la fiscalización externa a entidades públicas. La labor de las ESF consiste en la promoción de la rendición de cuentas, la vigilancia del gasto público, la evaluación del desempeño, así como la identificación de riesgos y actos de corrupción.
IV. Las secretarías o instancias homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas (Órganos Estatales de Control, OEC)
Este sistema contará con un Comité Rector (CR) conformado por la ASF, la SFP y siete miembros rotatorios de entre EFSL y OEC que serán elegidos por periodos de dos años, por consenso de la propia SFP y la ASF. Dicho comité será presidido de manera dual por los titulares de la ASF y SFP.
V. Atribuciones del SNF
Crear un sistema
electrónico en términos del Título Cuarto de la presente Ley, que permita ampliar la cobertura e impacto de la fiscalización de los recursos federales y locales, mediante la construcción de un modelo de coordinación, de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
Fomentar y promover
Homologar
el establecimiento de un programa de capacitación coordinado, que permita incrementar la calidad profesional del personal auditor y mejorar los resultados de la auditoría y fiscalización.
los procesos, procedimientos, técnicas, criterios, estrategias, programas y normas profesionales en materia de auditoría y fiscalización.
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Las entidades de fiscalización superiores locales (EFSL)
III
La Auditoría Superior de la Federación (ASF)
La Secretaría de la Función Pública (SFP)
II
Las secretarías o instancias homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas (Órganos Estatales de Control, OEC)
IV
Atribuciones del SNF
I. La Auditoría Superior de la Federación (ASF)
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) es el órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados, dotado de autonomía técnica y de gestión, se encarga de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en:
Y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales.
Los órganos constitucionales autónomos;
Los estados y municipios;
Los tres Poderes de la Unión;
II. La Secretaría de la Función Pública (SFP)
Pulsa en las flechas laterales para navegar por el interactivo.
Actualmente, se llama Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. El Reglamento Interior se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado martes 31 de diciembre de 2024. Para fines de esta unidad, se hace referencia a la Secretaría de la Función Pública, dependencia del Ejecutivo Federal responsable de las funciones de:
Vigilancia de la Administración Pública Federal
Evaluación de la Gestión Gubernamental
Fiscalización
Auditoría
Control interno
II. La Secretaría de la Función Pública (SFP)
Pulsa en las flechas laterales para navegar por el interactivo.
Así como las acciones que lleven a cabo las dependencias, incluyendo los de sus órganos administrativos desconcentrados y Entidades en el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los programas que deriven de él con sujeción a los principios de eficacia, eficiencia, economía y
legalidad de la Administración Pública Federal, promoviendo la prevención y auspicio de derechos, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, con inclusión de mecanismos de vigilancia ciudadana de conformidad con las atribuciones que le confieren las siguientes leyes:
II. La Secretaría de la Función Pública (SFP)
Pulsa en las flechas laterales para navegar por el interactivo.
III. Las entidades de fiscalización superiores locales (EFSL)
Las ESF son organizaciones complejas encargadas de la fiscalización externa a entidades públicas. La labor de las ESF consiste en la promoción de la rendición de cuentas, la vigilancia del gasto público, la evaluación del desempeño, así como la identificación de riesgos y actos de corrupción.
IV. Las secretarías o instancias homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas (Órganos Estatales de Control, OEC)
Este sistema contará con un Comité Rector (CR) conformado por la ASF, la SFP y siete miembros rotatorios de entre EFSL y OEC que serán elegidos por periodos de dos años, por consenso de la propia SFP y la ASF. Dicho comité será presidido de manera dual por los titulares de la ASF y SFP.
V. Atribuciones del SNF
Crear un sistema
electrónico en términos del Título Cuarto de la presente Ley, que permita ampliar la cobertura e impacto de la fiscalización de los recursos federales y locales, mediante la construcción de un modelo de coordinación, de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México.
Fomentar y promover
Homologar
el establecimiento de un programa de capacitación coordinado, que permita incrementar la calidad profesional del personal auditor y mejorar los resultados de la auditoría y fiscalización.
los procesos, procedimientos, técnicas, criterios, estrategias, programas y normas profesionales en materia de auditoría y fiscalización.