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Igualdad de Género

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Created on August 26, 2025

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Igualdad de Género

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Cómo presentar una queja por acoso sexual o violencia de género, paso a paso

Representantes de Equidad de Género del Instituto de Salud Pública

Alexa Surizadhey Aguirre SAnchez

Itzel Guadalupe Rodriguez Elizondo

Mtra. Rocío López Lara

Representante Alumna de Equidad de Genero Generación MSP 2025-2027
Representante Alumna de Equidad de Genero Generación MSP 2025-2027
Representante académica de equidad de genero

Contacto

Contacto

Contacto

Atribuciones

Atribuciones

(artículo 31 bis del Reglamento para la igualdad de género)

Las atribuciones de los Representantes de Equidad de Género de la entidad académica o dependencia, en el ámbito de su competencia son:

VI. En caso de ser el primer contacto, asesorar a las víctimas de violencia de género, acoso u hostigamiento sexual;VII. Acompañar a la parte quejosa durante las diligencias producto de los procedimientos, para que se lleven con perspectiva de género, evitando la revictimización;VIII. Participar de las sesiones de trabajo y capacitación, en las que sea requerido por la Coordinación de la Unidad de Género o la Coordinación Regional de Equidad de Género;IX. Coadyuvar en la realización de actividades de capacitación y sensibilización a la comunidad universitaria en materia de perspectiva de género, visibilización y sensibilización de la violencia de género; yX. Las demás que señale la legislación universitaria

I. Generar diagnósticos con perspectiva de género en las entidades académicas; II. Emitir los resultados obtenidos de los diagnósticos señalados para su incorporación a los diagnósticos que deberán elaborar los Coordinadores Regionales; III. Acordar con los Directores de las entidades académicas las acciones en materia de equidad de género que se implementarán; IV. Coordinar sus actividades con los Coordinadores Regionales de Equidad de Género; V. Informar de manera trimestral a la Coordinación Regional de Equidad de Género sobre las quejas y asesorías de violencia de género, acoso u hostigamiento sexual, de la región universitaria;

Prevención de la violencia de género

¿Sabes que és…?

Violencia contra las mujeres

Violencia Física

Violencia de género

Violencia económica

Violencia emocional o psicológica

Violencia patrimonial

Violencia de género a través de medios digitales

Acoso sexual en espacios públicos

Violencia sexual

¿Qué hace la Universidad Veracruzana para prevenir, atender y sancionar la violencia de género?

Desde el 2014, la Universidad Veracruzana, a través de su Coordinación de la Unidad de Género, ha venido desarrollando un instrumento que defina las prácticas de violencia de género y establezca procedimientos para su prevención, atención, sanción y erradicación. El primer instrumento, del 2014, estaba enfocado en la atención de casos de hostigamiento y acoso sexual. En el 2021, esa guía evolucionó a un Protocolo para atender la violencia de género en la Universidad Veracruzana; este documento atendió a recomendaciones de la comunidad universitaria y se actualizó en 2025, en el que se señalan claramente las manifestaciones de violencia de género que se sancionan en la Universidad Veracruzana:

  • Discriminación por sexo
  • Discriminación por género
  • Acoso sexual
  • Hostigamiento sexual
  • Apología de la violencia contra las mujeres y contra la comunidad LGBTTTIQ+

Igualdad de género y derechos humanos

¿Sabes qué es...?

Equidad de género

Desigualdad de género

Igualdad de género

Personal del Instituto de Salud Pública formado en género, derechos humanos y no violencia contra las mujeres

Prevención de discriminación sexogenérica

¿Sabes qué es...?

Discriminación Sexogenérica

Apología de la violencia contra las mujeres y contra la comunidad LGBTTTIQ+

Discursos de odio

Cualquier tipo de comunicación que ataque o utilice un lenguaje discriminatorio con referencia a una persona o un grupo en función de su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia, sexo u otro factor de identidad (Estrategia y Plan de Acción de la ONU contra el discurso de odio)

Todo acto que promueva estereotipos sexistas o haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, y produzca o difunda discursos de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres (Protocolo para atender la violencia de género en la UV)

Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella […] y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: origen étnico o nacional, color de piel, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud física o mental, religión, apariencia física, situación migratoria, embarazo, opiniones, identidad o filiación política […] o cualquier otro motivo. También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia y cualquier manifestación de xenofobia […] (Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación)

Actividades de Educación Continua con perspectiva de género, organizados por el ISP

Actividades de Educación Continua en temas de diversidad sexual, organizados por el ISP

Lineamientos para la actualización de datos por reconocimiento de identidad sexo-genérica

En seguimiento a un amplio marco jurídico internacional y nacional, así como atendiendo a compromisos del Plan de Trabajo rectoral 2021-2025, reconoce que todas las personas tienen derecho a identificarse, asumirse, vivirse y experimentar su género en la manera en que deseen y elijan, independientemente de cualquier mandato socio cultural, como es la asignación de roles y estereotipos de género. Por ello, pone en operación lineamientos para la actualización de datos por reconocimiento de identidad sexo-genérica, mediante los cuales integrantes de la comunidad estudiantil pueden solicitar a su entidad académica el apoyo para el reconocimiento de identidad sexo-genérica y la rectificación de su documentación escolar.

Personal del Instituto de Salud Pública formado en género, derechos humanos y no violencia contra las mujeres

Representante Alumna (o)

de Equidad de Género

Los Representantes Alumnos de Equidad de Género son los encargados de promover acciones en materia de equidad e igualdad de género dentro de las entidades académicas de la Universidad. La función que desempeñen será de carácter honorífico.” “El Representante Alumno de Equidad de Género deberá ser elegido por los alumnos que forman parte de la Junta Académica de entre los integrantes alumnos de la misma”

(artículo 31 del Reglamento para la igualdad de género).

Con las plantillas de Genially podrás incluir recursos visuales para dejar a tu audiencia con la boca abierta. También destacar alguna frase o dato concreto que se quede grabado a fuego en la memoria de tu público e incluso embeber contenido externo que sorprenda: vídeos, fotos, audios... ¡Lo que tú quieras!

Violencia contra las mujeres

Debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, 1994)

Violencia patrimonial

Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima (LGAMVLV).

Acoso sexual en espacios públicos

Es una forma de violencia que conlleva un abuso de poder respecto de la víctima, sin que medie relación alguna con la persona agresora. Se manifiesta a través de una conducta física o verbal de connotación sexual no consentida ejercida sobre una o varias personas, en espacios y medios de transporte públicos, cuya acción representa una vulneración a los derechos humanos (LGAMVLV).

Violencia de género

Este concepto se acuña para enfatizar que la violencia que se dirige contra mujeres y personas feminizadas tiene una naturaleza sexista, machista y patriarcal, pues surge y se reproduce dentro del sistema de género, como mecanismo de opresión y control de las vidas y cuerpos de esas mujeres

Violencia sexual

Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder, que se puede dar en el espacio público o privado, que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto (LGAMVLV).

Igualdad de género

La igualdad de género como principio jurídico constitucional tiene dos dimensiones: igualdad formal o igualdad de jure, que se refiere a la igualdad de todas las personas ante la ley: los mismos derechos para todas y todos). Significa que los derechos, las responsabilidades y las oportunidades de las personas no dependan del sexo con el que nacieron (Facio, 2016), ni sean limitados por las construcciones socioculturales creadas de forma rígida en torno a cada sexo; en ello se basa la prohibición de la discriminación. La segunda dimensión es la igualdad material, igualdad de facto; esta se refiere a tratar igual a quienes son iguales y desigualmente a quienes son desiguales, para que así todas las personas tengan posibilidades de participar en condiciones de igualdad (Facio, 2016).

Violencia emocional o psicológica

Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio (LGAMVLV).

Aquí puedes ponerun título destacado

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Violencia ecónomica

Es toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral (LGAMVLV).

Representantes académicos

de equidad de genero

Los Representantes Académicos de Equidad de Género son los encargados de promover acciones en materia de equidad e igualdad de género dentro de las entidades académicas de la Universidad. Serán propuestos por los titulares de las entidades académicas y designados por las Juntas Académicas correspondientes. La función que desempeñen será de carácter honorífico”

(Artículo 30 bis del Reglamento para la igualdad de género).

Representante Alumna (o)

de Equidad de Género

Los Representantes Alumnos de Equidad de Género son los encargados de promover acciones en materia de equidad e igualdad de género dentro de las entidades académicas de la Universidad. La función que desempeñen será de carácter honorífico.” “El Representante Alumno de Equidad de Género deberá ser elegido por los alumnos que forman parte de la Junta Académica de entre los integrantes alumnos de la misma”

(artículo 31 del Reglamento para la igualdad de género).

Violencia física

Es cualquier acto que infringe daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma, objeto, ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que, en determinadas condiciones, pueda provocar o no lesiones, ya sean internas, externas, o ambas (LGAMVLV).

Equidad de género

La equidad es un término que surge en el ámbito de las políticas de Mujeres en el Desarrollo (MED), para identificar y compensar las desventajas sociales y económicas que acumulan las mujeres, y así mejorar su participación en el desarrollo local (Massolo, 2006). Las medidas de equidad suponen dar más a quien más necesita, hasta lograr que todos tengan la misma representación numérica en los hechos y que alcancen iguales beneficios (INMUJERES, 2001). Las medidas de equidad incluyen las acciones afirmativas (o de discriminación positiva) que se toman para corregir las desigualdades de género (INMUJERES, 2003). Se trata de una estrategia de planificación gubernamental.

Desigualdad de género

La desigualdad de género se interpreta en dos sentidos: a) Como una infrarrepresentación de las mujeres en determinados ámbitos de la vida social; b) Como un problema de posición social y de ejercicio del poder entre hombres y mujeres; ya que tradicionalmente los hombres ejercen la autoridad, dominan las posiciones de poder y, en consecuencia, las voces, intereses y necesidades de las mujeres son excluidas del discurso social.

Violencia de género a tráves de medios digitales

Son actos de acoso y hostigamiento a través de medios digitales, como redes sociales, correos electrónicos o aplicaciones de mensajería móvil, relacionados con la identidad sexo-genérica y otras características personales, que dañan o pueden dañar la intimidad, integridad y dignidad personal.