Objetivo del protocolo
El protocolo tiene como objetivo principal salvaguardar la integridad física y emocional del alumnado, mediante procedimientos claros que deberán aplicar las autoridades escolares, el personal docente, las madres, padres de familia y personas que ejercen la tutoría, así como las autoridades correspondientes. Estas acciones buscan prevenir el ingreso de objetos o sustancias peligrosas en los planteles educativos, privilegiando en todo momento el interés superior de la niñez.
Ámbito de aplicaciónEs de carácter preventivo y de atención orientadas primordialmente a garantizar la protección de niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar, evitar el ingreso de objetos y/o sustancias que pongan en riesgo la convivencia armónica y desarrollo integral. Contempla dos términos conceptuales enfocados en la Cultura de Paz:
Mochila de Paz
Mochila de prevención
Personal participante
II. Comité de Mochila de Paz y Prevención
I. Autoridades escolares
III. Autoridades Coadyuvantes
Glosario
Riesgo
Comité de Mochila Paz y Prevención
Cultura de paz
Entorno seguro
Drogas ilegales
Características del protocolo
Marco legal
Declaración Universal de Derechos Humanos; Declaración de los Derechos del Niño; Declaración
Mundial sobre la Supervivencia; la Protección y el Desarrollo del Niño; Convención Americana sobre Derechos
Humanos; Convención sobre los Derechos del Niño; Convención Interamericana para Prevenir; Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la
delincuencia juvenil “Directrices de Riad”
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos, Ley General de los Derechos de Niñas; Niños y Adolescentes; Ley General de Responsabilidades
Administrativas; Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; Ley General de Educación; Ley de
Protección Civil; Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; Ley General
de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley General de Salud; Ley General para el Control del Tabaco;
Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia; Ley General de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia; Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública; Ley General de Víctimas
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Ley de los Derechos Niñas, Niños, y
Adolescentes del Estado de México; Ley de la Juventud del Estado de México; Ley de Responsabilidades
Administrativas del Estado de México y Municipios; Ley de Educación del Estado de México; Ley de Protección de
Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios; Ley de Seguridad del
Estado de México; Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del
Estado de México; Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Ley de la Comisión de Derechos Humanos del
Estado de México; Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios; Ley de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia del Estado de México; Ley de Victimas del Estado de México.
ESTATAL
INTERNACIONAL
NACIONAL
Lineamientos
Son las directrices que garantizan una implementación clara, equitativa y efectiva.
Respeto a los Derechos Humanos
Consentimiento informado
No Discriminación y Trato Igualitario
Transparencia en el proceso
Responsabilidad compartida
Confidencialidad
Capacitación del personal
Etapas
ETAPA II.PREPARACIÓN
ETAPA I. INSTALACIÓN DEL COMITÉ
ETAPA III. IMPLEMENTACIÓN
ETAPA IV. MEJORA CONTINUA
Acuerdos
Cada región educativa deberá seleccionar solo dos escuelas para enviar evidencias del Protocolo Mochila de Paz y Prevención. La fecha límite de entrega es el día 20 de cada mes a partir de julio. Las evidencias deberán subirse al formulario correspondiente, incluyendo en el apartado "Actividades realizadas" una breve descripción con la fecha, tipo de actividad, participantes, número aproximado y principales acuerdos.
Subir a la siguiente liga https://forms.gle/9CXXYYx9hSmd6j9v5 Julio evidencias de la capacitación a directivos Septiembre evidencias de la Instalación del comité en las escuelas (Etapas 1 y 2) A partir de Septiembre evidencias de la implementación de dicho protocolo.
"Cuidar su integridad es responsabilidad de todas y todos."
Contiene útiles escolares, material pedagógico, loncheras, bolsos y cualquier otro objeto o pertenencia de apoyo para el bienestar físico del alumnado, dispositivos médicos de asistencia.
Es el conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida que promueven la paz a nivel individual, grupal y comunitario. Se basa en principios de respeto, igualdad, justicia social, convivencia y resolución pacífica de conflictos. Este enfoque, aplicado en el entorno escolar, busca fomentar un ambiente educativo donde prevalezcan la armonía y el bienestar de todos los actores de la comunidad educativa.
Titular de la dirección del plantel, titular de la subdirección académica, titular de la subdirección administrativa, en caso de no contar con alguna autoridad escolar, será la máxima autoridad del plantel en conjunto con los supervisores de la zona escolar o equivalente.
Armas blancas se consideran punzantes, cortantes, contundentes, punzo contundente, bayonetas, cuchillo, picahielo, daga, machete, sable, martillo, bat, hacha, manopla entre otros; arma de fuego; dogas ilegales; armas de juguete; sustancias y objetos explosivos; solventes; alcohol; entre otros.
Probabilidad de la ocurrencia de un evento que provoque daño a la salud o a la integridad física o emocional de una persona, así como daño o pérdida probable sobre un agente afectable cualquiera que sea este.
Integrado por madres, padres o personas que ejercen tutoría cuyo hijo/a, o tutelado se encuentre inscrito en la institución educativa, nombrados y validados por el Consejo de Participación Escolar , asistidos por las autoridades correspondientes.
IMPORTANTE
El protocolo no deberá utilizarse para exhibir, retirar o aplicar medidas disciplinarias en relación con objetos o sustancias que, si bien no están permitidos en los reglamentos escolares, no representan un riesgo directo para la seguridad de la comunidad escolar (ejemplo: maquillaje, teléfonos celulares, audífonos, juguetes, etc.), deberá apegarse exclusivamente a lo establecido en los reglamentos internos de cada institución.
El protocolo debe de ser transparente.La comunidad escolar debe conocer los procedimientos de revisión con antelación, saber cómo se realizarán las revisiones, quienes estarán a cargo y cuál será el seguimiento en caso de que se encuentren objetos, artículos o sustancias que, por sus características o efectos, representan un riesgo para la integridad física o mental de las y los estudiantes, o que estén tipificados como ilícitos conforme a otras disposiciones normativas aplicables.
En la aplicación del Protocolo de mochila de paz y prevención para escuelas de nivel básico y medio superior del estado de México el respeto es fundamental y los derechos humanos estado el principio central.
I. Convocatoria y sensibilización II. Consentimiento informado: Padres de familia y tutores y al alumnado. (Ver ejemplo en Anexos 3, 4 y 5). III. Designación de integrantes del Comité de Mochila de Paz y Prevención: Concretamente IV. Campaña de concientización V. Comunicación para la convivencia pacífica
La o el alumno que sean identificados portando objetos, artículos o sustancias, deberán recibir apoyo pedagógico y según lo considere la madre, padre y/o tutor, gestionar el apoyo psicológico con las instancias correspondientes con el fin de garantizar que su proceso de aprendizaje y desarrollo académico no se vea afectado. Implementar estrategias de orientación y acompñamaiento que les permita comprender la importancia de respetar las normas escolares.
Aquel integrado por madres, padres y personas que ejercen la tutoría, quienes serán los encargados de observar el contenido de la Mochila de Paz y Prevención, y serán los únicos facultados para retirar o solicitar el retiro, según el caso, del objeto como medida de seguridad, apoyados por la autoridad escolar correspondiente o su representante.
Las madres, padres y/o tutores, son responsables de gestionar y garantizar la atención especializada a que su hija o hijo, requiera para favorecer su desarrollo integral y armónico, se comprometen a realizar acciones necesarias para obtener el apoyo de un especialista, así como a mantener informado al personal directivo sobre los avances y resultados del proceso de atención previa notificación por parte de la dirección.
La aplicación del presente protocolo se llevará a cabo, con el consentimiento explícito y previo de las madres, padres, personas que ejercen la tutoría para que sea transparente y con apego a Derechos Humanos. convocará a las madres, padres, personas que ejercen la tutoría a una reunión informativa y de toma de decisiones sobre la aplicación del protocolo, los procedimientos y los derechos. El consentimiento informado debe ser por escrito y será renovado al inicio de cada ciclo escolar o cuando sea necesario. Así mismo, las madres, padres y personas que ejercen la tutoría pueden negarse a la participación de sus hijos, hijas o personas tutoradas, la cual debe ser respetada garantizando que no habrá consecuencias negativas para el alumnado.
Todas y todos los estudiantes deben recibir un trato justo y equitativo durante el proceso de revisión, sin distinción por raza, sexo, religión o estatus socioeconómico, protegiendo su identidad y datos personales. Por ello, se optará por revisar a toda la matrícula o por niveles educativos, nunca a un solo grupo ni a un solo individuo.
- El personal docente, administratgivo y directivo participa en la organización, difusión y programación del protocolo.
- Madres y padres de familia y personas que ejercen la tutoría son responsables de revisar las mochilas en casa.
- La revisión y observación directa de la mochila estará a cargo de madres, padres de familia y persona que ejercen la tutoria que integren el comité, con la colaboración y acompañamiento de las autoridades escolares y en su caso, autoridades coadyuvantes.
- Las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, mostrarán voluntariamente el contenido de su mochila. El personal del comité observará su contenido y, si considera necesario una revisión más detallada, seré el propio alumno quien coloque sus pertenencias en una charola. En caso de requerir apoyo, este se brindará unicamente con el consentimiento del o la menor de edad y/o joven.
Es aquel en el que se respetan los derechos humanos y se promueve un ambiente físico, psicológico y social, incluido el digital, propicio para su ejercicio.
- Las niñas, niños, adolescentes y jóvenes tienen derecho a la protección de sus datos personales.
- El Comité de Mochila de Paz y Prevención de cada institución entregará a la autoridad educativa las actas y documentos que se deriven y será responsable del resguardo y la confidencialidad de la nformación y los datos que se generen con motivo de la aplicación del proocolo, el cual se sujetará en los dispuestos en la Ley General de Protección de Datos Personales de Sujetos Obligados y la ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
- Para proteger la intimidad de niñas, niños, adolescentes jóvenes no se utilizarán cámaras, celulares, ni otro medio visual para la revisión personal, salvo los que se encuentren instalados en el platel educativo.
Servidores Públicos de la dependencia correspondiente, que podrán participar como personas observadoras del desarrollo dl protocolo de revisión, previa invitación por parte de la autoridad escolar. La intervención de otras dependencia, se dará especialmente cuando el comité identifique posibles situaciones de riesgo que requieran atención. De manera prioritaria, deberá convocarse a la CODHEM, quienes podrán actuar como observadores y promotores de acciones orientadas a fomentar entornos escolares seguros, armónico y respetuosos de los derechos de la niñez y adolescencia.
El personal encargado de implementar el protocolo deberá recibir capacitación especializada para garantizar una revisión respetuosa, segura y eficiente. Los temas estarán relacionados con los derechos humanos, protección de la infancia, técnicas de comunicación asertiva y para la paz, transformación de conflictos, entre otros temas, esta sensibilización podrá ser llevada a cabo por personal de la Comisión de Derechos Humanos Estatal o Defensorías Municipales de Derechos Humanos, así como por parte de personal de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. La autoridad educativa del plantel deberá gestionar, planificar y programar dicha capacitación.
PASO 1. Verificación e instalación del Comité de Mochila de Paz y Prevención PASO 2. Organización y logística del protocolo PASO 3. Selección equitativa de grupos o matrícula PASO 4. Ejecución de la revisión PASO 5. En caso de hallazgo de objetos o sustancias de riesgo: “Mochila de Prevención” PASO 6. En caso de negativa del estudiante
La alumna o alumno, que sea identificado portando objetos, artículos o sustancias, que por sus características presenten un riesgo, que esten tipificados como ilícitos, deberan recibir apoyo pedagógico y según lo consideren la madre, padre y/o persona que ejerza la tutoría, gestionar apoyo psicológico con las instancias correspondientes con la finalidad de garantizar que su proceso de aprendizaje y desarrollo académico no se vea afectado.
Según la OMS es toda sustancia que introducida en el organismo produce de algún modo alguna alteración del funcionamiento del sistema nervioso central y además es susceptible de crear dependencia, ya sea psicológica, física o ambas, sin prescripción médica
Inicia el proceso de revisar las áreas de oportunidad para tener un mejor desempeño en la construcción de la paz al momento de aplicar el Protocolo de Mochila de la Paz y de Prevención para Escuelas de Nivel básico y Media Superior del Estado de México, para ello se realizará de la siguiente manera:
Es necesario establecer mecanismos de evaluación continua conforme a las necesidades de cada institución educativa. Para ello, se establecen las siguientes acciones: a. Evaluación de áreas de oportunidad. b. Analizará la implementación del protocolo, identificando oportunidades de mejora. c. Estas observaciones serán documentadas en la minuta del Comité, con el fin de mejorar futuras ejecuciones. d. Fomento de entornos seguros y pacíficos. e. Promoción de la cultura de paz. Procesos formativos para la comunidad escolar
Las madres, padres de familia y personas que ejerzan la tutoría son responsables de gestionar y garantizar la atención especializada que su hija o hijo requiera para favorecer su desarrollo integral y armónico
Debera registrarse en el Acta de verificación de mochilas el hecho y hallazgo realizado (Anexo 7), quedndo el objeto o sustancia de riesgo en resguardo de la dirección escolar en tanto se presente la autoridad que le dará el tratamiento correspondiente. En el caso de que se trate de un objeto de natrualeza ilícito la autoridad de seguridad no podrá intervenir si no hasta en tanto se encuentre presente la madre, padre o persona que ejerce la tutoría o bien un representante de la Procuradura de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
1. Objetivo. Implementar programas y acciones preventivas que impliquen la revisión de mochilas o bolsos en instituciones de educación básica y media superior, en instituciones públicas o privadas, del Estado de México, con el fin de fomentar la integración de la comunidad escolar, generar entornos más seguros y pacíficos en el plantel educativo y así disminuir las situaciones de riesgo en el alumnado. 2. Integración del Comité de Mochila de Paz y Prevención.
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Objetivo del protocolo
El protocolo tiene como objetivo principal salvaguardar la integridad física y emocional del alumnado, mediante procedimientos claros que deberán aplicar las autoridades escolares, el personal docente, las madres, padres de familia y personas que ejercen la tutoría, así como las autoridades correspondientes. Estas acciones buscan prevenir el ingreso de objetos o sustancias peligrosas en los planteles educativos, privilegiando en todo momento el interés superior de la niñez.
Ámbito de aplicaciónEs de carácter preventivo y de atención orientadas primordialmente a garantizar la protección de niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar, evitar el ingreso de objetos y/o sustancias que pongan en riesgo la convivencia armónica y desarrollo integral. Contempla dos términos conceptuales enfocados en la Cultura de Paz:
Mochila de Paz
Mochila de prevención
Personal participante
II. Comité de Mochila de Paz y Prevención
I. Autoridades escolares
III. Autoridades Coadyuvantes
Glosario
Riesgo
Comité de Mochila Paz y Prevención
Cultura de paz
Entorno seguro
Drogas ilegales
Características del protocolo
Marco legal
Declaración Universal de Derechos Humanos; Declaración de los Derechos del Niño; Declaración Mundial sobre la Supervivencia; la Protección y el Desarrollo del Niño; Convención Americana sobre Derechos Humanos; Convención sobre los Derechos del Niño; Convención Interamericana para Prevenir; Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la delincuencia juvenil “Directrices de Riad”
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Ley General de los Derechos de Niñas; Niños y Adolescentes; Ley General de Responsabilidades Administrativas; Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; Ley General de Educación; Ley de Protección Civil; Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley General de Salud; Ley General para el Control del Tabaco; Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia; Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley General de Víctimas
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Ley de los Derechos Niñas, Niños, y Adolescentes del Estado de México; Ley de la Juventud del Estado de México; Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios; Ley de Educación del Estado de México; Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios; Ley de Seguridad del Estado de México; Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México; Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México; Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios; Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México; Ley de Victimas del Estado de México.
ESTATAL
INTERNACIONAL
NACIONAL
Lineamientos
Son las directrices que garantizan una implementación clara, equitativa y efectiva.
Respeto a los Derechos Humanos
Consentimiento informado
No Discriminación y Trato Igualitario
Transparencia en el proceso
Responsabilidad compartida
Confidencialidad
Capacitación del personal
Etapas
ETAPA II.PREPARACIÓN
ETAPA I. INSTALACIÓN DEL COMITÉ
ETAPA III. IMPLEMENTACIÓN
ETAPA IV. MEJORA CONTINUA
Acuerdos
Cada región educativa deberá seleccionar solo dos escuelas para enviar evidencias del Protocolo Mochila de Paz y Prevención. La fecha límite de entrega es el día 20 de cada mes a partir de julio. Las evidencias deberán subirse al formulario correspondiente, incluyendo en el apartado "Actividades realizadas" una breve descripción con la fecha, tipo de actividad, participantes, número aproximado y principales acuerdos. Subir a la siguiente liga https://forms.gle/9CXXYYx9hSmd6j9v5 Julio evidencias de la capacitación a directivos Septiembre evidencias de la Instalación del comité en las escuelas (Etapas 1 y 2) A partir de Septiembre evidencias de la implementación de dicho protocolo.
"Cuidar su integridad es responsabilidad de todas y todos."
Contiene útiles escolares, material pedagógico, loncheras, bolsos y cualquier otro objeto o pertenencia de apoyo para el bienestar físico del alumnado, dispositivos médicos de asistencia.
Es el conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida que promueven la paz a nivel individual, grupal y comunitario. Se basa en principios de respeto, igualdad, justicia social, convivencia y resolución pacífica de conflictos. Este enfoque, aplicado en el entorno escolar, busca fomentar un ambiente educativo donde prevalezcan la armonía y el bienestar de todos los actores de la comunidad educativa.
Titular de la dirección del plantel, titular de la subdirección académica, titular de la subdirección administrativa, en caso de no contar con alguna autoridad escolar, será la máxima autoridad del plantel en conjunto con los supervisores de la zona escolar o equivalente.
Armas blancas se consideran punzantes, cortantes, contundentes, punzo contundente, bayonetas, cuchillo, picahielo, daga, machete, sable, martillo, bat, hacha, manopla entre otros; arma de fuego; dogas ilegales; armas de juguete; sustancias y objetos explosivos; solventes; alcohol; entre otros.
Probabilidad de la ocurrencia de un evento que provoque daño a la salud o a la integridad física o emocional de una persona, así como daño o pérdida probable sobre un agente afectable cualquiera que sea este.
Integrado por madres, padres o personas que ejercen tutoría cuyo hijo/a, o tutelado se encuentre inscrito en la institución educativa, nombrados y validados por el Consejo de Participación Escolar , asistidos por las autoridades correspondientes.
IMPORTANTE
El protocolo no deberá utilizarse para exhibir, retirar o aplicar medidas disciplinarias en relación con objetos o sustancias que, si bien no están permitidos en los reglamentos escolares, no representan un riesgo directo para la seguridad de la comunidad escolar (ejemplo: maquillaje, teléfonos celulares, audífonos, juguetes, etc.), deberá apegarse exclusivamente a lo establecido en los reglamentos internos de cada institución.
El protocolo debe de ser transparente.La comunidad escolar debe conocer los procedimientos de revisión con antelación, saber cómo se realizarán las revisiones, quienes estarán a cargo y cuál será el seguimiento en caso de que se encuentren objetos, artículos o sustancias que, por sus características o efectos, representan un riesgo para la integridad física o mental de las y los estudiantes, o que estén tipificados como ilícitos conforme a otras disposiciones normativas aplicables.
En la aplicación del Protocolo de mochila de paz y prevención para escuelas de nivel básico y medio superior del estado de México el respeto es fundamental y los derechos humanos estado el principio central.
I. Convocatoria y sensibilización II. Consentimiento informado: Padres de familia y tutores y al alumnado. (Ver ejemplo en Anexos 3, 4 y 5). III. Designación de integrantes del Comité de Mochila de Paz y Prevención: Concretamente IV. Campaña de concientización V. Comunicación para la convivencia pacífica
La o el alumno que sean identificados portando objetos, artículos o sustancias, deberán recibir apoyo pedagógico y según lo considere la madre, padre y/o tutor, gestionar el apoyo psicológico con las instancias correspondientes con el fin de garantizar que su proceso de aprendizaje y desarrollo académico no se vea afectado. Implementar estrategias de orientación y acompñamaiento que les permita comprender la importancia de respetar las normas escolares.
Aquel integrado por madres, padres y personas que ejercen la tutoría, quienes serán los encargados de observar el contenido de la Mochila de Paz y Prevención, y serán los únicos facultados para retirar o solicitar el retiro, según el caso, del objeto como medida de seguridad, apoyados por la autoridad escolar correspondiente o su representante.
Las madres, padres y/o tutores, son responsables de gestionar y garantizar la atención especializada a que su hija o hijo, requiera para favorecer su desarrollo integral y armónico, se comprometen a realizar acciones necesarias para obtener el apoyo de un especialista, así como a mantener informado al personal directivo sobre los avances y resultados del proceso de atención previa notificación por parte de la dirección.
La aplicación del presente protocolo se llevará a cabo, con el consentimiento explícito y previo de las madres, padres, personas que ejercen la tutoría para que sea transparente y con apego a Derechos Humanos. convocará a las madres, padres, personas que ejercen la tutoría a una reunión informativa y de toma de decisiones sobre la aplicación del protocolo, los procedimientos y los derechos. El consentimiento informado debe ser por escrito y será renovado al inicio de cada ciclo escolar o cuando sea necesario. Así mismo, las madres, padres y personas que ejercen la tutoría pueden negarse a la participación de sus hijos, hijas o personas tutoradas, la cual debe ser respetada garantizando que no habrá consecuencias negativas para el alumnado.
Todas y todos los estudiantes deben recibir un trato justo y equitativo durante el proceso de revisión, sin distinción por raza, sexo, religión o estatus socioeconómico, protegiendo su identidad y datos personales. Por ello, se optará por revisar a toda la matrícula o por niveles educativos, nunca a un solo grupo ni a un solo individuo.
Es aquel en el que se respetan los derechos humanos y se promueve un ambiente físico, psicológico y social, incluido el digital, propicio para su ejercicio.
Servidores Públicos de la dependencia correspondiente, que podrán participar como personas observadoras del desarrollo dl protocolo de revisión, previa invitación por parte de la autoridad escolar. La intervención de otras dependencia, se dará especialmente cuando el comité identifique posibles situaciones de riesgo que requieran atención. De manera prioritaria, deberá convocarse a la CODHEM, quienes podrán actuar como observadores y promotores de acciones orientadas a fomentar entornos escolares seguros, armónico y respetuosos de los derechos de la niñez y adolescencia.
El personal encargado de implementar el protocolo deberá recibir capacitación especializada para garantizar una revisión respetuosa, segura y eficiente. Los temas estarán relacionados con los derechos humanos, protección de la infancia, técnicas de comunicación asertiva y para la paz, transformación de conflictos, entre otros temas, esta sensibilización podrá ser llevada a cabo por personal de la Comisión de Derechos Humanos Estatal o Defensorías Municipales de Derechos Humanos, así como por parte de personal de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. La autoridad educativa del plantel deberá gestionar, planificar y programar dicha capacitación.
PASO 1. Verificación e instalación del Comité de Mochila de Paz y Prevención PASO 2. Organización y logística del protocolo PASO 3. Selección equitativa de grupos o matrícula PASO 4. Ejecución de la revisión PASO 5. En caso de hallazgo de objetos o sustancias de riesgo: “Mochila de Prevención” PASO 6. En caso de negativa del estudiante
La alumna o alumno, que sea identificado portando objetos, artículos o sustancias, que por sus características presenten un riesgo, que esten tipificados como ilícitos, deberan recibir apoyo pedagógico y según lo consideren la madre, padre y/o persona que ejerza la tutoría, gestionar apoyo psicológico con las instancias correspondientes con la finalidad de garantizar que su proceso de aprendizaje y desarrollo académico no se vea afectado.
Según la OMS es toda sustancia que introducida en el organismo produce de algún modo alguna alteración del funcionamiento del sistema nervioso central y además es susceptible de crear dependencia, ya sea psicológica, física o ambas, sin prescripción médica
Inicia el proceso de revisar las áreas de oportunidad para tener un mejor desempeño en la construcción de la paz al momento de aplicar el Protocolo de Mochila de la Paz y de Prevención para Escuelas de Nivel básico y Media Superior del Estado de México, para ello se realizará de la siguiente manera: Es necesario establecer mecanismos de evaluación continua conforme a las necesidades de cada institución educativa. Para ello, se establecen las siguientes acciones: a. Evaluación de áreas de oportunidad. b. Analizará la implementación del protocolo, identificando oportunidades de mejora. c. Estas observaciones serán documentadas en la minuta del Comité, con el fin de mejorar futuras ejecuciones. d. Fomento de entornos seguros y pacíficos. e. Promoción de la cultura de paz. Procesos formativos para la comunidad escolar
Las madres, padres de familia y personas que ejerzan la tutoría son responsables de gestionar y garantizar la atención especializada que su hija o hijo requiera para favorecer su desarrollo integral y armónico
Debera registrarse en el Acta de verificación de mochilas el hecho y hallazgo realizado (Anexo 7), quedndo el objeto o sustancia de riesgo en resguardo de la dirección escolar en tanto se presente la autoridad que le dará el tratamiento correspondiente. En el caso de que se trate de un objeto de natrualeza ilícito la autoridad de seguridad no podrá intervenir si no hasta en tanto se encuentre presente la madre, padre o persona que ejerce la tutoría o bien un representante de la Procuradura de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
1. Objetivo. Implementar programas y acciones preventivas que impliquen la revisión de mochilas o bolsos en instituciones de educación básica y media superior, en instituciones públicas o privadas, del Estado de México, con el fin de fomentar la integración de la comunidad escolar, generar entornos más seguros y pacíficos en el plantel educativo y así disminuir las situaciones de riesgo en el alumnado. 2. Integración del Comité de Mochila de Paz y Prevención.