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POSITIVISMO JURÍDICO,
leslie aguirre
Created on March 26, 2025
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Transcript
IUSNATURALISMO
REALISMO SOCIOLÓGICO
POSITIVISMO JURÍDICO,
Libro: EDUARDO GARCÍA MÁYNEZ
. Teoría de los tres círculos
POSICIONES IUSNATURALISTAS
POSITIVISMO JURÍDICO
REALISMO SOCIOLÓGICO-JURÍDICO
TESIS DE NORBERTO BOBBIO
POSITIVISMO JURÍDICO
Bobbio propone que el positivismo jurídico puede analizarse en tres aspectos: como método, como teoría y como ideología. Esta clasificación permite entender cómo opera esta corriente del pensamiento jurídico en diferentes niveles.
La validez de las normas depende exclusivamente de su origen formal.
El derecho debe ser obedecido por el hecho de haber sido creado legalmente.
Use estudia el derecho desde una postura neutral, sin emitir juicios morales.
TEORÍA
Ideología
Método
Cómo se pueden distinguir, según Bobbio
Los tres aspectos del positivismo jurídico.
Máynez valora esta clasificación porque permite ubicar al positivismo dentro de una visión compleja. Sin embargo, insiste en que no se debe ignorar el análisis crítico del contenido de las normas.
COMENTARIO
Defensa de los tres aspectos básicos de la actitud positivista
Bobbio defiende estos tres enfoques como formas válidas y necesarias de aproximarse al fenómeno jurídico. Considera que el positivismo permite claridad metodológica, orden normativo y coherencia institucional.
Esta sección analiza el vínculo entre el positivismo y la concepción formal del derecho, en contraste con posturas que exigen contenido ético.
Positivismo Jurídico y Formalismo
Concepción formal de la justicia
La justicia formal se refiere a aplicar la ley sin juzgar su contenido. La equidad se limita a tratar igual lo que es igual, según las normas vigentes.
El derecho se concibe como una estructura normativa. La forma en que se crea y organiza la norma es más importante que el contenido en sí.
El derecho como forma y la teoría formal del mismo
La ciencia jurídica, desde esta perspectiva, se ocupa de estudiar la estructura del derecho sin evaluarlo moralmente
La ciencia del derecho como ciencia formal
La interpretación formal del derecho
Consiste en interpretar las normas conforme a su lenguaje y estructura, sin recurrir a valores externos. Se privilegia la coherencia interna del sistema.
TESIS DE UBERTO SCARPELLI
En busca de una definición unitaria
Scarpelli intenta dar una definición integral del positivismo que combine el enfoque científico (descriptivo) y el político (de obediencia).
Scarpelli dialoga con autores como: Hart, quien distingue entre reglas primarias y secundarias Cattaneo, quien defiende una visión estructural del derecho; y Bobbio, cuya clasificación de los enfoques positivistas sirve como base. Scarpelli concluye que el derecho es un fenómeno complejo que requiere ser comprendido tanto en su forma como en su función social.
Consiste en interpretar las normas conforme a su lenguaje y estructura, sin recurrir a valores externos. Se privilegia la coherencia interna del sistema.
Conclusiones
ARGUMENTACION JURIDICA
REALISMO SOCIOLÓGICO-JURÍDICO
Ross parte del concepto de 'derecho vigente' como aquel que realmente es aplicado por los tribunales y reconocido como obligatorio por la comunidad jurídica. La vigencia implica no solo existencia formal, sino cumplimiento y aceptación social.
Análisis preliminar del concepto 'derecho vigente'
Palabras clave
Un sistema jurídico es vigente cuando sus normas son efectivamente cumplidas o aplicadas. Para Ross, la vigencia no es una cualidad abstracta, sino un hecho observable en la conducta de jueces y autoridades.
La vigencia del sistema jurídico
La vigencia del sistema jurídico
Ross sostiene que una norma de conducta está vigente si influye realmente en el comportamiento de los ciudadanos y si se utiliza como base para tomar decisiones judiciales. La conducta efectiva es el criterio de verificación.
Verificación de las proposiciones jurídicas concernientes a normas de conducta
Verificación de las proposiciones jurídicas relativas a normas de competencia
Las normas de competencia están dirigidas a jueces y autoridades. Su vigencia se prueba al observar si son realmente aplicadas en la práctica, por ejemplo, si los jueces ejercen sus facultades conforme a ellas.
La validez se relaciona con la aceptación social y práctica de las normas. Una norma puede tener fuerza sin validez o viceversa.
La fuerza es la capacidad coactiva del derecho
Derecho, fuerza, validez
La fuerza es la capacidad coactiva del derecho
Derecho, moralidad y otros fenómenos normativos
Ross separa el derecho de la moral y otros sistemas normativos (como la religión o la costumbre). El derecho tiene una función específica: regular la conducta mediante normas respaldadas por la autoridad y aplicadas por órganos institucionales.
El realismo psicológico se enfoca en las creencias internas de los operadores jurídicos.El conductista en la observación externa del comportamiento. Ross intenta sintetizar ambos: el derecho es lo que se aplica en la práctica y lo que se considera válido internamente.
Realismo psicológico, realismo conductista y síntesis de ambos
Análisis crítico de la Tesis de Alf Ross
Máynez valora que Ross haya centrado su teoría en el funcionamiento real del derecho. Sin embargo, lo critica por excluir totalmente el análisis ético. Una norma puede ser eficaz y aplicada, pero aún así injusta. El realismo, según Máynez, necesita ser completado con una dimensión valorativa.
POSICIONES IUSNATURALISTAS
El iusnaturalismo y el positivismo jurídico representan dos formas opuestas de concebir el derecho.
El iusnaturalismo sostiene que una norma jurídica también debe ser justa para ser válida.
Mientras el positivismo sostiene que la validez jurídica depende únicamente de que una norma haya sido emitida conforme a un procedimiento legal
Derecho natural y positivismo jurídico
Lo que las doctrinas iusnaturalistas tienen en común
Estos principios permiten juzgar si una norma legal es realmente justa y, por lo tanto, legítima.
Todas sostienen que existen principios superiores al derecho positivo, ya sean racionales, religiosos o naturales, que sirven como criterio de validez y límite ético para las leyes humanas
El concepto de 'naturaleza' en las doctrinas iusnaturalistas
Resumen
En el iusnaturalismo puede entenderse como la esencia racional del ser humano o como un orden moral objetivo En las versiones modernas, se refiere más bien a la dignidad humana o a valores racionales. Lo central es que esa naturaleza sirve como fundamento de la justicia y criterio para evaluar las leyes
Para el iusnaturalismo, una ley injusta no puede considerarse derecho en sentido pleno, aunque haya sido promulgada legalmente.
Distinción entre validez formal y validez intrínseca
La validez formal implica que una norma es jurídicamente válida si ha sido emitida de acuerdo con las reglas del sistema
La validez intrínseca, en cambio, exige que esa norma sea también justa desde el punto de vista ético.
Estas tres dimensiones no deben analizarse por separado, ya que forman una totalidad
- El valor (la justicia como elemento estructural del derecho).
- La realidad social (la forma en que las normas se aplican y viven en la práctica)
DOCTRINA DE ARTHUR KAUFMANN SOBRE LA ESTRUCTURA ONTOLÓGICA DEL DERECHO
- La norma jurídica (el deber ser formalizado en reglas)
Es una propuesta que integra forma, aplicación y justicia.
Iusnaturalismo Exige además que el contenido de la norma sea justo.
Realismo sociológico No basta con que la norma sea válida: también debe aplicarse y cumplirse efectivamente.
. Teoría de los tres círculos
Positivismo jurídico Concibe el derecho como un con junto de normas válidas por su origen formal.
La síntesis es el iusnaturalismo, que retoma la importancia de los valores y la justicia.
La Antítesis es el realismo, que critica la desconexión del derecho con su aplicación real.
La Tesis es el positivismo, que aporta orden y técnica normativa.
La idea jurídica y su desarrollo dialéctico