Consulta para elegir la Lengua Base Consulta per a triar la Llengua Base
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INFORMACIÓN
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ÍNDICE / ÍNDEX
Legislación de referencia
FECHA/PLAZO
DATA/TERMINI
PREGUNTAS FRECUENTES
Legislació de referència
Desde las 9h del 25/02/2025 hasta las 14h del 04/03/2025
ACCESO A LA CONSULTA
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Des de les 9h del 25/02/2025 fins les 14h del 04/03/2025
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FAQ
¿Qué vigencia tiene esta consulta? ¿Cuántos cursos abarcarían los resultados? ¿Cuándo entran en vigor estos resultados?
¿Cuál es el motivo de esta consulta de Conselleria? ¿Qué es Lengua Base?
Actualmente ¿cuales son las líneas y lengua base de todos los niveles del colegio?
¿Qué ocurre si se me pasa el plazo o se me olvida cumplimentar la consulta?
¿Elegir una lengua base implica que desaparecen las asignaturas en las otras lenguas?
¿Qué son los criterios de prelación?
¿Puede pasar que un alumno/a, a pesar de que sus representantes legales hayan indicado una lengua base, tengan que cursar sus estudios en la otra lengua?
¿Quiénes pueden realizar la consulta?
INFANTIL/ zona valencianoparlante
Recuerda que la Lengua Base es aquella que tiene mayor presencia y mayor peso como lengua vehicular en la enseñanza de los alumnos En la etapa de infantil la Lectoescritura es obligatorio hacerla en la Lengua Base
+info Ley 1/2024ANEXO II
1º y 2º PRIMARIA/ zona valencianoparlante
Primer Ciclo de Primaria Existen 2 modelos que cada centro escoge dependiendo del nivel de Inglés El área de matemáticas está vinculada a la Lengua Base seleccionada durante toda la etapa de Primaria.
Recuerda que la Lengua Base es aquella que tiene mayor presencia y mayor peso como lengua vehicular en la enseñanza de los alumnos En Primer Ciclo además de la propia lengua, matemáticas es obligatorio hacerla en la Lengua Base
+info Ley 1/2024ANEXO II
De 3º a 6º PRIMARIA/ zona valencianoparlante
Segundo y Tercer Ciclo de Primaria También existen 2 modelos que cada centro escoge dependiendo del nivel de Inglés. La diferencia con primer ciclo es que nunca podrá sobrepasar el 20% de diferencia entre la Lengua castellana y la Lengua valenciana. El área de matemáticas está vinculada a la Lengua Base seleccionada durante toda la etapa de Primaria.
Recuerda que la Lengua Base es aquella que tiene mayor presencia y mayor peso como lengua vehicular en la enseñanza de los alumnos
+info Ley 1/2024ANEXO II
SECUNDARIA/ zona valencianoparlante
Secundaria Sigue el mismo esquema que los últimos cursos de primaria.
+info Ley 1/2024ANEXO II
Recuerda que la Lengua Base es aquella que tiene mayor presencia y mayor peso como lengua vehicular en la enseñanza de los alumnos
Acceso a la consulta / Accés a la consulta
¿Cómo puedo acceder a la plataforma para realizar la consulta? El próximo 25 de febrero a las 9 horas se abre el plazo de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua base aplicable a partir del curso académico 2025-2026. La participación en esta consulta se realizará telemáticamente en un nuevo módulo de Encuestas y consultas de la plataforma Secretaría Digital. Para poder participar en la consulta es imprescindible que sus datos estén correctamente registrados en el centro educativo. En la Ficha del alumno que el centro le ha proporcionado, figura la información registrada del alumnado y de sus familiares para que pueda contrastar si se encuentra actualizada. En el caso de que alguno de estos datos no sea correcto, póngase en contacto con secretaría para su subsanación, tras comprobación de la documentación que aporte. Es importante que conserve esta Ficha del alumno porque en ella figura el Número de Identificación del Alumnado (NIA), imprescindible para ejercer el voto de elección de lengua.
Información Conselleria
Ayuda en formato pdf
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Esperamos haberle ayudado
Esperem haver-vos ajudat
¿Quiénes pueden realizar la consulta? Esta consulta se realiza a los representantes legales de los alumnos/as de los centros públicos y concertados desde infantil 3 años, hasta 3º de secundaria. IMPORTANTE: Sólo contabilizará el voto de un representante legal por alumno ¿Qué ocurre en el caso de padres divorciados, separados o en trámites de …? En virtud del artículo 12 de la presente Orden, sólo es necesario la cumplimentación de un representante y se entiende que se ha realizado con el consentimiento expreso o tácito del otro al tratarse del ejercicio de la patria potestad. En el caso de disparidad de criterios o de realizar dos cumplimentaciones, la ORDEN 2/2025, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo establece cómo procederá ante estas particularidades en el artículo 12 de la citada Orden.
¿Qué vigencia tiene esta consulta? ¿Cuántos cursos abarcarían los resultados? ¿Cuándo entran en vigor estos resultados? Al ser la primera vez, esta consulta es vinculante para todos los niveles del próximo curso. La decisión afectará a toda la etapa de Infantil (2º ciclo), Primaria y Secundaria. Es decir, si en cualquiera de estos cursos saliera, por ejemplo, lengua base castellano (como tenemos actualmente) se garantiza la continuidad en esta lengua base para el alumnado. La familia solo tiene la posibilidad de solicitar cambio de lengua base cuando participe en algún proceso de admisión, o sea, al cambiar de centro.
¿Puede pasar que un alumno/a, a pesar de que sus representantes legales hayan indicado una lengua base, tengan que cursar sus estudios en la otra lengua? Pues sí. Pongamos por ejemplo 2º de primaria: Si el porcentaje (Anexo I Ley 1/2024 LLE) de la consulta implica que debamos cambiar de las 3 líneas actuales en lengua base castellano a, por ejemplo, 2 de lengua base castellano y 1 de lengua base valenciano, se ordenará, según los criterios de prelación y desempate, al alumnado de lengua base castellano y a partir del número 51 de esa lista ordenada deberán cursar en lengua base valenciana al ser la ratio por aula de 25 alumnos.
Ley 4/1983 de 23 de noviembre de Uso y enseñanza del valenciano DECRETO 48/2024, de 23 de abril, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa ORDEN 2/2025, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se regula y convoca el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua base aplicable a partir del curso escolar 2025-2026
¿Qué son los criterios de prelación? Los criterios de prelación hacen referencia a la información relativa al alumno/a que el representante legal que realiza la consulta introduce en la plataforma. Esta información sirve para ordenar al alumnado y asignarlo a las unidades resultantes de la votación. Son parecidos a los criterios de baremo cuando realizaron la matrícula y según esta Orden son: 1. Número de hermanos/as del alumno/a matriculados en el mismo centro (15 puntos por cada hermano/a). 2. Domicilio del alumno/a (10 puntos en área de influencia; 5 puntos en área limítrofe). 3. Alumno/a con discapacidad (33%-64% 4 puntos; 65%-100% 7 puntos). 4. Familia numerosa (3 puntos categoría general; 5 puntos categoría especial).
5. Familia monoparental (3 puntos categoría general; 5 puntos categoría especial). En caso de empate … (art 38.2 decreto 48/2024) En las situaciones de empate que se produzcan después de aplicar los criterios indicados en el apartado anterior, la ordenación de las solicitudes afectadas se hará por sorteo público, de acuerdo con el procedimiento que establezca la conselleria competente en materia de educación. Es decir, sorteo público de letras para ambos apellidos.
En la Ficha del alumno figura también el Usuario de Secretaría digital (USUARIO SEC. DIG.), si es que se ha registrado anteriormente en dicha plataforma. Partiendo de que el documento identificativo sea correcto, o ya se haya actualizado, pueden darse las siguientes casuísticas: 1. Si la columna USUARIO SEC. DIG. le muestra un valor, podrá participar en la consulta en el periodo establecido con dicho usuario. 2. Si la columna USUARIO SEC. DIG. no le muestra ningún valor, deberá crearse un usuario de acceso a Secretaria digital. Puede hacerlo en cualquier momento, sin esperar a que se abra el plazo de la consulta: Si su tipo de documento es un DNI o un NIE, debe crearse usted mismo usuario siguiendo las instrucciones disponibles en la Ayuda en formato PDF disponible en Secretaría Digital. Si su tipo de documento es Pasaporte u Otros, debe solicitar al centro que le cree el usuario.
En la Ficha del alumno figura también el Usuario de Secretaría digital (USUARIO SEC. DIG.), si es que se ha registrado anteriormente en dicha plataforma. Partiendo de que el documento identificativo sea correcto, o ya se haya actualizado, pueden darse las siguientes casuísticas: 1. Si la columna USUARIO SEC. DIG. le muestra un valor, podrá participar en la consulta en el periodo establecido con dicho usuario. 2. Si la columna USUARIO SEC. DIG. no le muestra ningún valor, deberá crearse un usuario de acceso a Secretaria digital. Puede hacerlo en cualquier momento, sin esperar a que se abra el plazo de la consulta: Si su tipo de documento es un DNI o un NIE, debe crearse usted mismo usuario siguiendo las instrucciones disponibles en la Ayuda en formato PDF disponible en Secretaría Digital. Si su tipo de documento es Pasaporte u Otros, debe solicitar al centro que le cree el usuario.
En la Ficha del alumno figura también el Usuario de Secretaría digital (USUARIO SEC. DIG.), si es que se ha registrado anteriormente en dicha plataforma. Partiendo de que el documento identificativo sea correcto, o ya se haya actualizado, pueden darse las siguientes casuísticas: 1. Si la columna USUARIO SEC. DIG. le muestra un valor, podrá participar en la consulta en el periodo establecido con dicho usuario. 2. Si la columna USUARIO SEC. DIG. no le muestra ningún valor, deberá crearse un usuario de acceso a Secretaria digital. Puede hacerlo en cualquier momento, sin esperar a que se abra el plazo de la consulta: Si su tipo de documento es un DNI o un NIE, debe crearse usted mismo usuario siguiendo las instrucciones disponibles en la Ayuda en formato PDF disponible en Secretaría Digital. Si su tipo de documento es Pasaporte u Otros, debe solicitar al centro que le cree el usuario.
En la actualidad cuáles son las líneas y lengua base de todos los niveles del colegio En la actualidad Maristas de Algemesí tiene 3 líneas por nivel todas con lengua base en castellano.
Es decir, la misma oferta desde los últimos 10 años (implantación PEPLI) y la mayoría de nuestros alumnos salen con el C1 de Valencià por la Junta Qualificadora al tener una media de 7 en bachillerato u obtenerlo en la Evau y con el B1 (título que exigen las universidades al terminar las carreras) o superior en titulaciones oficiales de Cambridge (voluntario).
¿Cuál es el motivo de esta consulta de Conselleria? EL MOTIVO DE LA CONSULTA de Conselleria es para establecer en cada centro educativo el número de unidades en una Lengua base o en otra, es decir, castellano o valenciano (son excluyentes), para el próximo curso. ¿Qué es la Lengua Base? En la Ley 1/2024, art 3.3 se define la Lengua base como lengua cooficial, valenciano o castellano, elegida por los representantes legales del alumnado menor de edad en el ejercicio de su libertad educativa, que: a) Supone la lengua habitual en que todos los escolares recibirán las primeras enseñanzas, incluida la adquisición de la lectoescritura, en aplicación del artículo 19.1 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de uso y enseñanza del valenciano. b) Dispone de un mayor peso y de una mayor presencia como lengua vehicular de la enseñanza en un determinado grupo de alumnado.
¿Qué ocurre si se me pasa el plazo o se me olvida cumplimentar la consulta? En ese caso, según el art 15.2 de la Orden 2/2025 el centro adscribirá al alumnado en una de las opciones en virtud de su autonomía. Lo mismo ocurre cuando ambos padres votan eligiendo lengua base diferente para el mismo alumno.
¿Elegir una lengua base implica que desaparecen las asignaturas en las otras lenguas? NO. Algemesí es territorio valencianoparlante, según Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de uso y enseñanza del valenciano. Según la Ley 1/2024 , las áreas serán: EDUCACIÓN INFANTIL EDUCACIÓN PRIMARIA (PRIMER CICLO - 1º y 2º primaria-) EDUCACIÓN PRIMARIA (SEGUNDO y TERCER CICLO -3º, 4º, 5º y 6º primaria-) EDUCACIÓN SECUNDARIA
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¿Qué vigencia tiene esta consulta? ¿Cuántos cursos abarcarían los resultados? ¿Cuándo entran en vigor estos resultados?
¿Cuál es el motivo de esta consulta de Conselleria? ¿Qué es Lengua Base?
Actualmente ¿cuales son las líneas y lengua base de todos los niveles del colegio?
¿Qué ocurre si se me pasa el plazo o se me olvida cumplimentar la consulta?
¿Elegir una lengua base implica que desaparecen las asignaturas en las otras lenguas?
¿Qué son los criterios de prelación?
¿Puede pasar que un alumno/a, a pesar de que sus representantes legales hayan indicado una lengua base, tengan que cursar sus estudios en la otra lengua?
¿Quiénes pueden realizar la consulta?
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Recuerda que la Lengua Base es aquella que tiene mayor presencia y mayor peso como lengua vehicular en la enseñanza de los alumnos En la etapa de infantil la Lectoescritura es obligatorio hacerla en la Lengua Base
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1º y 2º PRIMARIA/ zona valencianoparlante
Primer Ciclo de Primaria Existen 2 modelos que cada centro escoge dependiendo del nivel de Inglés El área de matemáticas está vinculada a la Lengua Base seleccionada durante toda la etapa de Primaria.
Recuerda que la Lengua Base es aquella que tiene mayor presencia y mayor peso como lengua vehicular en la enseñanza de los alumnos En Primer Ciclo además de la propia lengua, matemáticas es obligatorio hacerla en la Lengua Base
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De 3º a 6º PRIMARIA/ zona valencianoparlante
Segundo y Tercer Ciclo de Primaria También existen 2 modelos que cada centro escoge dependiendo del nivel de Inglés. La diferencia con primer ciclo es que nunca podrá sobrepasar el 20% de diferencia entre la Lengua castellana y la Lengua valenciana. El área de matemáticas está vinculada a la Lengua Base seleccionada durante toda la etapa de Primaria.
Recuerda que la Lengua Base es aquella que tiene mayor presencia y mayor peso como lengua vehicular en la enseñanza de los alumnos
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SECUNDARIA/ zona valencianoparlante
Secundaria Sigue el mismo esquema que los últimos cursos de primaria.
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Recuerda que la Lengua Base es aquella que tiene mayor presencia y mayor peso como lengua vehicular en la enseñanza de los alumnos
Acceso a la consulta / Accés a la consulta
¿Cómo puedo acceder a la plataforma para realizar la consulta? El próximo 25 de febrero a las 9 horas se abre el plazo de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua base aplicable a partir del curso académico 2025-2026. La participación en esta consulta se realizará telemáticamente en un nuevo módulo de Encuestas y consultas de la plataforma Secretaría Digital. Para poder participar en la consulta es imprescindible que sus datos estén correctamente registrados en el centro educativo. En la Ficha del alumno que el centro le ha proporcionado, figura la información registrada del alumnado y de sus familiares para que pueda contrastar si se encuentra actualizada. En el caso de que alguno de estos datos no sea correcto, póngase en contacto con secretaría para su subsanación, tras comprobación de la documentación que aporte. Es importante que conserve esta Ficha del alumno porque en ella figura el Número de Identificación del Alumnado (NIA), imprescindible para ejercer el voto de elección de lengua.
Información Conselleria
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¿Quiénes pueden realizar la consulta? Esta consulta se realiza a los representantes legales de los alumnos/as de los centros públicos y concertados desde infantil 3 años, hasta 3º de secundaria. IMPORTANTE: Sólo contabilizará el voto de un representante legal por alumno ¿Qué ocurre en el caso de padres divorciados, separados o en trámites de …? En virtud del artículo 12 de la presente Orden, sólo es necesario la cumplimentación de un representante y se entiende que se ha realizado con el consentimiento expreso o tácito del otro al tratarse del ejercicio de la patria potestad. En el caso de disparidad de criterios o de realizar dos cumplimentaciones, la ORDEN 2/2025, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo establece cómo procederá ante estas particularidades en el artículo 12 de la citada Orden.
¿Qué vigencia tiene esta consulta? ¿Cuántos cursos abarcarían los resultados? ¿Cuándo entran en vigor estos resultados? Al ser la primera vez, esta consulta es vinculante para todos los niveles del próximo curso. La decisión afectará a toda la etapa de Infantil (2º ciclo), Primaria y Secundaria. Es decir, si en cualquiera de estos cursos saliera, por ejemplo, lengua base castellano (como tenemos actualmente) se garantiza la continuidad en esta lengua base para el alumnado. La familia solo tiene la posibilidad de solicitar cambio de lengua base cuando participe en algún proceso de admisión, o sea, al cambiar de centro.
¿Puede pasar que un alumno/a, a pesar de que sus representantes legales hayan indicado una lengua base, tengan que cursar sus estudios en la otra lengua? Pues sí. Pongamos por ejemplo 2º de primaria: Si el porcentaje (Anexo I Ley 1/2024 LLE) de la consulta implica que debamos cambiar de las 3 líneas actuales en lengua base castellano a, por ejemplo, 2 de lengua base castellano y 1 de lengua base valenciano, se ordenará, según los criterios de prelación y desempate, al alumnado de lengua base castellano y a partir del número 51 de esa lista ordenada deberán cursar en lengua base valenciana al ser la ratio por aula de 25 alumnos.
Ley 4/1983 de 23 de noviembre de Uso y enseñanza del valenciano DECRETO 48/2024, de 23 de abril, del Consell, por el que se regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, por la que se regula la libertad educativa ORDEN 2/2025, de 7 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se regula y convoca el procedimiento de consulta a los representantes legales del alumnado para elegir la lengua base aplicable a partir del curso escolar 2025-2026
¿Qué son los criterios de prelación? Los criterios de prelación hacen referencia a la información relativa al alumno/a que el representante legal que realiza la consulta introduce en la plataforma. Esta información sirve para ordenar al alumnado y asignarlo a las unidades resultantes de la votación. Son parecidos a los criterios de baremo cuando realizaron la matrícula y según esta Orden son: 1. Número de hermanos/as del alumno/a matriculados en el mismo centro (15 puntos por cada hermano/a). 2. Domicilio del alumno/a (10 puntos en área de influencia; 5 puntos en área limítrofe). 3. Alumno/a con discapacidad (33%-64% 4 puntos; 65%-100% 7 puntos). 4. Familia numerosa (3 puntos categoría general; 5 puntos categoría especial). 5. Familia monoparental (3 puntos categoría general; 5 puntos categoría especial). En caso de empate … (art 38.2 decreto 48/2024) En las situaciones de empate que se produzcan después de aplicar los criterios indicados en el apartado anterior, la ordenación de las solicitudes afectadas se hará por sorteo público, de acuerdo con el procedimiento que establezca la conselleria competente en materia de educación. Es decir, sorteo público de letras para ambos apellidos.
En la Ficha del alumno figura también el Usuario de Secretaría digital (USUARIO SEC. DIG.), si es que se ha registrado anteriormente en dicha plataforma. Partiendo de que el documento identificativo sea correcto, o ya se haya actualizado, pueden darse las siguientes casuísticas: 1. Si la columna USUARIO SEC. DIG. le muestra un valor, podrá participar en la consulta en el periodo establecido con dicho usuario. 2. Si la columna USUARIO SEC. DIG. no le muestra ningún valor, deberá crearse un usuario de acceso a Secretaria digital. Puede hacerlo en cualquier momento, sin esperar a que se abra el plazo de la consulta: Si su tipo de documento es un DNI o un NIE, debe crearse usted mismo usuario siguiendo las instrucciones disponibles en la Ayuda en formato PDF disponible en Secretaría Digital. Si su tipo de documento es Pasaporte u Otros, debe solicitar al centro que le cree el usuario.
En la Ficha del alumno figura también el Usuario de Secretaría digital (USUARIO SEC. DIG.), si es que se ha registrado anteriormente en dicha plataforma. Partiendo de que el documento identificativo sea correcto, o ya se haya actualizado, pueden darse las siguientes casuísticas: 1. Si la columna USUARIO SEC. DIG. le muestra un valor, podrá participar en la consulta en el periodo establecido con dicho usuario. 2. Si la columna USUARIO SEC. DIG. no le muestra ningún valor, deberá crearse un usuario de acceso a Secretaria digital. Puede hacerlo en cualquier momento, sin esperar a que se abra el plazo de la consulta: Si su tipo de documento es un DNI o un NIE, debe crearse usted mismo usuario siguiendo las instrucciones disponibles en la Ayuda en formato PDF disponible en Secretaría Digital. Si su tipo de documento es Pasaporte u Otros, debe solicitar al centro que le cree el usuario.
En la Ficha del alumno figura también el Usuario de Secretaría digital (USUARIO SEC. DIG.), si es que se ha registrado anteriormente en dicha plataforma. Partiendo de que el documento identificativo sea correcto, o ya se haya actualizado, pueden darse las siguientes casuísticas: 1. Si la columna USUARIO SEC. DIG. le muestra un valor, podrá participar en la consulta en el periodo establecido con dicho usuario. 2. Si la columna USUARIO SEC. DIG. no le muestra ningún valor, deberá crearse un usuario de acceso a Secretaria digital. Puede hacerlo en cualquier momento, sin esperar a que se abra el plazo de la consulta: Si su tipo de documento es un DNI o un NIE, debe crearse usted mismo usuario siguiendo las instrucciones disponibles en la Ayuda en formato PDF disponible en Secretaría Digital. Si su tipo de documento es Pasaporte u Otros, debe solicitar al centro que le cree el usuario.
En la actualidad cuáles son las líneas y lengua base de todos los niveles del colegio En la actualidad Maristas de Algemesí tiene 3 líneas por nivel todas con lengua base en castellano. Es decir, la misma oferta desde los últimos 10 años (implantación PEPLI) y la mayoría de nuestros alumnos salen con el C1 de Valencià por la Junta Qualificadora al tener una media de 7 en bachillerato u obtenerlo en la Evau y con el B1 (título que exigen las universidades al terminar las carreras) o superior en titulaciones oficiales de Cambridge (voluntario).
¿Cuál es el motivo de esta consulta de Conselleria? EL MOTIVO DE LA CONSULTA de Conselleria es para establecer en cada centro educativo el número de unidades en una Lengua base o en otra, es decir, castellano o valenciano (son excluyentes), para el próximo curso. ¿Qué es la Lengua Base? En la Ley 1/2024, art 3.3 se define la Lengua base como lengua cooficial, valenciano o castellano, elegida por los representantes legales del alumnado menor de edad en el ejercicio de su libertad educativa, que: a) Supone la lengua habitual en que todos los escolares recibirán las primeras enseñanzas, incluida la adquisición de la lectoescritura, en aplicación del artículo 19.1 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de uso y enseñanza del valenciano. b) Dispone de un mayor peso y de una mayor presencia como lengua vehicular de la enseñanza en un determinado grupo de alumnado.
¿Qué ocurre si se me pasa el plazo o se me olvida cumplimentar la consulta? En ese caso, según el art 15.2 de la Orden 2/2025 el centro adscribirá al alumnado en una de las opciones en virtud de su autonomía. Lo mismo ocurre cuando ambos padres votan eligiendo lengua base diferente para el mismo alumno.
¿Elegir una lengua base implica que desaparecen las asignaturas en las otras lenguas? NO. Algemesí es territorio valencianoparlante, según Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de uso y enseñanza del valenciano. Según la Ley 1/2024 , las áreas serán: EDUCACIÓN INFANTIL EDUCACIÓN PRIMARIA (PRIMER CICLO - 1º y 2º primaria-) EDUCACIÓN PRIMARIA (SEGUNDO y TERCER CICLO -3º, 4º, 5º y 6º primaria-) EDUCACIÓN SECUNDARIA